SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD
los subsidios destinados a beneficiarios con riesgo de vida y aquellas
prestaciones establecidas por la Ley Nº 24.455 como de cobertura
obligatoria.
Coordinar los procedimientos de recepción, verificación y control de
la pertinencia y de la autenticidad de la documentación que presenten
los agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud.
Ordenar la fiscalización del cumplimiento, por parte de los agentes
del Sistema Nacional del Seguro de Salud, de los requisitos formales y
legales para el otorgamiento de subsidios por reintegros.
Ordenar la aplicación de los criterios y normas aprobadas por la
superioridad para asignar los valores establecidos en ellas en la
determinación del monto de los gastos; a ser reconocidos y/o
reintegrados por la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, de entre
aquellos en que hayan incurrido los agentes del Sistema Nacional del
Seguro de Salud para realizar las prestaciones médicas y adquirir los
medicamentos e insumos médicos necesarios para las mismas.
Expedirse mediante el correspondiente acto dispositivo respecto de
la admisibilidad y legalidad de la solicitud de subsidio por reintegro
tramitada y el monto máximo a reconocer mediante el mismo.
Coordinar la elaboración de los proyectos de los actos
administrativos por los que se apruebe el otorgamiento de subsidios por
reintegros y proceder a su elevación a la autoridad competente para su
consideración.
Proponer y participar junto a otras áreas de la SUPERINTENDENCIA DE
SERVICIOS DE SALUD, en la realización de inspecciones y/o auditorías de
carácter médico prestacional, administrativas contables, legales,
periódicas y/o extraordinarias a fin de verificar “in situ” el
cumplimiento de las condiciones para el otorgamiento de los beneficios
que otorgue la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD a los agentes del
Sistema Nacional del Seguro de Salud y su correcta utilización por
parte de los mismos.
Coordinar la recepción, el análisis y la evaluación de las
rendiciones de cuentas presentadas por los agentes del Sistema Nacional
del Seguro de Salud, la elaboración de los proyectos de actos
administrativos de aprobación, rechazo o revocación de las mismas,
según corresponda, y su elevación a la autoridad competente para su
consideración.
Proponer y elevar a la consideración de la autoridad competente el
proyecto de plan anual de inversiones y gastos a afectar al Fondo
Solidario de Redistribución.
Promover la eficacia y la eficiencia del sistema de financiamiento
de las prestaciones médicas de alta complejidad, de alto costo y baja
frecuencia y/o menor incidencia, de los subsidios destinados a
beneficiarios con riesgo de vida y de las prestaciones comprendidas en
la Ley Nº 24.455 asegurando con sus acciones equidad en la asignación
de recursos para todos los agentes del Sistema Nacional del Seguro de
Salud, uniformidad en la cobertura, similar calidad de prestación e
igual nivel de accesibilidad para todos los beneficiarios del Sistema
Nacional del Seguro de Salud.
Participar de la elaboración y proponer a la superioridad proyectos
de normas, procedimientos y requisitos exigibles que regulen el
otorgamiento, el control y la rendición de cuentas de los subsidios por
reintegros que efectúe la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD y que
impliquen la utilización de los recursos del Fondo Solidario de
Redistribución.
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD
GERENCIA OPERATIVA DE SUBSIDIOS POR REINTEGROS
SUBGERENCIA RECEPCION, VERIFICACION Y VALORIZACION DE SOLICITUDES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Recibir, registrar e iniciar expedientes con las solicitudes de
subsidios por reintegros, que presenten, en tiempo y forma de acuerdo
con las normas vigentes, los Agentes del Sistema Nacional del Seguro de
Salud. Aplicar los procedimientos aprobados por la superioridad para
verificar la identidad de los solicitantes, su acreditación y
representación o mandato, la pertinencia, autenticidad, validez y
legalidad de la documentación que acompaña la solicitud presentada y
probatoria de las prestaciones médicas a financiar, la pertinencia de
su cobertura, así como de la identidad de los beneficiarios y su
inclusión en los padrones correspondientes de los Agentes del Sistema
Nacional del Seguro de Salud.
ACCIONES:
Recibir las solicitudes de subsidios por reintegros que realicen los
Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud junto con la
documentación que debe acompañarla de acuerdo con la normativa
aplicable.
Ordenar el inicio del expediente por el que tramite la solicitud
recibida y la agregación de toda la documentación presentada por el
solicitante y las verificaciones de oficio realizadas por el área.
Asignar un número de identificación y, con la asistencia del área
informática de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, llevar un
registro actualizado de las solicitudes presentadas, el estado de su
trámite en tiempo real y su ubicación en el circuito administrativo
interno.
Verificar la autenticidad y validez de la documentación y/o comprobantes presentados.
Verificar la identidad y acreditación de los mandatarios que presenten las solicitudes.
Verificar la vigencia de la representación de los titulares de los
agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud que presenten y
suscriban la solicitud.
