Real Decreto 125/2017, de 24 de febrero, por el que se establecen los requisitos técnicos y las normas de actuación que deben cumplir los centros técnicos de tacógrafos
C.6 Cuando se detecte el empleo de equipos defectuosos, los centros técnicos deben estudiar los efectos sobre las intervenciones técnicas realizadas con estos equipos anteriormente, e informar al órgano competente de la comunidad autónoma de tal contingencia.
C.7 Los instrumentos de medida utilizados en los centros técnicos estarán sujetos a control metrológico del Estado, según lo establecido en la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología, y en el Real Decreto 244/2016, de 3 de junio, por el que se desarrolla la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología, y en sus normas de aplicación y desarrollo, cuando sea aplicable, y se mantendrán en condiciones adecuadas para su uso.
En el caso de que se utilicen flexómetros o cintas métricas para la determinación de la circunferencia efectiva de los neumáticos de las ruedas, estos serán de clase I o II según la clasificación establecida en el anexo XIV del Real Decreto 244/2016, de 3 de junio, por el que se desarrolla la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología.
Los equipos de intervención técnica utilizados en los centros técnicos deben ser sometidos a comprobaciones funcionales para asegurar su correcto funcionamiento según un programa formal con las siguientes frecuencias mínimas:
– Banco de rodillos: mensual.
– Manómetros para medir la presión de inflado de neumáticos: mensual.
– Equipo de calibrado: semanal.
– Cronómetro para el ajuste de la hora real del tacógrafo: mensual.
No obstante lo anterior, cuando un centro técnico disponga de cronómetros con sistemas de sincronización horaria periódica a través de señales externas, con trazabilidad contrastada con patrones nacionales o internacionales, y que aseguren que la sincronización se realice automáticamente al menos una vez al día, no será preciso someter al cronómetro a los controles indicados.
C.8 En los ordenadores u otros equipos utilizados en el proceso de intervención técnica de tacógrafos, debe asegurarse la compatibilidad de los programas con todos los tacógrafos.
C.9 En el caso de calibraciones externas, los centros técnicos deben contratar la calibración periódica de sus equipos de medición con organismos competentes, capaces de asegurar la trazabilidad con un patrón nacional o internacional. Se entiende por organismo competente aquel que incluya en sus certificados de calibración la marca de acreditación ENAC o de cualquier organismo de acreditación con el que la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) haya firmado un acuerdo de reconocimiento (por ejemplo, la European Cooperation for Accreditation (EA) o la International Laboratory Accreditation Cooperation (ILAC) (1) o bien laboratorios nacionales firmantes del acuerdo de reconocimiento mutuo del Comité Internacional de Pesos y Medidas (CIPM).
(1) Para su correcta identificación consúltese en: www.european-accreditation.org; o bien en www.ilac.org
C.10 Los procedimientos de calibración interna deben definir los procesos de calibración, condiciones ambientales, frecuencia, criterios de aceptación y acciones correctoras que se deben adoptar cuando sean inadecuados.
C.11 Las calibraciones internas de los equipos de medida se realizarán de forma que se garantice la trazabilidad de las medidas a patrones nacionales o internacionales, esto es, una cadena de trazabilidad metrológica ininterrumpida a un patrón internacional o a un patrón nacional, una incertidumbre de medida documentada, un procedimiento de medida documentado, una competencia técnica reconocida, la trazabilidad metrológica al Sistema Internacional (SI) y los intervalos entre calibraciones.
C.12 Cuando un centro técnico disponga de patrones de referencia para su uso en él, sólo deben utilizarse para la calibración, excluyéndose cualquier otro uso. Los patrones de referencia deben calibrarse por un organismo competente capaz de asegurar la trazabilidad con un patrón nacional o internacional.
C.13 Sin perjuicio de lo que establezca la reglamentación específica de control metrológico, los equipos de medición deben ser calibrados antes de su utilización, y al menos con las siguientes frecuencias durante su uso:
– Banco de rodillos, cuando sean utilizados para la determinación de la circunferencia efectiva de los neumáticos de las ruedas: anual.
– Manómetros para medir la presión de inflado de neumáticos: anual, salvo que se realice la verificación periódica y supere el control metrológico legal establecido para estos equipos. En estos casos no será exigible la calibración.
– Equipo de calibrado: anual.
– Cronómetro para el ajuste de la hora real del tacógrafo: anual.
No obstante lo anterior, cuando un centro técnico disponga de cronómetros con sistemas de sincronización horaria periódica a través de señales externas, con trazabilidad contrastada con patrones nacionales o internacionales, y que aseguren que la sincronización se realice automáticamente al menos una vez al día, no será precisa la calibración del cronómetro.
En el caso de que el banco de rodillos no sea utilizado para la determinación de la circunferencia efectiva de los neumáticos de las ruedas, y no exista necesidad de calibración, el fabricante del banco, o su representante legal, debe justificar técnicamente por escrito la no necesidad de dicha calibración.
C.14 El estado de calibración de los equipos debe ser marcado sobre ellos de forma inequívoca mediante etiquetas, que indiquen al menos la fecha de calibración y la fecha de la próxima calibración.
C.15 El centro técnico debe mantener registros de todos los controles y calibraciones llevadas a cabo.
C.16 Los centros técnicos deben asegurar que todos los equipos utilizados en las intervenciones técnicas estén clara y completamente descritos en la documentación del fabricante que acompaña a la nota de entrega, incluyendo:
Tipo, clase e identificación.
Especificaciones técnicas.
Si es necesario, normas que debe cumplir.
C.17 Los centros técnicos deben garantizar que en el momento de la recepción de todos los equipos utilizados en las intervenciones técnicas se comprueba el total cumplimiento de los requisitos exigibles.
C.18 En la recepción de los equipos deberá comprobarse al menos:
Conformidad, en cuanto a la fabricación y funciones, con los requisitos exigibles.
Número de identificación.
Ausencia de desperfectos.
Documentación técnica que le acompaña.
Contraseña del centro técnico.
