Historial de reformas

por la cual se expide el Estatuto Orgánico de la Fiscalía General de la Nación

7 versiones · 2004-12-31
2014-01-08
LEY 938 DE 2004 — arts. 1, 2, 3 y 59 más
2008-09-10
LEY 938 DE 2004 — arts. 56, 60, 62 y 3 más
2008-01-17
LEY 938 DE 2004 — arts. 78, 4
2006-05-19
LEY 938 DE 2004 — arts. 17, 24, 32
2006-05-18
LEY 938 DE 2004 — art. 31

Cambios del 2006-05-18

@@ -560,47 +560,7 @@
**De la Dirección Nacional Administrativa y Financiera**
##### **Artículo 31.** La Dirección Nacional Administrativa y Financiera tiene las siguientes funciones:
- 1. Asesorar al Fiscal General de la Nación en la formulación de las políticas para la administración de los recursos físicos y financieros y administrar tales recursos.
- 2. Elaborar, en coordinación con la Oficina de Planeación, el presupuesto general de la Fiscalía General de la Nación, dirigir su ejecución y efectuar su seguimiento y control.
- 3. Dirigir y controlar los procesos administrativos y financieros de la entidad, en todos los niveles.
- 4. Reconocer y ordenar gastos y pagos, conforme a la delegación que para tal efecto, le confiera el Fiscal General de la Nación.
- 5. Ejecutar las actividades inherentes al sistema de gestión documental en la entidad.
- 6. Elaborar el plan de compras de la Fiscalía General de la Nación y velar por su adecuado cumplimiento.
- 7. Dirigir y controlar las actividades y procesos relativos a la contratación administrativa de la entidad, del nivel central y del nivel seccional que sean de su competencia.
- 8. Elaborar y orientar el plan de inversiones en infraestructura física.
- 9. Orientar y controlar la administración de las sedes de la Fiscalía General.
- 10. Responder por la organización operativa y el control de las actividades relacionadas con la administración de los bienes patrimoniales y de aquellos bienes puestos a disposición de la entidad y garantizar su conservación.
- 11. Establecer las directrices aplicables a la recolección, registro y análisis de la información administrativa y financiera de la entidad.
- 12. Consolidar la información administrativa y financiera para elaborar estudios e informes requeridos por la entidad y organismos externos.
- 13. Formular y elaborar los proyectos y programas en el ámbito de su competencia, con asesoría de la Oficina de Planeación.
- 14. Elaborar los planes operativos anuales, de acuerdo con la metodología diseñada por la Oficina de Planeación y hacer seguimiento a la gestión.
- 15. Coordinar con la Dirección Nacional de Fiscalías, la Dirección Nacional del Cuerpo Técnico de Investigación y la Secretaría General las acciones tendientes al desarrollo eficaz de la función de investigación de la Fiscalía General de la Nación.
- 16. Participar, en coordinación con las demás Direcciones Nacionales y la Secretaría General, en la elaboración del plan integral de capacitación de la Fiscalía General de la Nación.
- 17. Dirigir y controlar el funcionamiento de las dependencias que conforman la Dirección Nacional Administrativa y Financiera.
- 18. Realizar el seguimiento a la gestión de las Direcciones Seccionales en lo de su competencia, y tomar las medidas necesarias para su efectivo funcionamiento.
- 19. Resolver los recursos de apelación interpuestos en contra de los actos administrativos suscritos por los Directores Seccionales Administrativos y Financieros, excepto los relativos a temas de personal.
- 20. Las demás funciones que le sean asignadas por el Fiscal General de la Nación y que guarden relación con la naturaleza de la dependencia.
##### **Artículo 31°. Derogado.**
## **TITULO III**
2004-12-31
LEY 938 DE 2004 — arts. 33, 34, 35 y 15 más
2004-12-30
LEY 938 DE 2004
versión original Texto en esta fecha