Ley Nº 11485 - CORTE ELECTORAL. REGISTRO CIVICO NACIONAL. CREDENCIAL CIVICA

Rango Ley
Publicación 1950-09-14
Estado Vigente
Departamento BATLLE BERRES - OSCAR SECCO ELLAURI - NILO R. BERCHESI
Fuente IMPO
artículos 2
Historial de reformas JSON API

Artículo 1

Autorízase al Poder Ejecutivo para tomar de Rentas Generales, la suma de noventa y cinco mil pesos ($ 95.000.00) para ser entregados a la Corte Electoral, con destino a satisfacer los gastos que demandan la renovación de credenciales, la regularización de expedientes inscripcionales y la verificación de defunciones.

Artículo 2

Comuníquese, etc.

BATLLE BERRES - OSCAR SECCO ELLAURI - NILO R. BERCHESI

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de IMPO, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. IMPO
Licencia de Datos Abiertos – Uruguay (Decreto 54/017) — requiere atribución
Fuente: IMPO — Centro de Información Oficial (https://www.impo.com.uy). Datos reutilizados bajo la Licencia de Datos Abiertos – Uruguay (Decreto 54/017).