Ley Nº 18371 - CIUDAD SIMBOLO DE INTEGRACION ENTRE LOS PAISES MIMBROS DEL MERCOSUR

Rango Ley
Publicación 2008-10-31
Estado Vigente
Departamento TABARE VAZQUEZ - GONZALO FERNANDEZ - LILIAM KECHICHIAN
Fuente IMPO
artículos 2
Historial de reformas JSON API

Artículo 1

Declárase a la ciudad de Rivera, capital del departamento de Rivera, "CIUDAD SIMBOLO DE INTEGRACION ENTRE LOS PAISES MIEMBROS DEL MERCOSUR", por su simbiosis socio-económica, cultural y territorial con la ciudad brasileña Sant´Ana do Livramento del estado de Río Grande del Sur.

Artículo 2

El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Ministerio de Turismo y Deporte, reglamentará la divulgación de la presente ley no sólo en el ámbito del MERCOSUR, sino también ante otros organismos internacionales.

TABARE VAZQUEZ - GONZALO FERNANDEZ - LILIAM KECHICHIAN

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de IMPO, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. IMPO
Licencia de Datos Abiertos – Uruguay (Decreto 54/017) — requiere atribución
Fuente: IMPO — Centro de Información Oficial (https://www.impo.com.uy). Datos reutilizados bajo la Licencia de Datos Abiertos – Uruguay (Decreto 54/017).