por el cual se aprueba el Acuerdo 21 del 18 de mayo de 1993 que determina la estructura orgánica, establece las funciones de las dependencias y adopta los estatutos internos del Instituto Geográfico “Agustín Codazzi”

Rango Decreto
Publicación 1993-06-01
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 31
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Artículo 23. **División de Estudios Geográficos Básicos.** El objetivo de la División de Estudios Geográficos Básicos es realizar estudios e investigaciones sobre el desarrollo de la diversidad Geográfica del país, considerando su entorno rural y urbano y sus características físicas, económicas, humanas, sociales, culturales y sus interrelaciones.

Son funciones de la División de Estudios Geográficos Básicos:

Artículo 24. **División de Ordenamiento Territorial.**

El objetivo de la División de Ordenamiento Territorial es llevar a cabo, en coordinación con las demás entidades competentes del Estado, los estudios e investigaciones requeridos en los procesos de planificación y ordenamiento territorial, en concordancia con las normas y políticas existentes sobre la materia.

Son funciones de la División de Ordenamiento Territorial:

Artículo 25. **Dirección Regional.** El objetivo de la Dirección Regional es responder por la gestión integral del Instituto en el área de influencia de la Dirección Regional.

Son funciones de la Dirección Regional:

Artículo 26. **Dirección Seccional.** El objetivo de la Dirección Seccional es responder por la gestión integral del Instituto en el área de influencia de la Dirección Seccional.

Son funciones de la Dirección Seccional:

Artículo 27. **Oficina Delegada.** El objetivo de la Oficina Delegada es responder por la ejecución de los procesos catastrales a cargo del Instituto, en el área de influencia de la Oficina Delegada.

Son funciones de la Oficina Delegada:

Artículo 28. **Centro de Información Geográfica.** (Medellín). El objetivo del Centro de Información Geográfica es recopilar, almacenar, clasificar, divulgar y comercializar toda la información producida por el Instituto, así como los servicios que prestan las distintas dependencias del mismo.

Son funciones del Centro de Información Geográfica:

Artículo 29. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de publicación del decreto del Gobierno Nacional que lo apruebe y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Acuerdo número 59 de julio 3 de 1987.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a ...

La Presidente de la Junta,

(Fdo.) Graciela Palacios Meiresonne.

La Secretaria de la Junta,

(Fdo.) Gloria Maldonado Guerrero”.

Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial los Decretos 2205 de 1983 y 1280 de 1987.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 1° de junio de 1993.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Rudolf Hommes Rodríguez.

El Subdirector General del Departamento Administrativo de la Función Pública, encargado de las funciones del Despacho del Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Jorge Eliécer Sabas Bedoya.

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