Orden IET/2446/2013, de 27 de diciembre, por la que se establecen los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas y la retribución de las actividades reguladas

Rango Orden
Publicación 2013-12-30
Última actualización 2022-09-29
Estado Vigente
Departamento Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Fuente BOE
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2.

Los términos de conducción del peaje de transporte y distribución firme para consumidores no alimentados mediante planta satélite, en función de la presión de diseño donde estén conectadas las instalaciones del consumidor final, regulados en el artículo 31 apartado B) 2. del Real Decreto 949/2001, de 3 de agosto, serán los que figuran en los cuadros siguientes:

Término fijo Tfij cent/kwh/día/mes Término variable Tvij cent/kwh
Peaje 1 (P>60 bar)
1.1 3,4560 0,0847
1.2 3,0875 0,0682
1.3 2,8657 0,0615
Peaje 2 (4 bar < P<= 60 bar)
2.1 25,3055 0,1934
2.2 6,8683 0,1543
2.3 4,4971 0,1249
2.4 4,1210 0,1121
2.5 3,7887 0,0983
2.6 3,4848 0,0852
Peaje 3 (P<= 4 bar)
€/mes
3.1 2,53 2,8813
3.2 5,79 2,1939
3.3 54,22 1,5643
3.4 80,97 1,2538
cent/kwh/día/mes
3.5 5,9258 0,1536

El peaje 3.5 se aplicará exclusivamente a los consumos superiores a 8 GWh/año.

A efectos de facturar el término fijo (Tfij) del peaje 3.5, se aplicará lo establecido en el artículo 31 del Real Decreto 949/2001, de 3 de agosto, para el término fijo del peaje del Grupo 1.°

En caso de que se realice consumo nocturno se procederá a restar del caudal máximo medido (Qmj) la siguiente cantidad:

(Consumo nocturno mensual/Consumo total mensual)0,50Qmj

Se considerará como consumo nocturno el realizado entre las 23:00 y las 07:00 horas. Para tener derecho a este descuento será obligatorio disponer de telemedida operativa y que el consumo nocturno sea mayor o igual al 30 por ciento del consumo total.

Sexto. Canon de almacenamiento subterráneo.

Los términos fijo y variable del canon correspondiente al almacenamiento subterráneo, regulados en el artículo 32 del Real Decreto 949/2001, de 3 de agosto, serán los siguientes:

Tf: Término fijo del canon de almacenamiento: 0,0411 cent/kWh/mes.

Tvi: Término de inyección del canon de almacenamiento: 0,0244 cent/kWh.

Tve: Término de extracción del canon de almacenamiento: 0,0131 cent/kWh.

Séptimo. Canon de almacenamiento de GNL.

El término variable del peaje correspondiente al canon de almacenamiento de GNL será el siguiente:

Tv (cent/MWh/día): 3,2400 cent/MWh/día

Este canon será de aplicación para todo el GNL almacenado por el usuario.

Octavo. Peaje de transporte y distribución interrumpible.

Tfe: Término fijo de reserva de capacidad: El que esté en vigor.

Término de conducción del peaje de transporte y distribución: Será el resultante de multiplicar el término de conducción del peaje de transporte y distribución firme en vigor que corresponda según la presión de suministro y volumen de consumo anual por 0,7 en el caso de la interrumpibilidad tipo «A» y por 0,5 en el caso de la interrumpibilidad tipo «B».

A la facturación del término fijo del término de conducción le será de aplicación lo establecido para el caudal máximo medido en el artículo 31.B del Real Decreto 949/2001, de 3 de agosto.

Noveno. Peaje aplicable a los contratos de acceso de duración inferior a un año.

Los coeficientes a aplicar al término fijo de caudal de los peajes correspondientes a servicios de acceso a las instalaciones gasistas, contratados con una duración menor al año, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 de la presente orden, son los siguientes:

Producto intradiario Producto diario Producto mensual Producto trimestral
Enero 0,25 0,15 2,30 1,91
Febrero 0,22 0,13 2,00 1,91
Marzo 0,21 0,13 1,90 1,91
Abril 0,16 0,09 1,40 1,21
Mayo 0,16 0,09 1,20 1,21
Junio 0,13 0,08 1,00 1,21
Julio 0,14 0,08 1,20 1,08
Agosto 0,11 0,07 1,00 1,08
Septiembre 0,13 0,08 1,20 1,08
Octubre 0,15 0,09 1,30 1,36
Noviembre 0,16 0,09 1,40 1,36
Diciembre 0,18 0,11 1,60 1,36

El termino variable Tvij a aplicar es el del peaje correspondiente.

