Resolución de 26 de marzo de 2013, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se aprueba el Plan de Contabilidad de pequeñas y medianas entidades sin fines lucrativos
Cuando la entidad tenga deudas con proveedores con vencimiento superior a un año, se creará el epígrafe B.VI en el pasivo no corriente, con la denominación «Acreedores no corrientes».
Los débitos con beneficiarios con vencimiento superior a un año, se presentarán en el epígrafe B.VI del pasivo, a que se ha hecho referencia en el apartado anterior, con el adecuado desglose.
Si existieran operaciones vinculadas, el epígrafe B.II «Usuarios y otros deudores de la actividad propia» del activo, se desglosará en «Entidades del grupo», «Entidades asociadas» y «Otros».
Si existieran operaciones vinculadas, el epígrafe C.IV «Beneficiarios-Acreedores» del pasivo se desglosará en «Entidades del grupo», «Entidades asociadas» y «Otros».
Si la entidad tiene ingresos fiscales a distribuir en varios ejercicios, o realiza una operación que por aplicación de los criterios contenidos en el Plan de Contabilidad de Entidades sin fines lucrativos, conlleva otros ingresos o gastos imputados directamente en el patrimonio neto, creará una subagrupación especifica «Ajustes en patrimonio neto», dentro de la agrupación «Patrimonio neto».
Las subvenciones, donaciones y legados no reintegrables otorgados por terceros, asociados, fundadores o patronos, que estén pendientes de imputar a resultados, formarán parte del patrimonio neto de la entidad, registrándose en la subagrupación A-2 «Subvenciones, donaciones y legados recibidos». Por su parte, las subvenciones, donaciones y legados no reintegrables otorgados por terceros, asociados, fundadores o patronos a título de dotación fundacional o fondo social formarán parte del patrimonio neto, dentro de los fondos propios, registrándose en el epígrafe A-1 «Fondos propios».
6.ª Cuenta de resultados.
La cuenta de resultados recoge las variaciones originadas en el patrimonio neto a lo largo del ejercicio, por los siguientes conceptos:
El excedente del ejercicio.
El importe de los ingresos o gastos reconocidos directamente en el patrimonio neto, según lo requerido por las normas de registro y valoración.
Las transferencias o reclasificaciones realizadas al excedente del ejercicio, según lo requerido por las normas de registro y valoración.
Los ajustes debidos a cambios en criterios contables y correcciones de errores.
Variaciones en la dotación fundacional o fondo social.
Las restantes variaciones que se produzcan en el patrimonio neto.
Este documento se formulará aplicando las reglas que se indican a continuación para cada uno de los citados conceptos.
Excedente del ejercicio.
Recoge la parte del resultado del período, formado por los ingresos y los gastos del mismo, excepto cuando proceda su imputación directa al patrimonio neto de acuerdo con lo previsto en las normas de registro y valoración.
Se formulará teniendo en cuenta que:
Los ingresos y gastos se clasificarán de acuerdo con su naturaleza.
El importe correspondiente a las ventas, prestaciones de servicios y otros ingresos de la actividad se reflejará en la cuenta de resultados por su importe neto de devoluciones y descuentos.
Los importes correspondientes a actividades realizadas por otras entidades en el proceso productivo se mostrarán en la partida 6. «Aprovisionamientos».
Las subvenciones, donaciones y legados recibidos que financien activos o gastos afectos al cumplimiento de los fines de la entidad, se reflejarán en la partida 1.d) «Subvenciones, donaciones y legados imputados al excedente del ejercicio» de la cuenta de resultados, mientras que las subvenciones, donaciones y legados que financien activos del inmovilizado material o intangible, se imputarán a resultados, de acuerdo con la norma de registro y valoración, a través de la partida 11. «Subvenciones, donaciones y legados de capital traspasados al excedente del ejercicio». Las subvenciones, donaciones y legados concedidos para cancelar deudas que se otorguen sin una finalidad específica, se imputarán igualmente a la partida 11.
Si se financiase un gasto o un activo de naturaleza financiera, el ingreso correspondiente se incluirá en el excedente de las operaciones financieras incorporándose, en caso de que sea significativo, la correspondiente partida con la denominación «Imputación de subvenciones, donaciones y legados de carácter financiero».
Si la entidad realiza actividades mercantiles y recibe subvenciones, donaciones o legados relacionados con dichas actividades aplicará los siguientes criterios:
i. Las que se incorporen al ciclo normal de explotación se mostrarán en la partida 7. «Otros ingresos de la actividad». A tal efecto en la citada partida se incluirá el siguiente desglose: a) Ingresos accesorios y otros de gestión corriente y b) Subvenciones, donaciones y legados de explotación afectos a la actividad mercantil.
ii. Las que financien activos del inmovilizado intangible, material o inversiones inmobiliarias se mostrarán en la partida 11. «Subvenciones, donaciones y legados de capital traspasados al excedente del ejercicio». A tal efecto en la citada partida se incluirá el correspondiente desglose diferenciando entre los «afectos a la actividad propia» y los «afectos a la actividad mercantil».
iii. Si se financiase un gasto o un activo de naturaleza financiera, se aplicará el criterio indicado en relación con la actividad propia. A tal efecto, en la partida «Imputación de subvenciones, donaciones y legados de carácter financiero», se incluirá el siguiente desglose: «afectos a la actividad propia» y «afectos a la actividad mercantil».
La partida 12. «Excesos de provisiones» recoge las reversiones de provisiones en el ejercicio, con la excepción de las correspondientes al personal que se reflejan en la partida 8. «Gastos de personal» y las derivadas de operaciones comerciales que se reflejan en la partida 9. «Otros gastos de la actividad».
En caso de que la entidad presente ingresos o gastos de carácter excepcional y cuantía significativa, como por ejemplo los producidos por inundaciones, incendios, multas o sanciones, se creará una partida con la denominación «Otros resultados», formando parte del excedente de la actividad e informará de ello detalladamente en la memoria.
Ingresos y gastos reconocidos directamente en el patrimonio neto y reclasificaciones al excedente del ejercicio.
Los importes relativos a los ingresos y gastos imputados directamente al patrimonio neto y las reclasificaciones a la cuenta de resultados se registrarán por su importe bruto, mostrándose en una partida separada su correspondiente efecto impositivo.
Ajustes debidos a cambios en criterios contables y correcciones de errores.
Cuando se advierta un error en el ejercicio a que se refieren las cuentas anuales que corresponda a un ejercicio anterior al comparativo, se informará en la memoria, e incluirá el correspondiente ajuste en la cuenta de resultados, de forma que el patrimonio inicial de dicho ejercicio comparativo será objeto de modificación en aras de recoger la rectificación del error. En el supuesto de que el error corresponda al ejercicio comparativo se deberá reexpresar la cuenta de resultados del ejercicio anterior.
Las mismas reglas se aplicarán respecto a los cambios de criterio contable.
Variaciones en la dotación fundacional o fondo social.
Se recogerán las aportaciones de fundadores, asociados y terceros a la dotación fundacional o fondo social, así como las variaciones que pudieran originarse en estos conceptos por la reclasificación de otras partidas del patrimonio neto u otras operaciones que les afecten.
7.ª Memoria.
La memoria completa, amplía y comenta la información contenida en los otros documentos que integran las cuentas anuales. Se formulará teniendo en cuenta que:
El modelo de la memoria recoge la información mínima a cumplimentar; no obstante, en aquellos casos en que la información que se solicita no sea significativa no se cumplimentarán los apartados correspondientes.
