por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Rango Decreto
Publicación 2008-12-16
Última actualización 2022-01-26
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 48
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Artículo 22.Subdirección Financiera. Son funciones de la Subdirección Financiera de la Dirección Administrativa, las siguientes:

Artículo 23.Subdirección de Gestión del Talento Humano. Son funciones de la Subdirección de Recursos Humanos de la Dirección Administrativa, las siguientes:

Artículo 24. Subdirección de Servicios y de Relación con el Ciudadano. Son funciones de la Subdirección de Servicios y de Relación con el Ciudadano de la Dirección Administrativa, las siguientes:

Artículo 25.Dirección de Tecnología. Son funciones de la Dirección de Tecnología las siguientes:

Artículo 26. Subdirección de Administración de Recursos Tecnológicos. Son funciones de la Subdirección de Administración de Recursos Tecnológicos de la Dirección de Tecnología las siguientes:

Artículo 27.Subdirección de Ingeniería de Software. Son funciones de la Subdirección de Ingeniería de Software de la Dirección General de Tecnología las siguientes:

Artículo 28. Dirección General del Presupuesto Público Nacional. Son funciones de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional las siguientes:

Artículo 29. Subdirección de Análisis y Consolidación Presupuestal. Son funciones de la Subdirección de Análisis y Consolidación Presupuestal de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional las siguientes:

Artículo 30.Subdirección de Infraestructura y Desarrollo Económico. Son funciones de la Subdirección de Infraestructura y Desarrollo Económico de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional las siguientes:

Artículo 31.Subdirección de Administración General del Estado. Son funciones de la Subdirección Administración General del Estado, de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional las siguientes:

Artículo 32.Subdirección de Desarrollo Social. Son funciones de la Subdirección de Desarrollo Social de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional en los sectores de la protección social, educación y de interior y justicia las siguientes:

Artículo 33.Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional. Son funciones de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional las siguientes:

En desarrollo de lo anterior, la Dirección, podrá realizar las siguientes operaciones financieras:

Compra y venta de títulos valores emitidos por la Nación, el Banco de la República, el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras y las entidades sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia; compras con pacto de retroventa con entidades públicas y con entidades financieras sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia; constitución de depósitos remunerados y de inversiones financieras en entidades sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia; préstamos transitorios a la Nación de los recursos y de los títulos valores de los fondos que administra la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional y operaciones de cubrimiento de riesgos.

Compra y venta de títulos valores emitidos por la Nación, así como de títulos valores emitidos por otros Gobiernos o Tesorerías, incluidas las compras con pacto de retroventa, compra de deuda de la Nación -Ministerio de Hacienda y Crédito Público - constitución de depósitos a término y compras de títulos emitidos por entidades bancarias y financieras, préstamos transitorios a la Nación de los recursos de los fondos que administre y, con estricta sujeción a las disposiciones cambiarias, realizar operaciones de cubrimiento, tales como opciones y futuros.

Artículo 34.Subdirección de Financiamiento Interno de la Nación. Son funciones de la Subdirección de Financiamiento Interno de la Nación de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional las siguientes:

Artículo 35.Subdirección de Financiamiento Externo de la Nación. Son funciones de la Subdirección de Financiamiento Externo de la Nación de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional las siguientes:

Artículo 36.Subdirección de Financiamiento con Organismos Multilaterales y Gobiernos. Son funciones de la Subdirección de Financiamiento con Organismos Multilaterales y Gobiernos de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional las siguientes:

Artículo 37.Subdirección de Tesorería. Son funciones de la Subdirección de Tesorería de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional las siguientes:

Artículo 38.Subdirección de Financiamiento de Otras Entidades, Seguimiento, Saneamiento y Cartera. Son funciones de la Subdirección de Financiamiento de Otras Entidades, Seguimiento, Saneamiento y Cartera de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional las siguientes:

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