Ley Nº 11809 - GOBIERNO NACIONAL. GOBIERNOS DEPARTAMENTALES. AFECTACION DE RENTAS
Artículo 1
Decláranse afectables las rentas que el Gobierno Nacional debe entregar al Gobierno Departamental de San José, para garantir el servicio de amortización e intereses del préstamo que, a iniciativa de éste, se contratará con destino a obras de pavimentación y alcantarillado en la Capital del Departamento y en el pueblo Libertad, de acuerdo al decreto sancionado por la Junta Departamental de fecha 5 de octubre de 1951 y resolución del Tribunal de Cuentas de la República de 22 de noviembre de 1951.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
MARTINEZ TRUEBA - EDUARDO ACEVEDO ALVAREZ - EDUARDO JIMENEZ DE ARECHAGA
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