Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos

Rango Real Decreto
Publicación 1988-07-30
Última actualización 2022-04-09
Estado Derogada · 2022-04-10
Departamento Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
Fuente BOE
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11.

Si los residuos constituyen residuos peligrosos, se elegirá el proceso productivo donde se generen los mismos de entre los incluidos en la tabla 7. Se trata de determinar, de manera específica, el proceso u operación unitaria que genera los residuos, es decir, su origen real, y no el producto final por el que se clasifica la fábrica o empresa (código A de la tabla 6). Se elegirá el proceso más específico aplicable de los relacionados dentro del apartado «General» o el correspondiente a la actividad entendida en sentido genérico.

12.

No todas las actividades industriales se encuentran desagregadas en procesos en la tabla 7 a las actividades no desagregadas y que generen residuos en procesos que no se puedan identificar correctamente dentro del apartado «General» de la tabla 7, se les atribuirá la cifra «O» en el código B, quedando definidas por el código A.

13.

El orden de identificación de los residuos será el siguiente:

Q-//L. P, S, G, -//C -//H -//A -//B -

La separación entre secciones principales sería indicada por dos lineas oblicuas en el sistema de identificación. La separación entre diferentes epígrafes aplicables de un mismo código o sección principal se indicará por una línea oblicua.

14.

El destino de los residuos se especificará de acuerdo con las tablas 2.A o 2.B. De esta manera, se dispondrá de una información que permite el seguimiento de los residuos desde su origen hasta su destino final. Si se elige un destino que figura en el cuadro 2.A la identificación será la siguiente:

Q-//D-//L, P, S, G, -//C-//H-//A-//B-

mientras que si se opta por un destino que figura en el cuadro 2.B, la identificación será:

Q -//R- //L, P, S, G, -//C -//H -//A -//B -

Por ejemplo, si se trata de ácidos provenientes de una fundición de metales ferrosos para fabricación de tubos de acero, el código de identificación seria el siguiente:

Q7//R6//L27//C23//H6//A231(1)//B3124

siendo su destino la regeneración.

Si se trata de lodos procedentes del lavado de gases de una acería, que han de ser desecados previamente a ser vertidos en un depósito de seguridad.

Q9//D9//P29/27//C8/11/18//H13/6//A211//B0011

15.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 20/1986, solamente tendrán la consideración de residuos tóxicos y peligrosos aquellos que incluyan en su identificación los códigos C, distinto de 0 y H, conjuntamente.

TABLA 1

Categorías de residuos

Q1 Residuos de producción o de consumo no especificados a continuación.
Q2 Productos que no respondan a las normas.
Q3 Productos caducados.
Q4 Materias que se hayan vertido por occidente, que se hayan perdido o que hayan sufrido cualquier otro incidente, con inclusión del material, del equipo, etcétera, que se haya contaminado a causa del incidente en cuestión.
Q5 Materias contaminantes o ensuciadas a causa de actividades voluntarias (por ejemplo: residuos de operaciones de limpieza, materiales de embalaje, contenedores, etcétera).
Q6 Elementos inutilizados (por ejemplo: baterías fuera de uso, catalizadores gastados, etcétera).
Q7 Sustancias que hayan pasado a ser inutilizables (por ejemplo: ácidos contaminados, disolventes contaminados, sales de temple agotadas, etcétera).
Q8 Residuos de procesos industriales (por ejemplo: escorias, posos de destilación, etcétera).
Q9 Residuos de procesos anticontaminación (por ejemplo: barros de lavado de gas, polvo de filtros de aire, filtros gastados, etcétera).
Q10 Residuos de mecanización/acabado (por ejemplo: virutas de torneado o fresado, etcétera).
Q11 Residuos de extracción y preparación de materias primas (excepto los residuos de explotación minera).
Q12 Materia contaminada (por ejemplo: aceite contaminado con PCB, etcétera).
Q13 Toda materia, sustancia o producto cuya utilización esté prohibida por la ley.
Q14 Productos que no son de utilidad o que ya no tienen utilidad para el poseedor (por ejemplo: artículos desechados por la agricultura, los hogares, las oficinas, los almacenes, los talleres, etcétera).
Q15 Materias, sustancias o productos contaminados procedentes de actividades de regeneración de suelos.
Q16 Toda sustancia, materia o producto que no esté incluido en las categorías anteriores.