Décimo. Peaje de Acceso al Punto Virtual de Balance desde red de distribución.

Término fijo Tfr = 0 €/kWh/dia/mes

A estos usuarios les será aplicable toda la normativa de contratación y facturación en vigor, debiéndose emitir las correspondientes facturas, aunque su importe sea cero.

*Este peaje estará en vigor hasta que se publiquen los valores definitivos de acuerdo a la metodología de cálculo que debe elaborar la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia conforme a lo dispuesto en el artículo 2 del Real Decreto-ley 13/2012, de 30 de marzo.

Se modifica el apartado 2 y se añade el 10 por la disposición final 2.2 y 3 de la Orden TEC/1367/2018, de 20 de diciembre. Ref. BOE-A-2018-17607#df-2

Se modifica el apartado 9 por la disposición final 2.5 de la Orden ETU/1977/2016, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2016-12465.

Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 39, de 14 de febrero de 2014. Ref. BOE-A-2014-1584.

ANEXO II. Tarifa de alquiler de contadores y equipos de telemedida para el año 2014

Los precios sin impuestos de alquiler de contadores y equipos de telemedida, a los usuarios o abonados por parte de las empresas o entidades suministradoras de los mismos serán los siguientes:

1.

Contadores:

Caudal del contador (m3/h) Tarifas del alquiler
Hasta 3 m3/hora 0,69 €/mes
Hasta 6 m3/hora 1,25 €/mes
Superior a 6 m3/hora. % por 1.000 del valor medio del contador que se fija a continuación 12,5 por 1.000 del valor medio del contador que se fija a continuación/mes.
Caudal del contador (m3/hora) Valor medio del contador €
--- ---
Hasta 10 210,94
Hasta 25 388,25
Hasta 40 752,96
Hasta 65 1.538,20
Hasta 100 2.082,40
Hasta 160 3.266,30
Hasta 250 6.912,62

El cobro del alquiler mensual por las entidades propietarias de los aparatos contadores supone la obligación por parte de dichas entidades de realizar por su cuenta el mantenimiento de los mismos.

2.

Equipos de telemedida para la transmisión de la información hasta un centro de control remoto:

Equipo para una sola línea: 77,43 €/mes.

Equipo para línea adicional: 14,84 €/mes.

ANEXO III. Derechos de acometida para los suministros conectados a redes con presión de suministro inferior o igual a 4 bar para el año 2014

1.

El solicitante de la acometida abonará a la compañía distribuidora el importe que resulte de aplicar la siguiente fórmula:

Importe (euros) = 104,19 *(L-6)

Siendo «L» la longitud de la acometida en metros. En el caso de cantidades negativas el importe será cero.

A estos efectos se considerará por solicitante la persona física o jurídica que solicite la acometida sin que necesariamente tenga que contratar el nuevo suministro o ampliación.

2.

El contratante de un nuevo punto de suministro o consumo, o de la ampliación de uno ya existente deberá abonar a la empresa distribuidora, en el momento de la contratación, el importe recogido en el siguiente cuadro en función de la tarifa o peaje contratado:

Grupo de Tarifa o Peaje Consumo anual en Kwh/año €/ contratante
1 Menor o igual a 5.000. 106,33
2 Mayor de 5.000 y menor o igual a 15.000. 106,33
2 Mayor de 15.000 y menor o igual a 50.000. 244,38
3 Mayor de 50.000 y menor o igual a 100.000. 488,79
4/5 Mayor de 100.000. 488,79

ANEXO IV. Retribución de las actividades reguladas para el año 2014

1.

Retribución a las empresas que realizan actividades de distribución.

Actualización 2014 € Revisión 2012-2013 € Total €
Naturgas Energía Distribución, S.A. 184.604.262 -2.781.123 181.823.139
Gas Directo, S.A. 1.067.728 3.322 1.071.050
Distribuidora Regional del Gas, S.A. 10.143.726 -590.047 9.553.679
REDEXIS Gas Distribución, S.A. 11.021.148 -253.607 10.767.541
Distribución y Comercialización de Gas.
Extremadura, S.A. 11.975.976 70.760 12.046.736
Gas Aragón, S.A. 37.286.658 -1.740.958 35.545.700
REDEXIS Gas Baleares, S.A. 17.195.562 -275.775 16.919.787
Tolosa Gas, S.A. 946.662 -1.568 945.093
Gas Natural Distribución SDG, S.A. 677.439.357 71.774 677.511.131
Gas Natural Andalucia, S.A. 78.890.770 -2.247.975 76.642.795
Gas Natural Castilla-La Mancha, S.A. 39.418.861 -1.529.900 37.888.962
Gas Natural Castilla y León, S.A. 75.704.186 -275.866 75.428.300
Gas Natural CEGAS, S.A. 119.598.326 -4.246.862 115.351.464
Gas Galicia SDG, S.A. 35.009.679 573.427 35.583.106
Gas Energía Distribución Murcia, S.A. 16.273.285 33.144 16.306.430
Gas Navarra, S.A. 27.738.635 279.105 28.017.740
Gas Natural Rioja, S.A. 14.051.895 226.250 14.278.144
Gasificadora Canaria, S.A. 1.071.445 -81.827 989.618
Madrileña Red de Gas, S.A. 154.643.022 922.429 155.565.451
TOTAL. 1.514.081.182 -11.842.233 1.502.238.949
2.

