ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Rango Decreto
Publicación 2007-12-20
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Decreto 20/2007

Modifícase del Anexo I al artículo 1º y del Anexo II

al artículo 2º del Decreto Nº 357/2002 y sus modificatorios, el

Apartado XXII correspondiente al Ministerio de Desarrollo Social.

Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo del

nombrado Ministerio. Transfiérense de la Jefatura de Gabinete de

Ministros al Ministerio de Desarrollo Social, la Secretaría de Deporte,

las Subsecretarías de Planeamiento y Gestión Deportiva y de Recursos

Deportivos y sus áreas dependientes.

Bs. As., 10/12/2007

Ver Antecedentes Normativos

VISTO el Expediente Nº E-89203-2007 del Registro del

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, la Ley de Ministerios (texto ordenado

por Decreto Nº 438/92) y modificatorios, la Ley Nº 26.198, los Decretos

Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, Nº 141 del 4 de

junio de 2003, Nº 551 del 5 de mayo de 2006 y Nº 572 del 21 de mayo de

2007, las Resoluciones del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Nº 1573 del

23 de mayo de 2006 y Nº 2152 del 19 de junio de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Ley de Ministerios citada en el

Visto y sus modificaciones se establecieron los Ministerios que

conforman la organización de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL y sus

competencias.

Que, mediante el Decreto Nº 357/02 y sus

modificaciones, se aprobó el organigrama de aplicación de la

Administración Pública centralizada hasta nivel de Subsecretaría y los

objetivos de la Unidades Organizativas determinadas en dicho

organigrama.

Que, mediante el Decreto Nº 141/03, fueron

modificadas las competencias del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que, oportunamente, mediante el Decreto Nº 551/06 y

la Resolución MDS Nº 1573/06, se aprobaron las estructuras

organizativas de primer y segundo nivel operativo, respectivamente, del

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que, por su parte, el Decreto Nº 572/07 y la

Resolución MDS Nº 2152/07, aprobaron las estructuras organizativas de

primer y segundo nivel operativo, respectivamente, de la COMISION

NACIONAL DE COORDINACION DEL PROGRAMA DE PROMOCION DEL MICROCREDITO

PARA EL DESARROLLO DE LA ECONOMIA SOCIAL y la creación de

Coordinaciones Locales.

Que, consecuentemente, resulta necesario reordenar

el flujo de responsabilidades en el ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO

SOCIAL, con el objeto de posibilitar optimizar la administración de los

recursos del Estado aplicados a la política social, potenciando

asimismo criterios de efectividad y trabajo en equipo.

Que para ello, resulta menester readecuar la

conformación organizativa del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, en

función de los criterios enunciados, sin que tal medida implique

incrementar el presupuesto asignado y/o el total de las partidas de los

cargos, para la Jurisdicción 85 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le

compete.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ha intervenido conforme su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las

facultades conferidas por el Artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCION

NACIONAL

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º— Sustitúyese del Anexo I

al Artículo 1º del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus

modificatorios, —Organigrama de aplicación de la Administración Pública

Nacional— el Apartado XXII correspondiente al MINISTERIO DE DESARROLLO

SOCIAL, el que quedará conformado de acuerdo al detalle que se acompaña

como planilla anexa al presente artículo.

Art. 2º— Sustitúyese del Anexo II al

Artículo 2º del Decreto Nº 357/02 y sus modificatorios —Objetivos —, el

Apartado XXII correspondiente al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, el

que quedará conformado de acuerdo al detalle que se acompaña como

planilla anexa al presente artículo.

Art. 3º— Apruébase la estructura

organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE DESARROLLO

SOCIAL de acuerdo con el Organigrama, Responsabilidad Primaria y

Acciones, y Dotación, los que como Anexos I, II y III forman parte

integrante del presente decreto.

Art. 4º— Transfiérense de la JEFATURA

DE GABINETE DE MINISTROS al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, la

SECRETARIA DE DEPORTE, las SUBSECRETARIAS DE PLANEAMIENTO Y GESTION

DEPORTIVA, y DE RECURSOS DEPORTIVOS y sus áreas dependientes, así como

los respectivos cargos, niveles de funciones ejecutivas, dotación de

personal, patrimonio, bienes y créditos presupuestarios, manteniendo el

personal transferido sus respectivos niveles y grados escalafonarios

vigentes a la fecha.

Art. 5º— Facúltase al MINISTERIO DE

DESARROLLO SOCIAL a aprobar los cargos de conducción así como las

unidades de nivel departamental que resulten necesarias de acuerdo con

los cargos y créditos aprobados en las respectivas leyes de

presupuesto, previa intervención de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION

PUBLICA dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 6º— En un plazo de SESENTA (60)

días a partir de la publicación del presente Decreto, el MINISTERIO DE

DESARROLLO SOCIAL deberá aprobar el proyecto correspondiente a las

aperturas inferiores que reemplazarán a las ya existentes.

Art. 7º— Hasta tanto se concluya con

la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se

mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel

inferior a las aprobadas en el presente, las que transitoriamente

mantendrán las responsabilidades primarias y dotaciones vigentes con

sus respectivos niveles, grados de revista y funciones ejecutivas

previstas en el Decreto Nº 993/91 (t.o. 1995).

Art. 8º— La atención de las

erogaciones de las áreas afectadas por el presente, hasta tanto se

efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, serán

atendidas con cargo a los créditos presupuestarios de las

jurisdicciones de origen.

Art. 9º— Dispónese, con relación al

INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS, organismo descentralizado que

funciona en la órbita del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, que las

actividades administrativas, financieras, legales y judiciales del

mismo serán ejercidas por las respectivas áreas del MINISTERIO DE

DESARROLLO SOCIAL.

Art. 10.— Establécese que la

representación del ESTADO NACIONAL en el capital accionario de LOTERIA

NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO será ejercida por el MINISTERIO DE

DESARROLLO SOCIAL.

Art. 11.— Derógase el Decreto Nº 551 del 5

de mayo de 2006 y el Artículo 4º del Decreto Nº 572 del 21 de mayo de

2007.

Art. 12.— Comuníquese, publíquese,

dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —

FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Alicia M. Kirchner.

(Nota Infoleg: por art. 4° delDecreto N° 357/2016B.O. 16/2/2016 *se aprueba la

conformación organizativa del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL de

acuerdo con el Organigrama que como Anexo I forma parte integrante del Decreto de referencia.)*

ANEXO AL ARTICULO 1º

XXII - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

INSTITUCIONAL

HUMANO

COMUNITARIA

POPULAR

FAMILIA

ADOLESCENCIA Y FAMILIA

INTEGRACION FEDERAL

ANEXO AL ARTICULO 2º

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL

Objetivos:

1.

Asistir al Ministro de Desarrollo Social en el

diseño de la política presupuestaria de la jurisdicción y en la

evaluación de su cumplimiento.

2.

Diseñar los procedimientos de evaluación y

seguimiento de los planes, programas y proyectos de la Jurisdicción y

proponer las medidas tendientes a optimizar la gestión de los mismos.

3.

Elaborar y proponer los instrumentos que permitan

elevar los niveles de coherencia y complementariedad de los fines, así

como también la coordinación y mejor aprovechamiento de los recursos

disponibles en el ámbito de la jurisdicción.

4.

Establecer y coordinar un canal permanente de

intercambio con los sistemas de información y monitoreo de planes

sociales para posibilitar la correcta evaluación del impacto de la

implementación de las políticas sociales.

5.

Realizar el control de cumplimiento de los

proyectos, programas, planes y acciones.

6.

Asistir en la formulación y programación de la

ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten

durante el ejercicio financiero, efectuando los trámites

administrativos necesarios para la obtención de los recursos humanos,

materiales, equipamientos tecnológicos y de todo otro insumo

imprescindible para el cumplimiento de los objetivos y metas de la

jurisdicción.

7.

Efectuar la planificación, coordinación y

asistencia a las actividades administrativas de las áreas integrantes

de la jurisdicción y de las entidades descentralizadas y

desconcentradas dependientes.

8.

Administrar los depósitos que dependan del

Ministerio de Desarrollo Social articulando acciones con las áreas

pertinentes designadas al efecto.

9.

Coordinar la aplicación de la política de

recursos humanos, organización, sistemas administrativos e informáticos.

10.

Asistir al Ministro de Desarrollo Social en la

elaboración de políticas de formación, capacitación y asistencia

técnica.

