Ley Nº 11398 - PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. OTORGAMIENTO DE SUBSIDIO
Artículo 1
Autorízase al Poder Ejecutivo para tomar de Rentas Generales por una sola vez la cantidad de $ 50.000.00 (cincuenta mil pesos), a favor del Instituto Nacional de Ciegos General Artigas.
Artículo 2
Otórgase una subvención de $ 30.000.00 (treinta mil pesos) anuales con destino al Instituto Nacional de Ciegos General Artigas.
Artículo 3
La erogación de referencia deberá atenderse con el Item 10.54 del Ministerio de Salud Pública.
Artículo 4
Comuníquese, etc.
BATLLE BERRES - LISANDRO CERSOSIMO - NILO R. BERCHESI
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