Historial de reformas

Real Decreto 930/2017, de 27 de octubre, por el que se regula el régimen de ayudas a la apicultura en el marco de los programas nacionales anuales, y se modifica el Real Decreto 209/2002, de 22 de febrero, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones apícolas

3 versiones · 2017-10-31 — 2023-01-02 (derogada)
2023-01-02
Derogación
2022-10-26
Real Decreto 930/2017, de 27 de octubre, por el que se regula el régime
2020-02-10
Real Decreto 930/2017, de 27 de octubre, por el que se regula el régime

Cambios del 2020-02-10

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# Real Decreto 930/2017, de 27 de octubre, por el que se regula el régimen de ayudas a la apicultura en el marco de los programas nacionales anuales, y se modifica el Real Decreto 209/2002, de 22 de febrero, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones apícolas
Norma derogada, con efectos de 2 de enero de 2023, por la disposición derogatoria única del Real Decreto 906/2022, de 25 de octubre. [Ref. BOE-A-2022-17476#dd](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2022-17476)
El Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.º 922/72, (CEE) n.º 1234/79, (CE) n.º 1037/2001 y (CE) n.º 1234/2007, en su artículo 55, contempla la elaboración de programas nacionales para mejorar las condiciones generales de producción y comercialización de los productos apícolas de una duración de tres años («programas apícolas»). Estos programas, elaborados en estrecha colaboración con las organizaciones representativas del sector apícola, se aprueban mediante Decisión de la Comisión.
El citado Reglamento contempla, también, las medidas a financiar y un régimen de cofinanciación comunitaria del 50 por 100 de los gastos originados por las actuaciones previstas en los programas apícolas, así como la facultad de la Comisión para adoptar actos delegados y de ejecución respecto a las mismas.
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## ANEXO. Información que deben comunicar las comunidades autónomas sobre la ejecución del programa apícola en su ámbito territorial
### *I. Balance del plan de control*
### *I. Balance del plan de control de ayudas a la apicultura*
1. Incidencias del control administrativo:
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Acciones emprendidas.
2. Incidencias del control «in situ»:
2. Incidencias del control “in situ”:
2.1 Control aleatorio:
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Acciones emprendidas.
### *II. Indicadores de rendimiento*
1. Asistencia técnica.
### *II. Indicadores de rendimiento para las medidas apícolas*
1. Asistencia técnica:
1.1 Número de cursos financiados.
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2.4 Número de intervenciones financiadas frente a otros agresores y enfermedades.
3. Racionalización de la trashumancia.
2.5 Número y tipo de productos utilizados para la sobrealimentación de abejas.
2.6 Número de tratamientos de purificación de cera subvencionados.
3. Racionalización de la trashumancia:
3.1 Número de apicultores financiados (indicando el alcance en colmenas y el porcentaje sobre el total de apicultores registrados).
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3.3 Coste medio de la inversión financiada.
3.4 Número de cuotas de seguro financiadas (calculadas por apicultor y número total de colmenas).
4. Apoyo a laboratorios de análisis.
3.4 Número de apicultores que incorporaron márgenes florales.
3.5 Número de cuotas de seguro financiadas (calculadas por apicultor y número total de colmenas).
4. Apoyo a laboratorios de análisis:
4.1 Número y tipo de análisis de acuerdo con la directiva de la miel.
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4.4 Número de análisis de residuos en cera.
5. Repoblación.
5. Repoblación:
5.1 Número de apicultores financiados.
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5.3 Coste medio de la compra de reinas.
6. Mejora de la calidad.
6.1 Número de técnicos de comercialización contratados.
6.2 Ratio de técnicos contratados (en colmenas).
6.3 Número de figuras de calidad desarrolladas.
6. Seguimiento de mercado:
6.1 Número de estudios de mercado financiados.
6.2 Número de documentos técnicos publicados.
7. Mejora de la calidad:
7.1 Número de técnicos de comercialización contratados.
7.2 Ratio de técnicos contratados (en colmenas).
7.3 Número de figuras de calidad desarrolladas.
7.4 Coste medio de las inversiones en materia de envasado y comercialización.
7.5 Número de actuaciones de promoción financiadas.
> <small>Se sustituye por el que figura en el art. único de la Orden APA/101/2020, de 6 de febrero. [Ref. BOE-A-2020-1912](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-1912)</small>
2017-10-31
Real Decreto 930/2017, de 27 de octubre, por el que se regula el rég
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