Aquellas entidades que realicen conjuntamente actividades sin fines de lucro (con independencia de que la prestación o servicio se otorgue de forma gratuita o mediante contraprestación) con actividades lucrativas de carácter mercantil, deberán diferenciar dentro del inmovilizado, las existencias, así como en los gastos e ingresos de explotación, los afectos a actividades propias y los que están afectos a actividades mercantiles determinando el resultado de explotación que corresponde a cada una de estas actividades, para lo que se creará un apartado específico con la siguiente denominación: «Elementos patrimoniales afectos a la actividad mercantil».
Deberá indicarse cualquier otra información no incluida en el modelo de la memoria que sea necesaria para permitir el conocimiento de la situación y actividades de la entidad en el ejercicio, facilitando la comprensión de las cuentas anuales objeto de presentación, con el fin de que las mismas reflejen la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la entidad; en particular, se incluirán datos cualitativos correspondientes a la situación del ejercicio anterior cuando ello sea significativo. Adicionalmente, en la memoria se incorporará cualquier información que otra normativa exija incluir en este documento de las cuentas anuales.
En este sentido, en las entidades sin fines lucrativos, con carácter general, es conveniente distinguir las siguientes categorías de activos:
– Activos con restricciones permanentes (limitaciones en cuanto al destino o a la inversión obligatoria de los activos).
– Activos con restricciones temporales (presentes y futuras).
– Activos sin restricción de uso.
La información cuantitativa requerida en la memoria deberá referirse al ejercicio al que corresponden las cuentas anuales, así como al ejercicio anterior del que se ofrece información comparativa, salvo que específicamente una norma contable indique lo contrario.
Lo establecido en la memoria en relación con las entidades asociadas deberá entenderse también referido a las entidades multigrupo.
Lo establecido en la nota 4 de la memoria se deberá adaptar para su presentación, en todo caso, de modo sintético y conforme a la exigencia de claridad.
8.ª Cifra anual de negocios.
El importe neto de la cifra anual de negocios se determinará deduciendo del importe de las ventas de los productos y de las prestaciones de servicios u otros ingresos correspondientes a las actividades lucrativas de carácter mercantil de la entidad, el importe de cualquier descuento (bonificaciones y demás reducciones sobre las ventas) y el del impuesto sobre el valor añadido y otros impuestos directamente relacionados con las mismas, que deban ser objeto de repercusión.
9.ª Número medio de trabajadores.
Para la determinación del número medio de trabajadores se considerarán todas aquellas personas que tengan o hayan tenido alguna relación laboral con la entidad durante el ejercicio, promediadas según el tiempo durante el cual hayan prestado sus servicios.
10.ª Entidades del grupo, multigrupo y asociadas.
A efectos de la presentación de las cuentas anuales de una entidad sin fines lucrativos se entenderá que otra entidad forma parte del grupo cuando ambas estén vinculadas por una relación de control, directa o indirecta, análoga a la prevista en el artículo 42 del Código de Comercio para los grupos de sociedades o cuando las entidades estén controladas por cualquier medio por una o varias personas físicas o jurídicas, que actúen conjuntamente o se hallen bajo dirección única por acuerdos o cláusulas estatutarias.
En particular, se presumirá que dos entidades no lucrativas tienen la calificación de entidades del grupo a los exclusivos efectos de cumplir con el deber de informar en sus respectivas cuentas anuales individuales, en los términos requeridos por este Plan, cuando en ambas entidades coincidan la mayoría de las personas que componen sus respectivos órganos de gobierno.
Se entenderá que una entidad es asociada cuando, sin que se trate de una entidad del grupo, en el sentido señalado anteriormente, la entidad o alguna o algunas de las entidades del grupo en caso de existir éste, incluidas las entidades o personas físicas dominantes, ejerzan sobre tal entidad una influencia significativa por tener una participación en ella que, creando con ésta una vinculación duradera, esté destinada a contribuir a su actividad.
En este sentido, se entiende que existe influencia significativa en la gestión de otra entidad, cuando se cumplan los dos requisitos siguientes:
La entidad o una o varias entidades del grupo, incluidas las entidades o personas físicas dominantes, participan en la entidad, y
Se tenga el poder de intervenir en las decisiones de política financiera y de explotación de la participada, sin llegar a tener el control.
Asimismo, la existencia de influencia significativa se podrá evidenciar a través de cualquiera de las siguientes vías:
Representación en el órgano de gobierno de la entidad participada;
Participación en los procesos de fijación de políticas;
Transacciones de importancia relativa con la participada;
Intercambio de personal directivo; o
Suministro de información técnica esencial.
Se presumirá, salvo prueba en contrario, que existe influencia significativa cuando la entidad o una o varias entidades del grupo incluidas las entidades o personas físicas dominantes, posean, al menos, el 20 por 100 de los derechos de voto de otra entidad.
Se entenderá por entidad multigrupo aquella que esté gestionada conjuntamente por la entidad o alguna o algunas de las entidades del grupo en caso de existir éste, incluidas las entidades o personas físicas dominantes, y uno o varios terceros ajenos al grupo de entidades.
11.ª Estados financieros intermedios.
Los estados financieros intermedios se presentarán con la forma y los criterios establecidos para las cuentas anuales.
12.ª Partes vinculadas.
Una parte se considera vinculada a otra cuando una de ellas o un conjunto que actúa en concierto, ejerce o tiene la posibilidad de ejercer directa o indirectamente o en virtud de pactos o acuerdos entre fundadores, miembros del órgano de gobierno o asociados, el control sobre otra o una influencia significativa en la toma de decisiones financieras y de explotación de la otra.
En cualquier caso se considerarán partes vinculadas:
Las entidades que tengan la consideración de entidad del grupo, asociada o multigrupo, en el sentido indicado en la anterior norma décima de elaboración de las cuentas anuales.
No obstante, una entidad estará exenta de incluir la información recogida en el apartado de la memoria relativo a las operaciones con partes vinculadas, cuando la primera esté controlada o influida de forma significativa por una Administración Pública estatal, autonómica o local y la otra entidad también esté controlada o influida de forma significativa por la misma Administración Pública, siempre que no existan indicios de una influencia entre ambas. Se entenderá que existe dicha influencia, entre otros casos, cuando las operaciones no se realicen en condiciones normales de mercado (salvo que dichas condiciones vengan impuestas por una regulación específica).
Las personas físicas o jurídicas que tuvieran la condición de fundadores, miembros del órgano de gobierno, asociados o que, en su caso, posean directa o indirectamente alguna participación en los derechos de voto de la entidad, o en la entidad dominante de la misma, siempre que dicha condición o participación en los derechos de voto les permita ejercer sobre una u otra una influencia significativa. Quedan también incluidos los familiares próximos de las citadas personas físicas.
El personal clave de la entidad o de su dominante, entendiendo por tal las personas físicas con autoridad y responsabilidad sobre la planificación, dirección y control de las actividades de la entidad, ya sea directa o indirectamente, entre las que se incluyen los fundadores y asociados. Quedan también incluidos los familiares próximos de las citadas personas físicas.
Las entidades sobre las que cualquiera de las personas mencionadas en las letras b) y c) pueda ejercer una influencia significativa.
Las entidades que compartan algún fundador, asociado o miembro del órgano de gobierno o directivo con la entidad, salvo que éste no ejerza una influencia significativa en las políticas financiera y de explotación de ambas.
Las personas que tengan la consideración de familiares próximos del representante del administrador de la entidad, cuando el mismo sea persona jurídica.
A los efectos de esta norma, se entenderá por familiares próximos a aquellos que podrían ejercer influencia en, o ser influidos por, esa persona en sus decisiones relacionadas con la entidad. Entre ellos se incluirán:
El cónyuge o persona con análoga relación de afectividad;
Los ascendientes, descendientes y hermanos y los respectivos cónyuges o personas con análoga relación de afectividad;
Los ascendientes, descendientes y hermanos del cónyuge o persona con análoga relación de afectividad; y
Las personas a su cargo o a cargo del cónyuge o persona con análoga relación de afectividad.
