Ley Nº 11485 - CORTE ELECTORAL. REGISTRO CIVICO NACIONAL. CREDENCIAL CIVICA
Artículo 1
Autorízase al Poder Ejecutivo para tomar de Rentas Generales, la suma de noventa y cinco mil pesos ($ 95.000.00) para ser entregados a la Corte Electoral, con destino a satisfacer los gastos que demandan la renovación de credenciales, la regularización de expedientes inscripcionales y la verificación de defunciones.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
BATLLE BERRES - OSCAR SECCO ELLAURI - NILO R. BERCHESI
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