Ley Nº 12107 - PRESTAMOS. TRIGO. PRORROGA
Artículo 1
Prorrógase por el año 1954 la ley N° 11.933, de 8 de mayo de 1953, que modifica el régimen de la ley N° 10.904, de 22 de abril de 1947.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
MARTINEZ TRUEBA - JUAN T. QUILICI - EDUARDO ACEVEDO ALVAREZ - JUSTINO ZAVALA MUNIZ - EDUARDO JIMENEZ DE ARECHAGA
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