MODELOS DE CUENTAS ANUALES DE PEQUEÑAS Y MEDIANAS ENTIDADES SIN FINES LUCRATIVOS
Balance
Balance de PYMESFL al cierre del ejercicio 200x
| N.º CUENTAS | ACTIVO | NOTAS DE LA MEMORIA | 200X | 200X-1 |
|---|---|---|---|---|
| A) ACTIVO NO CORRIENTE | ||||
| 20, (280), (2830), (290) | I. Inmovilizado intangible | |||
| 24, (299) | II. Bienes del Patrimonio Histórico | |||
| 21, (281), (2831), (291), 23 | III. Inmovilizado material | |||
| 22, (282), (2832), (292) | IV. Inversiones inmobiliarias | |||
| 2503, 2504, 2513, 2514, 2523, 2524, (2593), (2594), (2933), (2934), (2943), (2944),(2953),(2954) | V. Inversiones en entidades del grupo y asociadas a largo plazo | |||
| 2505, 2515, 2525, (2595), 260, 261, 262, 263, 264, 265, 268, (269), 27, (2935), (2945),(2955),(296) (297), (298) | VI. Inversiones financieras a largo plazo | |||
| 474 | VII. Activos por impuesto diferido (??) | |||
| B) ACTIVO CORRIENTE | ||||
| 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, (39), 407 | I. Existencias | |||
| 447, 448, (495) | II. Usuarios y otros deudores de la actividad propia | |||
| 430, 431, 432, 433, 434, 435, 436, (437), (490), (493), 440, 441, 446, 449,460, 464, 470, 471, 472, 544, 558 | III. Deudores comerciales y otras cuentas a cobrar | |||
| 5303, 5304, 5313, 5314, 5323, 5324, 5333, 5334, 5343, 5344, 5353, 5354, (5393), (5394), 5523, 5524, (5933), (5934),(5943),(5944), (5953), (5954) | IV. Inversiones en entidades del grupo y asociadas a corto plazo | |||
| 5305, 5315, 5325, 5335, 5345, 5355, (5395), 540, 541, 542, 543, 545, 546, 547, 548, (549), 551, 5525, 5590, 565, 566, (5935),(5945), (5955), (596),(597), (598) | V. Inversiones financieras a corto plazo | |||
| 480, 567 | VI. Periodificaciones a corto plazo | |||
| 57 | VII. Efectivo y otros activos líquidos equivalentes | |||
| TOTAL ACTIVO (A + B) | ||||
| N.º CUENTAS | PATRIMONIO NETO Y PASIVO | NOTAS DE LA MEMORIA | 200X | 200X-1 |
| --- | --- | --- | --- | --- |
| A) PATRIMONIO NETO | ||||
| A-1) Fondos propios | ||||
| I. Dotación fundacional/Fondo social | ||||
| 100, 101 | 1. Dotación fundacional/Fondo social | |||
| (103), (104) | 2. (Dotación fundacional no exigida/Fondo social no exigido) | |||
| 11 | II. Reservas | |||
| 120, (121) | III. Excedentes de ejercicios anteriores | |||
| 129 | IV. Excedente del ejercicio | |||
| 130, 131, 132 | A-2) Subvenciones, donaciones y legados recibidos | |||
| B) PASIVO NO CORRIENTE | ||||
| 14 | I. Provisiones a largo plazo | |||
| II. Deudas a largo plazo | ||||
| 1605, 170 | 1. Deudas con entidades de crédito | |||
| 1625, 174 | 2. Acreedores por arrendamiento financiero | |||
| 1615, 1635, 171, 172, 173, 175, 176, 177, 179, 180, 185 | 3. Otras deudas a largo plazo | |||
| 1603, 1604, 1613, 1614, 1623, 1624, 1633, 1634 | III. Deudas con entidades del grupo y asociadas a largo plazo | |||
| 479 | IV. Pasivos por impuesto diferido (??) | |||
| 181 | V. Periodificaciones a largo plazo | |||
| C) PASIVO CORRIENTE | ||||
| 499, 529 | I. Provisiones a corto plazo | |||
| II. Deudas a corto plazo | ||||
| 5105, 520, 527 | 1. Deudas con entidades de crédito | |||
| 5125, 524 | 2. Acreedores por arrendamiento financiero | |||
| 50, 5115, 5135, 5145, 521, 522, 523, 525, 528, 551, 5525, 555, 5565, 5566, 5595, 560, 561 | 3. Otras deudas a corto plazo | |||
| 5103, 5104, 5113, 5114, 5123, 5124, 5133, 5134, 5143, 5144, 5523, 5524, 5563, 5564 | III. Deudas con entidades del grupo y asociadas a corto plazo | |||
| 412 | IV. Beneficiarios–Acreedores | |||
| V. Acreedores comerciales y otras cuentas a pagar | ||||
| 400, 401, 403, 404, 405, (406) | 1. Proveedores | |||
| 410, 411, 419, 438, 465, 475, 476, 477 | 2. Otros acreedores | |||
| 485, 568 | VI. Periodificaciones a corto plazo | |||
| TOTAL PATRIMONIO NETO Y PASIVO (A + B + C) |
Las entidades que opten por aplicar los criterios aprobados para las microentidades, no recogerán las partidas señaladas con el signo (??).