La contraseña tendrá la forma siguiente:
E9yyzzz
Siendo:
«yy» un número de codificación provincial, en función de la domiciliación del centro técnico, según la siguiente relación:
| Álava. | 01 | Albacete. | 02 | Alicante/Alacant. | 03 |
|---|---|---|---|---|---|
| Almería. | 04 | Ávila. | 05 | Badajoz. | 06 |
| Illes Balears. | 07 | Barcelona. | 08 | Burgos. | 09 |
| Cáceres. | 10 | Cádiz. | 11 | Castellón/Castelló. | 12 |
| Ciudad Real. | 13 | Córdoba. | 14 | A Coruña. | 15 |
| Cuenca. | 16 | Girona. | 17 | Granada. | 18 |
| Guadalajara. | 19 | Guipúzcoa. | 20 | Huelva. | 21 |
| Huesca. | 22 | Jaén. | 23 | León. | 24 |
| Lleida. | 25 | La Rioja. | 26 | Lugo. | 27 |
| Madrid. | 28 | Málaga. | 29 | Murcia. | 30 |
| Navarra. | 31 | Ourense. | 32 | Asturias. | 33 |
| Palencia. | 34 | Palmas (Las). | 35 | Pontevedra. | 36 |
| Salamanca. | 37 | S. C. de Tenerife. | 38 | Cantabria. | 39 |
| Segovia. | 40 | Sevilla. | 41 | Soria. | 42 |
| Tarragona. | 43 | Teruel. | 44 | Toledo. | 45 |
| Valencia/València. | 46 | Valladolid. | 47 | Vizcaya. | 48 |
| Zamora. | 49 | Zaragoza. | 50 | Ceuta. | 51 |
| Melilla. | 52 |
zzz el número de orden correlativo en el registro. Siempre costará de tres dígitos.
Registro de intervenciones técnicas.
3.1 El registro deberá contener los siguientes datos:
Nombre del centro técnico.
Contraseña asignada.
3.2 De cada intervención técnica que se realice, deben figurar los siguientes datos:
Número de orden.
En su caso, número interno de orden.
Fecha.
Tipo de intervención técnica (2).
(2) Indíquese:
- Si es instalación / activación,
- Si es calibrado o parametrización / control / reparación,
- Si es transferencia / certificación de intransferibilidad / sustitución,
- Si es verificación como consecuencia de un control de carretera.
- Si es reparación del tacógrafo.
Matrícula del vehículo.
Categoría del vehículo (3).
(3) Indíquese:
- Si es vehículo para transporte de viajeros,
- Si es vehículo para transporte de mercancías.
En caso de reparación del tacógrafo, indíquese NA.
Marca del vehículo.
Titular.
Marca del tacógrafo.
Tipo de tacógrafo (analógico/digital).
Contraseña de homologación.
Número de serie.
Técnico que ejecuta la intervención.
Identificación de la tarjeta del técnico (4).
(4) En el caso de intervenciones sobre tacógrafos analógicos, no es preciso.
Caducidad de la tarjeta.
Observaciones que se han hecho constar en el apartado observaciones del informe técnico.
Resultado de la inspección (5).
(5) Indíquese si es favorable o desfavorable. En caso de reparación de un tacógrafo, indíquese NA.
Cuando el tacógrafo sea intervenido en vehículos antes de su matriculación, en lugar de la matrícula del vehículo se harán constar las siete últimas cifras del número de bastidor.
Estos registros cumplirán con lo establecido en la norma UNE 66102.
Estos registros permitirán su transmisión por sistemas electrónicos.
Placa de instalación.
La placa de instalación tendrá las siguientes características:
Las dimensiones mínimas serán: 40*70 mm.
El material será: metal, plástico o papel plastificado.
En la placa deberán figurar los datos aplicables al tipo de tacógrafo establecidos en el Reglamento de ejecución (UE) 2016/799 de la Comisión, de 18 de marzo de 2016, por el que se ejecuta el Reglamento (UE) n.º 165/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, que establece los requisitos para la construcción, ensayo, instalación, funcionamiento y reparación de los tacógrafos y de sus componentes, y en particular los siguientes:
– nombre completo y domicilio o nombre comercial del centro técnico,
– coeficiente característico del vehículo, en la forma «w = … imp/km»,
– constante del aparato de control, en la forma «k = … imp/km»,
– circunferencia efectiva de los neumáticos de las ruedas, en la forma «l = … mm»,
– tamaño de los neumáticos,
– fecha en la que se determinó el coeficiente característico del vehículo y se midió la circunferencia efectiva de los neumáticos de las ruedas,
– el número de bastidor del vehículo (VIN),
– presencia (o no) de un dispositivo GNSS externo (6),
(6) Sólo para tacógrafos inteligentes.
– número de serie del dispositivo GNSS externo (7),
(7) Sólo para tacógrafos inteligentes.
– número de serie del dispositivo de comunicación a distancia (8)
(8) Sólo para tacógrafos inteligentes.
– número de serie de todos los precintos existentes,
– la contraseña completa del centro técnico, y
– el número de fabricación de la unidad instalada en el vehículo.
Adicionalmente, en el caso de vehículos equipados con adaptadores, deben figurar:
– parte del vehículo en la que, en su caso, está instalado el adaptador,
– parte del vehículo en la que está instalado el sensor de movimiento, si no está conectado a la caja de cambios o si no se utiliza un adaptador,
– descripción del color del cable entre el adaptador y la parte del vehículo que proporciona sus impulsos de entrada,
– el número de serie del sensor de movimiento integrado del adaptador.
La placa deberá estar precintada o adherida mediante un sistema que impida su retirada sin resultar destruida.
La placa deberá ser cumplimentada de tal forma que sean bien legibles e indelebles los datos consignados en ella y que no puedan ser alterados.
Todo lo establecido en este apartado es sin perjuicio de la validez de las placas de instalación colocadas por centros técnicos de los tipos I o II o por instaladores o centros técnicos de otros países, si cumplen lo dispuesto en el el Reglamento de ejecución (UE) 2016/799 de la Comisión, de 18 de marzo de 2016, por el que se ejecuta el Reglamento (UE) n.º 165/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, que establece los requisitos para la construcción, ensayo, instalación, funcionamiento y reparación de los tacógrafos y de sus componentes.
Precintado.
El precintado de los tacógrafos tras las intervenciones técnicas cumplirá con lo descrito en la norma UNE 66102.
Modelo de informe técnico.
Se emitirá un informe técnico por cada tacógrafo sobre el que se intervenga. En el caso en que se sustituya un tacógrafo por otro, se hará un informe técnico para el tacógrafo retirado (9) y otro para el tacógrafo instalado.
(9) En el apartado observaciones de este informe, se indicará claramente la causa de la sustitución y el destino de la unidad intravehicular o sensor reemplazado (se lo lleva el usuario, se achatarrará o se envía a reparación).
