Resolución de 26 de marzo de 2013, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se aprueba el Plan de Contabilidad de pequeñas y medianas entidades sin fines lucrativos
| IMPORTE | IMPORTE | IMPORTE | TOTAL | |
|---|---|---|---|---|
| 1. Gastos en cumplimiento de fines* | ||||
| Fondos propios | Subvenciones, donaciones y legados | Deuda | ||
| 2. Inversiones en cumplimiento de fines* (2.1 + 2.2) | ||||
| 2.1 Realizadas en el ejercicio | ||||
| 2.2 Procedentes de ejercicios anteriores | ||||
| a) Deudas canceladas en el ejercicio incurridas en ejercicios anteriores | ||||
| b) Imputación de subvenciones, donaciones y legados de capital procedentes de ejercicios anteriores | ||||
| TOTAL (1 + 2) |
- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.6 del Reglamento de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, se considera destinado a los fines fundacionales el importe de los gastos e inversiones realizados en cada ejercicio que efectivamente hayan contribuido al cumplimiento de los fines propios de la fundación especificados en sus estatutos, excepto las dotaciones a las amortizaciones y provisiones. Cuando las inversiones destinadas a los fines fundacionales hayan sido financiadas con ingresos que deban distribuirse en varios ejercicios en el excedente, como subvenciones, donaciones y legados, o con recursos financieros ajenos, dichas inversiones se computarán en la misma proporción en que lo hubieran sido los ingresos o se amortice la financiación ajena.
Si alguna entidad no viniera obligada a confeccionar la información anterior, adaptará este modelo a las características específicas de la misma, con objeto de ofrecer información sobre el destino de rentas e ingresos. Asimismo, se recogerá información sobre los recursos destinados en el ejercicio al cumplimiento de los fines ajustándose al modelo del apartado 2.
15.3 Gastos de administración.
Las fundaciones de competencia estatal deberán suministrar un detalle de los gastos directamente ocasionados por la administración de los bienes y derechos que integren el patrimonio de la fundación, y el de los gastos de los que los patronos tienen derecho a ser resarcidos. Esta información se suministrará en el siguiente cuadro:
| DETALLE DE GASTOS DE ADMINISTRACIÓN | DETALLE DE GASTOS DE ADMINISTRACIÓN | DETALLE DE GASTOS DE ADMINISTRACIÓN | DETALLE DE GASTOS DE ADMINISTRACIÓN | DETALLE DE GASTOS DE ADMINISTRACIÓN |
| N.º DE CUENTA | PARTIDA DE LA CUENTA DE RESULTADOS | DETALLE DEL GASTO | CRITERIO DE IMPUTACIÓN A LA FUNCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO | IMPORTE |
| TOTAL GASTOS DE ADMINISTRACIÓN | TOTAL GASTOS DE ADMINISTRACIÓN | TOTAL GASTOS DE ADMINISTRACIÓN | TOTAL GASTOS DE ADMINISTRACIÓN |
Adicionalmente, se informará sobre el cumplimiento del límite al importe de estos gastos, en el siguiente cuadro:
| Ejercicio | 5% de los fondos propios (1) | 20% de la base de cálculo del Art. 27 Ley 50/2002 y Art. 32.1 Reglamento R.D. 1337/05 (2) | Gastos directamente ocasionados por la administración del patrimonio (3) | Gastos resarcibles a los patronos (4) | TOTAL GASTOS ADMINISTRACIÓN DEVENGADOS EN EL EJERCICIO (5) = (3) + (4) | Supera (+) No supera (-) el límite máximo (el mayor de 1 y 2) - 5 |
|---|---|---|---|---|---|---|
| GASTOS DE ADMINISTRACIÓN | GASTOS DE ADMINISTRACIÓN | GASTOS DE ADMINISTRACIÓN | GASTOS DE ADMINISTRACIÓN | GASTOS DE ADMINISTRACIÓN | GASTOS DE ADMINISTRACIÓN | GASTOS DE ADMINISTRACIÓN |
| Ejercicio | Límites alternativos (Art. 33 Reglamento R.D. 1337/2005) | Límites alternativos (Art. 33 Reglamento R.D. 1337/2005) | Gastos directamente ocasionados por la administración del patrimonio (3) | Gastos resarcibles a los patronos (4) | TOTAL GASTOS ADMINISTRACIÓN DEVENGADOS EN EL EJERCICIO (5) = (3) + (4) | Supera (+) No supera (-) el límite máximo (el mayor de 1 y 2) - 5 |
| N |
16. Operaciones con partes vinculadas
La información sobre operaciones con partes vinculadas se suministrará separadamente para cada una de las siguientes categorías:
Entidad dominante.
Otras entidades del grupo.
Negocios conjuntos en los que la entidad sea uno de los partícipes.
Entidades asociadas.
Entidades con control conjunto o influencia significativa sobre la entidad.
Personal clave de la entidad o de la entidad dominante.
Otras partes vinculadas.
La entidad facilitará información suficiente para comprender las operaciones con partes vinculadas que haya efectuado y los efectos de las mismas sobre sus estados financieros, incluyendo, entre otros, los siguientes aspectos:
Identificación de las personas o entidades con las que se han realizado las operaciones vinculadas, expresando la naturaleza de la relación con cada parte implicada
Detalle de la operación y su cuantificación, informando de los criterios o métodos seguidos para determinar su valor.
Beneficio o pérdida que la operación haya originado en la entidad y descripción de las funciones y riesgos asumidos por cada parte vinculada respecto de la operación.
Importe de los saldos pendientes, tanto activos como pasivos, sus plazos y condiciones, naturaleza de la contraprestación establecida para su liquidación, agrupando los activos y pasivos en los epígrafes que aparecen en el balance de la entidad y garantías otorgadas o recibidas.
Correcciones valorativas por deudas de dudoso cobro o incobrables relacionadas con los saldos pendientes anteriores.
La información anterior podrá presentarse de forma agregada cuando se refiera a partidas de naturaleza similar. En todo caso, se facilitará información de carácter individualizado sobre las operaciones vinculadas que fueran significativas por su cuantía o relevantes para una adecuada comprensión de las cuentas anuales.
No será necesario informar en el caso de operaciones que, perteneciendo al tráfico ordinario de la entidad, se efectúen en condiciones normales de mercado, sean de escasa importancia cuantitativa y carezcan de relevancia para expresar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la entidad.