Cuenta de Resultados
Cuenta de resultados de PYMESFL correspondiente al ejercicio terminado el ? de 200X
| N.º CUENTAS | NOTA | 200X | 200X-1 | |
|---|---|---|---|---|
| N.º CUENTAS | NOTA | (Debe) Haber | (Debe) Haber | |
| A) Excedente del ejercicio | ||||
| 1. Ingresos de la actividad propia | ||||
| 720 | a) Cuotas de asociados y afiliados | |||
| 721 | b) Aportaciones de usuarios | |||
| 722, 723 | c) Ingresos de promociones, patrocinadores y colaboraciones | |||
| 740, 747, 748 | d) Subvenciones, donaciones y legados imputados al excedente del ejercicio | |||
| 728 | e) Reintegro de ayudas y asignaciones | |||
| 700, 701, 702, 703, 704, 705, (706), (708), (709) | 2. Ventas y otros ingresos de la actividad mercantil | |||
| 3. Gastos por ayudas y otros | ||||
| (650) | a) Ayudas monetarias | |||
| (651) | b) Ayudas no monetarias | |||
| (653), (654) | c) Gastos por colaboraciones y del órgano de gobierno | |||
| (658) | d) Reintegro de subvenciones, donaciones y legados | |||
| (6930), 71*, 7930 | 4. Variación de existencias de productos terminados y en curso de fabricación | |||
| 73 | 5. Trabajos realizados por la entidad para su activo | |||
| (600), (601), (602), 606, (607), 608, 609, 61*, (6931), (6932), (6933), 7931, 7932, 7933 | 6. Aprovisionamientos | |||
| 75 | 7. Otros ingresos de la actividad | |||
| (64) | 8. Gastos de personal | |||
| (62), (631), (634), 636, 639, (655), (656),(659),(694), (695), 794, 7954 | 9. Otros gastos de la actividad | |||
| (68) | 10. Amortización del inmovilizado | |||
| 745, 746 | 11. Subvenciones, donaciones y legados de capital traspasados al excedente del ejercicio | |||
| 7951, 7952, 7955 | 12. Exceso de provisiones | |||
| (670), (671),(672),(690), (691), (692), 770, 771, 772, 790, 791, 792 | 13. Deterioro y resultado por enajenaciones del inmovilizado | |||
| A.1) EXCEDENTE DE LA ACTIVIDAD (1+2+3+4+5+6+7+8+9+10+11+12+13) | ||||
| 760, 761, 762, 769 | 14. Ingresos financieros | |||
| (660), (661), (662), (665), (669) | 15. Gastos financieros | |||
| (663), 763 | 16. Variación de valor razonable en instrumentos financieros | |||
| (668), 768 | 17. Diferencias de cambio | |||
| (666), (667), (673), (675), (696), (697), (698), (699), 766, 773, 775, 796, 797, 798, 799 | 18. Deterioro y resultado por enajenaciones de instrumentos financieros | |||
| A.2) EXCEDENTE DE LAS OPERACIONES FINANCIERAS (14+15+16+17+18) | ||||
| A.3) EXCEDENTE ANTES DE IMPUESTOS (A.1+A.2) | ||||
| (6300), 6301, (633), 638 | 19. Impuestos sobre beneficios | |||
| A.4) Variación de patrimonio neto reconocida en el excedente del ejercicio (A.3 + 19) | ||||
| B) Ingresos y gastos imputados directamente al patrimonio neto.** | ||||
| 1. Subvenciones recibidas. | ||||
| 2. Donaciones y legados recibidos. | ||||
| 3. Otros ingresos y gastos. | ||||
| 4. Efecto impositivo. | ||||
| B.1) Variación de patrimonio neto por ingresos y gastos reconocidos directamente en el patrimonio neto (1+2+3+4) | ||||
| C) Reclasificaciones al excedente del ejercicio. | ||||
| 1. Subvenciones recibidas. | ||||
| 2. Donaciones y legados recibidos. | ||||
| 3. Otros ingresos y gastos. | ||||
| 4. Efecto impositivo. | ||||
| C.1) Variación de patrimonio neto por reclasificaciones al excedente del ejercicio (1+2+3+4) | ||||
| D) Variaciones de patrimonio neto por ingresos y gastos imputados directamente al patrimonio neto (B.1 + C.1) | ||||
| E) Ajustes por cambios de criterio | ||||
| F) Ajustes por errores | ||||
| G) Variaciones en la dotación fundacional o fondo social | ||||
| H) Otras variaciones | ||||
| I) RESULTADO TOTAL, VARIACI–N DEL PATRIMONIO NETO EN EL EJERCICIO (A.4+D+E+F+G+H) |
- Su signo puede ser positivo o negativo.
Memoria
Contenido de la memoria de PYMESFL
1. Actividad de la entidad
Sin perjuicio de la información que debe incluirse en la nota 15, se describirán de forma sucinta los fines de la entidad recogidos en sus estatutos y la actividad o actividades realizadas en el ejercicio, así como el domicilio y forma legal de la entidad, y el lugar donde desarrolle las actividades si fuese diferente a la sede social.
Cuando la entidad sea la de mayor activo del conjunto de entidades del grupo, en los términos previstos en la norma de elaboración de las cuentas anuales 10.ª Entidades del grupo, multigrupo y asociadas de esta tercera parte, se informará de las entidades más significativas que lo integran, describiendo sus actividades e indicando el volumen agregado de activos, pasivos, ingresos y gastos de las mismas.
Se entiende por entidad de mayor activo aquella que en el momento de su incorporación al grupo, presente una cifra mayor en el total activo del modelo del balance.
Cuando la entidad no sea la de mayor activo del conjunto de entidades del grupo en los términos señalados en el punto anterior, indicará el Registro donde estén depositadas las cuentas anuales de la entidad que contiene la información exigida en el punto anterior.
2. Bases de presentación de las cuentas anuales
Imagen fiel:
La entidad deberá hacer una declaración explícita de que las cuentas anuales reflejan la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la entidad, así como en el caso de confeccionar el estado de flujos de efectivo, la veracidad de los flujos incorporados.
Razones excepcionales por las que, para mostrar la imagen fiel, no se han aplicado disposiciones legales en materia contable con indicación de la disposición legal no aplicada, e influencia cualitativa y cuantitativa para cada ejercicio para el que se presenta información de tal proceder sobre el patrimonio, la situación financiera y los resultados de la entidad.
Informaciones complementarias, indicando su ubicación en la memoria, que resulte necesario incluir cuando la aplicación de las disposiciones legales no sea suficiente para mostrar la imagen fiel.
Principios contables no obligatorios aplicados.
Aspectos críticos de la valoración y estimación de la incertidumbre.
Se indicará la naturaleza y el importe de cualquier cambio en una estimación contable que sea significativo y que afecte al ejercicio actual o que se espera que pueda afectar a los ejercicios futuros. Cuando sea impracticable realizar una estimación del efecto en ejercicios futuros, se revelará este hecho.
Cuando la dirección sea consciente de la existencia de incertidumbres importantes, relativas a eventos o condiciones que puedan aportar dudas significativas sobre la posibilidad de que la entidad siga funcionando normalmente, procederá a revelarlas en este apartado. En el caso de que las cuentas anuales no se elaboren bajo el principio de entidad en funcionamiento, tal hecho será objeto de revelación explícita, junto con las hipótesis alternativas sobre las que hayan sido elaboradas, así como las razones por las que la entidad no pueda ser considerada como una entidad en funcionamiento.
Comparación de la información.
Sin perjuicio de lo indicado en los apartados siguientes respecto a los cambios en criterios contables y corrección de errores, en este apartado se incorporará la siguiente información:
Razones excepcionales que justifican la modificación de la estructura del balance, de la cuenta de resultados y, en caso de confeccionarse, del estado de flujos de efectivo del ejercicio anterior.
Explicación de las causas que impiden la comparación de las cuentas anuales del ejercicio con las del precedente.
Explicación de la adaptación de los importes del ejercicio precedente para facilitar la comparación y, en caso contrario, las razones excepcionales que han hecho impracticable la reexpresión de las cifras comparativas.
Elementos recogidos en varias partidas.
Identificación de los elementos patrimoniales, con su importe, que estén registrados en dos o más partidas del balance, con indicación de éstas y del importe incluido en cada una de ellas.
Cambios en criterios contables.
Explicación detallada de los ajustes por cambios en criterios contables realizados en el ejercicio, señalándose las razones por las cuales el cambio permite una información más fiable y relevante.
Si la aplicación retroactiva fuera impracticable, se informará sobre tal hecho, las circunstancias que lo explican y desde cuándo se ha aplicado el cambio en el criterio contable.
No será necesario incluir información comparativa en este apartado.
Corrección de errores.
Explicación detallada de los ajustes por corrección de errores realizados en el ejercicio, indicándose la naturaleza del error.
Si la aplicación retroactiva fuera impracticable, se informará sobre tal hecho, las circunstancias que lo explican y desde cuándo se ha corregido el error.
No será necesario incluir información comparativa en este apartado.
3. Excedente del ejercicio
3.1 Análisis de las principales partidas que forman el excedente del ejercicio informando de los aspectos significativos de las mismas.
3.2 Información sobre la propuesta de aplicación contable del excedente del ejercicio, de acuerdo con el siguiente esquema:
| Base de reparto | Importe |
|---|---|
| Excedente del ejercicio. | |
| Remanente. | |
| Reservas voluntarias. | |
| Otras reservas de libre disposición. | |
| Total | ----------- |
| Aplicación | Importe |
| --- | --- |
| A dotación fundacional/fondo social. | |
| A reservas especiales. | |
| A reservas voluntarias. | |
| A ............................... | |
| A compensación de excedentes negativos de ejercicios anteriores. | |
| Total | ----------- |
3.3 Información sobre las limitaciones para la aplicación de los excedentes de acuerdo con las disposiciones legales.
4. Normas de registro y valoración
Se indicarán los criterios contables aplicados en relación con las siguientes partidas:
Inmovilizado intangible; indicando los criterios utilizados de capitalización o activación, amortización y correcciones valorativas por deterioro.
