por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Rango Decreto
Publicación 2008-12-16
Última actualización 2022-01-26
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 48
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Artículo 39.Subdirección de Banca de Inversión. Son funciones de la Subdirección de Banca de Inversión, de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional las siguientes:

Artículo 40.Subdirección de Riesgo. Son funciones de la Subdirección de Riesgo de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional las siguientes:

Artículo 41.Subdirección de Operaciones. Son funciones de la Subdirección de Operaciones de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional las siguientes:

Artículo 42.Subdirección de Relaciones con Inversionistas. Son funciones de la Subdirección de Relaciones con Inversionistas de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional las siguientes:

Artículo 43.Dirección General de Apoyo Fiscal. Son funciones de la Dirección General de Apoyo Fiscal las siguientes:

28A. Realizar las actividades de seguimiento y control integral de los recursos del Sis­tema General de Participaciones referidos al sector de agua potable y saneamiento básico.

Artículo 44.Subdirección de Apoyo al Saneamiento Fiscal territorial. Son funciones de la Subdirección de Apoyo al Saneamiento Fiscal Territorial de la Dirección General de Apoyo Fiscal las siguientes:

Artículo 45.Subdirección de Fortalecimiento Institucional Territorial. Son funciones de la Subdirección de Fortalecimiento Institucional Territorial de la Dirección General de Apoyo Fiscal las siguientes:

Artículo 46.Organos de Asesoría y Coordinación. La composición y las funciones del Consejo Macroeconómico, Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo, Comité de Conciliación, del Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno y de la Comisión de Personal se regirán por las disposiciones legales y reglamentarias sobre la materia.

Artículo 47.Consejo Superior de Política Fiscal, Confis. El Consejo Superior de Política Fiscal, Confis, es una unidad técnica y tiene las siguientes funciones:

Artículo 48.Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto 4646 de 2006.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 15 de diciembre de 2008.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Oscar Iván Zuluaga Escobar.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Elizabeth Rodríguez Taylor.

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