No obstante, en todo caso deberá informarse sobre el importe de los sueldos, dietas y remuneraciones de cualquier clase devengados en el curso del ejercicio por el personal de alta dirección y los miembros del órgano de gobierno, cualquiera que sea su causa, así como de las obligaciones contraídas en materia de pensiones o de pago de primas de seguros de vida respecto de los miembros antiguos y actuales del órgano de gobierno y personal de alta dirección. Asimismo, se incluirá información sobre indemnizaciones por cese. Cuando los miembros del órgano de gobierno sean personas jurídicas, los requerimientos anteriores se referirán a las personas físicas que los representen. Estas informaciones se podrán dar de forma global por concepto retributivo, recogiendo separadamente los correspondientes al personal de alta dirección de los relativos a los miembros del órgano de gobierno.
También deberá informarse sobre el importe de los anticipos y créditos concedidos al personal de alta dirección y a los miembros de los órganos de gobierno, con indicación del tipo de interés, sus características esenciales y los importes eventualmente devueltos, así como las obligaciones asumidas por cuenta de ellos a título de garantía. Cuando los miembros del órgano de gobierno sean personas jurídicas, los requerimientos anteriores se referirán a las personas físicas que los representen. Estas informaciones se podrán dar de forma global por cada categoría, recogiendo separadamente los correspondientes al personal de alta dirección de los relativos a los miembros del órgano de gobierno.
17. Otra información
Cambios en el órgano de gobierno, dirección y representación.
El número medio de personas empleadas en el curso del ejercicio, indicando aquellas con discapacidad mayor o igual del 33%, y expresando las categorías a que pertenecen.
La distribución por sexos al término del ejercicio del personal de la entidad, desglosado en un número suficiente de categorías y niveles, entre los que figurarán el de los directivos y miembros del órgano de gobierno.
Información anual del grado de cumplimiento del Código de Conducta de las entidades sin fines lucrativos para la realización de las inversiones financieras temporales, según la legislación que le resulte aplicable.
18. Inventario
El inventario a que se refiere el artículo 25.2 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, comprenderá los elementos patrimoniales integrantes del balance de la entidad, distinguiendo los distintos bienes, derechos, obligaciones y otras partidas que lo componen.
A tal efecto se confeccionará un documento en el que se indicarán para los distintos elementos patrimoniales que los Protectorados determinen en función, entre otros criterios, de su importancia cuantitativa y la vinculación a fines propios de la entidad, los siguientes aspectos:
– Descripción del elemento.
– Fecha de adquisición.
– Valor contable.
– Variaciones producidas en la valoración.
– Pérdidas por deterioro, amortizaciones y cualquier otra partida compensadora que afecte al elemento patrimonial.
– Cualquier otra circunstancia de carácter significativo que afecte al elemento patrimonial, tales como gravámenes, afectación a fines propios o si forman parte de la dotación fundacional.
Memoria Simplificada
Contenido de la memoria simplificada
1. Actividad de la entidad
Sin perjuicio de la información que debe incluirse en la nota 12, se describirán de forma sucinta los fines de la entidad recogidos en sus estatutos y la actividad o actividades realizadas en el ejercicio, así como el domicilio y forma legal de la entidad, y el lugar donde desarrolle las actividades si fuese diferente a la sede social.
2. Bases de presentación de las cuentas anuales
Imagen fiel:
La entidad deberá hacer una declaración explícita de que las cuentas anuales reflejan la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la misma, así como del grado de cumplimiento de las actividades de la misma.
Razones excepcionales por las que, para mostrar la imagen fiel, no se han aplicado disposiciones legales en materia contable, con indicación de la disposición legal no aplicada, e influencia cualitativa y cuantitativa para cada ejercicio para el que se presenta información, de tal proceder sobre el patrimonio, la situación financiera y los resultados de la entidad.
Informaciones complementarias, indicando su ubicación en la memoria, que resulte necesario incluir cuando la aplicación de las disposiciones legales no sea suficiente para mostrar la imagen fiel.
Principios contables no obligatorios aplicados.
Corrección de errores.
Explicación detallada de los ajustes por corrección de errores realizados en el ejercicio, indicándose la naturaleza del error.
Si la aplicación retroactiva fuera impracticable, se informará sobre tal hecho, las circunstancias que lo explican y desde cuándo se ha corregido el error.
No será necesario incluir información comparativa en este apartado.
3. Excedente del ejercicio
3.1 Análisis de las principales partidas que forman el excedente del ejercicio informando de los aspectos significativos de las mismas.
3.2 Información sobre la propuesta de aplicación contable del excedente del ejercicio, de acuerdo con el siguiente esquema:
| Base de reparto | Importe |
|---|---|
| Excedente del ejercicio. | |
| Remanente. | |
| Reservas voluntarias. | |
| Otras reservas de libre disposición. | |
| Total | ---------- |
| Aplicación | Importe |
| --- | --- |
| A dotación fundacional/fondo social. | |
| A reservas especiales. | |
| A reservas voluntarias. | |
| A ................................ | |
| A compensación de excedentes negativos de ejercicios anteriores. | |
| Total | ---------- |
3.3 Información sobre las limitaciones para la aplicación de los excedentes de acuerdo con las disposiciones legales.
4. Normas de registro y valoración
Se indicarán los criterios contables aplicados en relación con las siguientes partidas:
Inmovilizado intangible; indicando los criterios para determinar la naturaleza de los activos no generadores de flujos de efectivo, los utilizados para la capitalización o activación, amortización y correcciones valorativas por deterioro, así como para la cesión de estos activos.
Justificación de las circunstancias que han llevado a calificar como indefinida la vida útil de un inmovilizado intangible.
Inmovilizado material; indicando los criterios sobre amortización, correcciones valorativas por deterioro y reversión de las mismas, capitalización de gastos financieros, costes de ampliación, modernización y mejoras, costes de desmantelamiento o retiro, así como los costes de rehabilitación del lugar donde se asiente un activo y los criterios sobre la determinación del coste de los trabajos efectuados por la entidad para su inmovilizado. En particular se indicarán los criterios seguidos para contabilizar los activos no generadores de flujos de efectivo.
Se señalará el criterio para calificar los terrenos y construcciones como inversiones inmobiliarias, especificando para éstas los criterios señalados en el apartado anterior.
Bienes integrantes del Patrimonio Histórico; indicando los criterios sobre valoración, correcciones valorativas por deterioro y reversión de las mismas, capitalización de gastos financieros, costes de ampliación, modernización y mejoras, costes de desmantelamiento o retiro, así como los costes de rehabilitación del lugar donde se asiente un activo y los criterios sobre la determinación del coste de los trabajos efectuados por la entidad para estos bienes, y los seguidos en relación con las grandes reparaciones que les afecten.