Deberá indicarse de forma detallada el criterio de valoración seguido para calcular el valor recuperable de los inmovilizados intangibles con vida útil indefinida.
Asimismo, se indicarán los criterios para determinar la naturaleza de los activos no generadores de flujos de efectivo, criterios utilizados de capitalización o activación, amortización, correcciones valorativas por deterioro y cesión de estos activos.
Inmovilizado material; indicando los criterios sobre amortización, correcciones valorativas por deterioro y reversión de las mismas, capitalización de gastos financieros, costes de ampliación, modernización y mejoras, costes de desmantelamiento o retiro, así como los costes de rehabilitación del lugar donde se asiente un activo y los criterios sobre la determinación del coste de los trabajos efectuados por la entidad para su inmovilizado.
Además se precisarán los criterios de contabilización de contratos de arrendamiento financiero y otras operaciones de naturaleza similar.
Asimismo, se indicarán los criterios para determinar la naturaleza de bienes de inmovilizado no generadores de flujos de efectivo, criterios sobre amortización, correcciones valorativas por deterioro y reversión de las mismas, los costes de rehabilitación del lugar donde se asiente un activo y la cesión de estos bienes.
Se señalará el criterio para calificar los terrenos y construcciones como inversiones inmobiliarias, especificando para éstas los criterios señalados en el apartado anterior.
Además se precisarán los criterios de contabilización de contratos de arrendamiento financiero y otras operaciones de naturaleza similar.
Bienes integrantes del Patrimonio Histórico; indicando los criterios sobre valoración, correcciones valorativas por deterioro y reversión de las mismas, capitalización de gastos financieros, costes de ampliación, modernización y mejoras, costes de desmantelamiento o retiro, así como los costes de rehabilitación del lugar donde se asiente un activo y los criterios sobre la determinación del coste de los trabajos efectuados por la entidad para estos bines, y los seguidos en relación con las grandes reparaciones que les afecten.
Permutas; indicando el criterio seguido y la justificación de su aplicación, en particular, las circunstancias que han llevado a calificar una permuta de carácter comercial.
Asimismo, se indicará la justificación del criterio aplicado en relación con los activos no generadores de flujos de efectivo.
Créditos y débitos por la actividad propia; indicando los criterios de valoración aplicados. En particular, los seguidos para calcular las correcciones valorativas.
Activos financieros y pasivos financieros; se indicará:
Criterios empleados para la calificación y valoración de las diferentes categorías de activos financieros y pasivos financieros, así como para el reconocimiento de cambios de valor razonable.
Los criterios aplicados para determinar la existencia de evidencia objetiva de deterioro, así como el registro de la corrección de valor y su reversión y la baja definitiva de activos financieros deteriorados. En particular, se destacarán los criterios utilizados para calcular las correcciones valorativas relativas a los deudores comerciales y otras cuentas a cobrar. Asimismo, se indicarán los criterios contables aplicados a los activos financieros cuyas condiciones hayan sido renegociadas y que, de otro modo, estarían vencidos o deteriorados.
Criterios empleados para el registro de la baja de activos financieros y pasivos financieros.
Inversiones en entidades del grupo, multigrupo y asociadas; se informará sobre el criterio seguido en la valoración de estas inversiones, así como el aplicado para registrar las correcciones valorativas por deterioro.
Los criterios empleados en la determinación de los ingresos o gastos procedentes de las distintas categorías de activos y pasivos financieros: intereses, primas o descuentos, dividendos, etc.
Existencias; indicando los criterios de valoración y, en particular, precisando los seguidos sobre correcciones valorativas por deterioro y capitalización de gastos financieros.
Asimismo, se indicarán los criterios de valoración y en particular los seguidos sobre correcciones valorativas por deterioro de existencias no generadoras de flujos de efectivo.
Transacciones en moneda extranjera; indicando los criterios de valoración de las transacciones en moneda extranjera y criterios de imputación de las diferencias de cambio.
Impuestos sobre beneficios; indicando los criterios utilizados para el registro y valoración de activos y pasivos por impuesto diferido.
Ingresos y gastos; indicando los criterios generales aplicados. En particular, en relación con las prestaciones de servicios realizadas por la entidad se indicarán los criterios utilizados para la determinación de los ingresos; en concreto, se señalarán los métodos empleados para determinar el porcentaje de realización en la prestación de servicios y se informará en caso de que su aplicación hubiera sido impracticable.
Asimismo, indicarán los criterios generales aplicados a los ingresos y gastos propios de la entidad. En particular, los gastos de carácter plurianual y criterios de imputación temporal.
Provisiones y contingencias; indicando el criterio de valoración, así como, en su caso, el tratamiento de las compensaciones a recibir de un tercero en el momento de liquidar la obligación. En particular, en relación con las provisiones deberá realizarse una descripción general del método de estimación y cálculo de cada uno de los riesgos.
Subvenciones, donaciones y legados; indicando el criterio empleado para su clasificación y, en su caso, su imputación a resultados.
Negocios conjuntos; indicando los criterios seguidos por la entidad para integrar en sus cuentas anuales los saldos correspondientes al negocio conjunto en que participe.
Criterios empleados en transacciones entre partes vinculadas.
5. Inmovilizado material, intangible e inversiones inmobiliarias
Análisis del movimiento durante el ejercicio de cada uno de estos epígrafes del balance y de sus correspondientes amortizaciones acumuladas y correcciones valorativas por deterioro de valor acumuladas; indicando lo siguiente:
Saldo inicial.
Entradas.
Salidas.
Saldo final.
En particular, se detallarán los inmovilizados intangibles con vida útil indefinida y las razones sobre las que se apoya la estimación de dicha vida útil indefinida.
También se especificará la información relativa a inversiones inmobiliarias, incluyéndose además una descripción de las mismas.
Si hubiera algún epígrafe significativo, por su naturaleza o por su importe, se facilitará la pertinente información adicional.
Arrendamientos financieros y otras operaciones de naturaleza similar sobre activos no corrientes. En particular, precisando de acuerdo con las condiciones del contrato: Coste del bien en origen, duración del contrato, años transcurridos, cuotas satisfechas en años anteriores y en el ejercicio, cuotas pendientes y, en su caso, valor de la opción de compra.
Para cada corrección valorativa por deterioro de cuantía significativa, reconocida o revertida durante el ejercicio de un elemento del inmovilizado no generador de flujos de efectivo, se indicara:
– Naturaleza del inmovilizado.
– Importe, sucesos y circunstancias que han llevado al reconocimiento y reversión de la pérdida por deterioro.
– Criterio empleado para determinar el valor razonable menos los costes de venta, en su caso, o para determinar el coste de reposición depreciado.
Respecto a las pérdidas y reversiones por deterioro agregadas para las que no se revela la información señalada en el número anterior, las principales clases de inmovilizados afectados por las pérdidas y reversiones por deterioro y los principales sucesos y circunstancias que han llevado al reconocimiento y la reversión de tales correcciones valorativas por deterioro.
Se informará sobre los inmuebles cedidos a la entidad y sobre los cedidos por esta, especificando los términos de las respectivas cesiones.
Se informará de las restricciones a la disposición que existan en relación con estos bienes y derechos.
6. Bienes del Patrimonio Histórico
Análisis del movimiento durante el ejercicio de cada partida del balance incluida en este epígrafe y de sus correspondientes amortizaciones acumuladas y correcciones valorativas por deterioro acumuladas; indicando lo siguiente:
Saldo inicial.
