Historial de reformas

Ley 8/2012, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas

6 versiones · 2013-03-12
2015-12-31
Ley 8/2012, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas —
2015-06-08
Ley 8/2012, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas —

Cambios del 2015-06-08

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1. Los centros y establecimientos que integran el Servicio Madrileño de Salud se podrán configurar como instituciones sanitarias del citado ente sin personalidad jurídica propia, o bien como entidades sanitarias dependientes del mismo, de titularidad pública y con personalidad jurídica propia. En este caso, las mismas podrán adoptar cualquiera de las figuras organizativas previstas en el ordenamiento jurídico y su creación se realizará mediante Decreto del Consejo de Gobierno.
2. Cuando la gestión de los centros de atención primaria se realice por cualquiera de las formas de gestión indirecta previstas en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, podrá ofrecerse la gestión de los centros preferentemente a las sociedades de profesionales con personalidad jurídica propia, que estén constituidas total o mayoritariamente por los profesionales sanitarios que presten sus servicios en el Servicio Madrileño de Salud, con la finalidad de promover un mayor grado de implicación de los profesionales en el proceso de desarrollo, racionalización y optimización del sistema sanitario público madrileño.
Establecida la preferencia, en caso de que la gestión de los centros no se asigne a cualquiera de las sociedades de profesionales creadas al efecto, podrán concurrir para su gestión el resto de personas físicas o jurídicas legalmente constituidas.
2. **(Anulado)**.
3. El Consejo de Gobierno mediante decreto, determinará los requisitos necesarios para acreditar las sociedades profesionales a que se refiere el apartado anterior.
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6. De acuerdo con lo que se establezca reglamentariamente, los centros y establecimientos deberán confeccionar y remitir al Servicio Madrileño de Salud periódicamente, cuanta información sanitaria y económica le sea requerida.»
> <small>Se declara inconstitucional y nulo el art. 88.2, en la redacción dada por este artículo, por Sentencia del TC 84/2015, de 30 de abril de 2015. [Ref. BOE-A-2015-6386](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-6386).</small>
###### Artículo 64. Modificación parcial de la Ley 5/1985, de 16 de mayo, de creación del Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid.
Se modifican los preceptos que se indican a continuación de la Ley 5/1985, de 16 de mayo, de creación del Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid.
2014-07-29
Ley 8/2012, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas —
2014-06-24
Ley 8/2012, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas —
2013-12-30
Ley 8/2012, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas —
2012-12-29
Ley 8/2012, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativa
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