Arrendamientos; indicando los criterios de contabilización de contratos de arrendamiento financiero y otras operaciones de naturaleza similar.
Permutas; indicando el criterio seguido y la justificación de su aplicación.
Activos financieros y pasivos financieros; se indicará:
Criterios empleados para la calificación y valoración de las diferentes categorías de activos financieros y pasivos financieros.
Los criterios aplicados para determinar la existencia de evidencia objetiva de deterioro, así como el registro de la corrección de valor y su reversión y la baja definitiva de activos financieros deteriorados. En particular, se destacarán los criterios utilizados para calcular las correcciones valorativas relativas a los deudores comerciales y otras cuentas a cobrar. Asimismo, se indicarán los criterios contables aplicados a los activos financieros cuyas condiciones hayan sido renegociadas y que, de otro modo, estarían vencidos o deteriorados.
Criterios empleados para el registro de la baja de activos financieros y pasivos financieros.
Inversiones en entidades del grupo, multigrupo y asociadas; se informará sobre el criterio seguido en la valoración de estas inversiones, así como el aplicado para registrar las correcciones valorativas por deterioro.
Los criterios empleados en la determinación de los ingresos o gastos procedentes de las distintas categorías de activos y pasivos financieros: intereses, primas o descuentos, dividendos, etc.
Créditos y débitos por la actividad propia; indicando los criterios de valoración aplicados.
Existencias; indicando los criterios de valoración y en particular, precisando los seguidos sobre correcciones valorativas por deterioro y capitalización de gastos financieros.
Transacciones en moneda extranjera.
Impuestos sobre beneficios; indicando los criterios utilizados para el registro y valoración de activos y pasivos por impuesto diferido.
Ingresos y gastos; indicando los criterios generales aplicados. En particular, en relación con las prestaciones de servicios realizadas por la entidad se indicarán los criterios utilizados para la determinación de los ingresos; en concreto, se señalarán los métodos empleados para determinar el porcentaje de realización en la prestación de servicios y se informará en caso de que su aplicación hubiera sido impracticable.
Provisiones y contingencias; indicando el criterio de valoración, así como, en su caso, el tratamiento de las compensaciones a recibir de un tercero en el momento de liquidar la obligación. En particular, en relación con las provisiones deberá realizarse una descripción general del método de estimación y cálculo de cada uno de los riesgos.
Criterios empleados para el registro y valoración de los gastos de personal.
Subvenciones, donaciones y legados; indicando el criterio empleado para su clasificación y, en su caso, su imputación a resultados.
Criterios empleados en transacciones entre partes vinculadas.
5. Inmovilizado material, intangible e inversiones inmobiliarias
Se detallarán los inmovilizados intangibles con vida útil indefinida y las razones por las que se apoya la estimación de dicha vida útil indefinida.
También se especificará la información relativa a inversiones inmobiliarias, incluyéndose además una descripción de las mismas.
Si hubiera algún epígrafe significativo, por su naturaleza o por su importe, se facilitará la pertinente información adicional. En particular, se informará de las restricciones a la disposición que existan en relación con estos bienes y derechos.
Se informará sobre los inmuebles cedidos a la entidad y sobre los cedidos por ésta, especificando los términos de las respectivas cesiones.
Arrendamientos financieros y otras operaciones de naturaleza similar sobre activos no corrientes. En particular, deberá indicarse el valor razonable o el valor al contado del activo calculado al inicio del arrendamiento y su vida útil estimada, las cuotas abonadas, la deuda pendiente de pago y el importe por el que se pudiese ejercer la opción de compra si la hubiere. La información acerca de las cuotas deberá suministrarse diferenciando la parte que corresponda a la recuperación del coste del bien y la carga financiera. A tal efecto, para cada acuerdo de arrendamiento financiero deberá cumplimentarse la siguiente información:
| Año | Recuperación del coste | Carga financiera | Compromisos pendientes |
|---|---|---|---|
| Año | Cuota del acuerdo de arrendamiento | Cuota del acuerdo de arrendamiento | Compromisos pendientes |
| 1 | |||
| ... | |||
| n |
6. Bienes integrantes del Patrimonio Histórico
Se describirán:
El importe de las revalorizaciones netas acumuladas al cierre del ejercicio, realizadas al amparo de una ley que lo autorice.
Las características de las inversiones en bienes del Patrimonio Histórico adquiridas a entidades del grupo y asociadas, con indicación de su valor contable.
Las características de las inversiones en bienes del Patrimonio Histórico situadas fuera del territorio español con indicación de su valor contable.
Las características de los bienes del Patrimonio Histórico no afectos directamente a la actividad propia indicando su valor contable.
Bienes del Patrimonio Histórico afectos a garantías.
Subvenciones, donaciones y legados recibidos relacionados con los bienes del Patrimonio Histórico.
Compromisos firmes de compra y fuentes previsibles de financiación, así como los compromisos firmes de venta.
Incidencia de los costes relacionados con grandes reparaciones sobre los bienes del Patrimonio Histórico.
Los inmuebles cedidos a la entidad así como los cedidos por ésta, especificando los términos de las respectivas cesiones.
Cualquier otra circunstancia de carácter sustantivo que afecte a bienes del Patrimonio Histórico, en especial cuando estos bienes hayan sido objeto de entrega para el pago de deudas tributarias al amparo de lo previsto en las normas que regulan esta forma de pago, indicando los tributos pagados con la entrega y el importe de los mismos.
7. Pasivos financieros
Se informará sobre:
El importe de las deudas que venzan en cada uno de los cinco años siguientes al cierre del ejercicio y del resto hasta su último vencimiento. Estas indicaciones figurarán separadamente para cada uno de los epígrafes y partidas relativos a deudas, conforme al modelo de balance.
El importe de las deudas con garantía real, con indicación de su forma y su naturaleza.
El importe disponible en las líneas de descuento, así como las pólizas de crédito concedidas a la entidad con sus límites respectivos, precisando la parte dispuesta.
En relación con los préstamos pendientes de pago al cierre del ejercicio, se informará de:
– Los detalles de cualquier impago del principal o intereses que se haya producido durante el ejercicio.
– El valor en libros en la fecha de cierre del ejercicio de aquellos préstamos en los que se hubiese producido un incumplimiento por impago.