Entradas
Salidas
Saldo final.
Además, se describirán:
El importe de las revalorizaciones netas acumuladas al cierre del ejercicio, realizadas al amparo de una ley que lo autorice.
Las características de las inversiones en bienes del Patrimonio Histórico adquiridas a entidades del grupo y asociadas, con indicación de su valor contable.
Las características de las inversiones en bienes del Patrimonio Histórico situadas fuera del territorio español con indicación de su valor contable.
Las características de los bienes del Patrimonio Histórico no afectos directamente a la actividad propia indicando su valor contable.
Bienes del Patrimonio Histórico afectos a garantías.
Subvenciones, donaciones y legados recibidos relacionados con los bienes del Patrimonio Histórico.
Compromisos firmes de compra y fuentes previsibles de financiación, así como los compromisos firmes de venta.
Incidencia de los costes relacionados con grandes reparaciones sobre los bienes del Patrimonio Histórico.
Principales hipótesis empleadas para determinar el valor razonable de estos bienes, cuando se hubieran incorporado al activo por dicho valor.
Los inmuebles cedidos a la entidad, así como los cedidos por ésta, especificando los términos de las respectivas cesiones.
Cualquier otra circunstancia de carácter sustantivo que afecte a bienes del Patrimonio Histórico, en especial cuando estos bienes hayan sido objeto de entrega para el pago de deudas tributarias al amparo de lo previsto en las normas que regulan esta forma de pago, indicando los tributos pagados con la entrega y el importe de los mismos.
7. Usuarios y otros deudores de la actividad propia
Desglose del epígrafe B.II del activo del balance «Usuarios y otros deudores de la actividad propia», señalando el movimiento habido durante el ejercicio e indicando el saldo inicial, aumentos, disminuciones y saldo final para usuarios, patrocinadores, afiliados y otros deudores de la actividad propia de la entidad y distinguiendo, en su caso, si proceden de entidades del grupo, multigrupo o asociadas.
8. Beneficiarios-Acreedores
Desglose del epígrafe C.IV del pasivo del balance «Beneficiarios-Acreedores», señalando el movimiento habido durante el ejercicio e indicando el saldo inicial, aumentos, disminuciones y saldo final para beneficiarios y otros acreedores de la actividad propia de la entidad, y distinguiendo, en su caso, si proceden de entidades del grupo, multigrupo o asociadas.
9. Activos financieros
Se revelará el valor en libros de cada una de las categorías de activos financieros señaladas en la norma de registro y valoración novena, salvo las inversiones en el patrimonio de entidades del grupo, multigrupo y asociadas.
A estos efectos se desglosará cada epígrafe atendiendo a las categorías establecidas en la norma de registro y valoración novena. Se deberá informar sobre las clases definidas por la entidad.
| Categorías | Ej x | Ej x-1 | Ej x | Ej x-1 | Ej x | Ej x-1 | Ej x | Ej x-1 | Ej x | Ej x-1 | Ej x | Ej x-1 | Ej x | Ej x-1 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Categorías | Clases | Clases | Clases | Clases | Clases | Clases | Clases | Clases | Clases | Clases | Clases | Clases | Clases | Clases |
| Categorías | Instrumentos financieros a largo plazo | Instrumentos financieros a largo plazo | Instrumentos financieros a largo plazo | Instrumentos financieros a largo plazo | Instrumentos financieros a largo plazo | Instrumentos financieros a largo plazo | Instrumentos financieros a corto plazo | Instrumentos financieros a corto plazo | Instrumentos financieros a corto plazo | Instrumentos financieros a corto plazo | Instrumentos financieros a corto plazo | Instrumentos financieros a corto plazo | Total | Total |
| Categorías | Instrumentos de patrimonio | Instrumentos de patrimonio | Valores representativos de deuda | Valores representativos de deuda | Créditos Derivados Otros | Créditos Derivados Otros | Instrumentos de patrimonio | Instrumentos de patrimonio | Valores representativos de deuda | Valores representativos de deuda | Créditos Derivados Otros | Créditos Derivados Otros | Total | Total |
| Activos financieros mantenidos para negociar. | ||||||||||||||
| Activos financieros a coste amortizado. | ||||||||||||||
| Activos financieros a coste. | ||||||||||||||
| Total. |
Se presentará para cada clase de activos financieros, un análisis del movimiento de las cuentas correctoras representativas de las pérdidas por deterioro originadas por el riesgo de crédito.
Cuando los activos financieros se hayan valorado por su valor razonable, se indicará:
Si el valor razonable se determina, en su totalidad o en parte, tomando como referencia los precios cotizados en mercados activos o se estiman utilizando modelos y técnicas de valoración. En este último caso, se señalarán los principales supuestos en que se basan los citados modelos y técnicas de valoración.
Por categoría de activos financieros, el valor razonable y las variaciones en el valor registradas en la cuenta de resultados.
Con respecto a los instrumentos financieros derivados, se informará sobre la naturaleza de los instrumentos y las condiciones importantes que puedan afectar al importe, al calendario y a la certidumbre de los futuros flujos de efectivo.
Entidades del grupo, multigrupo y asociadas.
Se detallará información sobre las entidades del grupo, multigrupo y asociadas, incluyendo:
Denominación, domicilio y forma jurídica de las entidades del grupo, especificando para cada una de ellas:
– Actividades que ejercen.
– Fracción de capital y de los derechos de voto que se posee directa e indirectamente, distinguiendo entre ambos.
– Importe del capital, reservas, otras partidas del patrimonio neto y resultado del último ejercicio, diferenciando el resultado de explotación.
– Valor según libros de la participación en capital.
– Dividendos recibidos en el ejercicio.
– Indicación de si las acciones cotizan o no en Bolsa y, en su caso, cotización media del último trimestre del ejercicio y cotización al cierre del ejercicio.
La misma información que la del punto anterior respecto de las entidades multigrupo, asociadas, aquellas en las que aun poseyendo más del 20% del capital la entidad no se ejerza influencia significativa y aquellas en las que la entidad sea socio colectivo, siempre que su régimen jurídico permita la participación en este tipo de sociedades. Asimismo, se informará sobre las contingencias en las que se haya incurrido en relación con dichas entidades. Si la entidad ejerce influencia significativa sobre otra poseyendo un porcentaje inferior al 20% del capital o si poseyendo más del 20% del capital no se ejerce influencia significativa, se explicarán las circunstancias que afectan a dichas relaciones.
Se detallarán las adquisiciones realizadas durante el ejercicio que hayan llevado a calificar a una entidad como dependiente, indicándose, en su caso, la fracción de capital y el porcentaje de derechos de voto adquiridos.
Importe de las correcciones valorativas por deterioro registradas en las distintas participaciones, diferenciando las reconocidas en el ejercicio de las acumuladas.
10. Pasivos financieros
Se revelará el valor en libros de cada una de las categorías de pasivos financieros señalados en la norma de registro y valoración décima.