Los informes emitidos permitirán su transmisión por sistemas electrónicos.
En caso de inspecciones de tacógrafos digitales, junto con la copia del informe técnico se guardará:
Impresión de incidentes y fallos almacenados en la unidad instalada en el vehículo (VU) antes de comenzar la intervención técnica.
Impresión de datos técnicos antes de iniciar la intervención, sin que esté la tarjeta de centro técnico insertada en una de las ranuras.
Otras impresiones de datos técnicos que sean requeridas en la cumplimentación de este informe técnico.
Impresión de excesos de velocidad antes de la intervención.
Impresión de datos técnicos después de finalizar la intervención, sin que esté la tarjeta del centro técnico insertada en una de las ranuras.
Impresión diaria de actividades de conductor almacenadas en la tarjeta de centro de ensayo, al finalizar la intervención técnica.
La Administración competente podrá requerir el envío de parte de la información contenida en dichas impresiones por medios electrónicos. Para ello, al finalizar la intervención, deben ser transferidos desde la unidad instalada en el vehículo los siguientes datos, incluida la firma digital:
Incidentes y fallos.
ii) Datos técnicos.
En las intervenciones como consecuencia de un control en carretera, los agentes de vigilancia del transporte actuantes podrán requerir la transferencia previa de estos archivos o de los archivos resumen y velocidad pormenorizada.
El informe se ajustará a los siguientes modelos: (10)
(10) Deberá hacerse constar en todos los informes el carácter alfabético y título de cada una de sus partes y el numeral título de cada uno de sus apartados, así como su orden alfabético y numérico. Cuando alguno de los numerales, salvo los de cumplimentación alternativa, no sea posible cumplimentarlo, en el apartado observaciones se indicarán las causas.
APÉNDICE 1: MODELO DE INFORME TÉCNICO PARA TACÓGRAFOS ANALÓGICOS.
APÉNDICE 2: MODELO DE INFORME TÉCNICO PARA TACÓGRAFOS DIGITALES.
APÉNDICE 3: MODELO DE INFORME TÉCNICO PARA REPARACIÓN DE TACÓGRAFOS.
APÉNDICE 1: MODELO DE INFORME TÉCNICO PARA TACÓGRAFOS ANALÓGICOS
A. IDENTIFICACIÓN DEL INFORME TÉCNICO.
NÚMERO DE ORDEN DE LA INTERVENCIÓN1:
1Se mantendrá un registro de números correlativos a partir de la fecha en que se empiece la utilización de este nuevo tipo de informe. No es preciso que este registro comience con el número 1.
EN SU CASO, NÚMERO INTERNO DE ORDEN2:
2Cualquier otro número de orden que el centro técnico pueda adoptar.
FECHA:3
3En formato dd-mm-aaaa.
B. IDENTIFICACIÓN DEL CENTRO TÉCNICO.
RAZÓN SOCIAL DEL CENTRO TÉCNICO:
CONTRASEÑA ASIGNADA:
PROVINCIA DONDE ESTÁ UBICADO:
MUNICIPIO (INCLUYENDO CÓDIGO POSTAL):
UBICACIÓN DEL CENTRO TÉCNICO (VÍA PÚBLICA, NÚMERO, MUNICIPIO, CÓDIGO POSTAL Y PROVINCIA):
DIRECCIÓN POSTAL COMPLETA (SI NO COINCIDE CON LA DE UBICACIÓN):
DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO:
C. IDENTIFICACIÓN DEL TÉCNICO QUE INTERVIENE.
NOMBRE Y APELLIDOS:
D. TIPO DE INTERVENCIÓN REALIZADA. 4 5
4Señálese la intervención o intervenciones realizadas.
5En todos los casos se cumplimentarán todos los apartados del informe técnico excepto en el caso de verificación como consecuencia de un control en carretera, donde, además de los apartado A, B, C, D, E, S, U y V, serán realizadas solamente las pruebas que solicite el agente encargado del control.
( ) INSTALACIÓN DE UNA UNIDAD INSTALADA EN EL VEHÍCULO.
( ) INSTALACIÓN DE UN SENSOR DE MOVIMIENTO.
( ) PARAMETRIZACIÓN DE UN TACÓGRAFO.
( ) CONTROL PERIÓDICO DE UN TACÓGRAFO.
( ) REPARACIÓN DE LA INSTALACIÓN DE UN TACÓGRAFO.
( ) VERIFICACIÓN COMO CONSECUENCIA DE UN CONTROL EN CARRETERA6.
6En estos casos, los agentes de vigilancia del transporte actuantes podrán requerir una copia adicional del informe técnico.
E. IDENTIFICACIÓN Y OTROS DATOS DEL VEHÍCULO.
MATRÍCULA:
FECHA DE PRIMERA MATRICULACIÓN DEL VEHÍCULO:7
7Indíquese la que figura en el permiso de circulación del vehículo o documento equivalente si el vehículo no está matriculado en España. Utilícese el formato dd-mm-aaaa.
MARCA:
TITULAR:
LECTURA DEL CUENTAKILÓMETROS:
TAMAÑO DE LOS NEUMÁTICOS QUE INCORPORA:
MARCA DEL NEUMÁTICO:
ESCULTURA DEL NEUMÁTICO:
PROFUNDIDAD DE RANURA DEL NEUMÁTICO DE LAS RUEDAS MOTRICES EXTERNAS:8
8Se medirá la profundidad mediante instrumento adecuado y anotará el resultado de la medida de ambas ruedas separados por una barra, en milímetros, sin decimales. Si alguno de los neumáticos no presentase dibujo en la ranuras principales de la banda de rodadura, se considerará el resultado de un control periódico o calibrado como desfavorable.
F. PRESIÓN DE CADA UNO DE LOS NEUMÁTICOS DE LAS RUEDAS MOTRICES EXTERNAS(9).
9Se comprobará la presión de los neumáticos con la que ha sido presentado el vehículo. Caso de ser inferior a la mínima indicada por el fabricante, se inflará el neumático y, en cualquier caso, se indicará el valor final.
RUEDA IZQUIERDA: «P= …..bares».10
10Valores con un decimal.
RUEDA DERECHA: «P= …..bares».
G. PLACA DE INSTALACIÓN DEL TACÓGRAFO CON QUE SE PRESENTA.
¿DISPONE EL VEHÍCULO DE PLACA DE INSTALACIÓN DEL TACÓGRAFO?
