Real Decreto 988/2013, de 13 de diciembre, por el que se establecen nueve certificados de profesionalidad de la familia profesional Marítimo-Pesquera que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad y se actualizan los certificados de profesionalidad establecidos como anexo IV del Real Decreto 1774/2011, de 2 de diciembre y como anexo III del Real Decreto 1533/2011 de 31 de octubre
CE3.6 Valorar la necesidad de asistencia técnica externa para la sustitución de elementos o una reparación.
C4: Participar en los procesos de trabajo de la empresa, siguiendo las normas e instrucciones establecidas en el centro de trabajo.
CE4.1 Comportarse responsablemente tanto en las relaciones humanas como en los trabajos a realizar.
CE4.2 Respetar los procedimientos y normas del centro de trabajo.
CE4.3 Emprender con diligencia las tareas según las instrucciones recibidas, tratando de que se adecúen al ritmo de trabajo de la empresa.
CE4.4 Integrarse en los procesos de producción del centro de trabajo.
CE4.5 Utilizar los canales de comunicación establecidos.
CE4.6 Respetar en todo momento las medidas de prevención de riesgos, salud laboral y protección del medio ambiente.
Contenidos
1. Programación del mantenimiento en una instalación acuícola.
‒ Interpretar programación del mantenimiento: instrucciones y fichas de trabajo.
‒ Puntos críticos en la instalación.
‒ Interpretación del manual APPCC de una instalación acuícola.
‒ Estadillos de control. Cumplimentación.
‒ Elaboración de fichas de control.
2. Manejo de las herramientas de trabajo y aptitudes antes las tareas en una instalación acuícola.
‒ Características de las herramientas.
‒ Elección de herramientas en función de la tarea.
‒ Orden, conservación y limpieza de las herramientas en el taller.
‒ Orden y limpieza de la zona de trabajo.
‒ Comportamiento responsable en la gestión de los residuos generados en la actividad de mantenimiento.
3. Mantenimiento de los elementos de una instalación acuícola.
‒ Puesta a punto de equipos y maquinaria.
‒ Condiciones de trabajo de equipos y maquinaria. Protección de los equipos y maquinaria.
‒ Reposición de componentes según programa preestablecido.
‒ Gestión de consumibles:
• Sustitución de consumibles.
• Vida útil de los consumibles.
‒ Mantenimiento de sondas de control.
4. Mantenimiento correctivo en una instalación acuícola.
‒ Equipos y elementos más vulnerables de la instalación.
‒ Averías más recurrentes en la instalación.
‒ Operaciones de sustitución de elementos en equipos o maquinaria.
‒ Programas de actuación antes contingencias graves.
5. Integración y comunicación en el centro de trabajo.
‒ Adaptación a las condiciones de trabajo en el medio marino.
‒ Utilización de los equipos de protección individual.
‒ Identificación del cuadro de obligaciones y consignas en casos de emergencia.
‒ Comportamiento responsable en el buque.
‒ Respeto a los procedimientos y normas del centro de trabajo.
‒ Interpretación y ejecución con diligencia las instrucciones recibidas.
‒ Utilización de los canales de comunicación establecidos en el buque.
‒ Seguimiento de las normativas de prevención de riesgos, salud laboral y protección del medio ambiente.
– Utilización del lenguaje normalizado (OMI).
