Decreto Ley Nº 14598 - EXONERACION TRIBUTARIA A LA ASOCIACION DE DIABETICOS DEL URUGUAY
Artículo 1
Declárase, por vía interpretativa, que la "Asociación de Diabéticos del Uruguay", se encuentra exenta del pago de las prestaciones establecidas en el artículo 23 (Apartados D) e I)) de la ley 12.997, de 28 de noviembre de 1961 y modificativas y concordantes.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
APARICIO MENDEZ - JOSE E. ETCHEVERRY - ANTONIO CAÑELLAS
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