Ley Nº 13400 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. MARIA ENRIQUETA VIANA CRESPO. ERCILIA VIANA CRESPO

Rango Ley
Publicación 1965-12-02
Estado Vigente
Departamento BELTRAN - JUAN E. PIVEL DEVOTO - DARDO ORTIZ
Fuente IMPO
artículos 3
Historial de reformas JSON API

Artículo 1

Acuérdase a las señoritas María Enriqueta y Ercilia Viana Crespo una pensión graciable de pesos 1.000.00 (mil pesos) mensuales a cada una, acumulable a la pasividad legal que pudiera corresponderles.

Artículo 2

El servicio de esta pasividad estará a cargo de Rentas Generales.

Artículo 3

Comuníquese, etc.

BELTRAN - JUAN E. PIVEL DEVOTO - DARDO ORTIZ

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de IMPO, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. IMPO
Licencia de Datos Abiertos – Uruguay (Decreto 54/017) — requiere atribución
Fuente: IMPO — Centro de Información Oficial (https://www.impo.com.uy). Datos reutilizados bajo la Licencia de Datos Abiertos – Uruguay (Decreto 54/017).