SI ( )
NO ( )11
11Señálese lo que proceda. En caso de «no», indíquese en observaciones la causa que indica el conductor o que considere el técnico interviniente.
NOMBRE COMPLETO Y DOMICILIO O NOMBRE COMERCIAL DEL TALLER O CENTRO TÉCNICO QUE FIGURA EN LA PLACA (12):
(12) En caso de centro técnico español, es suficiente con indicar la contraseña que figura en la placa.
FECHA QUE FIGURA EN LA PLACA: (13)
(13) En formato dd-mm-aaaa.
H. INSPECCIÓN DE LOS PRECINTOS DEL TACÓGRAFO.
¿DISPONE LA INSTALACIÓN DE TODOS LOS PRECINTOS Y TODOS ESTÁN ÍNTEGROS?:
SI ( )
NO ( )14
14Señálese lo que proceda. En caso de «no», indíquese qué precintos y la causa de disconformidad en el apartado observaciones de este informe.
I. IDENTIFICACIÓN DE LA UNIDAD INSTALADA EN EL VEHÍCULO.
NOMBRE DEL FABRICANTE:
NÚMERO DE PIEZA DE LA VU:
NÚMERO DE HOMOLOGACIÓN DE LA VU:
NÚMERO DE SERIE DE LA VU:
EN FUNCIÓN A LA FECHA DE PRIMERA MATRICULACIÓN DEL VEHÍCULO, ¿EL VEHÍCULO DEBERÍA LLEVAR INSTALADO UN TACÓGRAFO DIGITAL?
SI ( )15
15Señálese lo que proceda. En caso de «si», debe sustituirse el tacógrafo por uno digital, iniciando un nuevo informe, o se dará como desfavorable el control, indicando en observaciones la causa.
NO ( )
J. COMPROBACIÓN DE LA UNIDAD INSTALADA EN EL VEHÍCULO.
NÚMERO DE SERIE (FABRICACIÓN) QUE FIGURA EN LA PLACA DE INSTALACIÓN:16
16Sólo exigible en placas de instalación de centros técnicos españoles.
¿COINCIDEN 38 Y 41?
SI ( )
NO ( )17
17En este caso se hará constar en observaciones.
K. COMPROBACIÓN DEL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS COMPONENTES DE LA UNIDAD INSTALADA EN EL VEHÍCULO.
¿FUNCIONAN CORRECTAMENTE TODOS LOS COMPONENTES DE LA UNIDAD INSTALADA EN EL VEHÍCULO?
SI ( )
NO ( )18
18Señálese lo que proceda. En caso de «NO», se reparará el o los componentes averiados. Si no es posible, se sustituirá la unidad, comenzándose de nuevo la inspección, o se dará como desfavorable el control, indicando en observaciones la causa.
L. VERIFICACIÓN DE LA EXACTITUD DE LAS MEDICIONES DE DISTANCIA Y VELOCIDAD POR LA UNIDAD INSTALADA EN EL VEHÍCULO, MEDIANTE SIMULACIÓN DE RECORRIDO SUPERIOR A 1000 M A 40, 80 Y 125 KM/H.19
19Esta simulación no es aplicable a tacógrafos mecánicos.
¿Son las desviaciones inferiores a ±2 % de la distancia recorrida y ±4 km/h de la velocidad real?
SI ( )
NO ( )20
20Señálese lo que proceda. En caso de «NO», se corregirá la desviación. Si no es posible, se sustituirá la unidad instalada en el vehículo o se dará desfavorable la inspección, haciéndolo constar en observaciones.
M. RECONOCIMIENTO PREVIO DEL SENSOR DE MOVIMIENTO INSTALADO EN LA CAJA DE CAMBIOS.
AL RECONOCER VISUALMENTE EL SENSOR DENTRO DEL ALOJAMIENTO EN LA CAJA DE CAMBIOS, ¿EXISTE ALGÚN DISPOSITIVO QUE PRODUZCA CAMPOS MAGNÉTICOS EN LAS PROXIMIDADES DEL SENSOR?
SI ( )21
21En este caso, elimínese y hágase constar en el apartado observaciones.
NO ( )
AL COMPROBARSE EN BANCO, ¿AFECTAN AL FUNCIONAMIENTO DEL SENSOR CORRIENTES ELÉCTRICAS?22
22Mediante comprobación en banco adecuado se evaluará si el sensor es sensible a efectos eléctricos sobre su funcionamiento.
SI ( )23
23En este caso, se anotará el número de serie en observaciones, se sustituirá por intercambio en servicio el sensor por otro en correcto funcionamiento, se señalará también la intervención como instalación de un sensor de movimiento y se continuará la intervención, remitiendo el sensor sustituido al fabricante para su reparación, o se dará como desfavorable el control, indicando en observaciones la causa.
NO ( )
N. MEDICIONES REALIZADAS.
CIRCUNFERENCIA EFECTIVA DE LOS NEUMÁTICOS DE LAS RUEDAS EN LA FORMA «l= …. mm»:
COEFICIENTE CARACTERÍSTICO DEL VEHÍCULO EN LA FORMA «w=….. imp/km»:
O. ACTUALIZACIÓN DE FECHA Y HORA CON CRONÓMETRO CALIBRADO.
DESFASE EN FECHA Y HORA ANTES Y DESPUÉS DEL CALIBRADO O AJUSTE DE HORA24:
24Debe indicarse el desfase entre la fecha y hora real, en días, horas y minutos, indicada por el cronómetro del centro técnico y la que indicaba el tacógrafo antes de su calibrado o ajuste de la hora.
P. DETERMINACIÓN DE ERRORES (MEDICIONES Y RESULTADOS):25, 26
25Se harán constar los valores de distancia recorrida en m, según el banco de rodillos y según el tacógrafo durante la determinación de errores.
26No se aplica a tacógrafos de transmisión mecánica. En ese caso, poner en 55, 56 y 57: NA
| TACÓGRAFO | BANCO | ERROR EN %27 | |
|---|---|---|---|
| DISTANCIA RECORRIDA | 55 | 56 | 57 |
27Los errores se expresarán como el resultado [(medición_ banco/medición_ tacógrafo) -1] * 100 con un decimal.
