Decreto Ley Nº 14684 - MODIFICACION DEL ART. 20 DE LA LEY 14.629 REFERENTE AL IMPUESTO UNICO A LA IMPORTACION
Artículo 1
(*)
Artículo 2
La norma estatuida en el artículo anterior tendrá vigencia retroactiva al 1º de julio de 1977.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
APARICIO MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI - ALEJANDRO ROVIRA
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