– Si el impago ha sido subsanado o se han renegociado las condiciones del préstamo, antes de la fecha de formulación de las cuentas anuales.
8. Usuarios y otros deudores de la actividad propia
Desglose del epígrafe B.II del activo del balance «Usuarios y otros deudores de la actividad propia», señalando el movimiento habido durante el ejercicio e indicando el saldo inicial, aumentos, disminuciones y saldo final para usuarios, patrocinadores, afiliados y otros deudores de la actividad propia de la entidad y distinguiendo, en su caso, si proceden de entidades del grupo, multigrupo o asociadas.
9. Beneficiarios-Acreedores
Desglose del epígrafe C.IV del pasivo del balance «Beneficiarios-Acreedores», señalando el movimiento habido durante el ejercicio e indicando el saldo inicial, aumentos, disminuciones y saldo final para beneficiarios y otros acreedores de la actividad propia de la entidad y distinguiendo, en su caso, si proceden de entidades del grupo, multigrupo o asociadas.
10. Situación fiscal
10.1 Impuesto sobre beneficios. Se informará sobre:
El régimen fiscal aplicable a la entidad. En particular, se suministrará información sobre la parte de ingresos y resultados que debe incorporarse como base imponible a efectos del impuesto sobre sociedades.
En su caso, deberán especificarse los apartados de la memoria en los que se haya incluido la información exigida por la legislación fiscal para gozar de la calificación de entidades sin fines lucrativos a los efectos de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre. En particular, las entidades obligadas por la legislación fiscal a incluir la memoria económica en la memoria de las cuentas anuales incluirán la citada información en este apartado.
Diferencias entre la base imponible del impuesto y el resultado contable antes de impuestos motivadas por la distinta calificación de los ingresos, gastos, activos y pasivos.
Bases imponibles negativas pendientes de compensar fiscalmente, plazos y condiciones.
Incentivos fiscales aplicados en el ejercicio y los pendientes de deducir, así como los compromisos adquiridos en relación con estos incentivos.
Cualquier otra circunstancia de carácter sustantivo en relación con la situación fiscal.
10.2 Otros tributos.
Se informará sobre cualquier circunstancia de carácter significativo en relación con otros tributos; en particular cualquier contingencia de carácter fiscal, así como los ejercicios pendientes de comprobación.
11. Subvenciones, donaciones y legados
Se informará sobre:
El importe y características de las subvenciones, donaciones y legados recibidos que aparecen en el balance, así como de los imputados al excedente del ejercicio.
Análisis del movimiento del contenido de la subagrupación correspondiente del balance, indicando el saldo inicial y final así como los aumentos y disminuciones.
Información sobre el origen de las subvenciones, donaciones y legados, indicando, para las primeras, el Ente público que las concede, precisando si la otorgante de las mismas es la Administración local, autonómica, estatal o internacional.
12. Actividad de la entidad. Aplicación de elementos patrimoniales a fines propios. Gastos de administración
12.1 Actividad de la entidad.
Las fundaciones de competencia estatal facilitarán la siguiente información, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, y en su Reglamento de desarrollo:
I. Actividades realizadas.
Actividad 1 (Cumplimentar tantas fichas como actividades tenga la Fundación).
A) Identificación.
| Denominación de la actividad | |
|---|---|
| Tipo de actividad* | |
| Identificación de la actividad por sectores | |
| Lugar de desarrollo de la actividad |
- Indicar si se trata de una actividad propia o mercantil.
Descripción detallada de la actividad realizada.
B) Recursos humanos empleados en la actividad.
| Tipo | Previsto | Realizado | Previsto | Realizado |
|---|---|---|---|---|
| Tipo | Número | Número | N.º horas/año | N.º horas/año |
| Personal asalariado | ||||
| Personal con contrato de servicios | ||||
| Personal voluntario |
C) Beneficiarios o usuarios de la actividad.
| Tipo | Previsto | Realizado |
|---|---|---|
| Tipo | Número | Número |
| Personas físicas | ||
| Personas jurídicas |
D) Recursos económicos empleados en la actividad.
| Gastos/Inversiones | Previsto | Realizado |
|---|---|---|
| Gastos/Inversiones | Importe | Importe |
| Gastos por ayudas y otros | ||
| a) Ayudas monetarias | ||
| b) Ayudas no monetarias | ||
| c) Gastos por colaboraciones y órganos de gobierno | ||
| Variación de existencias de productos terminados y en curso de fabricación | ||
| Aprovisionamientos | ||
| Gastos de personal | ||
| Otros gastos de la actividad | ||
| Amortización del Inmovilizado | ||
| Deterioro y resultado por enajenación de inmovilizado | ||
| Gastos financieros | ||
| Variaciones de valor razonable en instrumentos financieros | ||
| Diferencias de cambio | ||
| Deterioro y resultado por enajenaciones de instrumentos financieros | ||
| Impuestos sobre beneficios | ||
| Subtotal gastos | ||
| Adquisiciones de Inmovilizado (excepto Bienes Patrimonio Histórico) | ||
| Adquisiciones Bienes Patrimonio Histórico | ||
| Cancelación deuda no comercial | ||
| Subtotal recursos | ||
| TOTAL |
E) Objetivos e indicadores de la actividad.
| Objetivo | Indicador | Previsto | Realizado |
|---|---|---|---|
| Objetivo | Indicador | Cuantificación | Cuantificación |
II. Recursos económicos totales empleados por la entidad.
| GASTOS/INVERSIONES | Actividad 1 | Actividad 2 | Actividad 3 | Actividad 4 | Total actividades | No imputados a las actividades | TOTAL |
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Gastos por ayudas y otros | |||||||
| a) Ayudas monetarias | |||||||
| b) Ayudas no monetarias | |||||||
| c) Gastos por colaboraciones y órganos de gobierno | |||||||
| Variación de existencias de productos terminados y en curso de fabricación | |||||||