11.

Instruir los sumarios administrativos

disciplinarios.

12.

Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de

la documentación administrativa determinando para cada trámite las

unidades de la jurisdicción con responsabilidad primaria para entender

en el tema respectivo.

13.

Coordinar el servicio jurídico, intervenir en

todos los proyectos de leyes, decretos o resoluciones que introduzcan o

modifiquen normas vinculadas con la actividad sustantiva de la

jurisdicción y supervisar el accionar de los servicios jurídicos

pertenecientes a los organismos descentralizados.

14.

Entender en la administración y control del

funcionamiento técnico administrativo de las unidades ejecutoras de los

programas de índole social con financiamiento internacional y controlar

el cumplimiento de los compromisos financieros adquiridos, en lo

relativo a proyectos internacionales en el área de competencia del

Ministerio.

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO

Objetivos:

1.

Asistir al Ministro de Desarrollo Social en el

diseño de una Red Federal de políticas nacionales que hagan eje en la

persona y en su desarrollo a partir de la equidad territorial y la

justicia social y estén destinadas a orientar, programar, promover,

coordinar, ordenar y fiscalizar acciones tendientes a la promoción y

protección de la familia, la sociedad civil y las organizaciones de la

comunidad, en especial a los sectores comunitarios vulnerables o en

riesgo social.

2.

Entender en el diseño, aplicación y evaluación de

políticas para la promoción del desarrollo local con integración

regional, favoreciendo la plena inclusión de las comunidades y los

actores sociales, y revalorizando el territorio y las economías

regionales.

3.

Asistir al Ministro de Desarrollo Social en todo

lo relativo al desarrollo local, mediante intervenciones que promuevan

la participación de los distintos actores locales y la coordinación del

acceso al crédito destinado a los emprendimientos de los grupos con

menores recursos económicos, apoyando su articulación con los demás

sectores de la sociedad.

4.

Promover desde subsidios, créditos y políticas de

gestión, el financiamiento de proyectos de inversión social, en

Localidades y Municipios de extrema pobreza, que den respuesta a las

necesidades más apremiantes de la comunidad gestionando convenios para

la provisión de fondos con las Provincias o Municipios.

5.

Procurar la participación de los Gobiernos

Provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la promoción

del desarrollo comunitario y productivo, a través de los instrumentos

de consenso que resulten pertinentes para fortalecer una Red Federal de

políticas sociales.

6.

Consolidar un sistema integral de información

social en el área de su competencia.

7.

Supervisar y coordinar la vinculación

institucional con el INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS.

SUBSECRETARIA DE DESARROLLO LOCAL Y ECONOMIA SOCIAL

Objetivos:

1.

Asistir al Secretario de Políticas Sociales y

Desarrollo Humano en la promoción del desarrollo comunitario desde lo

productivo en el marco de las estrategias locales y regionales.

2.

Articular las acciones del Estado, el sector

privado, empresas sociales y organizaciones de la sociedad civil, en

vinculación con el Consejo Nacional de Coordinación de Políticas

Sociales para la creación y fortalecimiento de emprendimientos

productivos y sociales que beneficien prioritariamente a sectores de la

población en situación de riesgo y/o de vulnerabilidad social.

3.

Promover el desarrollo local, para la interacción

creciente de los actores estatales, privados y de la sociedad civil, en

el marco de la Red Federal de políticas sociales.

4.

Incrementar las capacidades productivas y la

generación de ingresos, a través del apoyo técnico y/o financiero

orientados al fortalecimiento de emprendimientos productivos,

propiciando la sustentabilidad de los mismos.

5.

Promover las distintas modalidades de economía

social destinadas a generar actividades productivas o de servicios que

permitan la inclusión social de los sectores de menores recursos.

6.

Intervenir en los diagnósticos y lineamientos

básicos de formulación de políticas habitacionales para los sectores

más vulnerables, coordinando su accionar con el MINISTERIO DE

PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

SUBSECRETARIA DE ORGANIZACION DE INGRESOS SOCIALES

Objetivos:

1.

Dirigir las acciones tendientes a asistir a la

población en situación de vulnerabilidad social a través de los

programas de ingreso social actualmente en ejecución o aquellos que se

generen en el futuro.

2.

Establecer las políticas y los lineamientos

necesarios para la elaboración y ejecución, de las acciones tendientes

al desarrollo de programas de organización de ingresos sociales.

3.

Planificar e instrumentar la ejecución,

evaluación y control de los planes y programas con componentes de

ingreso social, a efectos de contribuir a la mayor equidad social y a

la promoción del desarrollo económico social sustentable.

4.

Impulsar la gestión descentralizada de los planes

y programas, bajo su jurisdicción; a través del fomento, capacitación y

asistencia técnica, para la conformación y funcionamiento de los

Consejos Consultivos provinciales, regionales y locales.

5.

Entender en la organización, coordinación y

administración del Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y

Economía Social.

6.

Articular con la Subsecretaría de Desarrollo

Local y Economía Social las acciones relacionadas con la promoción del

empleo social referentes a los emprendimientos productivos, de

servicios, Cooperativas, la capacitación y el fortalecimiento familiar.

7.

Promover la permanente actualización de

estrategias y herramientas de aplicación de las políticas de empleo e

ingreso social.

8.

Entender en el diseño y organización de los

Centros de atención Territorial, de los Programas Sociales de Ingresos.

9.

Asistir al Consejo Consultivo Nacional de

Políticas Sociales, u otros organismos de la misma índole en los temas

atinentes a las políticas y estrategias de programas de ingresos

sociales.

SECRETARIA DE ORGANIZACION Y COMUNICACION COMUNITARIA

Objetivos:

1.

Jerarquizar la comunicación del área social, a

través de un ámbito de información específico que difunda en forma

permanente las acciones desarrolladas en el cumplimiento de las

políticas sociales en todo el país, buscando optimizar recursos.

2.

Fortalecer el desarrollo de las Políticas

Sociales desde lo comunicacional ayudando al desarrollo de las

capacidades de grupos y comunidades.

3.

Entender en el diseño de instrumentos de

intercambio de experiencias entre actores y organizaciones públicas y

comunitarias a fin de publicar, compartir y potenciar experiencias en

el campo social.

4.

Favorecer la recopilación y difusión de proyectos

sociales.

5.

Difundir las acciones conjuntas desarrolladas con

las Provincias, Municipios y organizaciones no gubernamentales, en el

área de competencia específica.

6.

Entender en las políticas de aprovechamiento de

técnicas metodológicas adecuadas para potenciar la disponibilidad

territorial de los recursos relacionados con las artes y oficios

populares y su aplicación en las economías regionales.

7.

Participar en el diseño, elaboración, definición

de ajustes y actualizaciones de instrumentos, herramientas y

procedimientos tendientes a posibilitar la disponibilidad oportuna de

insumos de información social de alta calidad para la medición de

vulnerabilidad, para la formulación y la ejecución de las políticas

sociales.

8.

Asistir al Ministro de Desarrollo Social en la

elaboración de políticas de formación en saberes populares.

9.

Entender en la elaboración de políticas que

fortalezcan la gestión social a través de la capacidad de gestión de

los actores sociales, fomentando espacios de intercambio y cooperación

de saberes.

SUBSECRETARIA DE ORGANIZACION Y CAPACITACION POPULAR

Objetivos:

1.

Asistir a la SECRETARIA DE ORGANIZACION Y

COMUNICACION COMUNITARIA en la elaboración de políticas que fortalezcan

la gestión social a partir de los saberes comunitarios que hagan al

desarrollo social.

2.

Construir sistemas de intercambios comunitarios

que permitan superar barreras geográficas, sociales, culturales y

tecnológicas desde el conocimiento y apropiación de estrategias y

herramientas de satisfacción de las necesidades sociales.

3.

Potenciar aptitudes y saberes populares que

contribuyan al desarrollo del capital humano social.

4.

Acompañar los procesos de implementación de

experiencias autogestionarias promoviendo efectiva sustentabilidad de

los mismos con la puesta en disponibilidad de herramientas técnicas

apropiadas al alcance de los actores sociales.

5.

Fortalecer la integración y la mediación social,

promoviendo la formación de actores claves en las organizaciones

civiles de base y religiosas en todo el territorio nacional.

SECRETARIA DE GESTION Y ARTICULACION INSTITUCIONAL

Objetivos:

1.

