Orden INT/2596/2005, de 28 de julio, por la que se regulan los cursos de sensibilización y reeducación vial para los titulares de un permiso o licencia de conducción

Rango Orden
Publicación 2005-08-10
Estado Derogada · 2024-11-04
Departamento Ministerio del Interior
Fuente BOE
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Norma derogada, con efectos de 4 de noviembre de 2024, por la disposición derogatoria única de la Orden INT/914/2024, de 2 de septiembre. Ref. BOE-A-2024-17780#dd

La Ley 17/2005, de 19 de julio, por la que se regula el permiso y la licencia de conducción por puntos y se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 172, de 20 de julio, introduce en España el sistema denominado permiso y licencia de conducción por puntos. Elemento esencial del sistema lo constituyen los cursos de sensibilización y reeducación vial, cauce para lograr la pretendida modificación de los comportamientos reiteradamente infractores.

El artículo 5, párrafo p), del texto articulado atribuye al Ministerio del Interior la competencia para gestionar los cursos de sensibilización y reeducación vial, la elaboración de su contenido, así como su duración y requisitos. Además, tanto el artículo 63, apartado 8, del texto articulado como el nuevo anexo III reiteran la competencia del Ministerio del Interior, y la disposición adicional quinta recoge de manera expresa que las Comunidades Autónomas con competencias ejecutivas transferidas en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor serán las encargadas, en su ámbito territorial, de determinar el modelo para impartir los cursos de sensibilización y reeducación vial, de acuerdo con la duración, el contenido y los requisitos que se determinen con carácter general.

La Ley 17/2005, antes citada, distingue dos clases de cursos, aquellos que podrán realizar los titulares de permisos y licencias de conducción para la recuperación de parte de los puntos perdidos y los que deben realizar quienes hayan perdido la totalidad de los puntos asignados y pretendan obtener de nuevo la autorización para conducir. Por otra parte, de acuerdo con lo previsto en la disposición adicional decimotercera del texto articulado, el titular de un permiso o licencia de conducción que haya sido condenado por sentencia firme, por la comisión de un delito castigado con la privación del derecho a conducir un vehículo a motor o un ciclomotor, deberá acreditar haber superado con aprovechamiento esta última clase de curso como requisito para poder volver a conducir.

Esta Orden ha sido informada por el Consejo Superior de Tráfico y Seguridad de la Circulación Vial, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.2.e) del Real Decreto 317/2003, de 14 de marzo, por el que se regula su organización y funcionamiento.

En virtud de lo expuesto, dispongo:

Primero. Objeto de la Orden.

Esta Orden tiene por objeto determinar el contenido, la duración y los requisitos de los cursos de sensibilización y reeducación vial que han de realizar los titulares de un permiso o licencia de conducción para la recuperación parcial de puntos, o como requisito previo para poder obtener de nuevo la autorización para conducir cuya pérdida de vigencia haya sido declarada como consecuencia de haber perdido la totalidad de los puntos asignados, o para poder volver a conducir tras haber sido condenado por sentencia firme por la comisión de un delito castigado con la privación del derecho a conducir un vehículo a motor o un ciclomotor.

Segundo. Objetivo de los cursos.

La formación a impartir en los cursos tendrá como objetivo:

a)

Sensibilizar a sus participantes sobre las graves consecuencias humanas, económicas y sociales que se derivan de los accidentes de tráfico y sobre la especial implicación de los propios conductores en la producción de éstos.

b)

Reeducar los comportamientos y actitudes de los participantes hacia la cultura de la seguridad vial y hacia unos valores de convivencia y respeto en el entorno del tráfico.

Tercero. Tipos de cursos.

Los cursos podrán ser de dos tipos:

a)

De recuperación parcial de puntos. La realización y superación con aprovechamiento de este curso permitirá al titular de la autorización para conducir la recuperación de un máximo de cuatro puntos, sin que en ningún caso se puedan recuperar más puntos de los que se hubieran perdido.

b)

De recuperación del permiso o la licencia de conducción. La realización y superación con aprovechamiento de este curso, y la posterior superación de la prueba de control de conocimientos a que se refiere el apartado décimo de la presente Orden, permitirán la recuperación de un permiso o de una licencia de conducción de la misma clase de la que se fuera titular.