Retribución en concepto de amortización, retribución financiera y gastos de explotación fijos de las empresas titulares de activos de transporte.

Retribución anual (€) Pago único (€) Total (€)
Enagas, S.A. 456.088,56 455.088,56
Enagas Transporte, S.A. 769.617.494,21 2.724.803,04 772.342.297,25
Enagas Transporte del Norte, S.A.U. 30.775.187,01 30.775.187,01
Gas Natural Transporte SDG, S.L. 27.781.297,32 27.781.297,32
Gas Natural CEGAS, S.A. 3.300.314,01 -334,93 3.299.979,08
Gas Natural Castilla - La Mancha, S.L. 4.375.099,26 4.375.099,26
Gas Natural Andalucía SDG, S.A. 4.437.820,63 4.437.820,63
REDEXIS Gas Transporte, S.L. 31.768.297,57 80.103,30 31.848.400,87
Transportista Regional del Gas, S.L. 14.777.345,41 2.596,70 14.779.942,11
Gas Aragón, S.A. 3.891.337,34 3.891.337,34
Gas Extremadura Transportista, S.L. 7.895.883,11 136.215,28 8.032.098,39
Planta da Regasificación de Sagunto, S.A. 558.984,03 -446.4465,99 112.518,04
Regasificadora del Noroeste, S.A. 8.847.713,10 446.465,99 9.294.179,09
Gas Energía Distribución Murcia, S.A. 1.852.423,26 1.852.423,26
Total. 910.335.284,81 2.943.383,39 913.278.668,20
3.

Retribución en concepto de amortización, retribución financiera y costes de operación y mantenimiento fijos de las empresas titulares de instalaciones de regasificación.

Retribución anual (€) Pago único (€) Total (€)
Enagas Transporte, S.A. 239.030.269 277.262 239.307.530
Bahía de Bizkaia Gas, S.L 38.030.454 38.030.454
Planta de Regasificación de Sagunto, S.A. 102.921.954 -2.725.474 100.196.480
Regasificadora del Noroeste, S.A. 44.360.800 44.360.800
TOTAL 424.343.476 –2.448.212 421.895.264
4.

Retribución en concepto de amortización y retribución financiera de las empresas titulares de instalaciones de almacenamiento subterráneo.

Enagas Transporte, S.A. 19.875.450
5.

Retribución a cuenta de instalaciones de transporte.

La inclusión de una instalación de conexión de transporte a distribución en el listado de retribución a cuenta no presupone el cobro de la retribución definitiva, en aplicación del artículo 12.2 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre.