Asistir al Ministro de Desarrollo Social en el

diseño de la red federal de políticas nacionales en las áreas de su

incumbencia y en su vinculación con el Consejo Nacional de Coordinación

de Políticas Sociales.

2.

Coordinar el fomento y promoción de las

relaciones de intercambio internacional y en especial en materia de su

competencia en todo lo referente a la vinculación institucional con el

MERCOSUR.

3.

Entender en la recepción, disposición y

afectaciones que se hagan en función de la legislación vigente con

respecto a donaciones y/o elementos y/o productos de Aduana, de

carácter no alimentario, para su distribución en coordinación con las

áreas pertinentes designadas al efecto.

4.

Entender en la coordinación, en la faz de su

competencia, de las acciones tendientes a asistir socialmente a la

población ante situaciones extraordinarias o emergencias que se

produzcan en territorio nacional.

5.

Entender en la definición, diseño y coordinación

de políticas y acciones destinadas a brindar asistencia directa frente

a situaciones de riesgo o necesidad manifiesta, orientada a individuos,

comunidades o instituciones.

6.

Entender en la ejecución de proyectos especiales

intersectoriales, interjurisdiccionales, e interdisciplinarios, a fin

de viabilizar la ejecución de las políticas diseñadas en el ámbito de

su competencia.

7.

Supervisar y coordinar el organismo

desconcentrado COMISION NACIONAL DE PENSIONES ASISTENCIALES.

8.

Asistir al Ministro de Desarrollo Social en el

diseño de la política alimentaria que asegure el derecho a una

alimentación adecuada y suficiente de toda la población y en especial

la atención de las necesidades básicas nutricionales de la población en

condiciones de vulnerabilidad y riesgo de subsistencia.

9.

Entender en la implementación de políticas

sociales destinadas a jóvenes con el fin de mejorar su calidad de vida,

facilitar la satisfacción de sus necesidades y el ejercicio de sus

derechos políticos y sociales.

SUBSECRETARIA DE ABORDAJE TERRITORIAL

Objetivos:

1.

Acompañar a la SECRETARIA DE GESTION Y

ARTICULACION INSTITUCIONAL en la coordinación de las acciones

tendientes a asistir socialmente a la población ante situaciones de

carencias sociales críticas extraordinarias o emergentes que se

produzcan en el territorio nacional.

2.

Intervenir en el apoyo a situaciones especiales

originadas por temas de salud o sociales.

3.

Apoyar, con la intervención de la Dirección

Nacional de Apoyo Logístico, a las organizaciones instituciones de la

comunidad que presenten necesidades prioritarias urgentes o emergentes

y que sirvan para consolidar su accionar dentro de las pautas

presupuestarias de la Secretaría.

4.

Articular con las áreas del Ministerio o del

Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales que correspondan

a proyectos especiales que hagan a las funciones específicas de esta

Subsecretaría.

5.

Definir programas o proyectos integrales de ayuda

social a grupos poblacionales en situación de riesgo inmediato, en

función de los factores críticos a los que están expuestos y los daños

que son pasibles de sufrir, coordinando y articulando la oferta

socio-institucional de carácter público o privado, a través de acciones

integradas, desarrollando programas de asistencia y recuperación,

organizando recursos y estableciendo prioridades.

6.

Elaborar, definir y testear planes de acción

rápida, priorizando los procesos de recuperación contención de las

demandas que se originen y la rehabilitación y reconstrucción de la

estructura social dañada.

7.

Elaborar diagnósticos básicos, investigaciones

aplicadas y estudios que faciliten la focalización e implementación de

programas o acciones preventivas.

8.

Diseñar estudios e investigaciones en gabinete o

terreno que, con orientación epidemiológica, permitan; detectar alertas

tempranas e identificar y cuantificar indicadores de situaciones de

alta vulnerabilidad social.

9.

Diseñar procedimientos para el accionar conjunto

entre provincias, municipios y organizaciones sociales o empresariales

en la línea que permitan respuestas inmediatas a las necesidades

urgentes o emergentes que se presenten no superponiendo redes desde la

institucionalidad ministerial.

10.

Identificar áreas de la sociedad civil que,

habiendo quedado aisladas del crecimiento y desarrollo, requieren una

asistencia integral prioritaria por parte del Estado, desarrollando las

estrategias de intervención Jurisdiccional, a través del Programa Mi

Pueblo.

SUBSECRETARIA DE POLITICAS ALIMENTARIAS

Objetivos:

1.

Asistir al Secretario de Gestión y Articulación

Institucional en el diseño de la política alimentaria a nivel nacional

y en la evaluación de su cumplimiento.

2.

Proponer, planificar y coordinar la ejecución de

políticas y acciones desde una Red Federal que garantice la seguridad

alimentaria de la población con alta vulnerabilidad social, priorizando

el fortalecimiento de la unidad doméstica en riesgo social.

3.

Planificar y programar la ejecución de acciones

de prevención y respuesta inmediata ante eventuales situaciones de

emergencia alimentaria.

4.

Planificar, coordinar y evaluar las estrategias

alimentarias de la Subsecretaría con las implementadas por otros

programas sociales nacionales, provinciales y municipales a fin de

garantizar el funcionamiento de la Red Federal de Alimentación y

Nutrición, procurando maximizar la cobertura y haciendo efectivo el

principio de equidad social.

5.

Planificar acciones destinadas a mejorar la

calidad de dieta alimentaria mediante la autoproducción, promoviendo

alternativas agroalimentarias.

6.

Efectuar un diagnóstico nacional de las

necesidades de asistencia alimentaria nutricional de la población y

desarrollar planes de educación alimentaria nutricional a nivel

nacional.

7.

Fortalecer redes solidarias en la comunidad

estimulando a las familias y las personas a participar activamente,

tanto de manera individual como a través de las organizaciones de la

sociedad, a efectos de contribuir a la seguridad alimentaria.

COMISION NACIONAL DE PENSIONES ASISTENCIALES

Objetivos:

1.

Formular, planificar y coordinar las políticas

conducentes a asegurar en todo el ámbito de la Nación el otorgamiento

y/o denegatoria de pensiones no contributivas y las emergentes de leyes

especiales, dentro del marco de las políticas emanadas del MINISTERIO

DE DESARROLLO SOCIAL.

SECRETARIA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA

Objetivos:

1.

Garantizar el funcionamiento del Consejo Federal

de Niñez, Adolescencia y Familia y establecer en forma conjunta, la

modalidad de coordinación entre ambos organismos con el fin de

establecer y articular políticas públicas integrales.

2.

Elaborar con la participación del Consejo Federal

de Niñez, Adolescencia y Familia, un Plan Nacional de Acción como

política de derechos para el área específica, de acuerdo a los

principios jurídicos establecidos en la Ley 26.061.

3.

Ejercer la representación necesaria ante todos

los organismos oficiales de asesoramiento y contralor en materia de

medios de comunicación.

4.

Ejercer la representación del Estado Nacional en

las áreas de su competencia.

5.

Participar en forma conjunta con el Consejo

Federal de Niñez, Adolescencia y Familia en la celebración y ejecución

de los instrumentos de carácter internacional que la Nación suscriba o

a los cuales adhiera, cuando estos afecten o se refieran a la materia

de su competencia.

6.

Realizar los informes previstos en el art. 44 de

la Convención de los Derechos del Niño y ejercer la representación del

Estado Nacional en su presentación, constituyéndose en depositario de

las recomendaciones que se efectúen.

7.

Promover el desarrollo de investigaciones en

materia de Niñez, Adolescencia y Familia.

8.

Diseñar normas generales de funcionamiento y

principios rectores que deberán cumplir las instituciones públicas o

privadas de asistencia y protección de derechos de los sujetos de la

Ley 26.061.

9.

Apoyar a las organizaciones no gubernamentales en

la definición de sus objetivos institucionales hacia la promoción del

ejercicio de derechos de las niñas, niños y adolescentes y la

prevención de su institucionalidad.

10.

Promover políticas activas de promoción y

defensa de los derechos de las niñas, niños y adolescentes y sus

familias.

11.

Coordinar acciones consensuadas con los poderes

del Estado, organismos gubernamentales y organizaciones no

gubernamentales fomentando la participación activa de las niñas, niños

y adolescentes.

12.

Propiciar acciones de asistencia técnica y

capacitación a organismos provinciales y municipales y agentes

comunitarios participantes en servicios de atención directa o en el

desarrollo de los procesos de transformación institucional.

13.