TABLA 2

Operaciones de tratamiento

Parte A

2.A Operaciones de eliminación, que no conducen a una posible recuperación o valoración, regeneración, reutilización, reciclado o cualquier otra utilización de los residuos.
D1 Depósito sobre el suelo o en su interior (por ejemplo: vertido, etcétera).
D2 Tratamiento en medio terrestre (por ejemplo: biodegradación de residuos líquidos o lodos en el suelo, etcétera).
D3 Inyección en profundidad (por ejemplo: inyección de residuos bombeables en pozos, minas de sal, fallas geológicas naturales, etcétera).
D4 Embalse superficial (por ejemplo: vertido de residuos líquidos o lodos en pozos, estanques o lagunas, etcétera).
D5 Vertido en lugares especialmente diseñados (por ejemplo: colocación en celdas estancas separadas, recubiertas y aisladas entre sí y el medio ambiente, etcétera).
D6 Vertido en el medio acuático, salvo en el mar.
D7 Vertido en el mar, incluida la inserción en el lecho marino.
D8 Tratamiento biológico no especificado en otro apartado de la presente tabla y que dé como resultado compuestos o mezclas que se eliminen mediante alguno de los procedimientos enumerados entre D1 a D12.
D9 Tratamiento fisicoquímico no especificado en otro apartado de la presente tabla y que dé como resultado compuestos o mezclas que se eliminen mediante uno de los procedimientos enumerados entre D1 y D12 (por ejemplo: evaporación, secado, calcinación, etcétera).
D10 Incineración en tierra.
D11 Incineración en mar.
D12 Depósito permanente (por ejemplo: colocación de contenedores en una mina, etcétera).
D13 Combinación o mezcla previa a cualquiera de las operaciones enumeradas entre D1 y D12.
D14 Reenvasado previo a cualquiera de las operaciones enumeradas entre D1 y D13.
D15 Almacenamiento previo a cualquiera de las operaciones enumeradas entre D1 y D14 (con exclusión del almacenamiento temporal previo a la recogida en el lugar de producción).

Parte B

2.B Operaciones que llevan a una posible recuperación o valorización, regeneración, reutilización, reciclado o cualquier otra utilización de los residuos.
R1 Utilización principal como combustible o como otro medio de generar energía.
R2 Recuperación o regeneración de disolventes.
R3 Reciclado o recuperación de sustancias orgánicas que no se utilizan como disolventes (incluidas las operaciones de formación de abono y otras transformaciones biológicas).
R4 Reciclado o recuperación de metales y de compuestos metálicos.
R5 Reciclado o recuperación de otras materias inorgánicas.
R6 Regeneración de ácidos o de bases.
R7 Recuperación de componentes utilizados para reducir la contaminación.
R8 Recuperación de componentes procedentes de catalizadores.
R9 Regeneración u otro nuevo empleo de aceites.
R10 Tratamiento de suelos, produciendo un beneficio a la agricultura o una mejora ecológica de los mismos.
R11 Utilización de residuos obtenidos a partir de cualquiera de las operaciones enumeradas entre R1 yR10.
R12 Intercambio de residuos para someterlos a cualquiera de las operaciones enumeradas entre R1 yR11.
R13 Acumulación de residuos para someterlos a cualquiera de las operaciones enumeradas entre R1 y R12 (con exclusión del almacenamiento temporal previo a la recogida en el lugar de la producción).

TABLA 3

Categorías o tipos genéricos de residuos tóxicos y peligrosos, presentados en forma líquida, sólida o de lodos, clasificados según su naturaleza o la actividad que los genera

Parte A

3.A Residuos que presenten alguna de las características enumeradas en la tabla 5 y estén formados por:
1. Sustancias anatómicas: residuos hospitalarios u otros residuos clínicos.
2. Productos farmacéuticos, medicamentos, productos veterinarios.
3. Conservantes de la madera.
4. Biocidas y productos fitofarmacéuticos.
5. Residuos de productos utilizados como disolventes.
6. Sustancias orgánicas halogenadas no utilizadas como disolventes, excluidas las materias polimerizadas inertes.
7. Sales de temple cianuradas.
8. Aceites y sustancias oleosas minerales (lodos de corte, etcétera).
9. Mezclas aceite/agua o hidrocarburo/agua, emulsiones.
10. Sustancias que contengan PCB y/o PCT (dieléctricas, etcétera).
11. Materias alquitranadas procedentes de operaciones de refinado, destilación o pirólisis (sedimentos de destilación, etcétera).
12. Tintas, colorantes, pigmentos, pinturas, lacas, barnices.
13. Resinas, látex, plastificantes, colas.
14. Sustancias químicas no identificadas y/o nuevas y de efectos desconocidos en el hombre y/o el medio ambiente que procedan de actividades de investigación y desarrollo o de actividades de enseñanza (residuos de laboratorios, etcétera).
15. Productos pirotécnicos y otros materiales explosivos.
16. Sustancias químicas y productos de tratamiento utilizados en fotografía.
17. Todos los materiales contaminados por un producto de la familia de los dibenzofuranos policlorados.
18. Todos los materiales contaminados por un producto de la familia de las bienzo-para-dioxinas policlorados.

