por la cual se autoriza el cambio de una destinación

Rango Ley
Publicación 1939-12-23
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

decreta:

ARTICULO 1°. Se autoriza al Municipio de Dabeiba para invertir las sumas que reciba o haya recibido por concepto de auxilio de que trata la Ley 79 de 1937, para obras de saneamiento, en el establecimiento de la Planta eléctrica, de acuerdo con el contrato celebrado con el Municipio para este efecto

ARTICULO 2°. Esta Ley rige desde su sanción

Dada en Bogotá a diez y seis de diciembre de mil novecientos treinta y nueve

El Presidente del Senado, JOSE V. COMBARIZA - El Presidente de la Cámara de Representantes, ARTURO REGUEROS. PERALTA - El Secretario del Senado Rafael Campo A. - El Secretario de la Cámara de Representantes, Jorge Uribe Márquez.

Organo Ejecutivo -Bogotá, diciembre 20de 1939.

Publíquese y ejecútese.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Trabajo,

José Joaquín CAICEDO CASTILLA

El Ministro de Economía Nacional,

Jorge GARTNER

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