Gestionar juntamente con el Consejo Federal de

Niñez, Adolescencia y Familia, la obtención de recursos financieros

nacionales e internacionales para la efectivización de las políticas

públicas de niñez, adolescencia y familia.

14.

Efectivizar juntamente con el Consejo Federal de

Niñez, Adolescencia y Familia la transferencia de los fondos a los

estados provinciales para la financiación de dichas políticas.

15.

Organizar un sistema de información único y

descentralizado que incluya indicadores para el monitoreo, evaluación y

control de las políticas y programas de niñez, adolescencia y familia.

16.

Fortalecer el reconocimiento en la sociedad de

niñas, niños y adolescentes como sujetos activos de derechos.

17.

Impulsar mecanismos descentralizados para la

ejecución de programas y proyectos que garanticen el ejercicio de los

derechos de las niñas, niños y adolescentes y sus familias.

18.

Asignar juntamente con el Consejo Federal de

Niñez, Adolescencia y Familia los recursos públicos para la formulación

y ejecución de las políticas previstas en el plan nacional de acción.

19.

Establecer en coordinación con el Consejo

Federal de Niñez, Adolescencia y Familia mecanismos de seguimiento,

monitoreo y evaluación de las políticas públicas destinadas a la

protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.

20.

Promover políticas que garanticen el adecuado

desarrollo psicológico, afectivo, social e intelectual de niños, niñas

y adolescentes, con especial énfasis en la atención de la primera

infancia.

21.

Promover, planificar y ejecutar acciones

destinadas a fortalecer los derechos de los adultos mayores,

propendiendo su inserción en la familia y en la comunidad.

22.

Articular las políticas dirigidas a los adultos

mayores desde una perspectiva de integralidad, que considere a los

mayores, sus núcleos familiares, sus organizaciones y comunidad, como

sujetos de políticas públicas.

23.

Desarrollar acciones orientadas al diseño,

implementación y monitoreo de políticas, programas o dispositivos de

intervención dirigidos a adolescentes infractores a la ley penal.

24.

Dirigir, conforme a las disposiciones de la Ley

Nº 26.061, los programas de asistencia directa que dependieran del

Consejo Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia y que no hayan sido

objeto de transferencias a la fecha de la sanción de la estructura

administrativa de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y

Familia.

25.

Asistir y acompañar a las Provincias,

Municipios, y/u organismos locales en la definición del modelo de

gestión de la política de infancia.

26.

Fomentar la articulación entre el Estado

Nacional, las Organizaciones no Gubernamentales, las Universidades y el

Sector Privado para potenciar la responsabilidad social.

SUBSECRETARIA DE DERECHOS PARA LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA

Y FAMILIA

Objetivos:

1.

Coordinar y supervisar políticas y programas de

carácter nacional que tengan como finalidad la promoción, protección y

restitución de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, así

como las acciones preventivas y socio-educativas relacionadas con

personas menores de edad que hayan infringido la legislación penal.

2.

Propiciar acciones de promoción y defensa de los

derechos de las niñas, niños y adolescentes y sus familias, con énfasis

en el reconocimiento de las personas menores de edad como sujetos

activos de derechos, fomento de su activa participación y ejercicio del

derecho a ser escuchados.

3.

Asistir en el desarrollo de acciones de

promoción, fortalecimiento y asistencia a las familias, como los

ámbitos más adecuados para la crianza, el cuidado, el desarrollo y la

educación de los niños, niñas y adolescentes.

4.

Asistencia en la promoción de políticas que

garanticen el adecuado desarrollo psicológico, afectivo, social e

intelectual de niños, niñas y adolescentes, con especial énfasis en la

atención de la primera infancia.

5.

Fortalecer políticas y prácticas de protección de

derechos amenazados o vulnerados protegiendo los ámbitos familiares de

origen y eludiendo las separaciones injustificadas de los niños, niñas

y adolescentes de los mismos y sus comunidades.

6.

Suscitar cuidados alternativos transitorios,

respetuosos de los derechos de los niños, niñas y adolescentes

provisionalmente privados de crianza parental, privilegiando los

cuidados en ámbitos familiares y limitando la protección en

establecimientos institucionales para situaciones excepcionales que así

lo justifiquen.

7.

Desarrollar acciones orientadas a la definición

y/o redefinición e implementación de programas o dispositivos de

intervención en relación con adolescentes infractores de la ley penal,

respetuosos de los derechos de los jóvenes y con un sentido

socio-educativo y de fortalecimiento de la ciudadanía

8.

Fortalecer la participación transversal de las

entidades gubernamentales y no gubernamentales para la inclusión social

de la infancia y la adolescencia.

9.

Promover protocolos de intervención y estándares

mínimos de atención.

10.

Coordinar circuitos de asistencia en

instituciones y programas de atención integral a niños, niñas y

adolescentes.

11.

Contribuir al diseño, monitoreo, asistencia

técnica y capacitación en relación con políticas y programas de

asistencia a grupos infanto-juveniles vulnerables.

SUBSECRETARIA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL E

INTEGRACION FEDERAL

Objetivos:

1.

Coordinar, orientar, supervisar e implementar

planes y programas de carácter nacional y federal para la niñez, la

adolescencia y la familia.

2.

Promover las acciones aprobadas del Consejo

Federal de Niñez, Adolescencia y Familia.

3.

Ejecutar el plan nacional de acción normado en la

Ley 26.061.

4.

Establecer la coordinación con el Consejo Federal

de Niñez, Adolescencia y Familia con referencia al seguimiento,

monitoreo y evaluación de las políticas públicas destinadas a la

protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.

5.

Asistir en la coordinación, orientación,

supervisión e implementación de planes y programas de carácter nacional

que fortalezcan las instituciones de gestión estatal y de la sociedad

civil que compongan el Sistema de Protección Integral de los Derechos

de Niñas, Niños y Adolescentes.

6.

Asistir en el diseño de normas generales de

funcionamiento y principios rectores que deberán cumplir las

instituciones públicas o privadas de asistencia y protección de

derechos de los sujetos de la Ley 26.061.

7.

Coordinar, orientar, supervisar e implementar

planes y programas de carácter nacional que consoliden políticas

públicas estratégicas de alcance regional y nacional.

8.

Asistir a la Secretaría en la adecuación de las

tecnologías de intervención aplicadas a las nuevas problemáticas en el

área de la niñez, adolescencia y familia.

9.

Asistir a la Secretaria en la coordinación,

orientación, supervisión e implementación de planes y programas de

carácter nacional y federal que promuevan y desarrollen el conocimiento

acerca de la situación de la infancia, adolescencia y familia como así

también de las políticas públicas orientadas a la protección integral

de las niñas, niños, adolescentes.

10.

Asistir y consolidar la base del Registro

Nacional de Organizaciones de la Sociedad Civil con personería

jurídica, sobre el desarrollo de programas, servicios de asistencia,

promoción, tratamiento, protección y defensa de los derechos de las

niñas, niños y adolescentes.

11.

Articular con entidades gubernamentales y no

gubernamentales dedicadas a la temática de niñez, adolescencia y

familia.

12.

Desarrollar habilidades y destrezas técnico

metodológicas para el abordaje integral de la niñez y la adolescencia

desde una perspectiva participativa, territorial y multiactoral.

13.

Propiciar acciones de asistencia técnica y

capacitación a organismos provinciales, municipales y agentes

comunitarios participantes en servicio de atención directa o en el

desarrollo de los procesos de transformación institucional.

14.

Generar instancias comunicacionales para la

promoción y protección de derechos.

15.

Apoyar en la definición, validación e

instalación de un modelo de gestión institucional basado en la

protección integral de los derechos.

16.

Promover y fomentar el desarrollo de redes

sociales, generando espacios de trabajo promocional y de participación

social.

SECRETARIA DE DEPORTE

Objetivos:

1.

Asistir a la Ministra de Desarrollo Social en

toda cuestión relativa a la promoción y el desarrollo en el país de la

actividad deportiva y recreativa en todas sus formas.

2.

Aprobar los planes, programas y proyectos

destinados al fomento del deporte, asegurando los principios de la

ética deportiva y haciendo partícipe de ella a todos los integrantes

del sistema deportivo nacional.

3.

Promover y asistir las prácticas deportivas al

nivel competitivo nacional, regional e internacional, en procura de

alcanzar crecientes niveles y logros, asegurando así que las

representaciones del deporte argentino, en todas sus modalidades y

disciplinas, sean una expresión adecuada de la jerarquía cultural y

deportiva del país.

