Ley Nº 19844 - HABILITACION DE SALAS DE JUEGOS DE AZAR A LOS CASINOS QUE FUNCIONAN A BORDO DE LOS CRUCEROS OCEANICOS ATRACADOS EN AGUAS TERRITORIALES URUGUAYAS

Rango Ley
Publicación 2020-01-07
Estado Vigente
Departamento TABARÉ VÁZQUEZ - VÍCTOR ROSSI - DANILO ASTORI - JOSÉ BAYARDI - LILIAM KECHICHIAN
Fuente IMPO
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Artículo Unico

Facúltase al Poder Ejecutivo a autorizar el funcionamiento de casinos a bordo, exclusivamente destinados a sus pasajeros, en horario restringido, a los cruceros oceánicos atracados o fondeados en aguas territoriales uruguayas, que lleguen a puertos nacionales.

TABARÉ VÁZQUEZ - VÍCTOR ROSSI - DANILO ASTORI - JOSÉ BAYARDI - LILIAM KECHICHIAN

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