Ley Nº 9298 - AUTORIZACION PARA DISPONER RECURSOS DE RENTAS GENERALES. COMEDORES PUBLICOS
Artículo 1
Destínase de Rentas Generales la suma de diez mil pesos ($ 10.000.00) para atender el déficit producido en el período comprendido entre los meses de Mayo de 1933 a Enero de 1934, en los servicios de los Comedores Públicos Nacionales en el Departamento de Montevideo.
Artículo 2
Auméntase a ocho mil pesos ($ 8.000.00), a contar desde el mes de Octubre de 1933, la suma para pago de los gastos que origine, en el Departamento de Montevideo, el servicio de comidas. Esta erogación se imputará a Rentas Generales.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
TERRA - AUGUSTO CESAR HADO - PEDRO COSIO
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