Ley Nº 10637 - COMISION INVESTIGADORA PARLAMENTARIA. FACULTADES. AMPLIACION

Rango Ley
Publicación 1945-08-20
Estado Vigente
Departamento AMEZAGA - JUAN J. CARBAJAL VICTORICA
Fuente IMPO
artículos 2
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Artículo 1

Acuérdase a la Comisión Parlamentaria Investigadora sobre situación de los integrantes del Gobierno que forman parte de Directorios de Empresas y Sociedades Anónimas, designada por la Cámara de Representantes el 27 de Julio del corriente año, las facultades establecidas en los artículos 1º y 2º de la ley número 8.835 de Marzo 3 de 1932, en lo que fueren aplicables.

Artículo 2

Comuníquese, etc.

AMEZAGA - JUAN J. CARBAJAL VICTORICA

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