Empresa Instalación 2010 2011 2012 2013 2014
ENAGAS TRANSPORTE DEL NORTE, S.A.U. Posición Y-01 de Trampa de Rascadores (Zierbena) del Gto Planta de Bilbao Treto Fase I 0 227.127,02
ENAGAS TRANSPORTE DEL NORTE, S.A.U. Gto Planta de Bilbao Treto Fase I 0 620.562,35
ENAGAS TRANSPORTE, S.A.U. Posición de Derivación F-05.1 (Almonte) del Gasoducto DESDOBLAMIENTO ALMONTE -MARISMAS 81.716,49 82.173,66 82.602,63 83.001,68 83.369,06
ENAGAS TRANSPORTE, S.A.U. Posición Trampa Rascadores Simple 31 (Villar de Amedo (El)) del Gasoducto GASOD. YELA -VILLAR DE ARNEDO. Tramo Norte. Provincia de la Rioja 0,00 244.974,08 246.337,26 247.615,51 248.803,69
ENAGAS TRANSPORTE, S.A.U. Posición Trampa Rascadores Simple J-04 (Brihuega) del Gasoducto GASOD. YELA -VILLAR DE ARNEDO. Tramo Sur. Provincia de Guadalajara 0,00 272.566,43 273.913,13 275.156,82
ENAGAS TRANSPORTE, S.A.U. Nueva Posición Trampa Rascadores Simple J-04 (Brihuega) en el GASOD. ZARZA DE TAJO - YELA 0,00 272.566,43 273.913,13 275.156,82
ENAGAS TRANSPORTE, S.A.U. ERM G-650 en la posición 43X.00 en el T.M. de Dima 0,00 105.588,06 104.998,37
ENAGAS TRANSPORTE, S.A.U. Posición de Derivación 43X.00 (Dima) del Gasoducto GASOD. LEMONA - HARO 0,00 152.644,71 153.352,82
ENAGAS TRANSPORTE, S.A.U. ERM G-650 en la posición M-01 en el T.M. de Almería 0,00 105.588,06 104.998,37
ENAGAS TRANSPORTE, S.A.U. Nueva EM G-160 para ENCE en la posición A-8.6.A en el T.M. de Huelva del gasoducto Ramal a Ence 33.154,69 68.212,39
ENAGAS TRANSPORTE, S.A.U. Nueva EM G-250 para ENCE en la posición A-8.6.A en el T.M. de Huelva del gasoducto Ramal a Ence 34.591,56 70.810,15
ENAGAS TRANSPORTE, S.A.U. Nueva Posición de Derivación A-8.6.A (Huelva) en el GASOD. RAMAL ENCE 0 14.562,09
ENAGAS TRANSPORTE, S.A.U. Modificación Posición de Derivación A-8.6.A (Huelva) en el GASOD. RAMAL ENCE 0 4.981,77
ENAGAS TRANSPORTE, S.A.U. Nueva ERM G-250 en la posición. M-09 en el T.M. de Moratalla del gasoducto Lorca-Chinchilla 33.543,33 88.709,08
ENAGAS TRANSPORTE, S.A.U. Modificación Posición de Derivación M-09 (Moratalla) en el GASOD. LORCA-CHINCHILLA 0 82.709,37
ENAGAS TRANSPORTE, S.A.U. AMPLIACI–N 3.ª Línea Adicional en la ERM G-100 de la posición K-29 en el T.M. de Santaella del gasoducto Genil-Málaga 0 9.943,48
ENAGAS TRANSPORTE, S.A.U. AMPLIACI–N a ERM G-100 de la ERM G-65 de la posición K-29 en el T.M. de Santaella del gasoducto Genil-Málaga 0 394,66
ENAGAS TRANSPORTE, S.A.U. Modificación presión ERM G-100 Pos. D10A en el T.M. Llanes del gasoducto Burgos - Santander - Asturias 0 5.172,62
ENAGAS TRANSPORTE, S.A.U. GASOD. ZARZA DE TAJO - YELA Tramo provincia Cuenca 29.351,46 591.298,95
ENAGAS TRANSPORTE, S.A.U. Nueva Posición Trampa Rascadores Simple K-52 (Zarza de Tajo) en el GASOD. ZARZA DE TAJO - YELA 0 267.853,97
ENAGAS TRANSPORTE, S.A.U. Nueva ERM G-1.000 en la posición T-05A en el T.M. de Valdemorillo del gasoducto Semianillo Suroeste Tramo II 11.435,33 118.367,77
ENAGAS TRANSPORTE, S.A.U. Nueva Posición de Derivación T-05A (Valdemorillo) en el GASOD. SEMIANILLO SUROESTE TRAMO II 0 102.919,05
ENAGAS TRANSPORTE, S.A.U. Nueva ERM G-1.600 en la posición L-07 en el T.M. de Granada del gasoducto Granada - Motril 12.959,50 138.468,81