| Aprovisionamientos | |||||||
| Gastos de personal | |||||||
| Otros gastos de la actividad | |||||||
| Amortización del Inmovilizado | |||||||
| Deterioro y resultado por enajenación de inmovilizado | |||||||
| Gastos financieros | |||||||
| Variaciones de valor razonable en instrumentos financieros | |||||||
| Diferencias de cambio | |||||||
| Deterioro y resultado por enajenaciones de instrumentos financieros | |||||||
| Impuestos sobre beneficios | |||||||
| Subtotal gastos | |||||||
| Adquisiciones de Inmovilizado (excepto Bienes Patrimonio Histórico) | |||||||
| Adquisiciones Bienes Patrimonio Histórico | |||||||
| Cancelación de deuda no comercial | |||||||
| Subtotal inversiones | |||||||
| TOTAL RECURSOS EMPLEADOS |
III. Recursos económicos totales obtenidos por la entidad.
A. Ingresos obtenidos por la entidad.
| INGRESOS | Previsto | Realizado |
|---|---|---|
| Rentas y otros ingresos derivados del patrimonio | ||
| Ventas y prestaciones de servicios de las actividades propias | ||
| Ingresos ordinarios de las actividades mercantiles | ||
| Subvenciones del sector público | ||
| Aportaciones privadas | ||
| Otros tipos de ingresos | ||
| TOTAL INGRESOS OBTENIDOS |
B. Otros recursos económicos obtenidos por la entidad.
| OTROS RECURSOS | Previsto | Realizado |
|---|---|---|
| Deudas contraídas | ||
| Otras obligaciones financieras asumidas | ||
| TOTAL OTROS RECURSOS OBTENIDOS |
IV. Convenios de colaboración con otras entidades.
| DESCRIPCIÓN | Ingresos | Gastos | No produce corriente de bienes y servicios |
|---|---|---|---|
| Convenio 1. Con la entidad (X), suscrito para | |||
| Convenio 2. Con la entidad (Y), suscrito para |
V. Desviaciones entre plan de actuación y datos realizados.
Se detallarán las desviaciones más significativas que se hayan producido entre las cantidades previstas en el plan de actuación y las efectivamente realizadas, indicando las causas que las han ocasionado.
Las restantes entidades deberán identificar y cuantificar los fines que persiguen en cada una de las actividades significativas que realicen, informando, al menos, de los siguientes aspectos:
Con qué medios se ha financiado la actividad y que recursos económicos han sido empleados para su realización.
Los recursos humanos aplicados, agrupados por las siguientes categorías: personal asalariado, personal con contrato de servicios y personal voluntario, especificando en este último caso su dedicación horaria.
El número de beneficiarios o usuarios de sus actividades, diferenciando entre personas físicas y jurídicas.
12.2 Aplicación de elementos patrimoniales a fines propios.
Información sobre:
Los bienes y derechos que formen parte de la dotación fundacional o fondo social, y aquellos vinculados directamente al cumplimiento de los fines propios, detallando los elementos significativos incluidos en las distintas partidas del Activo del Balance y las restricciones a las que se encuentren sometidos.
El destino de rentas e ingresos a que se refiere la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, indicando el cumplimiento del destino de rentas e ingresos y los límites a que venga obligada, de acuerdo con los criterios establecidos en su normativa específica y según el modelo que se adjunta:
Grado de cumplimiento del destino de rentas e ingresos.
| Ejercicio | EXCEDENTE DEL EJERCICIO | AJUSTES NEGATIVOS | AJUSTES POSITIVOS | BASE DE CÁLCULO | Importe | % | |||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Ejercicio | EXCEDENTE DEL EJERCICIO | AJUSTES NEGATIVOS | AJUSTES POSITIVOS | BASE DE CÁLCULO | RENTA A DESTINAR | RENTA A DESTINAR | RECURSOS DESTINADOS A FINES (GASTOS + INVERSIONES) | APLICACIÓN DE LOS RECURSOS DESTINADOS EN CUMPLIMIENTO DE SUS FINES* | APLICACIÓN DE LOS RECURSOS DESTINADOS EN CUMPLIMIENTO DE SUS FINES* | APLICACIÓN DE LOS RECURSOS DESTINADOS EN CUMPLIMIENTO DE SUS FINES* | APLICACIÓN DE LOS RECURSOS DESTINADOS EN CUMPLIMIENTO DE SUS FINES* | APLICACIÓN DE LOS RECURSOS DESTINADOS EN CUMPLIMIENTO DE SUS FINES* | APLICACIÓN DE LOS RECURSOS DESTINADOS EN CUMPLIMIENTO DE SUS FINES* |
| Ejercicio | EXCEDENTE DEL EJERCICIO | AJUSTES NEGATIVOS | AJUSTES POSITIVOS | BASE DE CÁLCULO | RENTA A DESTINAR | RENTA A DESTINAR | RECURSOS DESTINADOS A FINES (GASTOS + INVERSIONES) | N-4 | N-3 | N-2 | N-1 | N | IMPORTE PENDIENTE |
| N-4 | |||||||||||||
| N-3 | |||||||||||||
| N-2 | |||||||||||||
| N-1 | |||||||||||||
| N | |||||||||||||
| TOTAL |
- En el supuesto de que la entidad acumule un déficit en la aplicación de recursos, en los periodos siguientes las aplicaciones compensarán, en primer lugar, los déficits de ejercicios anteriores, comenzando por el más antiguo, y el exceso se computará como recursos aplicados del ejercicio en curso.
Se incluirá una explicación detallada de aquellas partidas significativas contenidas en el cuadro que estén afectadas al cumplimiento de fines específicos. Dicha explicación se centrará especialmente en las columnas de ajustes en las que se incorporan los siguientes conceptos:
Ajustes negativos. No se incluirán como ingresos:
a.1) Ingresos reflejados en la cuenta de resultados procedentes de la enajenación o gravamen de bienes y derechos aportados por los fundadores o por terceros, en concepto de dotación fundacional.
a.2) Ingresos reflejados en la cuenta de resultados procedentes de la transmisión onerosa de bienes inmuebles en los que la entidad desarrolle su actividad propia, siempre que el importe obtenido en la transmisión se reinvierta en bienes inmuebles destinados al mismo fin.
Ajustes positivos. No se deducirán como gastos:
b.1) Gastos imputados en la cuenta de resultados que están directamente relacionados con la actividad propia de la entidad, incluidas las dotaciones a la amortización y las pérdidas por deterioro del inmovilizado afecto a la actividad propia.
b.2) Importe proporcional de los gastos comunes a todas las actividades desarrolladas por la entidad que, de acuerdo con criterios objetivos deducidos de la efectiva aplicación de recursos a cada actividad, correspondan a la actividad propia de la entidad. Los gastos comunes incluyen los gastos de administración así como aquellos gastos por los que tienen derecho a ser resarcidos los patronos.
Adicionalmente, se incluirá como ajuste positivo o negativo, en función de su signo, el resultado contabilizado directamente en el patrimonio neto como consecuencia de cambios en los criterios contables o la subsanación de errores.
