Ley Nº 11555 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. VIUDA E HIJO DE ADEMAR OLIVERA
Artículo 1
Acuérdase a la viuda e hijo del enfermero del Centro Auxiliar de Paso de los Toros, señor Ademar Olivera, una pensión graciable de ciento cinco pesos ($ 105) mensuales, en sustitución de la legal que pudiera corresponderle.
Artículo 2
(*)
Artículo 3
Comuníquese, etc.
BATLLE BERRES - OSCAR SECCO ELLAURI - NILO R. BERCHESI
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