Ley Nº 9376 - LEY DE VIALIDAD E HIDROGRAFIA. MODIFICACION

Rango Ley
Publicación 1934-05-08
Estado Vigente
Departamento TERRA - ANICETO PATRON
Fuente IMPO
artículos 3
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Artículo 1

(*)

Artículo 2

Autorízase al Poder Ejecutivo para tomar por una sola vez, de los recursos creados por la ley número 8343, de 19 de Octubre de 1928 (Vialidad e Hidrografía) la suma de $ 205.022.25, destinada a abonar los créditos pendientes de pago hasta el 31 de Agosto de 1933, por concepto de servicios y gastos generales de la Dirección de Hidrografía a que se refiere el precitado artículo 14 de la mencionada ley.

Artículo 3

Comuníquese, etc.

TERRA - ANICETO PATRON

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