Ley Nº 9374 - COMISION HONORARIA PRO INDUSTRIA VITIVINICOLA. VINOS. DEROGACION

Rango Ley
Publicación 1934-05-09
Estado Vigente
Departamento TERRA - AUGUSTO CESAR BADO
Fuente IMPO
artículos 2
Historial de reformas JSON API

Artículo 1

Derógase el artículo 8.° de la ley de 25 de Enero de 1934. El Poder Ejecutivo reglamentará la forma en que los particulares podrán elaborar vino en cantidades limitadas para el consumo de sus familias.

Artículo 2

Comuníquese, etc.

TERRA - AUGUSTO CESAR BADO

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