Parte B

3.B Residuos que contengan cualquiera de los componentes que figuran en la lista de la tabla 4, que presenten cualquiera de las características mencionadas en la tabla 5 y que estén formados por:
19. Jabones, materias grasas, ceras de origen animal o vegetal.
20. Sustancias orgánicas no halogenadas no empleadas como disolventes.
21. Sustancias inorgánicas que no contengan metales o compuestos de metales.
22. Escorias y/o cenizas.
23. Tierra, arcillas o arenas incluyendo lodos de dragado.
24. Sales de temple no cianuradas.
25. Partículas o polvos metálicos.
26. Catalizadores usados.
27. Líquidos o lodos que contengan metales o compuestos metálicos.
28. Residuos de tratamiento de descontaminación (polvos de cámaras de filtros de bolsas, ectéceta), excepto los mencionados en los puntos 29, 30 y 33.
29. Lodos de lavado de gases.
30. Lodos de instalaciones de purificación de agua.
31. Residuos de descarbonatación.
32. Residuos de columnas intercambiadoras de iones.
33. Lodos de depuración no tratados o no utilizables en la agricultura.
34. Residuos de la limpieza de cisternas y/o equipos.
35. Equipos contaminados.
36. Recipientes contaminados (envases, bombonas de gas, etcétera) que hayan contenido uno o varios de los constituyentes mencionados en la tabla 4.
37. Baterías y pilas eléctricas.
38. Aceites vegetales.
39. Objetos procedentes de recogidas selectivas de basuras domésticas y que presenten cualesquiera de las características mencionadas en la tabla 5.
40. Cualquier otro residuo que contenga uno cualesquiera de los constituyentes enumerados en la tabla 4 y presente cualesquiera de las características que se enuncian en la tabla 5.

TABLA 4

Constituyentes de los residuos de la parte B de la tabla 3 que permiten calificarlos de tóxicos y peligrosos cuando presenten las características enunciadas en la tabla 5

Residuos que tengan como constituyentes:

C1 Berilio; compuestos de berilio.
C2 Compuestos de vanadio.
C3 Compuestos de cromo hexavalente.
C4 Compuestos de cobalto.
C5 Compuestos de níquel.
C6 Compuestos de cobre.
C7 Compuestos de zinc.
C8 Arsénico; compuestos de arsénico.
C9 Selenio; compuestos de selenio.
C10 Compuestos de plata.
C11 Cadmio; compuestos de cadmio.
C12 Compuestos de estaño.
C13 Antimonio; compuestos de antimonio.
C14 Telurio; compuestos de telurio.
C15 Compuestos de bario, excluido el sulfato bárico.
C16 Mercurio; compuestos de mercurio.
C17 Talio; compuestos de talio.
C18 Plomo; compuestos de plomo.
C19 Sulfuros inorgánicos.
C20 Compuestos inorgánicos de flúor, excluido el fluoruro cálcico.
C21 Cianuros inorgánicos.
C22 Los siguientes metales alcalinos o alcalinotérreos: Litio, sodio, potasio, calcio, magnesio en forma no combinada.
C23 Soluciones ácidas o ácidos en forma sólida.
C24 Soluciones básicas o bases en forma sólida.
C25 Amianto (polvos y fibras).
C26 Fósforo; compuestos de fósforo, excluidos los fosfatos minerales.
C27 Carbonilos metálicos.
C28 Peróxidos.
C29 Cloratos.
C30 Percloratos.
C31 Nitratos.
C32 PCB y/o PCT.
C33 Compuestos farmacéuticos o veterinarios.
C34 Biocidas y sustancias fitofarmacéuticas (plaguicidas, etcétera).
C35 Sustancias infecciosas.
C36 Creosotas.
C37 Isocianatos, tiocianatos.
C38 Cianuros orgánicos (nitrilos, etcétera).
C39 Fenoles: Compuestos de fenol.
C40 Disolventes halogenados.
C41 Disolventes orgánicos, excluidos los disolventes halogenados.
C42 Compuestos organohalogenados, excluidas las materias polimerizadas inertes y las demás sustancias mencionadas en la presente tabla.
C43 Compuestos aromáticos; compuestos orgánicos policíclicos y heterocíclícos.
C44 Aminas alifáticas.
C45 Aminas aromáticas.
C46 Éteres.
C47 Sustancias de carácter explosivo, excluidas las ya mencionadas en la presente tabla.
C48 Compuestos orgánicos de azufre.
C49 Todo producto de la familia de los dibenzofuranos policlorados.
C50 Todo producto de la familia de las dibenzo-para-dioxinas policloradas.
C51 Hidrocarburos y sus compuestos oxigenados, nitrogenados y/o sulfurados no incluidos en la presente tabla.