4.

Fomentar y apoyar la actividad física y la

recreación, como medio para promover la integración, la inclusión y la

cooperación social.

5.

Impulsar el desarrollo del deporte de base en

todo el territorio de la Nación, en coordinación con los organismos

públicos nacionales, provinciales, municipales e instituciones

privadas, como así también las actividades físicas relacionadas con la

utilización del tiempo libre, en contacto con el ambiente natural.

6.

Impulsar el desarrollo de mejores condiciones en

materia de infraestructura y recursos accesorios para la práctica

deportiva en el territorio de la Nación.

SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO Y GESTION DEPORTIVA

Objetivos:

1.

Asistir al Secretario de Deporte en la

planificación del deporte de representación nacional, del desarrollo

del deporte federado y del deporte social, en todas sus disciplinas y

modalidades.

2.

Elaborar planes y acciones que tengan por

finalidad la generación de condiciones que garanticen el acceso a la

actividad física y deportiva de todos los habitantes del país.

3.

Asistir al Secretario en la supervisión de las

condiciones técnicas que deberán cumplimentar las federaciones, las

asociaciones deportivas y los organismos públicos y privados para

recibir, por parte del Estado Nacional, asistencia material y

financiera destinada al cumplimiento de las metas que, para cada

disciplina deportiva, se establezcan en las Planificaciones Anuales y

Plurianuales del Deporte de Representación Nacional, del desarrollo del

Deporte Federado y del Deporte Social.

4.

Asistir al Secretario, en la coordinación con las

entidades federativas nacionales, regionales o locales, así como con

las entidades públicas y privadas, en la elaboración, ejecución y

monitoreo de programas de captación y desarrollo de talentos deportivos

y de programas para el desarrollo del Deporte Federado y Social,

procurando, para tales fines, la aplicación de principios éticos y

pedagógicos.

5.

Asistir al Secretario en el uso eficiente y

racional de los recursos de la inversión pública y privada destinados a

la promoción del deporte en todas sus manifestaciones

6.

Asistir al Secretario en la planificación y

supervisión de los programas y acciones médicodeportivas así corno en

el desarrollo de actividades científicas y tecnológicas aplicadas al

deporte.

7.

Generar condiciones para facilitar la continuidad

educativa y el desarrollo deportivo de los jóvenes talentos,

coordinando acciones con organismos públicos y privados de educación y

deportes de todo el país

SUBSECRETARIA DE RECURSOS DEPORTIVOS

Objetivos:

1.

Asistir al Secretario de Deporte en la

planificación del uso de los recursos aplicados al desarrollo del

deporte en general.

2.

Asistir al Secretario en la supervisión de las

condiciones que deberán cumplimentar los organismos públicos y privados

para recibir, por parte del Estado Nacional, asistencia material y

financiera destinada al cumplimiento de las metas que se establezcan en

los programas anuales y plurianuales destinados al desarrollo de la

infraestructura, a la puesta en valor de predios deportivos y en todos

aquellos planes y programas vinculados, entre otros, a la prevención y

el control antidoping, a la capacitación, investigación y censos y la

seguridad deportiva.

3.

Asistir al Secretario en las políticas

pertinentes al cuidado de la salud y el desarrollo de medidas

preventivas a los efectos de evitar el uso indebido de drogas en la

práctica del deporte.

4.

Asistir al Secretario en el planeamiento y el

desarrollo de la infraestructura deportiva, en todos los aspectos

vinculados con la ampliación, la refacción, la remodelación y la puesta

en valor de las instalaciones de dominio privado de la Secretaría de

Deporte.

5.

Asistir al Secretario en la coordinación con

organismos públicos y privados para el desarrollo de infraestructura

deportiva en el territorio nacional.

6.

Asistir al Secretario en el diseño, la

implementación y el seguimiento de las políticas generales vinculadas

con la seguridad deportiva.

7.

Asistir al Secretario en el diseño y en la

evaluación de los aspectos normativos vinculados a la legislación que

rige en materia deportiva.

8.

Asistir al Secretario en la elaboración de

programas, planes y acciones vinculados con la capacitación de los

recursos humanos que intervengan en el desarrollo del deporte en todas

sus manifestaciones; la investigación científica sobre cuestiones

deportivas que se consideren relevantes y la realización de censos,

encuestas y otros instrumentos de medición estadística que permitan el

conocimiento de diversas realidades y fenómenos deportivos.

ANEXO Ia

(Anexo sustituido por art. 5° delDecreto N° 1324/2014B.O. 19/8/2014)

[IMG]

Anexo Ib

*(Anexo

sustituido por art. 6° del [Decreto

N° 527/2012](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=196259) B.O. 16/4/2012)*

[IMG]

Anexo Ic

*(Anexo sustituido

por art. 3° del*[Decreto

N° 2035/2013](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=223343)B.O. 5/12/2013)

[IMG]

Anexo Id

(Anexo sustituido por art. 4° delDecreto N° 190/2014B.O. 14/02/2014)

[IMG]

Anexo Ie

*(Anexo sustituido

por art. 3° del*[Decreto

N° 2035/2013](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=223343)B.O. 5/12/2013)

[IMG]

Anexo If

(Anexo sustituido porart. 6° del[*Decreto

N° 505/2010](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=166276)B.O.

21/4/2010)*

[IMG]

Anexo Ig

(Anexo sustituido por art. 5° delDecreto N° 1324/2014B.O. 19/8/2014)

[IMG]

ANEXO II

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

Responsabilidad Primaria:

Verificar el mantenimiento de un adecuado sistema de

control interno incorporado a la organización de la Jurisdicción,

privilegiando las pautas dictadas por la economía, eficiencia y

eficacia.

Acciones:

1.

Establecer la planificación de la Auditoría

Interna de la Jurisdicción, conforme a las generales de control interno

y auditoría interna.

2.

Elaborar el Plan Anual de la Auditoría Interna.

3.

Evaluar el cumplimiento de las políticas, planes

y procedimientos determinados por la autoridad superior.

4.

Asesorar en la determinación de las normas y

procedimientos propios del Sistema de Control Interno.

5.

Tomar conocimiento integral de los actos y

evaluar aquellos de significativa trascendencia económica.

6.

Verificar si en las erogaciones e ingresos de la

Jurisdicción, se cumplen los principios contables y niveles

presupuestarios de la normativa legal vigente.

7.

Constatar la confiabilidad de los antecedentes

utilizados en la elaboración de los informes y/o estados informativos

contables.

8.

Precisar la exactitud del registro de los activos

y las medidas de resguardo adoptadas para su protección.

9.

Emitir opinión, en el ámbito de su competencia,

en todo estado informativo contable emitido por las unidades ejecutoras.

10.

Producir informes periódicos sobre las

auditorías desarrolladas y otros controles practicados.

11.

Comunicar a las autoridades superiores y a la

SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, los desvíos que se detecten con las

recomendaciones y/u observaciones que se formulen.

12.

Efectuar el seguimiento de las recomendaciones y

observaciones realizadas.

13.

Informar sobre los temas que la SINDICATURA

GENERAL DE LA NACION le requiera en lo atinente al desarrollo de sus

actividades.

SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL

Dirección General de Recursos Humanos y Organización

*(Responsabilidad Primaria y Acciones de la

presente Dirección sustituidas por art. 7° del*[Decreto

N°527/2012](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=196259)B.O. 16/4/2012)

Responsabilidad Primaria:

Administrar las políticas y la

aplicación de las normas que regulan al personal, su carrera

administrativa, su capacitación, desarrollo y sus relaciones laborales,

en procura de mejores niveles de productividad, satisfacción laboral y

calidad en la prestación de los servicios a cargo de la jurisdicción.

Acciones:

1.

Coordinar y asistir técnicamente en los procesos vinculados con la

aplicación del Sistema Nacional de Empleo Público en materia de

selección, evaluación, desempeño y capacitación; monitoreando el estado

de avance de la carrera administrativa del personal y proponiendo las

medidas correctivas pertinentes.

2.

Dirigir y articular el

diseño y desarrollo de estrategias proactivas para la Gestión de las

Personas, a través de herramientas que acompañen el crecimiento de sus

habilidades, afiancen las actitudes de compromiso con los objetivos del

Ministerio y favorezcan el desarrollo y aprovechamiento compartido de

sus conocimientos.