Verificar la identidad y su inclusión en el padrón correspondiente,
del beneficiario de la prestación médica a financiar y su certificación
de la práctica y/o insumo recibido y/o su conformidad sobre la
prestación y/o insumo a recibir, lo que corresponda al caso.
Verificar la pertinencia de la cobertura de la prestación médica a
financiar, su necesidad y consistencia de acuerdo con la historia
médica del beneficiario y/o de la información y documentación
disponible sobre su estado de salud y/o de su historial de cobertura.
Verificar la identidad, validez y/o vigencia de la acreditación e
inclusión en el registro correspondiente, del auditor médico y/o del
profesional actuante en el diagnóstico y en la prestación médica a
realizarse y/o realizada según corresponda y referida en la solicitud
presentada.
Ordenar la verificación de la efectiva realización de la práctica
médica y de la utilización de los medicamentos e insumos médicos
referidos en la solicitud.
Dictaminar, calificar y dar curso a las solicitudes de subsidios
por reintegro con las observaciones, y/o recomendaciones que
corresponda señalar o agregar en cada caso.
Aplicar los valores correspondientes a las prestaciones realizadas
y/o a realizarse, medicamentos e insumos médicos utilizados y/o a
utilizarse y a ser financiados de acuerdo con los montos incluidos en
el nomenclador previamente aprobado por la superioridad, de acuerdo con
las normas vigentes en la materia.
Controlar la legitimidad del medicamento a subsidiar mediante el
más eficaz de los procedimientos disponibles a la fecha de la
realización del control.
Ordenar la determinación de las prestaciones, medicamentos e
insumos médicos a subsidiar y la aplicación de los valores establecidos
en el nomenclador previamente aprobado por la superioridad para
establecer el monto máximo del beneficio a otorgar de acuerdo con las
normas vigentes en la materia.
Verificar la existencia y disponibilidad del crédito presupuestario
correspondiente dentro del Fondo Solidario de Redistribución o de la
fuente de financiamiento que la superioridad determine, e imputar en
forma preventiva, el gasto o la inversión proyectada.
Atender a los mandatarios de los Agentes del Sistema Nacional del
Seguro de Salud y, una vez acreditada su identidad y representación,
suministrarles la información que requieran sobre el estado del trámite
de la solicitud que hayan presentado, siempre que la misma esté
disponible y cuya comunicación permita u obligue a suministrar la
legislación vigente.
Recibir las presentaciones de rendiciones de cuentas de subsidios o
préstamos que presenten los mandatarios, datar e iniciar el expediente
por el que tramite y analizar, observar, evaluar y otorgar una
calificación a dichas rendiciones.
Participar de la elaboración de la propuesta del proyecto de plan
anual de inversiones y gastos a afectar al Fondo Solidario de
Redistribución, a ser elevada por la gerencia a la consideración de la
autoridad competente.
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD
GERENCIA OPERATIVA DE SUBSIDIOS POR REINTEGROS
SUBGERENCIA DE CONTROL DE GESTION
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Contribuir a mejorar la legitimidad, la eficiencia, la eficacia y la
transparencia de los procesos de adjudicación y otorgamiento de
subsidios por reintegros mediante procedimientos sistemáticos de
auditoría ex-ante la elevación de los expedientes.
ACCIONES:
Realizar, en forma sistemática y periódica, auditorías
administrativo contables, médico prestacionales y legales sobre una
selección aleatoria o muestreo de expedientes en trámite, realizadas de
manera sumaria una vez concluida la intervención de la SUBGERENCIA DE
RECEPCION, VERIFICACION Y VALORIZACION DE SOLICITUDES y en forma previa
a su elevación a la GERENCIA OPERATIVA DE SUBSIDIOS POR REINTEGROS.
Entender en el análisis de las solicitudes por vía de excepción y proponer el criterio a asumir en cada caso.
Participar de la elaboración y proponer a la superioridad proyectos
de normas, procedimientos y requisitos exigibles que regulen el
otorgamiento y el control de subsidios por reintegros que efectúe la
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD y que impliquen la utilización
de los recursos del Fondo Solidario de Redistribución.
Proponer y participar junto a otras áreas de la SUPERINTENDENCIA DE
SERVICIOS DE SALUD, en la realización de inspecciones y/o auditorías de
carácter médico prestacionales, administrativo contables, legales,
periódicas y/o extraordinarias a fin de verificar “in situ” el
cumplimiento de las condiciones para el otorgamiento de los beneficios
que otorgue la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD a los Agentes del
Sistema Nacional del Seguro de Salud y la correcta utilización por
parte de los mismos.
Administrar y actualizar el registro de Subsidios por Reintegros con
la asistencia del área informática de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS
DE SALUD en el diseño y el mantenimiento de la correspondiente base de
datos.
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD
GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asesorar y asistir a la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD en los
aspectos jurídicos de su gestión, ejercer la representación jurídica
del organismo y efectuar el control de legitimidad y legalidad de los
actos administrativos.
ACCIONES:
Realizar el control de legalidad y el análisis jurídico previo de
todos los actos administrativos emanados de la SUPERINTENDENCIA DE
SERVICIOS DE SALUD.