ENAGAS TRANSPORTE, S.A.U. Ampliación Posición de Derivación L-07 (Granada) en el GASOD. GRANADA - MOTRIL 0 13.618,19
ENAGAS TRANSPORTE, S.A.U. Nueva ERM G-650 en la posición 23 en el T.M. de Mediana Aragón del gasoducto Barcelona-Valencia-Vascongadas 9.557,83 101.514,60
ENAGAS TRANSPORTE, S.A.U. Modificación Posición de Derivación 23 (Mediana de Aragón) en el GASOD. BARCELONA-VALENCIA-VASCONGADAS 0 48.163,81
ENAGAS TRANSPORTE, S.A.U. GASOD. ZARZA DE TAJO - YELA. Tramo prov Madrid 35.008,08 2.821.016,96
ENAGAS TRANSPORTE, S.A.U. Nueva Posición de Derivación Q-01 (Estremera) en el GASOD. ZARZA DE TAJO - YELA 0 144.375,19
ENAGAS TRANSPORTE, S.A.U. Nueva ERM G-100 en la posición Q-03B en el T.M. de Brihuega del gasoducto Zarza de Tajo-Yela 0 75.276,74
ENAGAS TRANSPORTE, S.A.U. GASOD. ZARZA DE TAJO -YELA. Tramo prov Guadalajara 0 7.040.245,14
ENAGAS TRANSPORTE, S.A.U. Nueva Posición de Seccionamiento Q-02 (Mondéjar) en el GASOD. ZARZA DE TAJO - YELA 0 94.983,68
ENAGAS TRANSPORTE, S.A.U. Nueva Posición de Seccionamiento Q-03 (Loranca de Tajuña) en el GASOD. ZARZA DE TAJO - YELA 0 94.983,68
ENAGAS TRANSPORTE, S.A.U. Nueva Posición de Seccionamiento Q-03A (Valfermoso de Tajuña) en el GASOD. ZARZA DE TAJO - YELA 0 94.983,68
ENAGAS TRANSPORTE, S.A.U. Nueva Posición de Derivación Q-03B (Brihuega) en el GASOD. ZARZA DE TAJO - YELA 0 144.375,19
Gas Energía Distribución Murcia, S.A. (T) ERM de Bullas (G-650) en Pos 008 del Gto Moratalla Mula 0 80.885,71
Gas Energía Distribución Murcia, S.A. (T) ERM de Calasparra (G-250) en POS 003 del Gto Moratalla Mula 0 70.665,70
Gas Energía Distribución Murcia, S.A. (T) ERM de Caravaca (G-650) en Pos 005 del Gto Moratalla Mula 0 80.885,71
Gas Energía Distribución Murcia, S.A. (T) ERM de Cehegín (G-400) en POS 007 del Gto Moratalla Mula 0 75.091,20
Gas Energía Distribución Murcia, S.A. (T) ERM de Mula (G-250) en Pos 009 del Gto Moratalla Mula 0 70.665,70
Gas Energía Distribución Murcia, S.A. (T) Gasoducto Moratalla Mula (Línea principal) 0 1.107.454,10
Gas Energía Distribución Murcia, S.A. (T) Gasoducto Moratalla Mula (Ramal a Calasparra) 0 59.010,71
Gas Energía Distribución Murcia, S.A. (T) Gasoducto Moratalla Mula (Ramal a Caravaca de la Cruz) 0 97.833,95
Gas Energía Distribución Murcia, S.A. (T) Gasoducto Moratalla Mula (Ramal a Cehegín) 0 24.121,85
Gas Energía Distribución Murcia, S.A. (T) Pos. 001. de Seccionamiento (Moratalla) del Gto Moratalla Mula 0 14.119,19
Gas Energía Distribución Murcia, S.A. (T) Pos. 002 de Derivación (Calasparra) a Ramal a Calasparra en el Gto Moratalla Mula 0 21.461,18
Gas Energía Distribución Murcia, S.A. (T) Pos. 003 de Derivación (Calasparra) del Gto Moratalla Mula 0 21.461,18
Gas Energía Distribución Murcia, S.A. (T) Pos. 004 de Derivación (Cehegín) a Ramal a Caravaca en el Gto Moratalla Mula 0 21.461,18
Gas Energía Distribución Murcia, S.A. (T) Pos. 005 de Derivación (Caravaca de la Cruz) del Gto Moratalla Mula 0 21.461,18
Gas Energía Distribución Murcia, S.A. (T) Pos. 006 de Derivación (Cehegín) a Ramal a Cehegín en el Gto Moratalla Mula 0 21.461,18