Q. PARÁMETROS DEL VEHÍCULO:
| PARAMETRIZACIÓN REALIZADA EN EL CENTRO TÉCNICO28 | |
|---|---|
| w | 58 |
| k | 59 |
| l | 60 |
| TAMAÑO NEUMÁTICOS | 61 |
| LECTURA CUENTAKILÓMETROS | 62 |
28Los parámetros «w» y «k» se expresarán en imp/km. El parámetro «l» en mm. La lectura del cuentakilómetros en km sin decimales.
R. EQUIPOS DE MEDICIÓN UTILIZADOS29.
29Indíquense los números de identificación.
BANCO DE RODILLOS:
EQUIPO DE PARAMETRIZACIÓN:
MANÓMETRO:
CRONÓMETRO30:
30Si dispone de cronómetro con sistema de sincronización horaria periódica a través de señales externas, indíquese.
S. PRECINTADO DEL TACÓGRAFO
NÚMERO DE PRECINTOS INSTALADOS:31
31Indíquese el número de precintos de todo tipo que el centro técnico ha instalado y marcado con su contraseña en la intervención técnica.
NÚMERO DE SERIE DE CADA UNO DE LOS PRECINTOS INSTALADOS:32
32Indíquense todos los números de serie separados por una barra inclinada.
T. EN CASO DE CONTROL PERIÓDICO DE UN TACÓGRAFO, RESULTADO33.
33Señálese lo que corresponda.
( ) FAVORABLE.
( ) DESFAVORABLE.
U. OBSERVACIONES:
V. FIRMA DEL TÉCNICO Y SELLO DEL CENTRO:
W. FIRMA DEL USUARIO:
APÉNDICE 2: MODELO DE INFORME TÉCNICO PARA TACÓGRAFOS DIGITALES
A. IDENTIFICACIÓN DEL INFORME TÉCNICO.
NÚMERO DE ORDEN DE LA INTERVENCIÓN1:
1Se mantendrá un registro de números correlativos a partir de la fecha en que se empiece la utilización de este nuevo tipo de informe. No es preciso que este registro comience con el número 1.
EN SU CASO, NÚMERO INTERNO DE ORDEN2:
2Cualquier otro número de orden que el centro técnico pueda adoptar.
FECHA:3
3En formato dd-mm-aaaa.
B. IDENTIFICACIÓN DEL CENTRO TÉCNICO.
RAZÓN SOCIAL DEL CENTRO TÉCNICO:
CONTRASEÑA ASIGNADA:
PROVINCIA DONDE ESTÁ UBICADO:
MUNICIPIO (INCLUYENDO CÓDIGO POSTAL):
UBICACIÓN DEL CENTRO TÉCNICO (VÍA PÚBLICA, NÚMERO, MUNICIPIO, CÓDIGO POSTAL Y PROVINCIA:
DIRECCIÓN POSTAL COMPLETA (SI NO COINCIDE CON LA DE UBICACIÓN):
DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO:
C. IDENTIFICACIÓN DEL TÉCNICO QUE INTERVIENE.
NOMBRE Y APELLIDOS:
IDENTIFICACIÓN COMPLETA DE LA TARJETA CENTRO DE ENSAYO:
FECHA DE CADUCIDAD DE LA TARJETA DE CENTRO DE ENSAYO:4
4En formato dd-mm-aaaa.
D. TIPO DE INTERVENCIÓN REALIZADA5, 6.
5Señálese la intervención o intervenciones realizadas.
6En todos los casos se cumplimentarán todos los apartados del informe técnico excepto en el caso de verificación como consecuencia de un control en carretera, donde, además de los apartado A, B, C, D, E, S, U, W y X, serán realizadas solamente las pruebas que solicite el agente encargado del control.
( ) INSTALACIÓN DE UNA UNIDAD INSTALADA EN EL VEHÍCULO.
( ) INSTALACIÓN DE UN SENSOR DE MOVIMIENTO.
( ) ACTIVACIÓN DE UN TACÓGRAFO.
( ) CALIBRADO DE UN TACÓGRAFO.
( ) CONTROL PERIÓDICO DE UN TACÓGRAFO.
( ) REPARACIÓN DE LA INSTALACIÓN DE UN TACÓGRAFO.
( ) TRANSFERENCIA DE DATOS / SUSTITUCIÓN DE UN TACÓGRAFO.
( ) VERIFICACIÓN COMO CONSECUENCIA DE UN CONTROL EN CARRETERA 7.
7En estos casos, los agentes de vigilancia del transporte actuantes podrán requerir una copia adicional del informe técnico.
E. IDENTIFICACIÓN Y OTROS DATOS DEL VEHÍCULO8.
8Antes de comenzar la intervención sobre el vehículo, se deberá realizar una impresión de datos técnicos, sin que esté la tarjeta de centro de ensayo insertada en una de las ranuras.
MATRÍCULA:
FECHA DE PRIMERA MATRICULACIÓN DEL VEHÍCULO:9
9Indíquese la que figura en el permiso de circulación del vehículo o documento equivalente si el vehículo no está matriculado en España. En formato dd-mm-aaaa.
MARCA:
TITULAR:
LECTURA DEL CUENTAKILÓMETROS:
TAMAÑO DE LOS NEUMÁTICOS QUE INCORPORA:
MARCA DEL NEUMÁTICO:
ESCULTURA DEL NEUMÁTICO:
PROFUNDIDAD DE RANURA DEL NEUMÁTICO DE LAS RUEDAS MOTRICES EXTERNAS:10
10Se medirá la profundidad mediante instrumento adecuado y anotará el resultado de la medida de ambas ruedas separados por una barra, en milímetros sin decimales. Si alguno de los neumáticos no presentase dibujo en la ranuras principales de la banda de rodadura, se considerará el resultado de un control periódico o calibrado como desfavorable.
VALOR DE AJUSTE DEL DISPOSITIVO LIMITADOR DE VELOCIDAD EN LA FORMA «v=…. km/h»11:
11Indique la velocidad según el Real Decreto 1417/2005.
F. PRESIÓN DE CADA UNO DE LOS NEUMÁTICOS DE LAS RUEDAS MOTRICES EXTERNAS12.
12Se comprobará la presión de los neumáticos con la que ha sido presentado el vehículo. Caso de ser inferior a la mínima indicada por el fabricante, se inflará el neumático y, en cualquier caso, se indicará el valor final.
RUEDA IZQUIERDA: «P= …..bares».13
13Valores con un decimal.
RUEDA DERECHA: «P= …..bares».
