Ley Nº 11553 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. AURORA JONES BROWN DE ROS. MARIA DEL CARMEN ROS JONES
Artículo 1
Acuérdase a la señora Aurora Jones Brown de Ros y a su hija María del Carmen Ros Jones, una pensión graciable de doscientos pesos ($ 200.00) mensuales, en sustitución de la legal que les corresponda, la que será atendida por Rentas Generales.
Artículo 2
La Caja de Jubilaciones y Pensiones Civiles, Escolares y de Servicios Públicos y Afines, verterá mensualmente el importe de la pasividad legal a Rentas Generales.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
BATLLE BERRES - OSCAR SECCO ELLAURI - NILO R. BERCHESI
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