3.

Administrar los sistemas de información

relacionados con la aplicación de las herramientas del sistema de

administración de recursos humanos y aplicar los controles que permitan

la correcta liquidación de haberes del personal.

4.

Dirigir las

acciones de análisis, planeamiento y diseño organizacional; elaborando

y proponiendo las modificaciones de las estructuras organizativas que

correspondan.

5.

Coordinar y mantener actualizado un sistema de

relevamiento y evaluación de los puestos de trabajo, como así también

los procesos, flujos y procedimientos de trabajo.

6.

Asegurar una adecuada aplicación de la legislación en materia de

recursos humanos, de higiene y seguridad laboral.

7.

Supervisar la prestación del servicio médico de la Jurisdicción.

8.

Proponer y establecer canales de comunicación institucional en los

temas de su competencia.

9.

Asistir técnicamente a la Comisión Permanente de Interpretación y

Carrera de la Jurisdicción.

Dirección de Sumarios

Responsabilidad Primaria:

Realizar todas las actividades vinculadas con la

información y con la substanciación de los sumarios administrativos

disciplinarios que corresponda promover en órbita de la jurisdicción

ministerial.

Acciones:

1.

Realizar todas las actividades vinculadas con la

información y con la substanciación de los sumarios administrativos

disciplinarios que corresponda instruir al personal de la jurisdicción

ministerial.

2.

Realizar las investigaciones de los hechos u

omisiones que han dado lugar a la realización del sumario.

3.

Realizar las investigaciones de aquellos hechos u

omisiones que, tomado conocimiento, se infiera pudiera dar lugar a un

sumario.

4.

Supervisar la recopilación de informes y la

documentación necesaria para determinar el perjuicio fiscal y la

responsabilidad patrimonial emergente, proponiendo a los organismos

competentes el ejercicio de las acciones de recupero.

5.

Fiscalizar la realización de diligencias a que

alude el reglamento de investigaciones y de toda otra que resulte

necesaria.

6.

Mantener actualizado un registro unificado de

todos los sumarios en trámite en el ámbito de la jurisdicción.

SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL

SUBSECRETARIA DE COORDINACION, MONITOREO Y LOGISTICA

Dirección General de Administración

(Por art. 5° del[Decreto

N°527/2012](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=196259)B.O. 16/4/2012*la presente Dirección fue transferida desde la Secretaria de

Coordinación y Monitoreo Institucional a la Subsecretaría de

Coordinación, Monitoreo y Logística dependiente de la Secretaría

mencionada.*)

Responsabilidad Primaria:

Efectuar la elaboración del presupuesto del

Ministerio y ejercer la gestión económica y el monitoreo y control del

sistema de tramitación administrativa de la jurisdicción.

Acciones:

1.

Formular el anteproyecto de presupuesto.

2.

Programar y controlar la ejecución del

presupuesto aprobado por el Ministerio.

3.

Gestionar las contrataciones de mantenimiento.

4.

Atender las necesidades de bienes y servicios y

mantenimiento del Ministerio dirigiendo las respectivas contrataciones.

5.

Coordinar la gestión de los actos administrativos

emanados del Ministerio, en el ámbito de su dependencia.

6.

Administrar los ingresos y egresos de fondos de

origen presupuestario.

7.

Identificar y registrar los recursos económicos y

financieros en función de las diferentes fuentes de financiamiento.

8.

Administrar el patrimonio del Ministerio.

9.

Administrar el ingreso y egreso de la

documentación proveniente de otras jurisdicciones y/o particulares, y

llevar el despacho de la jurisdicción, monitoreando en forma

sistemática y permanente los circuitos de la gestión administrativa.

10.

Integrar el funcionamiento

técnico-administrativo de aquellos programas con financiamiento

internacional, realizando las gestiones, evaluaciones y controles

pertinentes para el cumplimiento de los objetivos propuestos.

Dirección General de Asuntos Jurídicos

(Por art. 5° del[Decreto

N°527/2012](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=196259)B.O. 16/4/2012*la presente Dirección fue transferida desde la Secretaria de

Coordinación y Monitoreo Institucional a la Subsecretaría de

Coordinación, Monitoreo y Logística dependiente de la Secretaría

mencionada.*)

Responsabilidad Primaria:

Representar judicialmente al Ministerio y ejercer el

patrocinio letrado en juicios y dictaminar y asesorar en todos los

asuntos de carácter jurídico de competencia del Ministerio y en los

recursos de alzada provenientes de Organismos descentralizados de la

Jurisdicción y de LOTERIA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO.

Acciones:

1.

Ejecutar el control de la legalidad y legitimidad

de los actos administrativos.

2.

Redactar o colaborar en la redacción de los

proyectos de leyes, decretos, convenios y otros actos administrativos

que le sean requeridos por los organismos del Ministerio.

3.

Asesorar en forma permanente en los aspectos

legales a las distintas áreas del Ministerio.

4.

Atender las actividades derivadas de la

presentación de recursos y emitir dictámenes.

5.

Diligenciar los Oficios Judiciales dirigidos al

Ministerio y fiscalizar el cumplimiento de los términos prescritos y/o

anteproyectos de decretos, resoluciones y disposiciones que deban ser

elevados a consideración y/o aprobación de las autoridades superiores

del Ministerio.

6.

Representar al Ministerio y ejercer el patrocinio

letrado en las causas en que sea parte el organismo y en aquellas en

que le fuere encomendado.

Dirección de Gestión y Monitoreo

(Por art. 5° del[Decreto

N°527/2012](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=196259)B.O. 16/4/2012*la presente Dirección fue transferida desde la Secretaria de

Coordinación y Monitoreo Institucional a la Subsecretaría de

Coordinación, Monitoreo y Logística dependiente de la Secretaría

mencionada.*)

Responsabilidad Primaria:

Asistir y asesorar al Secretario de Coordinación y

Monitoreo Institucional en la elaboración de estudios, planes, normas e

informes de las acciones desarrolladas por la jurisdicción.

Acciones:

1.

Coordinar con las unidades orgánicas de la

Jurisdicción las acciones desarrolladas por ellas, en el marco de la

programación estratégica diagramada por la superioridad y realizar la

evaluación expost de las acciones emprendidas en función del logro de

los objetivos prefijados.

2.

Realizar la planificación de las acciones de

evaluación, monitoreo y medición de impacto de los distintos proyectos

y programas sociales de la jurisdicción a efectos de consolidar un

sistema integral de información social en el área de su competencia.

3.

Mantener permanentemente actualizada la base de

datos resultante de insumos informativos provenientes de fuentes de

procesamiento internas y de otros sistemas de información y monitoreo

de planes sociales, propiciando la maximización de posibilidades para

una correcta focalización, formulación, ejecución y evaluación del

impacto de las políticas sociales implementadas por la Jurisdicción.

4.

Realizar actividades de investigación y elaborar

informes técnicos periódicos de relevamiento de las demandas

recepcionadas y tramitadas con el objeto de brindar información de

relevancia para la reorientación o profundización de las áreas de

acción de los diferentes proyectos y acciones.

5.

Detectar desvíos derivados del desajuste entre la

programación y la ejecución determinando su grado de criticidad, y

elaborar los proyectos de modificación de procedimientos y normas,

redefiniendo eventualmente los flujogramas realizados en vistas a una

mayor calidad y eficiencia en la respuesta directa.

Dirección de Servicios Digitales Informáticos y de

Telecomunicaciones

*(Dirección, Responsabilidad Primaria y Acciones

incorporadas por art. 2º del[Decreto

Nº 1182/2011](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=185433)B.O. 11/08/2011)*

(Por art. 5° del[Decreto

N°527/2012](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=196259)B.O. 16/4/2012*la presente Dirección fue transferida desde la Secretaria de

Coordinación y Monitoreo Institucional a la Subsecretaría de

Coordinación, Monitoreo y Logística dependiente de la Secretaría

mencionada.*)

Responsabilidad Primaria:

Administrar los elementos tecnológicos necesarios

para permitir el adecuado flujo de datos entre las dependencias de la

Jurisdicción, asegurando la disponibilidad y proveyendo los niveles de

seguridad necesarios para salvaguardar la información institucional sin

comprometer las potencialidades de su uso y aprovechamiento por parte

de los generadores y los usuarios de la misma.

Acciones:

1.

