Decreto Ley Nº 14816 - AUTORIZACION DE VENTA DE LA PLANTA CASA BLANCA POR INTERMEDIO DEL BANCO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY
Artículo 1
Autorízase al Poder Ejecutivo, en su calidad de interventor, a proceder a la venta de la Planta Casa Blanca por intermedio del Banco de la República Oriental del Uruguay, por licitación pública, en principio restringida a grupos de productores rurales nacionales, en las condiciones que estime pertinentes.
Artículo 2
Se autoriza igualmente al Poder Ejecutivo, en la misma calidad, a vender al Gobierno Departamental de Paysandú hasta un máximo de 150 hectáreas de los terrenos que comprenden dicha Planta, destinados a la futura área industrial del Departamento.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
APARICIO MENDEZ - LUIS H. MEYER - HUGO LINARES BRUM - VALENTIN ARISMENDI - WALTER RAVENNA
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