Asimismo, su realización y superación con aprovechamiento, permitirá al titular de un permiso o de una licencia de conducción que haya sido condenado por sentencia firme por la comisión de un delito castigado con la privación del derecho a conducir un vehículo a motor o un ciclomotor, volver a ejercer la actividad de la conducción.

Cuarto. Cursos de recuperación parcial de puntos.

Estos cursos tendrán una duración de doce horas. Este tiempo se distribuirá de la siguiente forma:

a)

Parte común, similar para todos los conductores que realicen el curso. Esta parte se impartirá del siguiente modo:

Siete horas destinadas a la formación general sobre materias relacionadas con la cultura de la seguridad vial.

Una hora destinada a la reflexión y debate en grupo.

b)

Parte específica, individualizada para cada conductor en función de sus particularidades y que incidirá sobre las áreas temáticas en las que el conductor presente mayores carencias o que le sean especialmente relevantes. El tiempo destinado a esta parte será de cuatro horas.

Esta formación individualizada podrá tener en cuenta el perfil infractor de cada conductor y sus conocimientos sobre seguridad vial, así como el tipo de vehículo que utiliza o su condición de conductor profesional.

El titular de una autorización que haya perdido parte del crédito inicial de puntos asignado, podrá optar a su recuperación parcial, hasta un límite de cuatro puntos, mediante la realización de uno de estos cursos por una sola vez cada dos años, o con frecuencia anual cuando se trate de un conductor profesional. A efectos del cómputo de estos plazos se tendrá en cuenta la fecha de finalización del curso, cuando el resultado de éste haya sido favorable.

Quinto. Cursos de recuperación del permiso o la licencia de conducción.

Estos cursos tendrán una duración de veinticuatro horas, distribuidas de la siguiente forma:

a)

Parte común, similar para todos los conductores que realicen el curso. Esta parte se impartirá del siguiente modo:

Catorce horas destinadas a la formación general sobre materias relacionadas con la cultura de la seguridad vial.

Dos horas de dinámica de grupos, destinadas a la reflexión sobre los objetivos del curso.

b)

Parte específica, individualizada para cada conductor, que incidirá sobre las áreas concretas en las que el conductor presente mayores carencias. El tiempo destinado a esta parte será de ocho horas.

Esta formación individualizada podrá tener en cuenta el perfil infractor de cada conductor y sus conocimientos sobre seguridad vial, así como el tipo de vehículo que utiliza o su condición de conductor profesional.

Sexto. Acreditación de la realización de los cursos de sensibilización y reeducación vial.

Una vez finalizado el curso de sensibilización y reeducación vial, el Director del Centro donde se hubiera realizado comunicará por procedimientos informáticos al Registro de Conductores e Infractores de la Dirección General de Tráfico el resultado obtenido en éste que, si fuera favorable, producirá la recuperación automática de los puntos, cuando se trate del curso a que se refiere el apartado tercero, letra a), de esta Orden, y permitirá al interesado volver a ejercer la actividad de la conducción o, en su caso, acceder a la realización de la prueba a que se hace referencia en el apartado décimo de la presente Orden, en el supuesto de los cursos a que se refiere la letra b) del citado apartado tercero.

Asimismo, en el supuesto de que el resultado del curso fuera favorable, el Director del Centro expedirá una certificación conforme a uno de los dos modelos del anexo a la presente Orden, que acreditará la realización y la superación con aprovechamiento del curso. Dicha certificación deberá, además, remitirla a la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente a la provincia donde el Centro tenga su domicilio.

Séptimo. Participación de asociaciones de víctimas de accidentes de tráfico.

Los cursos de sensibilización y reeducación vial podrán contar con la intervención de asociaciones de víctimas de accidentes de tráfico. El tiempo de estas intervenciones se limitará a un máximo de 1 hora de parte común, preferiblemente del período de reflexión y debate, cuando se trate de cursos de recuperación parcial, o de la dinámica de grupos, cuando se trate de los de recuperación del permiso o la licencia de conducción.

La intervención de estas asociaciones deberá circunscribirse a los mismos objetivos que el curso, procurando que lo que se transmita en ellas mantenga la debida coherencia con la filosofía y enfoque de éstos.

Octavo. Contenido de los cursos.

Los cursos de sensibilización y reeducación vial versarán sobre las siguientes áreas temáticas:

1.