A estos efectos se desglosará cada epígrafe atendiendo a las categorías establecidas en la norma de registro y valoración décima. Se deberá informar sobre las clases definidas por la entidad.
| Categorías | Ej x | Ej x-1 | Ej x | Ej x-1 | Ej x | Ej x-1 | Ej x | Ej x-1 | Ej x | Ej x-1 | Ej x | Ej x-1 | Ej x | Ej x-1 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Categorías | Clases | Clases | Clases | Clases | Clases | Clases | Clases | Clases | Clases | Clases | Clases | Clases | Clases | Clases |
| Categorías | Instrumentos financieros a largo plazo | Instrumentos financieros a largo plazo | Instrumentos financieros a largo plazo | Instrumentos financieros a largo plazo | Instrumentos financieros a largo plazo | Instrumentos financieros a largo plazo | Instrumentos financieros a corto plazo | Instrumentos financieros a corto plazo | Instrumentos financieros a corto plazo | Instrumentos financieros a corto plazo | Instrumentos financieros a corto plazo | Instrumentos financieros a corto plazo | Total | Total |
| Categorías | Deudas con entidades de crédito | Deudas con entidades de crédito | Obligaciones y otros valores negociables | Obligaciones y otros valores negociables | Derivados Otros | Derivados Otros | Deudas con entidades de crédito | Deudas con entidades de crédito | Obligaciones y otros valores negociables | Obligaciones y otros valores negociables | Derivados Otros | Derivados Otros | Total | Total |
| Pasivos financieros a coste amortizado. | ||||||||||||||
| Pasivos a financieros mantenidos para negociar. | ||||||||||||||
| Total. |
Información sobre:
El importe de las deudas que venzan en cada uno de los cinco años siguientes al cierre del ejercicio y del resto hasta su último vencimiento. Estas indicaciones figurarán separadamente para cada uno de los epígrafes y partidas relativos a deudas, conforme al modelo de balance.
El importe de las deudas con garantía real, con indicación de su forma y naturaleza.
En relación con los préstamos pendientes de pago al cierre del ejercicio, se informará de:
– Los detalles de cualquier impago del principal o intereses que se haya producido durante el ejercicio.
– El valor en libros en la fecha de cierre del ejercicio de aquellos préstamos en los que se hubiese producido un incumplimiento por impago, y
– Si el impago ha sido subsanado o se han renegociado las condiciones del préstamo, antes de la fecha de formulación de las cuentas anuales.
11. Fondos propios
Se informará sobre:
Aportaciones al fondo social o dotación fundacional realizadas en el ejercicio, distinguiendo las dinerarias de las no dinerarias. También, en su caso, se indicará para cada aportación los desembolsos pendientes, así como la fecha de exigibilidad.
Consideraciones específicas que afecten a las reservas.
12. Situación fiscal
Impuestos sobre beneficios.
El régimen fiscal aplicable a la entidad. En particular, se informará de la parte de ingresos y resultados que debe incorporarse como base imponible a efectos del impuesto sobre sociedades.
En su caso, deberán especificarse los apartados de la memoria en los que se haya incluido la información exigida por la legislación fiscal para gozar de la calificación de entidades sin fines lucrativos a los efectos de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre. En particular, las entidades obligadas por la legislación fiscal a incluir la memoria económica en la memoria de las cuentas anuales incluirán la citada información en este apartado.
Información relativa a las diferencias temporarias deducibles e imponibles registradas en el balance al cierre del ejercicio.
Antigμedad y plazo previsto de recuperación fiscal de los créditos por bases imponibles negativas.
Incentivos fiscales aplicados en el ejercicio y compromisos asumidos en relación con los mismos.
Provisiones derivadas del impuesto sobre beneficios así como sobre las contingencias de carácter fiscal y sobre acontecimientos posteriores al cierre que supongan una modificación de la normativa fiscal que afecta a los activos y pasivos fiscales registrados. En particular se informará de los ejercicios pendientes de comprobación.
Cualquier otra circunstancia de carácter sustantivo en relación con la situación fiscal.
Otros tributos.
Se informará sobre cualquier circunstancia de carácter significativo en relación con otros tributos, en particular cualquier contingencia de carácter fiscal, así como los ejercicios pendientes de comprobación.
13. Ingresos y gastos
Se informará sobre:
Desglose de la partida 3.a) de la cuenta de resultados «Ayudas monetarias», indicando los reintegros producidos y distinguiendo por actividades, y desglose de la partida 3.b) «Ayudas no monetarias».
Desglose de la partida 6 «Aprovisionamientos» detallando el importe correspondiente a consumo de bienes destinados a la actividad y consumo de materias primas y otras materias consumibles y distinguiendo entre compras y variación de existencias. Asimismo se diferenciarán las compras nacionales, las adquisiciones intracomunitarias y las importaciones.
Desglose de la partida 8 «Gastos de personal» de la cuenta de resultados distinguiendo las aportaciones y dotaciones para pensiones y las otras cargas sociales.
Desglose de la partida 9 «Otros gastos de la actividad», especificando el importe de las correcciones valorativas por deterioro de los créditos y los fallidos.
Ingresos de promociones, patrocinadores y colaboraciones.
El importe de la venta de bienes y prestación de servicios producidos por permuta de bienes no monetarios y servicios.
Información de la partida «Otros resultados».
14. Subvenciones, donaciones y legados
Se informará sobre:
El importe y características de las subvenciones, donaciones y legados recibidos que aparecen en el balance, así como los imputados al excedente del ejercicio.
Análisis del movimiento del contenido de la subagrupación correspondiente del balance, indicando el saldo inicial y final así como los aumentos y disminuciones.
Información sobre el origen de las subvenciones, donaciones y legados, indicando, para las primeras, el Ente público que las concede, precisando si la otorgante de las mismas es la Administración local, autonómica, estatal o internacional.
15. Actividad de la entidad. Aplicación de elementos patrimoniales a fines propios. Gastos de administración
15.1 Actividad de la entidad.
Las fundaciones de competencia estatal facilitarán la siguiente información, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, y en su Reglamento de desarrollo:
I. Actividades realizadas.
Actividad 1 (Cumplimentar tantas fichas como actividades tenga la Fundación).
A) Identificación.
| Denominación de la actividad | |
|---|---|
| Tipo de actividad* | |
| Identificación de la actividad por sectores | |
| Lugar de desarrollo de la actividad |
- Indicar si se trata de una actividad propia o mercantil.
Descripción detallada de la actividad realizada.
B) Recursos humanos empleados en la actividad.
| Tipo | Previsto | Realizado | Previsto | Realizado |
|---|---|---|---|---|
| Tipo | Número | Número | N.º horas/año | N.º horas/año |
| Personal asalariado | ||||
| Personal con contrato de servicios | ||||
| Personal voluntario |
C) Beneficiarios o usuarios de la actividad.
| Tipo | Previsto | Realizado |
|---|---|---|
| Tipo | Número | Número |
| Personas físicas | ||
| Personas jurídicas |
D) Recursos económicos empleados en la actividad.
| Gastos/Inversiones | Previsto | Realizado |
|---|---|---|
| Gastos/Inversiones | Importe | Importe |
| Gastos por ayudas y otros | ||
| a) Ayudas monetarias | ||
| b) Ayudas no monetarias | ||
| c) Gastos por colaboraciones y órganos de gobierno | ||
| Variación de existencias de productos terminados y en curso de fabricación | ||
| Aprovisionamientos | ||
| Gastos de personal | ||
| Otros gastos de la actividad | ||
| Amortización del Inmovilizado | ||
| Deterioro y resultado por enajenación de inmovilizado | ||
| Gastos financieros | ||
| Variaciones de valor razonable en instrumentos financieros | ||
| Diferencias de cambio | ||
| Deterioro y resultado por enajenaciones de instrumentos financieros | ||
| Impuestos sobre beneficios | ||
| Subtotal gastos | ||
| Adquisiciones de Inmovilizado (excepto Bienes Patrimonio Histórico) | ||
| Adquisiciones Bienes Patrimonio Histórico | ||
| Cancelación deuda no comercial | ||
| Subtotal recursos | ||
| TOTAL |
E) Objetivos e indicadores de la actividad.