TABLA 5

Características de los residuos que permiten calificarlos de tóxicos y peligrosos

(Las características de peligrosidad «tóxico», «muy tóxico», «nocivo», «corrosivo» e «irritable», así como las de «carcinogénico», «tóxico para la reproducción» y «mutagénico» se asignan con arreglo a los criterios establecidos en el Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas.

Deberán aplicarse los métodos de prueba que se definen en el citado Real Decreto, con la finalidad de dar un contenido concreto a las definiciones esta tabla).

H1 «Explosivo»: se aplica a sustancias y preparados que puedan explosionar bajo el efecto de la llama o que son más sensibles a los choques o las fricciones que el denitrobenceno.
H2 «Comburente»: se aplica a sustancias y preparados que presenten reacciones altamente exotérmicas al entrar en contacto con otras sustancias, en particular sustancias inflamables.
H3-A «Fácilmente inflamable»: se aplica a sustancias y preparados líquidos que tengan un punto de inflamación inferior a 21° C (incluidos los líquidos extremadamente inflamables), o se aplica a sustancias y preparados que puedan calentarse y finalmente inflamarse en contacto con el aire a temperatura ambiente sin aplicación de energía, o se aplica a sustancias y preparados sólidos que puedan inflamarse fácilmente tras un breve contacto con una fuente de ignición y que continúen ardiendo o consumiéndose después del alejamiento de la fuente de ignición, o se aplica a sustancias y preparados gaseosos que sean inflamables en el aire a presión normal, o se aplica a sustancias y preparados que, en contacto con agua o aire húmedo, emitan gases fácilmente inflamables en cantidades peligrosas.
H3-B «Inflamable»: se aplica a sustancias y preparados líquidos que tengan un punto de inflamación superior o igual a 21° C e inferior o igual a 55° C.
H4 «Irritante»: se aplica a sustancias y preparados no corrosivos que puedan causar reacción inflamatoria por contacto inmediato, prolongado o repetido con la piel o las mucosas.
H5 «Nocivo»: se aplica a sustancias y preparados que por inhalación, ingestión o penetración cutánea puedan entrañar riesgos de gravedad limitada para la salud.
H6 «Tóxico»: se aplica a sustancias y preparados (incluidos los preparados y sustancias muy tóxicos) que por inhalación, ingestión o penetración cutánea puedan entrañar riesgos graves, agudos o crónicos e incluso la muerte.
H7 «Carcinógeno»: se aplica a sustancias o preparados que por inhalación, ingestión o penetración cutánea puedan producir cáncer o aumentar su frecuencia.
H8 «Corrosivo»: se aplica a sustancias y preparados que puedan destruir tejidos vivos al entrar en contacto con ellos.
H9 «Infeccioso»: se aplica a sustancias que contienen microorganismos viables, o sus toxinas, de los que se sabe o existen razones fundadas para creer que causan enfermedades en el ser humano o en otros organismos vivos.
H10 «Tóxico para la reproducción»: se aplica a sustancias o preparados que por inhalación, ingestión o penetración cutánea puedan producir malformaciones congénitas no hereditarias o aumentar su frecuencia.
H 11 «Mutagénico»: se aplica a sustancias o preparados que por inhalación, ingestión o penetración cutánea puedan producir defectos genéticos hereditarios o aumentar su frecuencia.
H 12 Sustancias o preparados que emiten gases tóxicos o muy tóxicos al entrar en contacto con el aire, con el agua o con un ácido.
H13 Sustancias o preparados susceptibles, después de su eliminación, de dar lugar a otra sustancia por un medio cualquiera, por ejemplo un lixiviado, que posea alguna de las características enumeradas anteriormente.
H14 «Peligroso para el medio ambiente»: se aplica a sustancias y preparados que presenten o puedan presentar riesgos inmediatos o diferidos para el medio ambiente.