Gas Energía Distribución Murcia, S.A. (T) Pos. 007 de Derivación (Cehegín) del Gto Moratalla Mula 0 21.461,18
Gas Energía Distribución Murcia, S.A. (T) Pos. 008 de Derivación (Bullas) del Gto Moratalla Mula 0 21.461,18
Gas Energía Distribución Murcia, S.A. (T) Pos. 009 de Derivación (Mula) del Gto Moratalla Mula 0 21.461,18
Gas Extremadura Transporte, S.L. ERM G-250 en Pos MR-MJ-09.1 (Don Benito) del Gto Merida-Don Benito- Miajadas 0,00 86.784,41 86.269,52
Gas Extremadura Transporte, S.L. Posición de Derivación MR-MJ-09.1 en Don Benito del Gasoducto Mérida- Don Benito - Miajadas 0,00 49.430,87 49.660,19
Redexis Gas Transporte, S.L. ERM G-650 en Pos HUERGUA-01 (HUERCAL OVERA) del Gto 4.778,92 95.679,25
Redexis Gas Transporte, S.L. ERM G-250 en Pos HUERGUA-02 (ALBOX) del Gto 4.192,92 83.635,93
Redexis Gas Transporte, S.L. ERM G-650 en Pos HUERGUA-03 (PARTALOA) del Gto 4.778,92 95.679,25
Redexis Gas Transporte, S.L. ERM G-160 en Pos HUERGUA-04 (TIJOLA) del Gto 4.018,75 80.509,29
Redexis Gas Transporte, S.L. ERM G-250 en Pos HUERGUA-05 (BAZA) del Gto 4.192,92 83.635,93
Redexis Gas Transporte, S.L. ERM G-250 en Pos HUERGUA- 05 (BAZA) del Gto 4.192,92 83.635,93
Redexis Gas Transporte, S.L. Gto HUERCAL OVERA - BAZA -GUADIX - Tramo I (Prov Almería) 43.682,59 3.520.025,52
Redexis Gas Transporte, S.L. Gto HUERCAL OVERA - BAZA - GUADIX - Tramo I (Prov Granada) 10.265,36 827.202,30
Redexis Gas Transporte, S.L. Posición Trampa Rascadores Simple HUERGUA-01 (HUERCAL OVERA) del Gto HUERCAL OVERA - BAZA - GUADIX 0 125.309,81
Redexis Gas Transporte, S.L. Posición de Derivación HUERGUA-02 (ALBOX) del Gto HUERCAL OVERA - BAZA -GUADIX 0 67.542,88
Redexis Gas Transporte, S.L. Posición de Derivación HUERGUA-03 (PARTALOA) del Gto HUERCAL OVERA - BAZA - GUADIX 0 67.542,88
Redexis Gas Transporte, S.L. Posición de Derivación HUERGUA-04 (TIJOLA) del Gto HUERCAL OVERA - BAZA - GUADIX 0 67.542,88
Redexis Gas Transporte, S.L. Posición de Derivación HUERGUA-05 (BAZA) del Gto HUERCAL OVERA - BAZA - GUADIX 0 67.542,88
Redexis Gas Transporte, S.L. ERM G-400 en Pos OLIAL-04 (TEULADA) del Gto OLIVA- ALTEA (Marina Alta) 0 75.091,20
Redexis Gas Transporte, S.L. ERM G-1000 en Pos OLIAL-05 (CALPE) del Gto OLIVA-ALTEA (Marina Alta) 0 94.169,96
Redexis Gas Transporte, S.L. Posición de Derivación OLIAL-04 (TEULADA) del Gto OLIVA-ALTEA (Marina Alta) 0 21.461,18
Redexis Gas Transporte, S.L. Posición de Derivación OLIAL-05 (CALPE) del Gto OLIVA-ALTEA (Marina Alta) 0 21.461,18
Redexis Gas Transporte, S.L. Gto OLIVA-ALTEA (Marina Alta) - Tramo II 0 427.272,15
Transportista Regional del Gas, S.A. Gto AREVALO - SANCHIDRIAN 1.053,14 98.777,62
Transportista Regional del Gas, S.A. ERM G-400 en Pos ARESAN-02 (SANCHIDRIAN) del Gto Arevalo - Sanchidrian 3.409,49 75.091,20
Transportista Regional del Gas, S.A. Gto AREVALO - SANCHIDRIAN 5.288,52 496.028,43
Transportista Regional del Gas, S.A. Posición de Derivación ARESAN-01 (GUTIERRE MUÑOZ) del Gto AREVALO - SANCHIDRIAN 0 28.266,28
Transportista Regional del Gas, S.A. Posición Trampa Rascadores Simple ARESAN-02 (SANCHIDRIAN) del Gto AREVALO - SANCHIDRIAN 0 52.441,37