Prestar asesoramiento jurídico al titular del organismo y a las dependencias del organismo que así lo requieran.
Participar en la elaboración de los anteproyectos de leyes, decretos
y reglamentos que presente la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.
Organizar, supervisar y ejercer la representación y patrocinio
letrado en todos los juicios en los que la SUPERINTENDENCIA DE
SERVICIOS DE SALUD sea parte.
Administrar los registros de los Agentes del Sistema Nacional del
Seguro de Salud, de las Empresas de Medicina Prepaga, Cooperativas,
Mutuales, Asociaciones Civiles y Fundaciones del sistema de salud, de
los operadores y de los beneficiarios del Sistema.
Intervenir en los trámites de sanción de los Agentes del Sistema
Nacional del Seguro de Salud, Empresas de Medicina Prepaga,
Cooperativas, Mutuales, Asociaciones Civiles y Fundaciones del Sistema
de Salud.
Intervenir en los sumarios internos del personal del organismo.
Supervisar los dictámenes sobre la legalidad y sujeción a derecho de
las solicitudes de subsidios por reintegro presentadas y la elaboración
de los proyectos de los actos administrativos correspondientes.
Entender en la administración y mantenimiento del registro de obras sociales, entidades de medicina prepaga y prestadores.
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD
GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS
SUBGERENCIA DE ASESORIA LEGAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asistir al Gerente de Asuntos Jurídicos en el asesoramiento y asistencia jurídica a las autoridades del organismo.
ACCIONES:
Intervenir en el control de legalidad de los actos y decisiones del
organismo que sean sometidos a consulta de la GERENCIA DE ASUNTOS
JURIDICOS.
Coordinar las opiniones jurídicas de los profesionales del área de
modo de tender a unificar los criterios en los trámites y actuaciones
del organismo.
Llevar el Registro de Dictámenes y Providencias de la Gerencia.
Intervenir en la administración de los registros de los Agentes del
Sistema Nacional del Seguro de Salud, de las Empresas de Medicina
Prepaga, Cooperativas, Mutuales, Asociaciones Civiles y Fundaciones del
sistema de salud, de los operadores y de los beneficiarios del Sistema.
Administrar y mantener el registro de obras sociales, entidades de medicina prepaga y prestadores.
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD
GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS
SUBGERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Intervenir en la representación y patrocinio de los reclamos y trámites
contenciosos, así como en las acciones judiciales en las cuales el
organismo sea parte o tenga un interés legítimo para actuar.
ACCIONES:
Ejercer la representación, patrocinio jurídico y defensa judicial y administrativa del organismo en todo el país.
Intervenir en la defensa del organismo ante los Tribunales Judiciales y ante las autoridades públicas que lo requieran.
Recomendar a la GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS estrategias para la defensa judicial y administrativa del organismo.
Proponer a la GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS la conformación y
organización de los equipos de trabajo necesarios para el cumplimiento
de su cometido.
Disponer las medidas necesarias para la gestión, resguardo,
conservación y accesibilidad de la información vinculada al desempeño
de las tareas de la Subgerencia.
Establecer las pautas de trabajo a las que deberán ajustarse los
abogados de la Subgerencia, a los fines de unificar criterios y
metodologías.
Llevar el registro de los expedientes y los fallos judiciales en los asuntos en lo que la Superintendencia sea parte.
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD
GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS
SUBGERENCIA DE CONTROL DE LEGALIDAD DE SUBSIDIOS POR REINTEGROS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Analizar, evaluar, calificar y/o dictaminar sobre la legalidad y
sujeción a derecho de las solicitudes de subsidios por reintegro
presentadas. Elaborar y elevar para la consideración de la superioridad
los proyectos de actos administrativos de calificación y,
posteriormente, de aprobación o rechazo de las solicitudes de
otorgamiento de subsidios por reintegros y de aprobación, revocación o
rechazo de las rendiciones de cuentas que presenten los Agentes del
Sistema Nacional del Seguro de Salud.
ACCIONES:
Recibir los expedientes iniciados en la SUBGERENCIA DE RECEPCION,
VERIFICACION Y VALORIZACION DE SOLICITUDES y controlar la legalidad y
sujeción a derecho de las solicitudes de subsidios por reintegro
presentadas.
Elaborar los proyectos de los actos administrativos por los que se
califique y, posteriormente, se apruebe el otorgamiento de subsidios
por reintegros y proceder a su elevación a la autoridad competente para
su consideración.
Elaborar los proyectos de actos administrativos de aprobación,
rechazo o revocación, según corresponda, de las rendiciones de cuentas
y proceder a su elevación a la autoridad competente para su
consideración.
Evaluar y proponer la aplicación de las sanciones previstas en las
normas aprobadas por la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD en los
casos en que se detecten incumplimientos o irregularidades cometidas
por los Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud en las
solicitudes o en las rendiciones de cuentas de los subsidios por
reintegros recibidos.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.
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