Decreto Ley Nº 14159 - PLAZO PARA EL PAGO DE SALARIOS DE LOS TRABAJADORES DE LA ACTIVIDAD PRIVADA

Rango Decreto Ley
Publicación 1974-03-06
Estado Vigente
Departamento BORDABERRY - MARCIAL BUGALLO
Fuente IMPO
artículos 4
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Artículo 1

(*)

Artículo 2

Los empleadores será responsables de las infracciones causadas por el hecho de sus directores, representantes o agentes.

Artículo 3

La Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social será competente para sancionar las infracciones a que se refiere la presente ley, siempre que no hayan transcurrido más de noventa días a contar del siguiente al cese de la respectiva relación laboral.

Artículo 4

Comuníquese, etc.

BORDABERRY - MARCIAL BUGALLO

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