G. PLACA DE INSTALACIÓN DEL TACÓGRAFO CON QUE SE PRESENTA.
¿DISPONE EL VEHÍCULO DE PLACA DE INSTALACIÓN DEL TACÓGRAFO? (14)
(14) La placa de instalación no es exigible a los vehículos que sólo han sido activados por el fabricante del vehículo, antes del primer calibrado.
SI ( )
NO ( )15
15Señálese lo que proceda. En caso de «no», indíquese en observaciones la causa que indica el conductor, o que considere el técnico interviniente.
NOMBRE COMPLETO Y DOMICILIO O NOMBRE COMERCIAL DEL TALLER O CENTRO TÉCNICO QUE FIGURA EN LA PLACA16:
16En caso de centro técnico español, es suficiente con indicar la contraseña que figura en la placa.
FECHA QUE FIGURA EN LA PLACA17:
17En formato dd-mm-aaaa.
H. INSPECCIÓN DE LOS PRECINTOS DEL TACÓGRAFO.
¿DISPONE LA INSTALACIÓN DE TODOS LOS PRECINTOS Y TODOS ESTÁN ÍNTEGROS?:
SI ( )
NO ( )18
18Señálese lo que proceda. En caso de «no», indíquese qué precintos y la causa de disconformidad en el apartado observaciones de este informe.
I. IDENTIFICACIÓN DE LA UNIDAD INSTALADA EN EL VEHÍCULO19.
19Se transcribirán literalmente los epígrafes correspondientes de la impresión de datos técnicos.
NOMBRE DEL FABRICANTE:
NÚMERO DE PIEZA DE LA VU:
NÚMERO DE HOMOLOGACIÓN DE LA VU:
NÚMERO DE SERIE DE LA VU:
FECHA DE ACTIVACIÓN DE LA UNIDAD INSTALADA EN EL VEHÍCULO:20
20Indíquese la fecha que figura en la impresión de datos técnicos, en formato dd-mm-aaaa.
¿ES LA UNIDAD INSTALADA EN EL VEHÍCULO ADECUADA SEGÚN REGLAMENTO UE N.º 2014/45, EN FUNCIÓN DE SU FECHA DE ACTIVACIÓN?
SI ( )
NO ( )21
21En este caso se hará constar en observaciones y se sustituirá la unidad instalada en el vehículo por otra conforme a lo establecido en el Reglamento UE Nº 1266/2009, iniciando un nuevo informe, o se dará como desfavorable el control, indicando en observaciones la causa.
J. COMPROBACIÓN DE LA UNIDAD INSTALADA EN EL VEHÍCULO22.
22Sólo en el caso de emisión de un certificado de intransferibilidad cuando no sea posible acceder a la memoria de la VU.
NÚMERO DE SERIE (FABRICACIÓN) QUE FIGURA EN LA PLACA DE INSTALACIÓN:23
23Sólo exigible en placas de instalación de centros técnicos españoles.
¿COINCIDEN 43 Y 47?
SI ( )
NO ( )24
24En este caso se hará constar en observaciones y no se emitirá el certificado de intransferibilidad.
K. COMPROBACIÓN DEL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS COMPONENTES DE LA UNIDAD INSTALADA EN EL VEHÍCULO25.
25En concreto, se comprobarán: impresora, pantalla, teclado, 2 lectores de tarjetas, led de alarma, alarma sonora.
¿FUNCIONAN CORRECTAMENTE TODOS LOS COMPONENTES DE LA UNIDAD INSTALADA EN EL VEHÍCULO?
SI ( )
NO ( )26
26Señálese lo que proceda. En caso de «NO», se reparará el o los componentes averiados. Si no es posible, se sustituirá la unidad instalada en el vehículo previa transferencia de los datos almacenados en la memoria, comenzándose de nuevo la inspección, o se dará como desfavorable el control, indicando en observaciones la causa.
L. VERIFICACIÓN DE LA EXACTITUD DE LAS MEDICIONES DE DISTANCIA Y VELOCIDAD POR LA UNIDAD INSTALADA EN EL VEHÍCULO, MEDIANTE SIMULACIÓN DE RECORRIDO SUPERIOR A 1000 M A 40, 80 Y 125 KM/H.
¿SON LAS DESVIACIONES INFERIORES AL ±2% DE LA DISTANCIA RECORRIDA REAL Y ±1 KM/H DE LA VELOCIDAD REAL?
SI ( )
NO ( )27
27Señálese lo que proceda. En caso de «NO», se corregirá la desviación. Si no es posible, se sustituirá la unidad instalada en el vehículo previa transferencia de los datos almacenados en la memoria, comenzándose de nuevo la inspección, o se dará como desfavorable el control, indicando en observaciones la causa.
M. IDENTIFICACIÓN DEL SENSOR DE MOVIMIENTO28.
28Se transcribirán literalmente los epígrafes correspondientes de la impresión de datos técnicos.
NÚMERO DE SERIE DEL SENSOR:
NÚMERO DE HOMOLOGACIÓN DEL SENSOR:
FECHA DE LA PRIMERA INSTALACIÓN DEL SENSOR:
N. RECONOCIMIENTO PREVIO DEL SENSOR DE MOVIMIENTO INSTALADO EN LA CAJA DE CAMBIOS.
AL RECONOCER VISUALMENTE EL SENSOR DENTRO DEL ALOJAMIENTO EN LA CAJA DE CAMBIOS, ¿EXISTE ALGÚN DISPOSITIVO QUE PRODUZCA CAMPOS MAGNÉTICOS EN LAS PROXIMIDADES DEL SENSOR?
SI ( )29
29En este caso, elimínese y hágase constar en el apartado observaciones.
NO ( )
AL COMPROBARSE EN BANCO, ¿AFECTAN AL FUNCIONAMIENTO DEL SENSOR CORRIENTES ELÉCTRICAS?30
30Mediante comprobación en banco adecuado se evaluará si el sensor es sensible a efectos eléctricos sobre su funcionamiento.
SI ( )31
31En este caso, se anotará el número de serie en observaciones, se sustituirá por intercambio en servicio el sensor por otro en correcto funcionamiento, se señalará también la intervención como instalación de un sensor de movimiento y se continuará la intervención. El sensor sustituido será remitido al fabricante para su reparación, o se dará como desfavorable el control, indicando en observaciones la causa.
