Ley Nº 16972 - APROBACION DE ACUERDO INTERNACIONAL - TRAFICO DE ESTUPEFACIENTES
Artículo Unico
Apruébase el Convenio entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos para la Prevención del Uso Indebido y Represión del Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas y sus Precursores y Productos Químicos Esenciales, suscrito entre las Partes en la ciudad de México, el 29 de marzo de 1996. (*)
SANGUINETTI - DIDIER OPERTTI - LUIS HIERRO LOPEZ - LUIS MOSCA - RAUL ITURRIA - SAMUEL LICHTENSZTEJN - RAUL BUSTOS
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de IMPO, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
IMPO
Licencia de Datos Abiertos – Uruguay (Decreto 54/017) — requiere atribución
Fuente: IMPO — Centro de Información Oficial (https://www.impo.com.uy). Datos reutilizados bajo la Licencia de Datos Abiertos – Uruguay (Decreto 54/017).