Historial de reformas

Acuerdo de 23 de noviembre de 2005, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 2/2005, de honores, tratamientos y protocolo en los actos judiciales solemnes

2 versiones · 2005-12-19
2008-01-18
Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el

Cambios del 2008-01-18

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Los/las Presidentes de Sala y de las Audiencias Provinciales y demás Magistrados tienen el tratamiento de Señoría Ilustrísima. En la categoría de Juez, el tratamiento es el de Señoría.
###### Artículo 6. Tratamiento de Jueces y Magistrados jubilados.
###### Artículo 6. Tratamiento de Jueces y Magistrados jubilados y de Jueces de Paz.
Los miembros de la Carrera Judicial una vez jubilados, de no haber sido nombrados Magistrados eméritos, conservarán el tratamiento correspondiente a la categoría alcanzada en el momento de la jubilación. Asimismo, tendrán derecho al uso de la toga e insignias del cargo cuando concurran a los actos judiciales solemnes a los que fuesen invitados.
Los Jueces de Paz, en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales, tendrán el tratamiento de Señoría.
> <small>Se modifica la rúbrica y se añade el segundo párrafo por el art. único.1 del Acuerdo de 19 de diciembre de 2007. [Ref. BOE-A-2008-896](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2008-896).</small>
###### Artículo 7. Tratamiento diferente al que corresponda.
En los actos judiciales de oficio, no se podrá recibir mayor tratamiento que el que corresponda al empleo efectivo en la Carrera Judicial, aunque lo tuvieran superior en diferente carrera o por otros títulos.
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7.º Miembros de la Carrera Judicial, ordenados por categorías, y dentro de cada categoría, por orden de antigüedad.
8.º Jueces de Paz, ordenados por razón de antigüedad en el cargo y, en supuestos de igualdad, por edad.
> <small>Se añade el apartado 8.º por el art. único.2 del Acuerdo de 19 de diciembre de 2007. [Ref. BOE-A-2008-896](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2008-896).</small>
###### Artículo 12. Ordenación de otras autoridades.
Si al acto concurre el Presidente del Gobierno o quien le represente, ocupará un puesto junto al Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial. Igual precedencia se otorgará al Presidente de la Comunidad Autónoma en que se celebre el acto.
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7.º Secretarios Judiciales.
8.º Jueces de Paz, ordenados por razón de antigüedad en el cargo y, en supuestos de igualdad, por edad.
> <small>Se añade el apartado 8.º por el art. único.3 del Acuerdo de 19 de diciembre de 2007. [Ref. BOE-A-2008-896](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2008-896).</small>
###### Artículo 16. Ordenación de otros asistentes.
Si al acto oficial concurre algún Vocal o Vocales del Consejo General del Poder Judicial se les reservará un lugar destacado.
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En los actos solemnes judiciales y actos jurisdiccionales que tengan lugar en los estrados, Jueces y Magistrados usarán toga con los atributos que se regulan en el Reglamento de acuerdo con su rango. En todo acto jurisdiccional llevarán traje o vestimenta acorde con la dignidad de la función judicial y la solemnidad del acto.
Fiscales, Secretarios, Abogados del Estado, Abogados y Procuradores en actos solemnes judiciales y actos jurisdiccionales que tengan lugar en los estrados, usarán toga y, en su caso, placa y medalla. En todo acto jurisdiccional llevarán traje o vestimenta acorde con la solemnidad del acto.
Fiscales, Secretarios, Jueces de Paz, Abogados del Estado y demás Letrados de Servicios Jurídicos de las Administraciones Públicas, Abogados, Procuradores y Graduados Sociales en actos solemnes judiciales y actos jurisdiccionales que tengan lugar en los estrados, usarán toga y, en su caso placa y medalla. En todo acto jurisdiccional llevarán traje o vestimenta acorde con la solemnidad del acto.
> <small>Se modifica el último inciso por el art. único.5 del Acuerdo de 19 de diciembre de 2007. [Ref. BOE-A-2008-896](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2008-896).</small>
###### Artículo 34. Del uso de toga, insignias y condecoraciones por los miembros de la Carrera Judicial.
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5. El Presidente del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Supremo usará de ordinario el collar pequeño y, en los actos protocolarios solemnes, el gran collar de la Justicia.
6. Jueces, Magistrados, Fiscales, Secretarios, Abogados y Procuradores podrán usar condecoraciones en los actos protocolarios; de llevarlas en la toga, se colocarán en su lado derecho.
6. Jueces, Magistrados, Fiscales, Secretarios, Jueces de Paz, Abogados, Procuradores y Graduados Sociales podrán usar condecoraciones en los actos protocolarios; de llevarlas en la toga, se colocarán en su lado derecho.
7. Forma parte de las potestades de ordenación de estrados de Jueces y Tribunales velar por la observancia de las normas hasta aquí expuestas.
> <small>Se modifica el apartado 6 por el art. único.6 del Acuerdo de 19 de diciembre de 2007. [Ref. BOE-A-2008-896](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2008-896).</small>
## TÍTULO V. Del nombramiento de Jueces y Magistrados
###### Artículo 35. Nombramiento de Jueces y Magistrados.
2005-12-19
Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba
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