NO ( )
PREVIA DESCONEXIÓN DE LOS CABLES ENTRE UNIDAD INSTALADA EN EL VEHÍCULO Y SENSOR INSTALADO EN LA CAJA DE CAMBIOS DEL VEHÍCULO, SE VOLVERÁN A INTERCONECTAR CON UNA MANGUERA EXTERNA, Y MEDIANTE EL PROGRAMADOR SE ASEGURARÁ EL APAREAMIENTO ENTRE LA UNIDAD INSTALADA EN EL VEHÍCULO Y EL SENSOR.32
32Una vez realizada esta operación, retírese la tarjeta del centro de ensayo de la ranura y hágase una nueva impresión de datos técnicos.
¿COINCIDE EL NÚMERO DE SERIE QUE APARECE EN ESTA IMPRESIÓN DE DATOS TÉCNICOS CON EL NÚMERO DE SERIE DEL SENSOR QUE APARECÍA EN LA IMPRESIÓN DE DATOS TÉCNICOS REALIZADA ANTES DE COMENZAR LA INTERVENCIÓN?
SI ( )
NO ( )33
33En este caso, se anotará en observaciones y, si es posible, se restaurará la transmisión de señal entre sensor en caja de cambios y unidad instalada en el vehículo, señalándose también la intervención como reparación de la instalación y se continuará la intervención, haciendo una nueva impresión de datos técnicos, sin que esté la tarjeta del centro de ensayo insertada en una ranura. De no ser posible la restauración de la transmisión de señal, se procederá a hacer una nueva instalación de la conexión entre la unidad instalada en el vehículo y el sensor, haciendo una nueva impresión de datos técnicos, sin que esté la tarjeta del centro de ensayo insertada en una ranura, o se dará el control como desfavorable y se finalizará el informe, indicando en observaciones la causa.
O. MEDICIONES REALIZADAS.
CIRCUNFERENCIA EFECTIVA DE LOS NEUMÁTICOS DE LAS RUEDAS EN LA FORMA «l= …. mm»:
COEFICIENTE CARACTERÍSTICO DEL VEHÍCULO EN LA FORMA «w=….. imp/km»:
P. ACTUALIZACIÓN DE FECHA Y HORA CON CRONÓMETRO CALIBRADO.
DESFASE EN FECHA Y HORA ANTES Y DESPUÉS DEL CALIBRADO O AJUSTE DE HORA34:
34Debe indicarse el desfase entre la fecha y hora real, en días, horas y minutos, indicada por el cronómetro del centro técnico y la que indicaba el tacógrafo antes de su calibrado o ajuste de la hora, en el formato ±dd-hh-mm.
Q. DETERMINACIÓN DE ERRORES (MEDICIONES Y RESULTADOS)35:
35Se harán constar los valores de distancia recorrida en m, según el banco de rodillos y según el tacógrafo durante la determinación de errores.
| TACÓGRAFO | BANCO | ERROR EN %36 | |
|---|---|---|---|
| DISTANCIA RECORRIDA | 66 | 67 | 68 |
36Los errores se expresarán como el resultado [(medición_ banco/medición_ tacógrafo) – 1] * 100 con un decimal.
R. RECONOCIMIENTO FINAL DEL SENSOR DE MOVIMIENTO INSTALADO EN LA CAJA DE CAMBIOS.
UNA VEZ FINALIZADO EL CALIBRADO DEL TACÓGRAFO Y LA DETERMINACIÓN DE ERRORES, SE COMPROBARÁ EL NÚMERO DE SERIE DEL SENSOR INSTALADO EN LA CAJA DE CAMBIOS. ¿ES EL MISMO QUE EL COMPROBADO FAVORABLEMENTE EN EL RECONOCIMIENTO PREVIO REALIZADO ANTERIORMENTE?37
37Se deberá realizar una impresión de datos técnicos, sin que esté la tarjeta de centro de ensayo insertada en una de las ranuras. Se comprobará la coincidencia de los números de serie del sensor de movimiento que figuran en el informe de datos técnicos una vez realizada el calibrado y el que figura en el informe de datos técnicos posterior al reconocimiento previo del sensor.
SI ( )
NO ( )38
38En este caso, se anotará en observaciones, y si es posible, se restaurará la transmisión de señal entre sensor en caja de cambios y unidad intravehicular, señalándose también la intervención como reparación de la instalación y se realizará un nuevo calibrado, haciendo una nueva impresión de datos técnicos, sin que esté la tarjeta del centro de ensayo insertada en una ranura. De no ser posible la restauración de la transmisión de señal, se procederá a hacer una nueva instalación de la conexión entre VU y sensor, haciendo una nueva impresión de datos técnicos, sin que esté la tarjeta del centro de ensayo insertada en una ranura, o se dará el control como desfavorable y se finalizará el informe.
S. PARÁMETROS DE CALIBRADO39
39Se hará constar los valores que figuran en la última impresión de datos técnicos.
| CALIBRADO REALIZADO EN EL CENTRO TÉCNICO | |
|---|---|
| w | 71 |
| k | 72 |
| l | 73 |
| TAMAÑO NEUMÁTICOS | 74 |
| AVISO DE AJUSTE DE SOBREVELOCIDAD | 7540 |
| LECTURA CUENTAKILÓMETROS | 76 |
40Salvo en vehículos de las categorías M1 y N1, en todos los casos, esté o no esté el vehículo exento de la instalación y uso del limitador de velocidad, se ajustará el valor a 90 km/h para los vehículos de transporte de mercancías y a 100 km/h para los vehículos de transporte de personas.
T. EQUIPOS DE MEDICIÓN UTILIZADOS41.
41Indíquense los números de identificación.
BANCO DE RODILLOS
EQUIPO DE CALIBRADO:
MANÓMETRO:
CRONÓMETRO42:
42Si dispone de cronómetro con sistema de sincronización horaria periódica a través de señales externas, indíquese.
U. PRECINTADO DEL TACÓGRAFO
NÚMERO DE PRECINTOS INSTALADOS:43
43Indíquese el número de precintos de todo tipo que el centro técnico ha instalado y marcado con su contraseña en la intervención técnica.
NÚMERO DE SERIE DE CADA UNO DE LOS PRECINTOS INSTALADOS:44
44Indíquense todos los números de serie separados por una barra inclinada.
V. EN CASO DE CONTROL PERIÓDICO DE UN TACÓGRAFO, RESULTADO45.
45Señálese lo que corresponda.
( ) FAVORABLE.
( ) DESFAVORABLE.