Tabla 6. Actividades que pueden generar residuos tóxicos y peligrosos

Número de código Equivalente en CNAE
Agricultura-Industria agrícola.
A100 Agricultura. Silvicultura.
A101 Cultivos 01
A101(1) Cultivo de cereales y leguminosas 011
A101(2) Cultivo de hortalizas y frutas, excepto agrios 012
A101(3) Cultivo de agrios 013
A101(4) Cultivo de plantas industriales 014
A101(5) Cultivo del olivo 015
A101(6) Cultivo de la vid 016
A101(9) Otros cultivos o producciones agrícolas 019
A102 Ganadería y servicios agricola-ganaderos.
A102(1) Explotación de ganado bovino 021
A102(2) Explotación de ganado ovino y caprino 022
A102(3) Explotación de ganado porcino 023
A102(4) Avicultura 024
A102(9) Otras explotaciones ganaderas n.c.o.p 029
A102(10) Servicios agrícolas y ganaderos 030
A102(20) Caza y repoblacion cinegética 040
A103 Silvicultura y explotación forestal 05
A103(1) Silvicultura y servicios forestales 051
A I03(2) Explotación forestal 052
A110 Industria agro-alimentaria, productos animales y vegetales.
A111 Industrias de la carne, mataderos y descuartizadores de reses 413
A112 industria lechera 414
A113 Industrias de los aceites y grasas de origen animal o vegetal.
A 113(1) Fabricación de aceite de oliva 411
A113(2) Fabricación de aceites y grasas vegetales o animales, sin incluir aceite de oliva. 412
A114 industrias del azúcar 420
A115 Otras.
A115(1) Pesca y piscicultura en mar 061
A115(2) Pesca y piscicultura en agua dulce 062
A115(2) Fabricación de jugos y conservas vegetales 415
A115(3) Fabricación de conservas de pescado y otros productos marinos 416
A115(4) Productos de molinería 417
A115(5) Fabricación de pastas alimenticias y productos amiláceos 418
A115(6) Industrias del pan, bollería, pastelería y galletas 419
A115(7) Industria del cacao, chocolate y productos de confitería 421
A115(8) Elaboración de productos alimenticios diversos 423
A115(9) Industrias del tabaco 429
A120 Industrias de las bebidas.
A121 Destilación del alcohol y del aguardiente.
A121(1) Industria de alcoholes etílicos de fermentación 424
A21(2) Industria vinícola 425
A122 Fabricación de la cerveza 427
A123 Fabricación de otras bebidas.
A123(1) Sidrerías 426
A123(2) Industrias de aguas minerales, aguas gaseosas y otras bebidas analcohólicas. 428
A130 Fabricación de alimentos para los animales 422
Energía
A150 Industria del carbón 11
A151 Extracción y preparación del carbón y de los productos carboníferos.
A151(1) Hulla 111
A151(2) Antracita 112
A151(3) Lignito 113
A152 Coqueficación 114
A160 Industria del petróleo.
A161 Extracción del petróleo y del gas natural.
A161(1) Prospección 121
A161(2) Extracción del petróleo 122
A161(3) Extracción del gas natural 123
A161(4) Fabricación y distribución de gas 152
A162 Refino del petróleo 130
A163 Almacenamiento del petróleo, productos derivados del refinado y del gas natural.
A170 Producción de electricidad.
A171 Centrales térmicas 151.2
A172 Centrales hidráulicas 151.1
A173 Centrales nucleares.
A173(1) Extracción y transformación de minerales radiactivos 140
A173(2) Producción de energía 151.3
A174 Otras centrales o instalaciones eléctricas.
A174(1) Transporte y distribución de energía eléctrica 151.4
A174(2) Producción y distribución de energía n.c.o.p 151.9
A180 Producción de agua.
A181(1) Captación, depuración y distribución de agua 160
A181(2) Producción y distribución de vapor y agua caliente 153
Metalurgia. Construcción mecánica y eléctrica.
A200 Extracción de minerales metálicos 21
A200(1) Extracción de minerales de hierro 211
A200(2) Extracción de minerales metálicos no ferrosos 212
A210 Siderurgia 221
A211 Producción de arrabio (horno alto) 221
A212 Producción de acero 221
A213 Primera transformación del acero (laminadoras) 221
A220 Metalurgia de metales no ferrosos 224
A221 Fabricación de aluminio 224.1
A222 Metalurgia del aluminio 224.1
A223 Metalurgia del plomo y del cinc.
A224 Metalurgia de los metales preciosos.
A225 Metalurgia de otros metales no ferrosos.
A225(1) Metalurgia del cobre 224.2
A225(2) Metalurgia de otros metales no ferrosos 224.9
