Por la cual se honra la memoria del Excelentísimo señor Arzobispo de Popayán, doctor Maximiliano Crespo

Rango Ley
Publicación 1940-12-16
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

decreta:

ARTICULO 1° La Nación honra la memoria del Excelentísimo señor Arzobispo de Popayán, doctor Maximiliano Crespo, y reconoce los eminentes servicios que presto a la cultura nacional y a la Iglesia Católica en Colombia.

ARTICULO 2° Sendos retratos del Prelado, costeados con fondos nacionales, serán colocados en los Palacios Episcopales de Popayán, Cali y Santa Rosa de Osos; en el Asilo de Ancianos de Popayán, y en los salones de los Consejos de Buga y Palmira.

ARTICULO 3° Destinase la suma de diez mil pesos ($ 10.000.oo) para dar cumplimiento a la presente Ley, suma que se apropiara en el presupuesto de la próxima vigencia.

ARTICULO 4° El Gobierno queda autorizado para destinar la suma que, según esta ley, ha de i invertirse en la ciudad de Santa Rosa de Osos, en la erección del monumento que guarde el corazón del ilustre Prelado.

ARTICULO 5° Esta ley regirá desde su sanción.

Dada en Bogotá a cuatro de diciembre de mil novecientos cuarenta.

El Presidente del Senado, FRANCISCO ELADIO RAMIREZ-El Presidente de la Cámara de Representantes, FABIO LOZANO Y LOZANO-El Secretario del Senado Rafael Campo A. -El Secretario de la Cámara De Representantes, Jorge Uribe Márquez.

Organo ejecutivo-Bogotá, 10 de diciembre de 1940.

Publíquese y ejecútese

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Gobierno,

Jorge GARTNER

El Ministro De Hacienda Y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

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