Ley Nº 10555 - UNIVERSIDAD DE LA REPUBLICA. BIENES INMUEBLES. AUTORIZACION
Artículo 1
Autorízase a la Universidad de la República para realizar la permuta de una fracción de terreno de 44 Hás. 8.160 mts2 perteneciente a la Facultad de Agronomía y que forma parte de mayor área ocupada por la Escuela de Práctica y Campo Experimental de Agronomía de Paysandú, por otra de 29 Hás. 8.775 mts2 propiedad del señor Martín Majó (hijo). (*)
Artículo 2
Autorízase a la Universidad de la República para ceder al Poder Ejecutivo, sin retribución, el predio adquirido en virtud de la permuta a que se refiere el artículo anterior, con destino a ampliación del campo de aterraje de Paysandú.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
AMEZAGA - ADOLFO FOLLE JUANICO
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de IMPO, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
IMPO
Licencia de Datos Abiertos – Uruguay (Decreto 54/017) — requiere atribución
Fuente: IMPO — Centro de Información Oficial (https://www.impo.com.uy). Datos reutilizados bajo la Licencia de Datos Abiertos – Uruguay (Decreto 54/017).