Historial de reformas
Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas
11 versiones
· 2001-12-08
2022-07-28
Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas
2018-12-27
Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas — arts. 3, 4, 5 y 48 más
2018-07-04
Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas
Cambios del 2018-07-04
@@ -1395,15 +1395,15 @@
1.2 Tasa de división. Por cada solicitud o registro divisional resultante: 52,81 euros.
1.3 Tasa de restablecimiento de derechos: 102,26 euros.
1.3 Tasa de restablecimiento de derechos: 105,35 euros.
1.4 Tasa de solicitud de resolución urgente: 51,11 euros.
1.5 Por cada prioridad extranjera o de exposición reivindicada: 19,08 euros.
1.6 Modificaciones: por la modificación de la modalidad, distintivo, lista de productos o servicios, del reglamento de uso o, en general, por cualquier modificación del expediente autorizada por la Ley, ya sea de la solicitud o del registro de la marca, cuando se efectúe de modo espontáneo por el solicitante o titular y no como consecuencia de un suspenso decretado de oficio: 22,50 euros.
1.7 Oposiciones: Por formulación de oposición: 42,00 euros.
1.6 Modificaciones: por la modificación de la modalidad, distintivo, lista de productos o servicios, del reglamento de uso o, en general, por cualquier modificación del expediente autorizada por la Ley, ya sea de la solicitud o del registro de la marca, cuando se efectúe de modo espontáneo por el solicitante o titular y no como consecuencia de un suspenso decretado de oficio: 23,19 euros.
1.7 Oposiciones: Por formulación de oposición: 43,27 euros.
1.8 Tasas de la renovación del registro:
@@ -1413,7 +1413,7 @@
1.9 Demoras: por demoras en los pagos de las tasas de renovación y quinquenios sucesivos (régimen transitorio), los recargos serán del 25%, dentro de los tres primeros meses, y del 50%, dentro de los tres siguientes, hasta el máximo de seis meses de demora.
1.10 Recursos y revisión de actos administrativos: por la presentación de un recurso o solicitud de revisión: 85,50 euros.
1.10 Recursos y revisión de actos administrativos: por la presentación de un recurso o solicitud de revisión: 88,09 euros.
Cuando la presentación del recurso se efectúe por medios telemáticos: reducción de un 15% sobre el importe de la tasa.
@@ -1423,21 +1423,23 @@
2.1 Por la inscripción o cancelación de cambios en la titularidad, licencias, derechos reales, opciones de compra u otras trabas o medidas cautelares o de ejecución. Por cada registro afectado: 32,44 [hasta un máximo de 6.768,37 euros].
2.2 Por la inscripción del cambio de nombre del titular: por cada registro afectado 15,90 euros, hasta un máximo de 2.654,25 euros.
2.2 Por la inscripción del cambio de nombre del titular: por cada registro afectado 16,38 euros, hasta un máximo de 2.789,65 euros.
TARIFA TERCERA. Otros servicios.
3.1 Certificaciones: 16,40 euros.
3.2 Consulta y vista de un expediente: 3,46 euros.
3.3 Copia de los documentos obrantes en el expediente: 11,05 euros más un suplemento por cada página que exceda de 10 de 1,10 euros.
3.2 Consulta y vista de un expediente: 3,56 euros.
3.3 Copia de los documentos obrantes en el expediente: 11,38 euros más un suplemento por cada página que exceda de 10 de 1,13 euros.
TARIFA CUARTA. Publicaciones.
4.1 Por la publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, a solicitud del recurrente, del anuncio de la interposición de un recurso contencioso-administrativo en materia de signos distintivos: 138,06 euros.
4.2 Por la publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial a instancia de parte, del fallo de un recurso contencioso-administrativo sobre signos distintivos: 138,06 euros.
4.1 Por la publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, a solicitud del recurrente, del anuncio de la interposición de un recurso contencioso-administrativo en materia de signos distintivos: 142,24 euros.
4.2 Por la publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial a instancia de parte, del fallo de un recurso contencioso-administrativo sobre signos distintivos: 142,24 euros.
> <small>Se modifica por el art. 95 de la Ley 6/2018, de 3 de julio. [Ref. BOE-A-2018-9268#ar-89](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2018-9268)</small>
> <small>Se modifica, con efectos de 1 de enero de 2011, por el art. 95 de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre. [Ref. BOE-A-2010-19703](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2010-19703).</small>
2015-07-25
Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas
2011-03-05
Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas
2010-12-23
Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas
2009-12-24
Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas
2007-12-29
Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas — art. 29
2006-06-06
Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas — arts. 41, 43
2003-07-08
Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas — art. 28
2001-12-08
Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas
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