Historial de reformas
Ley 7/2017, de 3 de agosto, por la que se modifica la Compilación de Derecho Civil de las Illes Balears
2 versiones
· 2017-09-15
2019-12-31
Ley 7/2017, de 3 de agosto, por la que se modifica la Compilación de De
Cambios del 2019-12-31
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###### **Disposición final primera.** Desarrollo reglamentario.
1. En el plazo de seis meses, en el marco de la regulación del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, el Gobierno dictará las disposiciones reglamentarias que establezcan el régimen de actuación de los órganos administrativos que deben llevar a cabo los trámites y las gestiones encaminados a regular el procedimiento administrativo de declaración como herederas intestadas a las administraciones territoriales, consejos insulares y ayuntamientos, que proceda, la participación en el proceso de inventario de bienes y su administración de acuerdo con la normativa procesal, la aceptación de la herencia, la toma de posesión de los bienes que integran la herencia y, en su caso, la disposición.
2. En el plazo de seis meses, el Gobierno dictará las disposiciones reglamentarias que establezcan el procedimiento que regule el destino de los bienes o de su producto o de su valor, previsto en la Compilación de derecho civil de las Illes Balears. En cualquier caso, será necesaria la aceptación previa de los bienes o derechos por parte de las entidades destinatarias.
**(Derogada)**
> <small>Se deroga por la disposición derogatoria única.h) de la Ley 19/2019, de 30 de diciembre. [Ref. BOE-A-2020-850](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-850)</small>
###### **Disposición final segunda.**Entrada en vigor.
2017-08-05
Ley 7/2017, de 3 de agosto, por la que se modifica la Compilación de
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