Recursos aplicados en el ejercicio.
| IMPORTE | IMPORTE | IMPORTE | TOTAL | |
|---|---|---|---|---|
| 1. Gastos en cumplimiento de fines* | ||||
| Fondos propios | Subvenciones, donaciones y legados | Deuda | ||
| 2. Inversiones en cumplimiento de fines* (2.1 + 2.2) | ||||
| 2.1 Realizadas en el ejercicio | ||||
| 2.2 Procedentes de ejercicios anteriores | ||||
| a) Deudas canceladas en el ejercicio incurridas en ejercicios anteriores | ||||
| b) Imputación de subvenciones, donaciones y legados de capital procedentes de ejercicios anteriores | ||||
| TOTAL (1 + 2) |
- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.6 del Reglamento de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, se considera destinado a los fines fundacionales el importe de los gastos e inversiones realizados en cada ejercicio que efectivamente hayan contribuido al cumplimiento de los fines propios de la fundación especificados en sus estatutos, excepto las dotaciones a las amortizaciones y provisiones. Cuando las inversiones destinadas a los fines fundacionales hayan sido financiadas con ingresos que deban distribuirse en varios ejercicios en el excedente, como subvenciones, donaciones y legados, o con recursos financieros ajenos, dichas inversiones se computarán en la misma proporción en que lo hubieran sido los ingresos o se amortice la financiación ajena.
Si alguna entidad no viniera obligada a confeccionar la información anterior, adaptará este modelo a las características específicas de la misma, con objeto de ofrecer información sobre el destino de rentas e ingresos. Asimismo, se recogerá información sobre los recursos destinados en el ejercicio al cumplimiento de los fines ajustándose al modelo del apartado 2.
12.3 Gastos de administración.
Las fundaciones de competencia estatal deberán suministrar un detalle de los gastos directamente ocasionados por la administración de los bienes y derechos que integren el patrimonio de la fundación, y el de los gastos de los que los patronos tienen derecho a ser resarcidos. Esta información se suministrará en el siguiente cuadro:
| DETALLE DE GASTOS DE ADMINISTRACIÓN | DETALLE DE GASTOS DE ADMINISTRACIÓN | DETALLE DE GASTOS DE ADMINISTRACIÓN | DETALLE DE GASTOS DE ADMINISTRACIÓN | DETALLE DE GASTOS DE ADMINISTRACIÓN |
| N.º DE CUENTA | PARTIDA DE LA CUENTA DE RESULTADOS | DETALLE DEL GASTO | CRITERIO DE IMPUTACIÓN A LA FUNCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO | IMPORTE |
| TOTAL GASTOS DE ADMINISTRACIÓN | TOTAL GASTOS DE ADMINISTRACIÓN | TOTAL GASTOS DE ADMINISTRACIÓN | TOTAL GASTOS DE ADMINISTRACIÓN |
Adicionalmente, se informará sobre el cumplimiento del límite al importe de estos gastos, en el siguiente cuadro:
| Ejercicio | 5% de los fondos propios (1) | 20% de la base de cálculo del Art. 27 Ley 50/2002 y Art. 32.1 Reglamento R.D. 1337/05 (2) | Gastos directamente ocasionados por la administración del patrimonio (3) | Gastos resarcibles a los patronos (4) | TOTAL GASTOS ADMINISTRACIÓN DEVENGADOS EN EL EJERCICIO (5) = (3) + (4) | Supera (+) No supera (-) el límite máximo (el mayor de 1 y 2) - 5 |
|---|---|---|---|---|---|---|
| GASTOS DE ADMINISTRACIÓN | GASTOS DE ADMINISTRACIÓN | GASTOS DE ADMINISTRACIÓN | GASTOS DE ADMINISTRACIÓN | GASTOS DE ADMINISTRACIÓN | GASTOS DE ADMINISTRACIÓN | GASTOS DE ADMINISTRACIÓN |
| Ejercicio | Límites alternativos (Art. 33 Reglamento R.D. 1337/2005) | Límites alternativos (Art. 33 Reglamento R.D. 1337/2005) | Gastos directamente ocasionados por la administración del patrimonio (3) | Gastos resarcibles a los patronos (4) | TOTAL GASTOS ADMINISTRACIÓN DEVENGADOS EN EL EJERCICIO (5) = (3) + (4) | Supera (+) No supera (-) el límite máximo (el mayor de 1 y 2) - 5 |
| n |
13. Otra información
Se incluirá información sobre:
El importe de los sueldos, dietas y remuneraciones de cualquier clase devengados en el curso del ejercicio por los miembros del órgano de gobierno, cualquiera que sea su causa, así como de las obligaciones contraídas en materia de pensiones o de pago de primas de seguros de vida respecto de los miembros antiguos y actuales del órgano de gobierno. Asimismo, se incluirá información sobre indemnizaciones por cese. Cuando los miembros del órgano de gobierno sean personas jurídicas, los requerimientos anteriores se referirán a las personas físicas que los representen. Estas informaciones se podrán dar de forma global por concepto retributivo.
También deberá informarse sobre el importe de los anticipos y créditos concedidos a los miembros de los órganos de gobierno, con indicación del tipo de interés, sus características esenciales y los importes eventualmente devueltos, así como las obligaciones asumidas por cuenta de ellos a título de garantía. Cuando los miembros del órgano de gobierno sean personas jurídicas, los requerimientos anteriores se referirán a las personas físicas que los representen. Estas informaciones se podrán dar de forma global por cada categoría.
Cambios en el órgano de gobierno, dirección y representación.
El número medio de personas empleadas en el curso del ejercicio, expresado por categorías y sexo.
La naturaleza y el propósito de negocio de los acuerdos de la entidad que no figuren en balance y sobre los que no se haya incorporado información en otra nota de la memoria, así como su posible impacto financiero, siempre que esta información sea significativa y de ayuda para la determinación de la posición financiera de la entidad.
El porcentaje de participación que mantengan en entidades mercantiles.
Las operaciones significativas que haya efectuado con partes vinculadas y los efectos de las mismas sobre sus estados financieros.
14. Inventario
El inventario a que se refiere el artículo 25.2 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, comprenderá los elementos patrimoniales integrantes del balance de la entidad, distinguiendo los distintos bienes, derechos, obligaciones y otras partidas que lo componen.