ANEXO V. Valores unitarios de referencia de inversión y de operación y mantenimiento para instalaciones de transporte

Primero. Valores unitarios de referencia de inversión en instalaciones de transporte puestos en servicio en el año 2014.

a. Gasoductos de transporte primario y secundario.

a.1 Obra lineal en gasoducto de transporte primario:

€/(m*pulgada)
Obra Lineal 24,66

a.2 Obra lineal en gasoducto de transporte secundario:

Coeficiente corrector Coeficiente corrector
Gasoducto transporte secundario 0,62

b. Posición de seccionamiento (tipo S) simultánea en gasoducto de transporte primario.

Diámetro (pulgada)
6 73.891
8 138.215
10 201.990
12 266.039
14 330.088
16 394.138
18 458.186
20 522.235
22 586.286
24 650.334
26 714.384
28 778.432
30 842.482
32 906.532
36 1.034.629
40 1.162.727
42 1.226.776
44 1.290.826
48 1.418.925
52 1.547.022
Coeficientes correctores Coeficientes correctores
--- ---
Posición Derivación (Tipo D) 1,52
Posición Trampa de Rascadores (1) 2,82
Posiciones posteriores obra lineal (2) 1,15
Elemento de Transporte secundario 0,62

(1) Una posición con trampas de lanzamiento y recepción se considera formada por dos posiciones de trampa de rascadores.

(2) Una posición se realiza con simultaneidad cuando se incluye en el proyecto inicial o cuando se solicita su inclusión por parte del distribuidor o transportista al menos un año antes de la fecha de puesta en servicio de la línea.

c. Estaciones de compresión en gasoductos de trasporte primario.

Con turbocompresor Con motor eléctrico
Potencia Instalada menor o igual a 37.284 kW Potencia Instalada menor o igual a 37.284 kW Potencia Instalada menor o igual a 37.284 kW
Término Fijo (€/E.C.) 8.030.190 2.618.414
Término Variable (€/kW) 1.124,13 1.841,41
Potencia Instalada mayor de 37.284 kW Potencia Instalada mayor de 37.284 kW Potencia Instalada mayor de 37.284 kW
Término Fijo (€/E.C.) 28.144.325 22.732.549
Término Variable (€/kW) 584,63 957,67

d. Estaciones de regulación y medida (ERM) en un gasoducto de transporte primario.

Tipo «G» €/Unidad
65 261.560
100 264.818
160 270.494
250 279.226
400 294.357
650 321.178
1.000 362.100
1.600 441.409
2.500 572.032
4.000 720.614
6.500 869.193
Coeficientes Correctores Coeficientes Correctores
--- ---
Estación de Medida 0,86
EM de Ultrasonido (1) 1,32
ERM/EM Pasteriores (2) 1,15
Líneas Adicionales en ERM/EM (3) 0,31
Elementos de Transporte Secundario 0,97

(1) Aplicable a EM equivalentes a un tamaño de G-1000 o superior.

(2) Una ERM/EM es posterior cuando se inserte una nueva posición de derivación (tipo D), o se transforme una posición de seccionamiento (tipo S) existente en posición de derivación (tipo D).

(3) Aplicable a nuevas líneas construidas sobre ERM/EM existentes y puesta en marcha después de 5 años.

e. Centros de mantenimiento.

Precio máximo auditado en € 1.946.838

Segundo. Fórmula de actualización de los valores unitarios de referencia de inversión en instalaciones de transporte.

Los valores unitarios para el año «n» se actualizarán anualmente aplicando el siguiente índice de actualización:

IAn=1+(IPRI bienes de equipo – X)

Donde:

lAn : Índice de actualización para el año «n».

IPRI bienes de equipo: variación anual en tanto por uno, entre octubre del año n-1 y octubre del año n-2, del índice de Precios Industriales, correspondiente a la clasificación por destino económico de los componentes de bienes de equipo.

«x»: Coeficiente cuyo valor es 0,005.

Tercero. Valores unitarios de explotación de instalaciones de transporte para el año 2014.

a. Gasoductos transporte primario.

€/m/pulg 0,4808

Nota: incluyen los costes de operación de las posiciones asociadas

Coeficiente corrector Coeficiente corrector
Gasoducto transporte secundario. 0,52

b. Estaciones de compresión en gasoductos de transporte primario.

Con turbocompresor Con motor eléctrico
Término fijo (€/E.C.) 154.771 623.998
Término variable (€/kWh) 62,08

En el caso de estaciones de compresión con motor eléctrico se abonará al titular la totalidad del coste del suministro eléctrico, excluyendo IVA).

c. ERM en gasoductos de transporte primario.

Tipo «G» €/ Unidad
65 39.701
100 43.201
160 47.746
250 49.815
400 53.299
650 56.777
1.000 67.930
1.600 76.984
2.500 87.093
4.000 109.735
6.500 132.383
Coeficientes correctores Coeficientes correctores
--- ---
Estación de Medida. 0,75
Elemento Transporte secundario. 0,76

Cuarto. Fórmula de actualización de los valores unitarios de referencia de costes de operación y mantenimiento (COM) de instalaciones de transporte.

Los valores unitarios para el año «n» se actualizarán anualmente según el siguiente índice de actualización:

lAn=1+(0,2(IPRI bienes de equipo – X) + 0,8(IPC-y))

Donde:

lAn: Índice de actualización para el año n.