A226 Industrias de las ferroaleaciones 221
A227 Fabricación de electrodos 221
A230 Fusión, colada y conformado de metales.
A231 Fusión y colada de metales ferrosos.
A231(1) Fabricación de tubos de acero 222
A231(2) Trefilado, estirado, perfilado, laminado 223
A232 Fusión y colada de metales no ferrosos.
A233 Conformado de metales (no comprende su tratamiento en torno, fresa, etc.).
A240 Construcción mecánica, eléctrica y electrónica 3
A241 Fabricación.
A242 Tratamiento térmico.
A243 Tratamiento superficial.
A244 Aplicación de pintura.
A245 Ensamblado y montaje.
A246 Fabricación de pilas eléctricas y acumuladores.
A247 Fabricación de hilos y cables eléctricos (envainado, aislamiento).
A248 Fabricación de componentes electrónicos.
Minerales no metálicos. Materiales de construcción. Cerámica y vidrio.
A260 Extracción de minerales no metálicos 23
A260(1) Extracción de materiales de construcción 231
A260(2) Extracción de sales potásicas, fosfatos y nitratos 232
A260(3) Extracción de sal común 233
A260(4) Extracción de piritas y azufre 234
A260(5) Extracción de minerales no metálicos ni energéticos. Turberas 239
A270 Materiales de construcción, cerámica, vidrio.
A271 Fabricación de cal, cemento, yeso.
A271(1) Fabricación de cementos, cales y yeso 242
A271(2) Fabricación de materiales de construcción en hormigón, cemento, yeso, escayola y otros 243
A272 Fabricación de productos cerámicos 247
A273 Fabricación de productos en amianto-cemento.
A274 Fabricación de otros materiales de construcción.
A274(1) Industrias de otros productos minerales no metálicos 249
A274(2) Fabricación de productos de tierras cocidas, para la construcción, excepto refractarios 241
A274(3) Fabricación de abrasivos 245
A274(4) Industrias de la piedra natural 244
A275 Industrias del vidrio 246
A280 Construcción 50
Industria química.
A300 Fabricación de productos químicos básicos y de productos para la industria química.
A301 Industrias del cloro 251.3
A351 Fabricación de abonos 252.1
A401 Otras fabricaciones de la química mineral básica.
A401(1) Fabricación de productos químicos inorgánicos, excepto gases comprimidos 251.3
A401(2) Fabricación de gases comprimidos 253.1
A401(3) Fabricación de artículos pirotécnicos, cerillas y fósforos 255.5
A451 Petroquímica y carboquímica.
A451(1) Petroquímica 251.1
A451(2) Carboquímica 251.1
A501 Fabricación de materias plásticas básicas.
A501(1) Fabricación de primeras materias plásticas 251.4
A501(2) Fabricación de caucho y látex sintético 251.5
A551 Otras fabricaciones de la química orgánica básica.
A551(1) Fabricación de otros productos químicos orgánicos 251.2
A551(2) Fabricación de fibras arficiales y sintéticas 251.6
A601 Tratamiento químico de los cuerpos grasos, fabricación de productos básicos para detergentes 253.5
A651 Fabricación de productos farmacéuticos y plaguicidas.
A651(1) Fabricación de productos farmacéuticos de base 254.1
A651(2) Fabricación de especialidades farmacéuticas 254.2
A651(3) Fabricación de plaguicidas 252.2
A669 Otras fabricaciones de productos químicos.
A669(1) Fabricación de otros productos químicos de uso industrial n.c.o.p 253.9
A669(2) Fabricación de otros productos químicos destinados principalmente al consumo final n.c.o.p 255.9
Paraquímica.
A700 Fabricación de tintes, barnices, pinturas y colas.
A701 Fabricación de tintes 253.4
4702 Fabricación de pinturas,
A702(1) Fabricación de colorantes y pigmentos 253.2
A702(2) Fabricación de pinturas y colores 253.3
A703 Fabricación de barnices y lacas 253.3
A704 Fabricación de colas, ceras y parafinas.
A704(1) Fabricación de colas 253.7
A704(2) Fabricación de parafinas 255.3
A710 Fabricación de productos fotográficos 255.4
A711 Fabricacion de superficies sensibles 255.4
A712 Fabricación de productos de tratamientos fotográficos 255.4
A720 Perfumería, fabricación de productos de jabonería y detergentes.
A721 Fabricación de jabones 255.1
A722 Fabricación de detergentes 255.1
A723 Fabricación de perfumes.
A723(1) Fabricación de aceites esenciales y sustancias aromáticas naturales o sintéticas 253.6