A tal efecto se confeccionará un documento en el que se indicará para los distintos elementos patrimoniales que los Protectorados determinen en función, entre otros criterios, de su importancia cuantitativa y la vinculación a fines propios de la entidad, los siguientes aspectos:
– Descripción del elemento.
– Fecha de adquisición.
– Valor contable.
– Variaciones producidas en la valoración.
– Pérdidas por deterioro, amortizaciones y cualquier otra partida compensadora que afecte al elemento patrimonial.
– Cualquier otra circunstancia de carácter significativo que afecte al elemento patrimonial, tales como gravámenes, afectación a fines propios o si forman parte de la dotación fundacional.
CUARTA PARTE. Cuadro de cuentas
GRUPO 1
Financiación básica
CAPITAL.
Dotación fundacional.
Fondo social.
Fundadores/asociados por desembolsos no exigidos.
Fundadores por desembolsos no exigidos.
Asociados por desembolsos no exigidos.
Fundadores/asociados por aportaciones no dinerarias pendientes.
Fundadores por aportaciones no dinerarias pendientes.
Asociados por aportaciones no dinerarias pendientes.
RESERVAS.
Reservas estatutarias.
Reservas voluntarias.
Reservas especiales.
EXCEDENTES PENDIENTES DE APLICACIÓN.
Remanente.
Excedentes negativos de ejercicios anteriores.
Excedente del ejercicio.
SUBVENCIONES, DONACIONES, LEGADOS Y OTROS AJUSTES EN EL PATRIMONIO NETO.
Subvenciones oficiales de capital.
Subvenciones del Estado.
Subvenciones de otras Administraciones Públicas.
Donaciones y legados de capital.
Otras subvenciones, donaciones y legados.
Otras subvenciones.
Otras donaciones y legados.
Ingresos fiscales a distribuir en varios ejercicios.
Ingresos fiscales por diferencias permanentes a distribuir en varios ejercicios.
Ingresos fiscales por deducciones y bonificaciones a distribuir en varios ejercicios.
PROVISIONES.
Provisión para impuestos.
Provisión para otras responsabilidades.
Provisión por desmantelamiento, retiro o rehabilitación del inmovilizado.
Provisión para actuaciones medioambientales.
DEUDAS A LARGO PLAZO CON PARTES VINCULADAS.
Deudas a largo plazo con entidades de crédito vinculadas.
Deudas a largo plazo con entidades de crédito, entidades del grupo.
Deudas a largo plazo con entidades de crédito, entidades asociadas.
Deudas a largo plazo con otras entidades de crédito vinculadas.
Proveedores de inmovilizado a largo plazo, partes vinculadas.
Proveedores de inmovilizado a largo plazo, entidades del grupo.
Proveedores de inmovilizado a largo plazo, entidades asociadas.
Proveedores de inmovilizado a largo plazo, otras partes vinculadas.
Acreedores por arrendamiento financiero a largo plazo, partes vinculadas.
Acreedores por arrendamiento financiero a largo plazo, entidades de grupo.
Acreedores por arrendamiento financiero a largo plazo, entidades asociadas.
Acreedores por arrendamiento financiero a largo plazo, otras partes vinculadas.
Otras deudas a largo plazo con partes vinculadas.
Otras deudas a largo plazo, entidades del grupo.
Otras deudas a largo plazo, entidades asociadas.
Otras deudas a largo plazo, con otras partes vinculadas.
DEUDAS A LARGO PLAZO POR PRÉSTAMOS RECIBIDOS, EMPRÉSTITOS Y OTROS CONCEPTOS.
Deudas a largo plazo con entidades de crédito.
Deudas a largo plazo.
Deudas a largo plazo transformables en subvenciones, donaciones y legados.
Deudas a largo plazo transformables en subvenciones.
Deudas a largo plazo transformables en donaciones y legados.
Proveedores de inmovilizado a largo plazo.
Acreedores por arrendamiento financiero a largo plazo.
Efectos a pagar a largo plazo.
Pasivos por derivados financieros a largo plazo.
Obligaciones y bonos.
Deudas representadas en otros valores negociables.
PASIVOS POR FIANZAS, GARANTÍAS Y OTROS CONCEPTOS A LARGO PLAZO.
Fianzas recibidas a largo plazo.
Anticipos recibidos por ventas o prestaciones de servicios a largo plazo.
Depósitos recibidos a largo plazo.
GRUPO 2
Activo no corriente
INMOVILIZACIONES INTANGIBLES.
Investigación.
Desarrollo.
Concesiones administrativas.
Propiedad industrial.
Derechos de traspaso.
Aplicaciones informáticas.
Derechos sobre activos cedidos en uso.
Anticipos para inmovilizaciones intangibles.
INMOVILIZACIONES MATERIALES.
Terrenos y bienes naturales.
Construcciones.
Instalaciones técnicas.
Maquinaria.
Utillaje.
Otras instalaciones.
Mobiliario.
Equipos para procesos de información.
Elementos de transporte.
Otro inmovilizado material.
INVERSIONES INMOBILIARIAS.
Inversiones en terrenos y bienes naturales.
Inversiones en construcciones.
INMOVILIZACIONES MATERIALES EN CURSO.
Adaptación de terrenos y bienes naturales.
Construcciones en curso.
Instalaciones técnicas en montaje.
Maquinaria en montaje.
Equipos para procesos de información en montaje.
Anticipos para inmovilizaciones materiales.
BIENES DEL PATRIMONIO HISTÓRICO.
Bienes inmuebles.
Monumentos.
Jardines históricos.
Conjuntos históricos.
Sitios históricos.
Zonas arqueológicas.
Archivos.
Bibliotecas.
Museos.
Bienes muebles.
Anticipos sobre bienes del Patrimonio Histórico.
Anticipos sobre bienes inmuebles del Patrimonio Histórico.
Anticipos sobre archivos del Patrimonio Histórico.
Anticipos sobre bibliotecas del Patrimonio Histórico.
Anticipos sobre museos del Patrimonio Histórico.
Anticipos sobre bienes muebles del Patrimonio Histórico.
INVERSIONES FINANCIERAS A LARGO PLAZO EN PARTES VINCULADAS.
Participaciones a largo plazo en partes vinculadas.
Participaciones a largo plazo en entidades del grupo.
Participaciones a largo plazo en entidades asociadas.
Participaciones a largo plazo en otras partes vinculadas.
Valores representativos de deuda a largo plazo de partes vinculadas.
Valores representativos de deuda a largo plazo de entidades del grupo.
Valores representativos de deuda a largo plazo de entidades asociadas.