Desarrollar y proponer los planes de acción

necesarios para actualizar y mantener la infraestructura de redes de

comunicación de datos digitales a fin de posibilitar los más altos

niveles de disponibilidad para el procesamiento de la información y

para las telecomunicaciones tanto internas como con otros organismos o

sedes geográficamente distantes de la sede de la Jurisdicción.

2.

Dirigir la ejecución de las actualizaciones a

realizar en las instalaciones y los equipamientos informáticos del

Ministerio a fin de cumplimentar con los adecuados estándares de

calidad en cuanto a tecnologías informáticas se refiere.

3.

Diseñar y monitorear la utilización del sistema

de gestión de requerimientos de servicio técnico, provisión de insumos

y necesidades de adquisiciones de bienes y servicios vinculados a la

actividad de informática y comunicaciones.

4.

Establecer los lineamientos teóricos y operativos

a seguir en la programación y ejecución de las acciones de asistencia

técnica para todos los integrantes de la Jurisdicción, brindando apoyo

en el uso adecuado del equipamiento y de las herramientas tecnológicas.

5.

Dirigir las acciones concernientes al

cumplimiento de las medidas de seguridad física y lógica necesarias

para salvaguardar equipos, programas fuente, programas ejecutables y

documentación de sistemas, como así también proveer a la

confidencialidad de la información que se procesa y almacena en las

dependencias del Ministerio.

6.

Elaborar los lineamientos generales a seguir para

la selección de arquitecturas básicas en los sistemas de procesamiento

y comunicación de la información, proponiendo la adopción de aquellas

que mejor se adapten a los requerimientos de cada caso particular,

priorizando el aprovechamiento de las experiencias organizacionales y

promoviendo la interoperabilidad entre sistemas específicos.

7.

Dirigir los esfuerzos necesarios para el

mantenimiento y actualización de los sistemas de almacenamiento y

procesamiento de datos vigentes en el Ministerio, así como el

desarrollo de aplicaciones que mejoren su intercomunicación.

8.

Conducir las acciones de análisis de nuevos

requerimientos, de operacionalización de los problemas, de diseño y

desarrollo de nuevas aplicaciones informáticas que den solución a los

mismos, de acuerdo a los lineamientos recibidos desde la superioridad.

9.

Elaborar las normas de calidad a observar para

los sistemas informáticos del Ministerio, manteniendo la integralidad y

complementariedad entre los manuales de procedimientos que las reflejen.

10.

Diseñar los planes de auditoría de calidad

informática pertinentes, dirigiendo las acciones para su

implementación, elevando los informes y recomendaciones que de ellas se

deriven para la valoración de la superioridad.

Dirección de Coordinación de Logística

*(Responsabilidad Primaria y Acciones de la

presente Dirección sustituidas por art. 7° del*[Decreto

N°527/2012](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=196259)B.O. 16/4/2012)(Por art. 5° del[Decreto

N°527/2012](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=196259)B.O. 16/4/2012*la

presente Dirección fue transferida desde la ex Dirección Nacional de

Apoyo Logístico de la Secretaría de Gestión y Articulación

Institucional a la órbita de la Subsecretaría de

Coordinación, Monitoreo y Logística.)*

Acciones:

1.

Ejecutar las directivas emanadas por la SUBSECRETARIA DE COORDINACION,

MONITOREO Y LOGISTICA a fin de brindar las acciones de asistencia

pertinentes.

2.

Gestionar las acciones priorizadas por cada

Subsecretaría proveyendo el apoyo logístico administrativo necesario

para hacer más eficiente la operatoria de las demás unidades orgánicas

de la jurisdicción con competencia directa en el manejo de situaciones

sociales de emergencia, de prevención y asistencia social, desastre o

catástrofe.

3.

Organizar y ejecutar en forma eficiente y

efectiva los procedimientos logísticos necesarios para asegurar el

flujo directo e inverso de bienes de carácter no alimentario

provenientes de donaciones y/o de Aduana, ejerciendo el control sobre

los aspectos relativos a su recepción, asignación y distribución.

4.

Realizar el seguimiento logístico de los apoyos asignados, evaluando

sus resultados, detectando los desvíos de las metas propuestas, e

instrumentando las medidas correctivas necesarias para el logro del

cumplimiento de los objetivos planteados.

5.

Elaborar y operar

un sistema de información gerencial para apoyar la gestión logística de

la SUBSECRETARIA DE COORDINACION, MONITOREO Y LOGISTICA de acuerdo con

las necesidades que se establezcan oportunamente, manteniendo la

permanente actualización del mismo.

6.

Dirigir y controlar el

accionar de la Coordinación del Programa de Ayudas Urgentes y Aduana,

asegurando que la entrega de apoyos y asistencias urgentes se realicen

en los tiempos y formas indispensables para la obtención de resultados

adecuados.

SUBSECRETARIA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

Dirección Nacional de Promoción de la

Responsabilidad Social

(*Responsabilidad

Primaria y Acciones de la presente Dirección*incorporadas por art.4° del[Decreto

N° 2083/2011](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=191053)B.O.12/12/2011)

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Aportar

al fortalecimiento de las estrategias institucionales de creación de

ciudadanía, a través de la promoción de los derechos y obligaciones que

supone la adopción del paradigma de Responsabilidad Social, tanto en

los diferentes niveles colectivos como para cada individuo en

particular.

ACCIONES:

1.

Diseñar programas de difusión

sobre las ventajas de la adopción de Prácticas Socialmente

Responsables, que prioricen la producción y utilización de contenidos

propios en concordancia con los valores y necesidades locales.

2.

Apoyar la realización de estudios que permitan conocer, de acuerdo a

las particularidades territoriales, aquellos posibles emprendimientos

individuales, comunitarios y/o empresariales que resulten factibles de

ser enmarcados en acciones de estímulo a la adopción del concepto de

Prácticas Socialmente Responsables en la gestión diaria.

3.

Promover la activa participación en la definición e implementación de

planes de adopción de Responsabilidad Social de las acciones para la

inclusión de las cooperativas de trabajo especialmente protegidas y

otros titulares de derecho, individuales o colectivos, que se

relacionen con el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL en el cumplimiento de

sus objetivos.

4.

Promover, entre las empresas y asociaciones de

empresas, en diferentes niveles de organización, la creación de

instancias de sensibilización y debate sobre las prácticas de

Responsabilidad Social deseables en el marco de los valores y

principios de nuestra sociedad.

5.

Promover la activa

participación de las empresas y organizaciones en las estrategias de

desarrollo social, estimulando la adopción de acciones concretas

favorables al desarrollo del concepto de Responsabilidad Social.

6.

Favorecer la generación de mecanismos sinérgicos de cooperación,

alianzas estratégicas y trabajo conjunto que posibiliten un mayor

aprovechamiento de las experiencias que se implementen, potenciando sus

resultados y anticipando las eventuales dificultades que pudieran

presentarse.

Dirección Nacional de Acreditación de Organizaciones

(*Responsabilidad

Primaria y Acciones de la presente Dirección*incorporadas por art.4° del[Decreto

N° 2083/2011](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=191053)B.O.12/12/2011)

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Asistir

a la SUBSECRETARIA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL en el diseño y

fortalecimiento de las estrategias tendientes a la adopción del

paradigma de Responsabilidad Social, propiciando el crecimiento de la

base de experiencias y conocimientos, estimulando el desarrollo del

Registro de Organizaciones Administradoras y posibilitando a través de

éste el mayor intercambio entre los actores en el marco de redes de

interés común.

ACCIONES:

1.

Fortalecer las acciones

planificadas tendientes a la adopción del paradigma de Responsabilidad

Social a través de la creación y consolidación de redes de intercambio,

monitoreo de iniciativas y divulgación de resultados.

2.

Dirigir

las acciones necesarias para mantener un registro actualizado de

empresas, entidades y organizaciones administradoras que mantienen

relación de trabajo con la jurisdicción.

3.

Orientar las

acciones tendientes a brindar adecuado soporte al seguimiento de las

acciones de sensibilización, adopción de prácticas de Responsabilidad

Empresarial y Social y de los resultados obtenidos.

4.

Contribuir a la creación y fortalecimiento de una red

interinstitucional de servicios con la participación del sector público

y las organizaciones de la sociedad civil promoviendo mejorar la

inserción y adaptabilidad social de los beneficiarios.

