Historial de reformas

Real Decreto de 22 de agosto de 1885 por el que se publica el Código de Comercio

24 versiones · 1885-10-16
2023-05-09
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2002-07-12
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Cambios del 2002-07-12

@@ -600,7 +600,11 @@
###### Art. 54.
Los contratos que se celebren por correspondencia quedarán perfeccionados desde que se conteste aceptando la propuesta o las condiciones con que ésta fuere modificada.
Hallándose en lugares distintos el que hizo la oferta y el que la aceptó, hay consentimiento desde que el oferente conoce la aceptación o desde que, habiéndosela remitido el aceptante, no pueda ignorarla sin faltar a la buena fe. El contrato, en tal caso, se presume celebrado en el lugar en que se hizo la oferta.
En los contratos celebrados mediante dispositivos automáticos hay consentimiento desde que se manifiesta la aceptación.
> <small>Se modifica por la disposición adicional 4.2 de la Ley 34/2002, de 11 de julio. [Ref. BOE-A-2002-13758](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2002-13758).</small>
###### Art. 55.
2001-12-31
Real Decreto de 22 de agosto de 1885 por el que se publica el Código de
1996-11-01
Real Decreto de 22 de agosto de 1885 por el que se publica el Código
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