Valores representativos de deuda a largo plazo de otras partes vinculadas.
Créditos a largo plazo a partes vinculadas.
Créditos a largo plazo a entidades del grupo.
Créditos a largo plazo a entidades asociadas.
Créditos a largo plazo a otras partes vinculadas.
Desembolsos pendientes sobre participaciones a largo plazo en partes vinculadas.
Desembolsos pendientes sobre participaciones a largo plazo en entidades del grupo.
Desembolsos pendientes sobre participaciones a largo plazo en entidades asociadas.
Desembolsos pendientes sobre participaciones a largo plazo en otras partes vinculadas.
OTRAS INVERSIONES FINANCIERAS A LARGO PLAZO.
Inversiones financieras a largo plazo en instrumentos de patrimonio.
Valores representativos de deuda a largo plazo.
Créditos a largo plazo.
Créditos a largo plazo por enajenación de inmovilizado.
Créditos a largo plazo al personal.
Activos por derivados financieros a largo plazo.
Imposiciones a largo plazo.
Desembolsos pendientes sobre participaciones en el patrimonio neto a largo plazo.
FIANZAS Y DEPÓSITOS CONSTITUIDOS A LARGO PLAZO.
Fianzas constituidas a largo plazo.
Depósitos constituidos a largo plazo.
AMORTIZACIÓN ACUMULADA DEL INMOVILIZADO Y OTRAS CUENTAS CORRECTORAS.
Amortización acumulada del inmovilizado intangible.
Amortización acumulada de investigación.
Amortización acumulada de desarrollo.
Amortización acumulada de concesiones administrativas.
Amortización acumulada de propiedad industrial.
Amortización acumulada de derechos de traspaso.
Amortización acumulada de aplicaciones informáticas.
Amortización acumulada de derechos sobre activos cedidos en uso.
Amortización acumulada del inmovilizado material.
Amortización acumulada de construcciones.
Amortización acumulada de instalaciones técnicas.
Amortización acumulada de maquinaria.
Amortización acumulada de utillaje.
Amortización acumulada de otras instalaciones.
Amortización acumulada de mobiliario.
Amortización acumulada de equipos para procesos de información.
Amortización acumulada de elementos de transporte.
Amortización acumulada de otro inmovilizado material.
Amortización acumulada de las inversiones inmobiliarias.
Cesiones de uso sin contraprestación.
Cesiones de uso del inmovilizado intangible.
Cesiones de uso del inmovilizado material.
Cesiones de uso de las inversiones inmobiliarias.
DETERIORO DE VALOR DE ACTIVOS NO CORRIENTES.
Deterioro de valor del inmovilizado intangible.
Deterioro de valor de investigación.
Deterioro del valor de desarrollo.
Deterioro de valor de concesiones administrativas.
Deterioro de valor de propiedad industrial.
Deterioro de valor de derechos de traspaso.
Deterioro de valor de aplicaciones informáticas.
Deterioro de valor de derechos sobre activos cedidos en uso.
Deterioro de valor del inmovilizado material.
Deterioro de valor de terrenos y bienes naturales.
Deterioro de valor de construcciones.
Deterioro de valor de instalaciones técnicas.
Deterioro de valor de maquinaria.
Deterioro de valor de utillaje.
Deterioro de valor de otras instalaciones.
Deterioro de valor de mobiliario.
Deterioro de valor de equipos para procesos de información.
Deterioro de valor de elementos de transporte.
Deterioro de valor de otro inmovilizado material.
Deterioro de valor de las inversiones inmobiliarias.
Deterioro de valor de los terrenos y bienes naturales.
Deterioro de valor de construcciones.
Deterioro de valor de participaciones a largo plazo en partes vinculadas.
Deterioro de valor de participaciones a largo plazo en entidades del grupo.
Deterioro de valor de participaciones a largo plazo en entidades asociadas.
Deterioro de valor de participaciones a largo plazo en otras partes vinculadas.
Deterioro de valor de valores representativos de deuda a largo plazo de partes vinculadas.
Deterioro de valor de valores representativos de deuda a largo plazo de entidades del grupo.
Deterioro de valor de valores representativos de deuda a largo plazo de entidades asociadas.
Deterioro de valor de valores representativos de deuda a largo plazo de otras partes vinculadas.
Deterioro de valor de créditos a largo plazo a partes vinculadas.
Deterioro de valor de créditos a largo plazo a entidades del grupo.
Deterioro de valor de créditos a largo plazo a entidades asociadas.
Deterioro de valor de créditos a largo plazo a otras partes vinculadas.
Deterioro de valor de participaciones en el patrimonio neto a largo plazo.
Deterioro de valor de valores representativos de deuda a largo plazo.
Deterioro de valor de créditos a largo plazo.
Deterioro de valor de bienes del Patrimonio Histórico.
Deterioro de valor de bienes inmuebles.
Deterioro de valor de archivos.
Deterioro de valor de bibliotecas.
Deterioro de valor de museos.
Deterioro de valor de bienes muebles.
GRUPO 3
Existencias
BIENES DESTINADOS A LA ACTIVIDAD.
Mercaderías A.
Mercaderías B.
Artículos A.
Artículos B.
MATERIAS PRIMAS.
Materias primas A.
Materias primas B.
OTROS APROVISIONAMIENTOS.
Elementos y conjuntos incorporables.
Combustibles.
Repuestos.
Materiales diversos.
Embalajes.
Envases.
Material de oficina.
PRODUCTOS EN CURSO.
Productos en curso A.
Productos en curso B.
PRODUCTOS SEMITERMINADOS.
Productos semiterminados A.
Productos semiterminados B.
PRODUCTOS TERMINADOS.
Productos terminados A.
Productos terminados B.
SUBPRODUCTOS, RESIDUOS Y MATERIALES RECUPERADOS.
Subproductos A.
Subproductos B.
Residuos A.
Residuos B.
Materiales recuperados A.
Materiales recuperados B.
DETERIORO DE VALOR DE LAS EXISTENCIAS.
Deterioro de valor de bienes destinados a la actividad.
Deterioro de valor de materias primas.
Deterioro de valor de otros aprovisionamientos.
Deterioro de valor de productos en curso.
Deterioro de valor de productos semiterminados.
Deterioro de valor de productos terminados.
Deterioro de valor de subproductos, residuos y materiales recuperados.
GRUPO 4
Acreedores y deudores por operaciones de la actividad
PROVEEDORES.
Proveedores.
Proveedores (euros).
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