IV. PRESCRIPCIONES DE LOS FORMADORES
| Módulos Formativos | Acreditación requerida | Con acreditación | sin acreditación |
|---|---|---|---|
| Módulos Formativos | Acreditación requerida | Experiencia profesional requerida en el ámbito de la unidad de competencia | Experiencia profesional requerida en el ámbito de la unidad de competencia |
| MF1620_2: Organización del mantenimiento de una empresa acuícola. | • Licenciado en Biología o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. • Licenciado en Ciencias del Mar o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. • Licenciado en Veterinaria o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. • Técnico Superior en Producción acuícola. • Técnico Superior en Supervisión y Control de Máquinas e Instalaciones del Buque. • Técnico Superior en Mantenimiento de Instalaciones Térmicas y de Fluidos. | 1 año | Imprescindible acreditación. |
| MF1621_2: Control del funcionamiento de una Instalación Acuícola. | • Licenciado en Biología o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. • Licenciado en Ciencias del Mar o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. • Licenciado en Veterinaria o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. • Técnico Superior en Producción acuícola. • Técnico Superior en Supervisión y Control de Máquinas e Instalaciones del Buque. • Técnico Superior en Mantenimiento de Instalaciones Térmicas y de Fluidos. | 1 año | Imprescindible acreditación. |
| MF1622_2: Mantenimiento de instalaciones, maquinaría y equipos de una empresa acuícola. | • Licenciado en Biología o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. • Licenciado en Ciencias del Mar o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes • Licenciado en Veterinaria o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes • Técnico Superior en Producción acuícola • Técnico Superior en Supervisión y Control de Máquinas e Instalaciones del Buque. • Técnico Superior en Mantenimiento de Instalaciones Térmicas y de Fluidos. | 1 año | Imprescindible acreditación. |
V. REQUISITOS MÍNIMOS DE ESPACIOS, INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTO
| Espacio Formativo | 2 | 2 |
|---|---|---|
| Aula de gestión. | 45 | 60 |
| Taller de mantenimiento de instalaciones de acuicultura. | 45 | 60 |
| Instalaciones de acuicultura para cultivo. | 100 | 100 |
| Almacén de mantenimiento de instalaciones de acuicultura. | 20 | 25 |
| Espacio Formativo | M1 | M2 |
| --- | --- | --- |
| Aula de gestión. | X | X |
| Taller de mantenimiento de instalaciones de acuicultura. | X | X |
| Almacén de mantenimiento de instalaciones de acuicultura. | X | X |
| Instalaciones de acuicultura para cultivo. | X | X |
| Espacio Formativo | Equipamiento | |
| --- | --- | |
| Aula de gestión. | ‒ Equipos audiovisuales. ‒ Rotafolios o pizarra digital. ‒ Material de aula. ‒ PCs instalados en red, cañón con proyección e internet. ‒ Mesa y silla para formador. ‒ Mesas y sillas para alumnos. ‒ Paquetes informáticos aplicables a la gestión de la producción en acuicultura. | |
| Taller de mantenimiento de instalaciones de acuicultura. | ‒ Armarios de herramientas. ‒ Mesas de trabajo. ‒ Tornillos de mesa. ‒ Miniamoladoras. ‒ Taladros de mano y mesa. ‒ Tubos de PVC. ‒ Pistolas térmicas. ‒ Sierras de calar. ‒ Limas. ‒ Juegos de llaves. ‒ Sacabocados de corona. ‒ Destornilladores surtidos. ‒ Alicates surtidos. ‒ Cortatubos. ‒ Soldadura eléctrica. ‒ Redes de cultivos. ‒ Lavadoras de redes. ‒ Aparatos de medición (temperatura, presión, magnitudes eléctricas, etc.). | |
| Almacén de mantenimiento de instalaciones de acuicultura. | ‒ Grasas y aceites. ‒ Líquidos refrigerantes. ‒ Tubos y cables eléctricos. ‒ Productos y equipos de limpieza. ‒ Equipos de protección individual EPI's. ‒ Productos químicos (antifúngicos y desinfectantes). | |
| Instalaciones de acuicultura para cultivo. | ‒ Tanques de cultivo. ‒ Instalación agua dulce y salada. ‒ Instalación de aire y oxígeno. ‒ Sistemas de filtración y esterilización del agua. ‒ Sistemas de tratamiento térmico del agua. ‒ Sistemas de iluminación para el cultivo. ‒ Autómatas. ‒ Bombas dosificadoras. ‒ Comederos automáticos. ‒ Maquinaria auxiliar (neumática, de limpieza, hidráulica). |
No debe interpretarse que los diversos espacios formativos identificados deban diferenciarse necesariamente mediante cerramientos.
Las instalaciones y equipamientos deberán cumplir con la normativa industrial e higiénico sanitaria correspondiente y responderán a medidas de accesibilidad universal y seguridad de los participantes.
El número de unidades que se deben disponer de los utensilios, máquinas y herramientas que se especifican en el equipamiento de los espacios formativos, será el suficiente para un mínimo de 15 alumnos y deberá incrementarse, en su caso, para atender a número superior.
En el caso de que la formación se dirija a personas con discapacidad se realizarán las adaptaciones y los ajustes razonables para asegurar su participación en condiciones de igualdad.
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