Historial de reformas

Real Decreto 1424/2008, de 14 de agosto, por el que se determinan la composición y las funciones de la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad, se dictan las normas que regulan su funcionamiento y se establecen los comités especializados adscritos a la misma

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2025-03-12
Real Decreto 1424/2008, de 14 de agosto, por el que se determinan la co
2022-03-10
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2009-06-20
Real Decreto 1424/2008, de 14 de agosto, por el que se determinan la co

Cambios del 2009-06-20

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###### Artículo 5. Comités especializados.
1. Adscritos a la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad funcionarán los siguientes Comités especializados:
1. Adscritos a la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad funcionarán los siguientes Comités especializados:(*)
a) Comité de Espacios Naturales Protegidos, que tendrá por finalidad favorecer la cooperación entre los órganos de representación y gestión de los diferentes espacios naturales protegidos.
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3. Cada uno de los Comités especializados estará compuesto por un representante de cada comunidad autónoma y de las Ciudades de Ceuta y de Melilla, y un representante del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, designado por el Director General de Medio Natural y Política Forestal, que ejercerá su Presidencia. Del Comité de Flora y Fauna Silvestre formará parte, además, un representante del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación, un representante de la Secretaría General de Comercio Exterior, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y del Comité para la mejora y conservación de recursos genéticos forestales, un representante del Ministerio de Ciencia e Innovación y del Comité de Lucha contra los Incendios Forestales, un representante de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias.
4. La Secretaría de los Comités especializados será desempeñada por un funcionario del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, designado por el Director General de Medio Natural y Política Forestal.
5. El Presidente del Consejo Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad, regulado en el Real Decreto 948/2009, de 5 de junio, procederá a solicitud del Presidente de la Comisión a la designación de aquellos representantes invitados a participar en los comités especializados.
> (*) Véase la disposición adicional primera del Real Decreto 556/2011, de 20 de abril, por la que se crea el Comité del Inventario Español del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, adscrito a la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad. [Ref. BOE-A-2011-8228](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2011-8228)
> <small>Se añade el apartado 5 por la disposición adicional 1 del Real Decreto 948/2009, de 5 de junio. [Ref. BOE-A-2009-10221](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2009-10221)</small>
###### Artículo 6. Régimen de funcionamiento.
2008-09-12
Real Decreto 1424/2008, de 14 de agosto, por el que se determinan la
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