| Objetivo | Indicador | Previsto | Realizado |
|---|---|---|---|
| Objetivo | Indicador | Cuantificación | Cuantificación |
II. Recursos económicos totales empleados por la entidad.
| GASTOS/INVERSIONES | Actividad 1 | Actividad 2 | Actividad 3 | Actividad 4 | Total actividades | No imputados a las actividades | TOTAL |
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Gastos por ayudas y otros | |||||||
| a) Ayudas monetarias | |||||||
| b) Ayudas no monetarias | |||||||
| c) Gastos por colaboraciones y órganos de gobierno | |||||||
| Variación de existencias de productos terminados y en curso de fabricación | |||||||
| Aprovisionamientos | |||||||
| Gastos de personal | |||||||
| Otros gastos de la actividad | |||||||
| Amortización del Inmovilizado | |||||||
| Deterioro y resultado por enajenación de inmovilizado | |||||||
| Gastos financieros | |||||||
| Variaciones de valor razonable en instrumentos financieros | |||||||
| Diferencias de cambio | |||||||
| Deterioro y resultado por enajenaciones de instrumentos financieros | |||||||
| Impuestos sobre beneficios | |||||||
| Subtotal gastos | |||||||
| Adquisiciones de Inmovilizado (excepto Bienes Patrimonio Histórico) | |||||||
| Adquisiciones Bienes Patrimonio Histórico | |||||||
| Cancelación de deuda no comercial | |||||||
| Subtotal inversiones | |||||||
| TOTAL RECURSOS EMPLEADOS |
III. Recursos económicos totales obtenidos por la entidad.
A. Ingresos obtenidos por la entidad.
| INGRESOS | Previsto | Realizado |
|---|---|---|
| Rentas y otros ingresos derivados del patrimonio | ||
| Ventas y prestaciones de servicios de las actividades propias | ||
| Ventas y otros ingresos de las actividades mercantiles | ||
| Subvenciones del sector público | ||
| Aportaciones privadas | ||
| Otros tipos de ingresos | ||
| TOTAL INGRESOS OBTENIDOS |
B. Otros recursos económicos obtenidos por la entidad.
| OTROS RECURSOS | Previsto | Realizado |
|---|---|---|
| Deudas contraídas | ||
| Otras obligaciones financieras asumidas | ||
| TOTAL OTROS RECURSOS OBTENIDOS |
IV. Convenios de colaboración con otras entidades.
| DESCRIPCIÓN | Ingresos | Gastos | No produce corriente de bienes y servicios |
|---|---|---|---|
| Convenio 1. Con la entidad (X), suscrito para | |||
| Convenio 2. Con la entidad (Y), suscrito para |
V. Desviaciones entre plan de actuación y datos realizados.
Se detallarán las desviaciones más significativas que se hayan producido entre las cantidades previstas en el plan de actuación y las efectivamente realizadas, indicando las causas que las han ocasionado.
Las restantes entidades deberán identificar y cuantificar los fines que persiguen en cada una de las actividades significativas que realicen, informando, al menos, de los siguientes aspectos:
Con qué medios se ha financiado la actividad y que recursos económicos han sido empleados para su realización.
Los recursos humanos aplicados, agrupados por las siguientes categorías: personal asalariado, personal con contrato de servicios y personal voluntario, especificando en este último caso su dedicación horaria.
El número de beneficiarios o usuarios de sus actividades, diferenciando entre personas físicas y jurídicas.
15.2 Aplicación de elementos patrimoniales a fines propios.
Información sobre:
Los bienes y derechos que formen parte de la dotación fundacional o fondo social, y aquellos vinculados directamente al cumplimiento de los fines propios, detallando los elementos significativos incluidos en las distintas partidas del Activo del Balance y las restricciones a las que se encuentren sometidos.
El destino de rentas e ingresos a que se refiere la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, indicando el cumplimiento del destino de rentas e ingresos y los límites a que venga obligada, de acuerdo con los criterios establecidos en su normativa específica y según el modelo que se adjunta:
Grado de cumplimiento del destino de rentas e ingresos.
| Ejercicio | EXCEDENTE DEL EJERCICIO | AJUSTES NEGATIVOS | AJUSTES POSITIVOS | BASE DE CÁLCULO | Importe | % | |||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Ejercicio | EXCEDENTE DEL EJERCICIO | AJUSTES NEGATIVOS | AJUSTES POSITIVOS | BASE DE CÁLCULO | RENTA A DESTINAR | RENTA A DESTINAR | RECURSOS DESTINADOS A FINES (GASTOS + INVERSIONES) | APLICACIÓN DE LOS RECURSOS DESTINADOS EN CUMPLIMIENTO DE SUS FINES* | APLICACIÓN DE LOS RECURSOS DESTINADOS EN CUMPLIMIENTO DE SUS FINES* | APLICACIÓN DE LOS RECURSOS DESTINADOS EN CUMPLIMIENTO DE SUS FINES* | APLICACIÓN DE LOS RECURSOS DESTINADOS EN CUMPLIMIENTO DE SUS FINES* | APLICACIÓN DE LOS RECURSOS DESTINADOS EN CUMPLIMIENTO DE SUS FINES* | APLICACIÓN DE LOS RECURSOS DESTINADOS EN CUMPLIMIENTO DE SUS FINES* |
| Ejercicio | EXCEDENTE DEL EJERCICIO | AJUSTES NEGATIVOS | AJUSTES POSITIVOS | BASE DE CÁLCULO | RENTA A DESTINAR | RENTA A DESTINAR | RECURSOS DESTINADOS A FINES (GASTOS + INVERSIONES) | N-4 | N-3 | N-2 | N-1 | N | IMPORTE PENDIENTE |
| N-4 | |||||||||||||
| N-3 | |||||||||||||
| N-2 | |||||||||||||
| N-1 | |||||||||||||
| N | |||||||||||||
| TOTAL |
- En el supuesto de que la entidad acumule un déficit en la aplicación de recursos, en los periodos siguientes las aplicaciones compensarán, en primer lugar, los déficits de ejercicios anteriores, comenzando por el más antiguo, y el exceso se computará como recursos aplicados del ejercicio en curso.
Se incluirá una explicación detallada de aquellas partidas significativas contenidas en el cuadro que estén afectadas al cumplimiento de fines específicos. Dicha explicación se centrará especialmente en las columnas de ajustes en las que se incorporan los siguientes conceptos:
Ajustes negativos. No se incluirán como ingresos:
a.1) Ingresos reflejados en la cuenta de resultados procedentes de la enajenación o gravamen de bienes y derechos aportados por los fundadores o por terceros, en concepto de dotación fundacional.
a.2) Ingresos reflejados en la cuenta de resultados procedentes de la transmisión onerosa de bienes inmuebles en los que la entidad desarrolle su actividad propia, siempre que el importe obtenido en la transmisión se reinvierta en bienes inmuebles destinados al mismo fin.
Ajustes positivos. No se deducirán como gastos:
b.1) Gastos imputados en la cuenta de resultados que están directamente relacionados con la actividad propia de la entidad, incluidas las dotaciones a la amortización y las pérdidas por deterioro del inmovilizado afecto a la actividad propia.
b.2) Importe proporcional de los gastos comunes a todas las actividades desarrolladas por la entidad que, de acuerdo con criterios objetivos deducidos de la efectiva aplicación de recursos a cada actividad, correspondan a la actividad propia de la entidad. Los gastos comunes incluyen los gastos de administración así como aquellos gastos por los que tienen derecho a ser resarcidos los patronos.
Adicionalmente, se incluirá como ajuste positivo o negativo, en función de su signo, el resultado contabilizado directamente en el patrimonio neto como consecuencia de cambios en los criterios contables o la subsanación de errores.
Recursos aplicados en el ejercicio.
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