Por la cual se hace una traslación en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1959. (Ministerio de Guerra)

Rango Ley
Publicación 1959-10-05
Estado Vigente
Departamento PODER LEGISLATIVO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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(Ministerio de Guerra)

El Congreso de Colombia,

DECRETA:

Artículo 1º. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso:

AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL.30065 (TABLA DE PRESUPUESTO) PÁG. 1.

Artículo 2º. Esta Ley regirá desde su sanción.

Dada en Bogotá, D. E., a 22 de septiembre do 1959.

El Presidente del Senado,

JUAN MAXUEL OROZCO FANDIÑO

El Presidente de la Cámara,

MARIO LATORRE RUEDA

El Secretario del Senado,

Jorge Manrique Terán

El Secretario de la Cámara,

Luis Alfonso Delgado

República de Colombia. Gobierno Nacional

Bogotá, D. E., primero de octubre de mil novecientos cincuenta y nueve.

Publíquese y ejecútese

ALBERTO LLERAS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público

Hernando Agudelo Villa

El Ministro de Guerra

Brigadier General Rafael Hernández Pardo

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