Los accidentes de tráfico: la magnitud del problema.

a)

Valorar la dimensión real de los accidentes de tráfico, los problemas sociales y económicos que se producen en su entorno.

b)

Identificar el accidente de tráfico como un problema de salud y el conjunto de los siniestros, como una epidemia que nos afecta a todos.

c)

Apreciar que los accidentes no son causa del azar o del destino, sino que detrás de ellos hay una serie de factores de riesgo sobre los que podemos actuar.

d)

Reconocer que es el propio conductor el que más puede influir en la producción de accidentes.

e)

Distinguir las principales variables del vehículo, de la vía y de su entorno que se relacionan con una mayor accidentalidad.

2.

Dinámica de un impacto y consecuencias para las víctimas.

a)

Comprender los conceptos generales sobre la dinámica de un accidente.

b)

Apreciar la magnitud real de las fuerzas que se implican en los siniestros de tráfico.

c)

Conocer los principales tipos de lesión que se producen en los accidentes.

d)

Distinguir las lesiones que se pueden ocasionar en función del tipo de accidente (impacto frontal, lateral, alcance y vuelco).

e)

Diferenciar las lesiones que suelen producirse según el tipo de vehículo implicado (automóviles de turismo, transportes ligeros y pesados, bicicletas y motocicletas).

f)

Conocer las características de las lesiones que suele tener el peatón que ha sido atropellado.

3.

La conducción: una tarea de toma de decisiones.

a)

Apreciar que las situaciones peligrosas al volante son en muchas ocasiones consecuencia de decisiones incorrectas.

b)

Distinguir las características del proceso de toma de decisiones en la conducción.

c)

Discriminar cuáles son las actitudes y los motivos que diferencian a un conductor seguro de aquel que conduce de forma peligrosa.

d)

Valorar el importante papel que puede jugar nuestro estado emocional en la seguridad del tráfico.

e)

Identificar la influencia de la percepción y la aceptación del riesgo en la conducción.

f)

Considerar la influencia que tienen sobre nuestro propio comportamiento las interpretaciones que hacemos del comportamiento de los demás.

4.

Aptitudes y capacidades básicas para una conducción segura.

a)

Apreciar la complejidad del entorno del tráfico.

b)

Valorar la importancia de mantener tus aptitudes y capacidades básicas en perfectas condiciones para conducir.

c)

Identificar la importancia del buen funcionamiento de tus sentidos, especialmente la vista, para conducir de forma segura.

d)

Diferenciar el papel de los mecanismos atencionales en la conducción.

e)

Distinguir la incidencia de las distracciones en los accidentes de tráfico.

f)

Identificar la importancia de las capacidades motoras para conducir con seguridad.

5.

Los grupos de riesgo.

a)

Apreciar que determinados grupos de personas son especialmente sensibles a las consecuencias del tráfico.

b)

Valorar por qué los niños son tan vulnerables a los accidentes.

c)

Identificar qué tipo de jóvenes son los que aparecen con mayor frecuencia en las estadísticas de accidentes.

d)

Discriminar por qué los peatones son muy vulnerables a los accidentes de tráfico.

e)

Distinguir las características que hacen que muchas personas mayores sufran las terribles consecuencias de los accidentes.

f)

Apreciar los problemas a los que se enfrentan los ciclistas como usuarios de la vía.

g)

Señalar las estrategias y consejos para evitar el accidente con estos grupos de riesgo.

6.

La velocidad como factor de riesgo.

a)

Apreciar que la velocidad excesiva o inadecuada es uno de los principales factores de riesgo en la conducción.

b)

Reconocer que es muy importante controlar la velocidad en función de las características del ambiente, del vehículo y de tu propio estado.

c)

Identificar cómo afecta la velocidad a las capacidades del conductor necesarias para una conducción segura.

d)

Distinguir el peligro que representa la velocidad excesiva o inadecuada en determinadas maniobras, como el frenado o la toma de curvas.

7.

El alcohol como factor de riesgo.

a)

Valorar el importante papel que juega el alcohol en los accidentes de tráfico.

b)

Identificar los efectos que tiene el alcohol sobre nuestras capacidades para conducir.

c)

Discriminar qué influye y qué no influye sobre la tasa de alcoholemia.

d)

Tomar conciencia del riesgo que supone conducir bajo los efectos del alcohol.

e)

Reconocer la responsabilidad legal que se deriva de una conducción bajo la influencia de las bebidas alcohólicas.

8.

Las drogas de abuso como factor de riesgo.

a)

Señalar la influencia de las principales drogas de abuso sobre la capacidad de conducción.

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