A723(2) Fabricación de jabón de tocador y otros productos de perfumería y cosmética 255.2
A730 Transformación del caucho y de las materias plasticas.
A730 Industria del caucho 481
A731 Transformación de materiales plásticos 482
A740 Fabricación de productos a base de amianto.
A750 Fabricación de pólvoras y explosivos 253.8
Textiles. Cueros. Madera y muebles. Industrias diversas.
A760 Industria textil y del vestido.
A761 Peinado y cardado de fibras textiles (preparación).
A761(1) Algodón 431.1
A761(2) Lana 432.1
A761(3) Seda natural y sus mezclas y de las fibras artificiales y sintéticas 433
A761(4) Industria de las fibras duras y mezclas 434
A762 Hilado, hilandería y tejido.
A762(1) Algodón 431.2
A762(2) Lana 432.2
A762(3) Seda natural y sus mezclas y de fibras artificiales y sintéticas 433
A763 Blanqueado, teñido, estampado 436
A764 Confección de vestidos.
A764(1) Confección en serie de prendas de vestir y complementos del vestido 453
A764(2) Confección a medida de prendas de vestir y complementos del vestido 454
A764(3) Fabricación de géneros de punto 435
A764(4) Fabricación de alfombras 437
A764(5) Confección de otros artículos con materias textiles 455
A770 Industrias del cuero y pieles.
A771 Curtido 441
A772 Peletería 456
A773 Fabricación de calzado y otros artículos de cuero.
A773(1) Fabricación de calzado, excepto de caucho y madera 451
A773(2) Fabricación de calzado de artesanía y a medida incluido zapato ortopédico 452
A773(3) Fabricación de artículos de cuero y similares 442
A780 Industrias de la madera y mueble.
A781 Serraderos, fabricación de tableros.
A781(1) Aserrado y preparación industrial de la madera 461
A781(2) Fabricación de productos semielaborados de madera 462
A782 Fabricación de productos en madera, amueblamiento.
A782(1) Fabricación en serie de piezas de carpintería, parquet y estructuras de madera para la construcción 463
A782(2) Fabricación de envases y embalajes de madera 464
A782(3) Fabricación de objetos diversos de madera, excepto muebles 465
A782(4) Industria del mueble de madera 468
A782(5) Fabricación de productos de corcho 466
A782(6) Fabricación de artículos de junco y caña, cestería, brochas, cepillos, etc. 467
A790 Industrias diversas conexas.
4790(1) Otras industrias textiles 439
A790(2) Joyería y bisutería 491
A790(3) Fabricación de instrumentos de música 492
A790(4) Fabricación de fuegos, juguetes y artículos de deporte 494
A790(5) industrias manufactureras diversas 495
Papel, cartón, imprenta.
A800 Industria del papel y del cartón.
A801 Fabricación de pasta de papel 471
A802 Fabricación de papel y cartón 472
A803 Transformación de papel y cartón 473
A810 imprenta, edición, laboratorios fotográficos.
A811 Imprenta, edición.
A811(1) Artes gráficas y actividades anexas 474
A811(2) Edición 475
A812 Laboratorios fotográficos y cinematográficos .. 493
Servicios comerciales.
A820 Lavadoras, limpiadoras, tintorería 971
A830 Comercio.
A830(1) Comercio al por mayor 61
A830(2) Recuperación de productos 62
A830(3) Intermediarios del comercio 63
A830(4) Comercio al por menor 64
A830(5) Reparación de artículos eléctricos para el hogar 761
A830(6) Reparación de otros bienes de consumo n.c.o.p. 673
A830(7) Servicios privados de telecomunicaciones 762
A840 Transporte, comercio y reparación de automóviles.
A841 Comercio y reparación de automóviles 672
A842 Transporte.
A842(1) Transporte por ferrocarril 71
A842(2) Transporte urbano de viajeros 721
A842(3) Transporte de viajeros por carretera 772
A842(4) Transporte de mercancías por carretera 723
A842(5) Transporte por tubería 724
A842(6) Otros transportes terrestres n.c.o.p 729
A842(7) Transporte marítimo y por vías navegables 73
A842(8) Transporte aéreo 74
A842(9) Actividades anexas a los transportes 75
A850 Moteles, cafés, restaurantes.
A850(1) Hostelería 66
A850(2) Restaurantes y cafés, sin hospedaje 65
Servicios colectivos.
A860 Sanidad y servicios veterinarios.
A861 Sanidad y servicios veterinarios.
A861(1) Hospitales, clínicas y sanatorios de medicina humana 941
A861(2) Otros establecimientos sanitarios 942
