Historial de reformas
Ley 6/1994, de 19 de mayo, de Sanidad Animal de Castilla y León
6 versiones
· 1994-06-18
2024-06-24
Ley 6/1994, de 19 de mayo, de Sanidad Animal de Castilla y León — arts.
2017-07-06
Ley 6/1994, de 19 de mayo, de Sanidad Animal de Castilla y León — arts.
2014-09-19
Ley 6/1994, de 19 de mayo, de Sanidad Animal de Castilla y León — art.
Cambios del 2014-09-19
@@ -62,11 +62,15 @@
Corresponde a la Consejería de Agricultura y Ganadería el ejercicio de las funciones derivadas de la presente Ley, así como de cualquier otra disposición en materia de sanidad animal.
###### Artículo 4. Comisión Asesora Regional de Sanidad Animal.
1. Se creará la Comisión Asesora Regional de Sanidad Animal.
2. La composición y funciones de esta Comisión Asesora Regional de Sanidad Animal se determinará reglamentariamente.
###### Artículo 4. Órgano colegiado de carácter asesor en materia de sanidad animal.
1. En la Administración de la Comunidad de Castilla y León existirá un órgano colegiado de carácter asesor en materia de sanidad animal, adscrito a la consejería competente en esta materia.
2. Su composición, organización y funcionamiento se regularán reglamentariamente.
3. Ejercerá las funciones y competencias que se le atribuyan legal o reglamentariamente, así como las que se le encomienden o deleguen.
> <small>Se modifica por el art. 32 de la Ley 5/2014, de 11 de septiembre. [Ref. BOE-A-2014-9959](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2014-9959)</small>
## TÍTULO II. Explotaciones ganaderas: Documentos y requisitos
2009-12-26
Ley 6/1994, de 19 de mayo, de Sanidad Animal de Castilla y León — arts.
2001-12-31
Ley 6/1994, de 19 de mayo, de Sanidad Animal de Castilla y León — art.
1994-05-27
Ley 6/1994, de 19 de mayo, de Sanidad Animal de Castilla y León — ve
versión original
Texto en esta fecha