SUBSECRETARIA DE COMERCIALIZACION DE LA ECONOMIA

SOCIAL

Dirección Nacional de Fomento del Monotributo Social

(*Responsabilidad

Primaria y Acciones de la presente Dirección*sustituida por art.5° del[Decreto

N° 2083/2011](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=191053)B.O.12/12/2011)

RESPONSABILIDAD

PRIMARIA:

Asistir

a la SUBSECRETARIA DE COMERCIALIZACION DE LA ECONOMIA SOCIAL en el

fomento de la adopción de la estrategia del Monotributo Social y sus

herramientas por parte de aquellas personas, grupos u organizaciones

que estén realizando actividades económicas de producción, servicios o

comercialización y vean dificultada su inserción en la economía formal

por encontrarse en situación de vulnerabilidad social.

ACCIONES:

1.

Promover a través de estudios, informes y acciones el fomento y la

adopción del uso del Monotributo Social como estrategia superadora

frente a las dificultades de inserción que puedan observar quienes

realizan actividades de producción de bienes, servicios y/o

comercialización de los mismos en situación de vulnerabilidad social.

2.

Asegurar la rapidez, equidad y eficiencia de los procesos y parámetros

de selección para la inclusión de aspirantes a los Registros de

Efectores, con el fin de proteger la utilidad social de dichas

herramientas.

3.

Planificar y supervisar las acciones del Registro Nacional de Efectores

de Desarrollo Local y Economía Social.

4.

Establecer las condiciones de pertinencia de la aplicación del

monotributo social, de acuerdo a los indicadores sociales que se

establezcan.

5.

Evaluar, monitorear y mantener actualizados, a través de la propuesta,

análisis y aplicación de las medidas correctivas que se consideren

adecuadas, los procesos de acreditación de efectores.

6.

Asistir a la SUBSECRETARIA DE COMERCIALIZACION DE LA ECONOMIA SOCIAL

para suministrar al Registro de Información, a través del Sistema de

Georreferenciamiento.

Dirección

Nacional de Promoción de la Comercialización

*(Dirección transferida de la ex Secretaría de Políticas

Sociales y Desarrollo Humano-**reemplazada

por*[Decreto

N°505/2010](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=166276)*21/4/2010 por la SECRETARIA DE ECONOMIA SOCIAL- a la

Subsecretaría de Comercialización de la Economia Social por*[Decreto

N° 2194/2008](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=148822)B.O.30/12/2008.)

Responsabilidad Primaria:

Asistir

al Subsecretario de Desarrollo Territorial y Economía Social en el

diseño de acciones promotoras para canalizar la producción obtenida por

los efectores de la economía social, generando e impulsando espacios de

intercambio comercial a efectos de afianzar procesos de desarrollo

micro empresarial locales sustentables.

Acciones:

1.

Apoyar y orientar a los efectores de la economía social en la

comercialización de sus productos para su inserción en el mercado

interno y de exportación en especial de artesanos.

2.

Generar espacios de exposición, encuentros e intercambio donde

distintos sectores de la sociedad confluyan en cadenas de

comercialización.

3.

Impulsar cadenas y consorcios de comercialización que vinculen a

distintos efectores locales bajo instrumento contractual que regule el

aporte y el desarrollo del mismo con entidades públicas y privadas.

4.

Afianzar la identidad micro empresarial en la lógica de la economía

social y en el marco de procesos de desarrollo local sustentable y

sostenible.

5.

Canalizar con prioridad las compras para el Estado de productos que

generen los efectores de la economía social de acuerdo a las normativas

vigentes en lo que respecta a calidad y precio.

SECRETARIA DE ECONOMIA SOCIAL

(Por art. 5° del[*Decreto

N° 505/2010](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=166276)B.O. 21/4/2010 se aprueba la estructura organizativa de primer nivel

operativo de la presente SECRETARIA incorporando a éste Anexo las

Responsabilidades Primarias y las Acciones de la misma)*

SUBSECRETARIA DE ORGANIZACION DE INGRESOS SOCIALES

Dirección Nacional de Ejecución de

Proyectos Sociales Integrales y Cooperativos

Responsabilidad Primaria:

Asistir a la SUBSECRETARIA DE ORGANIZACION DE

INGRESOS SOCIALES en la ejecución de proyectos de la economía social,

cooperativos, socioproductivos, cadenas y redes de producción y

servicios que permitan mejorar los ingresos de los grupos y familias

más vulnerables, articulando con la SUBSECRETARIA DE COMERCIALIZACION

DE LA ECONOMIA SOCIAL.

Acciones:

Promover a los efectores sociales de la economía

social a partir de las actividades de generación de ingresos en los

espacios locales, ya sea en mercados incompletos, ámbitos de producción

regional y servicios que se relacionen con la vida cotidiana, atención

domiciliaria de la infancia, nuevas tecnologías, comercio de

proximidad, servicios de ocio, turismo, y culturales.

2.

Impulsar políticas públicas que promuevan la

organización y consolidación de talleres familiares y comunitarios.

3.

Impulsar a las cooperativas de trabajo como parte

de la economía social.

4.

Tramitar los subsidios de carácter no

reintegrable previstos en el Plan Nacional de Desarrollo Local y

Economía Social "Manos a la Obra", emprendimientos productivos y de

servicios unipersonales, familiares y asociativos para la incorporación

de materia prima, insumos, herramientas y maquinarias.

5.

Colaborar con las áreas pertinentes de la

SUBSECRETARIA DE FORTALECIMIENTO

INSTITUCIONAL y la SUBSECRETARIA DE COMERCIALIZACION

en la actualización de la base de datos de los efectores sociales con

los aportes específicos de su área de competencia.

SUBSECRETARIA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL

Dirección de Desarrollo y Posicionamiento de Marca

Colectiva

Responsabilidad Primaria:

Dirigir la aplicación de herramientas e instrumentos

de política social tendientes a estimular la adopción de la "Marca

Colectiva", Ley 26.355, como herramienta para la promoción del

desarrollo integral, el fortalecimiento de las economías regionales y

la gestión asociada de iniciativas productivas solidarias y de

servicios en el marco de la Economía Social.

Acciones:

1.

Desarrollar las estrategias y los instrumentos

necesarios para posibilitar el posicionamiento del concepto de Marca

Colectiva como herramienta viabilizadora del desarrollo local y

comunitario en el marco de la economía social.

2.

Difundir los alcances y beneficios de la Marca

Colectiva e identificar posibles usuarios entre los Titulares de

Derecho.

3.

Acompañar y financiar a los emprendedores en la

consolidación de la marca, incluyendo acciones de capacitación,

colaboración en el desarrollo de reglamentos de uso, acompañamiento en

el registro, y asistencia técnica para la mejora de productos y

procesos.

4.

Asesorar a los titulares de derecho en el

cumplimiento de la normativa que regula los productos o servicios

ofrecidos y ofrecer tutoría específica para los procesos.

5.

Contribuir en el desarrollo de estrategias de

posicionamiento de la marca y de canales comerciales.

SUBSECRETARIA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL

Dirección de Asistencia Técnica a Emprendedores y

Redes Productivas

Responsabilidad Primaria:

Fortalecer y asistir técnicamente a emprendimientos

de economía social, en sus distintas formas e instancias, desde su

constitución y desarrollo, hasta la generación y consolidación de

redes, cadenas productivas y mejoras en la calidad y el valor de

producción.

Acciones:

1.

Fortalecer la capacidad de gestión y logística a

los proyectos asociados que respondan a las nuevas oportunidades de

empleo relacionadas con la vida comunitaria, con la atención de la

persona, con el apoyo a la producción y servicios, con el medio

ambiente y el turismo.

2.

Desarrollar el talento gerencial de los

emprendedores para que éstos puedan identificar, generar y aprovechar

las oportunidades del mercado, brindando asistencia técnica a unidades

económicas productivas familiares y colectivas según lo que demande la

SUBSECRETARIA DE ORGANIZACIÓN DE INGRESOS SOCIALES.

3.

Articular con organismos e instituciones públicas

y del sector privado, el desarrollo de asistencias técnicas específicas

para la mejora de los procesos o la calidad de los productos y

servicios de emprendimientos, grupos asociativos o redes productivas de

la economía social.

*(Responsabilidad Primaria y Acciones de

las unidades dependientes de la ex SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES Y

DESARROLLO HUMANO del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL suprimidas por

art. 4° del[Decreto

N° 505/2010](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=166276)B.O. 21/4/2010)*

COMISION NACIONAL DE COORDINACION DEL PROGRAMA DE

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