IPC: variación anual en tanto por uno, entre octubre del año n-1 y octubre del año n-2, del índice de precios al consumo.

IPRI bienes de equipo: variación anual en tanto por uno, entre octubre del año n-1 y octubre del año n-2, del índice de Precios Industriales, correspondiente a la clasificación por destino económico de los componentes de bienes de equipo.

«x» e «y»: Coeficientes cuyos valores serán iguales 0,005 y 0,01 respectivamente.

Se modifica la letra c del apartado primero y la letra b del apartado tercero por la disposición final 3 de la Orden IET/389/2015, de 5 de marzo. Ref. BOE-A-2015-2495.

ANEXO VI. Valores provisionales de operación y mantenimiento de almacenamientos subterráneos para el año 2014

Costes de operación y mantenimiento provisionales (directos e indirectos):

Almacenamiento subterráneo Serrablo: 7.772.345,28 €.

Almacenamiento subterráneo Gaviota: 17.698.735,25 €.

ANEXO VII. Valores unitarios de inversión y de operación y mantenimiento de plantas de regasificación

Primero. Valores unitarios de referencia de los costes de operación y mantenimiento fijos para el año 2014.

Tanques almacenamiento GNL (€/tanque): 1.655.619
Tanque almacenamiento GNL (€/m3 GNL): 13.600519
Capacidad de vaporización Nominal (€/m3/h): 5,08
Cargaderos de cisternas de GNL (€/cargadero): 42.972
Planta regasificación (€/planta): 1.256.944
Resto de unidades de Inversión (€): 0

Nota: la capacidad de vaporización nominal se aplica solo a los equipos que determinan la capacidad nominal, es decir se excluyen los equipos de reserva de la instalación, independientemente de si tratan de unidades de inversión de vaporizadores de agua de mar o de vaporizadores de combustión sumergida.

Segundo. Valores unitarios de referencia de los costes de operación y mantenimiento variables para el año 2014.

kW h regasificados (€/kW h): 0,000162
kW h cargados en cisternas de GNL (€/kW h): 0,000194
kW h transvasados a/entre buques de GNL (€/kW h): 0,000194

En el caso de operaciones de puesta en frío la retribución por operación no podrá ser inferior a 35.000 €.

Tercero. Valores unitarios de referencia de inversión para las nuevas inversiones en instalaciones de regasificación autorizadas de forma directa y con puesta en servicio en el año 2014.

a)

Valores Máximos para Actuaciones de Inversión que agrupan las Unidades de Inversión No-Estandarizadas.

El valor máximo a reconocer por el coste, debidamente auditado, de las Actuaciones de Inversión que agrupan la Unidades de Inversión No-Estandarizadas realizadas (obra civil terrestre y marítima, instalaciones de descarga, interconexiones de gas/GNL, cimentaciones y obra civil asociada al almacenamiento de GNL, sistema de captación de agua, servicios auxiliares, suministro eléctrico y sistemas de gestión y control) se aplicará de acuerdo a los siguientes criterios:

1.

El Valor Máximo por nueva planta es aplicable una sola vez en la vida útil de la planta regasificación.

2.

El Valor Máximo por ampliación de tanque es aplicable a cada tanque adicional sobre la configuración original de la planta de regasificación.

3.

El Valor Máximo por ampliación de vaporización es aplicable a cada ampliación de vaporización, incluida la de reserva, sobre la configuración original de la planta de regasificación.

Al construir una nueva planta (€) : 172.814.694
Al construir un nuevo tanque en planta ya construida (€/m3 GNL): 193,87
Al construir una ampliación de vaporización en planta ya construida 100,88
Al construir una ampliación de atraque en planta ya construida: Según valor auditado.
b)

Valores Unitarios para Unidades de Inversión Estandarizadas.

Tanque almacenamiento de GNL (€/m3): 458,08
Sistema de bombas secundarias (€/m3/h): 3.605,71
Vaporizadores de agua de mar (€/m3/h): 42,94
Vaporizadores de combustión sumergida (€/m3/h): 24,56
Sistema de medida y odorización: Valor unitario ERM de transporte.
Sistema antorcha/combustor (€/kg/h): 10,90
Sistema de compresión boil-off para procesado interno planta (€/m3) 396,29
Relicuador boil-off (€/ Kg/h): 1,36
Sistema de compresión de boil-off para emisión directa a la red: valor unitario E.C. transporte.
Cargaderos de cisternas de GNL (€/unidad): 1.785.184,61

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