A861(3) Consultas de Médicos 943
A861(4) Consultas y clínicas odontológicas 944
A861(5) Otros profesionales independientes 945
A861(6) Consultas y clínicas veterinarias 946
A870 Investigación.
A871 Enseñanza, incluso los laboratorios de investigación.
4871(1) Centros de Educación Preescolar 931
A871(2) Centros de Educación General Básica 932
A871(3) Centros de Bachillerato 933
A871(4) Centros de Educación Superior 934
A871(5) Centros de Formación y Perfeccionamiento Profesional 935
A871(6) Otros profesionales independientes y Centros de educación 936
A871(7) Laboratorios de investigación 937
A880 Otros servicios colectivos.
(A881) Instituciones financieras 81
(A882) Seguros 82
(A883) Auxiliares financieros y de Seguros. Actividades inmobiliarias 83
(A884) Servicios prestados a las Empresas 84
(A885) Alquiler de bienes muebles 85
(A886) Alquiler de bienes inmuebles 86
(A887) Administraciones Públicas.
A887(1) Administración Pública, Defensa nacional y Seguridad Social 91
A887(2) Representaciones diplomáticas y Organismos internacionales 99
A887(3) Correos y servicios oficiales de telecomunicaciones 761
(A888) Asistencia social y otros servicios prestados a la colectividad 95
(A889) Servicios recreativos y culturales 96
Servicios domésticos.
(A890) Servicios domésticos y personales.
(A891) Servicios domésticos 980
(A892) Servicios personales.
A892(1) Salones de peluquería e institutos de belleza . 972
A892(2) Estudios fotográficos 973
A892(3) Servicios de limpieza 922
A892(9) Otros servicios n.c.o.p 979
Descontaminación. Eliminación de residuos.
A900 Limpieza y mantenimiento de espacios públicos 921
A910 Estaciones de depuración urbana.
A920 Tratamiento de residuos urbanos.
A930 Tratamiento de efluentes y residuos industriales.
(A931) Incineración.
A931(1) Incineración en tierra.
4931(2) Incineración en mar.
(A932) Tratamientos físico-químicos.
A932(1) Tratamientos físico-químicos.
(A933) Tratamientos biológicos.
A933(1) Tratamientos biológicos.
(A935) Reagrupación y/o preacondicionamiento de residuos.
A935(1) Agrupamiento.
A935(2) Aplicación sobre el terreno.
(A936) Localización en, dentro o sobre el suelo.
A936(1) Depósito sobre o en el suelo.
A936(2) Aplicación sobre el terreno.
A936(3) Inyección o depósito en profundidad.
A936(4) Lagunaje.
A936(5) Depósito de seguridad.
A936(6) Vertido al medio acuático.
A936(7) Inmersión.
4936(8) Almacenamiento permanente.
A936(9) Almacenamiento temporal.
Recuperación de residuos.
A940 Actividades de regeneración.
A941 Regeneración de aceites.
A942 Regeneración de disolventes.
A943 Regeneración de sustancias orgánicas, no utilizadas como disolventes o aceites.
A943(1) Regeneración de resinas de cambio fónico.
A943(2) Regeneración de otras sustancias orgánicas.
(A944) Regeneración de sustancias inorgánicas.
A944(1) Regeneración de ácidos o de bases.
A944(2) Regeneración de otras sustancias inorgánicas.
A950 Actividades de recuperación.
(A951) Recuperación de aceites.
(A952) Recuperación de disolventes.
(A953) Recuperación de sustancias orgánicas, no utilizadas como disolventes o aceites.
(A954) Recuperación de sustancias inorgánicas.
A954(1) Recuperación de ácidos o de bases.
A954(2) Recuperación de metales o de compuestos metálicos.
A954(3) Recuperación de productos descontaminantes.
A954(4) Recuperación de productos provenientes de catalizadores.
A954(5) Recuperación de otras sustancias inorgánicas.
(A960) Almacenamiento e intercambio.
(A961) Almacenamiento temporal previo a regeneración o recuperación y reutilización.
(A962) Intercambio para regeneración o recuperación y reutilización.
A970 Actividades de reutilización.
(A971) Reutilización de aceites.
A971(1) Utilización como combustibles.
A971(2) Otra reutilización.
(A972) Reutilización de disolventes.
(A973) Reutilización de sustancias orgánicas, no utilizadas como disolventes o aceites.
(A974) Reutilización de sustancias inorgánicas.
(A975) Esparcimiento en el suelo para aprovechamiento agrícola o forestal.

Tabla 7. Procesos generadores de residuos

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