Reformas legislativas de 1957

En 1957, se registraron 12 reformas que afectaron a 12 normas en Colombia.

12 reformas
12 leyes afectadas
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noviembre 1957 1 reformas
1957-11-04
**El Presidente de la República de Colombia, **, en uso de sus atribuciones legales, y en especial -de las que le confiere el art, CONSIDERANDO:, Comuníquese y publíquese.
octubre 1957 1 reformas
1957-10-21
**La Junta Militar de Gobierno de la República de Colombia, **, en uso de las facultades conferidas por el artículo 121 de la Constitución Nacio, CONSIDERANDO:, Comuníquese, publíquese y cúmplase.
septiembre 1957 3 reformas
1957-09-24
**Artículo 203**. El que se fugue, estando en detención preventiva, incurrirá en prisión de ocho (8) meses a dos (2) años.
1957-09-06
**Artículo 139.** **Derogado.** (Artículo incorporado en el Decreto 1818 de 1998 artículo 191 - Estatuto de los mecanismos alternativos de solución de conflictos-, posteriormente Derogado por el artículo 118 de la Ley 1563 de 2012)., **Artículo 114**. ***Traslado y audiencia*.** Recibida la demanda, el juez en providencia que se notificará personalmente y que dictará dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes, ordenará correr traslado y citará a las partes para audiencia., **Artículo 115**. *Inasistencia de las partes*. Si notificadas las partes de la providencia que señala la fecha de audiencia, no concurrieren, el juez decidirá teniendo en cuenta los elementos de juicio de que disponga, o los que de oficio juzgue conveniente allegar., **Artículo 117**. *Apelación*. La sentencia será apelable en el efecto suspensivo. El Tribunal decidirá de plano dentro de los cinco (5) días siguientes al en que sea recibido el expediente., **Artículo 118 B**. ***Parte Sindical*.** La organización Sindical de la cual emane el fuero que sirva de fundamento a la acción, por conducto de su representante legal podrá intervenir en los procesos de fuero sindical así:
1957-09-04
**La Junta Militar de Gobierno de la República de Colombia.**, en uso de las atribuciones de que trata el artículo 121 de la Constitución Nacio, CONSIDERANDO:, Comuníquese y publíquese
agosto 1957 3 reformas
1957-08-30
**La Junta Militar de Gobierno de la República de Colombia, **, de conformidad con lo establecido en el artículo 121 de la Constitución Nacional, Comuníquese y publíquese.
1957-08-30
**La Junta Militar de Gobierno de la República de Colombia**, en uso de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Naci, CONSIDERANDO:, Comuníquese y publíquese.
1957-08-29
**La Junta Militar de Gobierno de la República de Colombia**, en uso de las atribuciones contenidas en el artículo 121 de la Constitución Naci, Comuníquese y publíquese.
mayo 1957 2 reformas
1957-05-23
**El Presidente de la República de Colombia, **, en uso de la facultad que le confiere el Acto Legislativo número 1 de 1957, Comuníquese y publíquese.
1957-05-03
**(Presidencia de la República).**, en uso de sus atribuciones legales, y especialmente da las que le confiere el ar, CONSIDERANDO, Comuníquese, publíquese y cúmplase.
febrero 1957 2 reformas
1957-02-20
**Artículo 106.** Declarado inexequible por la Sentencia de la Corte Suprema de Justicia del 21 de Febrero de 1957., **Artículo 107.** Las asignaciones de retiro de que trata el presente Estatuto no se causarán por cantidades estables, sino en forma oscilante, tomando como base las fluctuaciones de las asignaciones de actividad vigente en todo tiempo para cada grado.
1957-02-07
**ARTICULO 49**. Salvo disposición en contrario, la Policía conoce en primera y segunda instancia:
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