W. OBSERVACIONES:46
46Cuando en la impresión de excesos de velocidad, antes de la intervención técnica, el incidente más grave de exceso de velocidad, de alguno de los 10 últimos días en que hayan ocurrido incidentes de este tipo, haya ocurrido en el mes antes de la fecha de la intervención y la velocidad media sea 93 ó 103 km/h (según el caso) o mayor de las cantidades indicadas, durante 5 o más minutos, se advertirá verbalmente al conductor de la necesidad de someter el limitador a una revisión en un taller autorizado, anotándose en este apartado de observaciones tal circunstancia y el valor o valores de dichos excesos de velocidad.
X. FIRMA DEL TÉCNICO Y SELLO DEL CENTRO:
Y. FIRMA DEL USUARIO (no aplicable a intervenciones efectuadas en centros técnicos tipo II):
APÉNDICE 3: MODELO DE INFORME TÉCNICO PARA REPARACIÓN DE TACÓGRAFOS
A. IDENTIFICACIÓN DEL INFORME TÉCNICO.
NÚMERO DE ORDEN DE LA INTERVENCIÓN1:
1Se mantendrá un registro de números correlativos a partir de la fecha en que se empiece la utilización de este nuevo tipo de informe. No es preciso que este registro comience con el número 1.
EN SU CASO, NÚMERO INTERNO DE ORDEN2:
2Cualquier otro número de orden que el centro técnico pueda adoptar.
FECHA:
B. IDENTIFICACIÓN DEL CENTRO TÉCNICO.
RAZÓN SOCIAL DEL CENTRO TÉCNICO:
CONTRASEÑA ASIGNADA:
PROVINCIA DONDE ESTÁ UBICADO:
MUNICIPIO (INCLUYENDO CÓDIGO POSTAL):
UBICACIÓN DEL CENTRO TÉCNICO (VÍA PÚBLICA, NÚMERO, MUNICIPIO, CÓDIGO POSTAL Y PROVINCIA:
DIRECCIÓN POSTAL COMPLETA (SI NO COINCIDE CON LA DE UBICACIÓN):
DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO:
C. IDENTIFICACIÓN DEL TÉCNICO QUE INTERVIENE.
NOMBRE Y APELLIDOS:
D. IDENTIFICACIÓN DE LA UNIDAD INSTALADA EN EL VEHÍCULO
NOMBRE DEL FABRICANTE:
NÚMERO DE PIEZA DE LA VU:
NÚMERO DE HOMOLOGACIÓN DE LA VU:
NÚMERO DE SERIE DE LA VU:
E. DESCRIPCIÓN DE REPARACIÓN REALIZADA3.
3Señálese con todo detalle los siguientes extremos:
a) Descripción de la causa de reparación.
b) Descripción detallada de la reparación.
c) Descripción de los componentes sustituidos.
d) Descripción de los componentes reparados.
F. COMPROBACIÓN DE LA EXACTITUD DE LAS MEDICIONES DE DISTANCIA Y VELOCIDAD POR LA UNIDAD INSTALADA EN EL VEHÍCULO, MEDIANTE SIMULACIÓN DE RECORRIDO SUPERIOR A 1000 M A 40, 80 Y 125 KM/H.4
4Esta simulación no es aplicable a tacógrafos mecánicos.
¿Son las desviaciones inferiores a ±2 % de la distancia recorrida y ±4 km/h de la velocidad real?
SI ( )
NO ( )5
5Señálese lo que proceda. En caso de «NO», se corregirá la desviación. Si no es posible, dará la reparación como negativa, haciéndolo constar en observaciones, e indicando en ellas que dicho tacógrafo no es utilizable de conformidad con la reglamentación vigente.
G. PRECINTADO DEL TACÓGRAFO
NÚMERO DE PRECINTOS INSTALADOS:6
6Indíquese el número de precintos de todo tipo que el centro técnico ha instalado y marcado con su contraseña en la intervención técnica.
NÚMERO DE SERIE DE CADA UNO DE LOS PRECINTOS INSTALADOS:7
7Indíquense todos los números de serie separados por una barra inclinada.
H. RESULTADO DE LA REPARACIÓN8.
8Señálese lo que corresponda.
( ) FAVORABLE.
( ) NEGATIVA.
I. OBSERVACIONES:
J. FIRMA DEL TÉCNICO Y SELLO DEL CENTRO:
ANEXO II. Informe sobre transferencia de datos/certificado de intransferibilidad
Notas sobre el informe de transferencia de datos.
A. Los siguientes datos del informe: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 13, 14, 15, 16, 18 y 19 sólo se podrán rellenar si se pueden obtener de la unidad instalada en el vehículo o de la documentación del vehículo en el que la unidad instalada en el vehículo está correctamente instalada. Cuando no sea posible, con las pautas anteriores, rellenar algún dato, se pondrá un guion. En el dato 17 se hará constar SÍ cuando la unidad instalada en el vehículo esté correctamente instalada; en otro caso, se hará constar NO.
B. La transferencia de datos sólo se pondrá a disposición de «la empresa de transportes que corresponda», que es la empresa que ha utilizado su propia tarjeta de empresa para salvaguardar sus datos en la unidad instalada en el vehículo.
C. Sólo los datos relativos a «la empresa de transportes que corresponda» se pondrán a disposición de dicha empresa.
D. Debe presentarse al centro técnico un documento que avale la titularidad de los datos por parte de la empresa de transportes interesada, bien directamente, por una autorización o por un representante, de forma que permita al centro técnico verificar y archivar la identidad de la titularidad.
E. La solicitud de una copia de los datos transferidos debe solicitarse al centro técnico que ha emitido este informe. Los procedimientos de remisión que se admiten son: en mano a una persona, por correo electrónico o por Internet, por empresa de mensajería, por correo certificado. El solicitante debe evaluar la confidencialidad de los datos transferidos para el procedimiento de remisión que elija. El centro técnico no será responsable de la violación de la confidencialidad de los datos durante su remisión.
F. Los datos recuperados de la unidad instalada en el vehículo identificada en este informe se guardarán en el centro técnico por un año desde la fecha de la transferencia. Una vez cumplido dicho plazo, los datos serán destruidos.
ANEXO III. Señal del servicio de tacógrafos
La señal consistirá en un cuadrado de 60 cm de lado con un logotipo circular de 45 cm de diámetro según se muestra en la figura.
El cuadrado será de color azul tráfico RAL 5017; el logotipo de color blanco puro RAL 9010, ambos según la carta de colores del sistema RAL.
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