Real Decreto 147/2023, de 28 de febrero, por el que se establecen las normas para la aplicación de penalizaciones en las intervenciones contempladas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y se modifican varios reales decretos por los que se regulan distintos aspectos relacionados con la aplicación en España de la Política Agrícola Común para el período 2023-2027

Rango Real Decreto
Publicación 2023-03-01
Última actualización 2025-10-15
Estado Vigente
Departamento Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Fuente BOE
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artículos 56
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– Que en las superficies que se destinen a cultivos herbáceos o cultivos leñosos, no se labre la tierra en la dirección de la máxima pendiente cuando, en los recintos cultivados, la pendiente media sea mayor o igual al 10 %, salvo que la pendiente real del recinto esté compensada mediante terrazas o bancales. En el caso de plantaciones de cultivos leñosos que estuvieran implantadas antes de la entrada en vigor del presente real decreto, cuyo marco de plantación no permita labrar transversalmente a la dirección de máxima pendiente, la autoridad competente podrá permitir excepcionalmente algún tipo de labor vertical en dicha dirección, debiendo quedar todo ello debidamente justificado.

En caso de existencia de bancales, será obligatorio evitar cualquier tipo de labores que afecten la estructura de los taludes existentes.

No obstante, las comunidades autónomas podrán autorizar la no aplicación de esta obligación cuando pueda suponer un riesgo de vuelco de la maquinaria y por ende de la vida de los operarios.

Se entiende por pendiente media de un recinto SIGPAC la inclinación media del terreno comprendido en los límites de un recinto, expresada en tanto por ciento y calculada en base al Modelo Digital de Elevaciones perteneciente a la Información Geoespacial de Referencia del Instituto Geográfico Nacional siguiendo el método de análisis de celdas vecinas.».

Tres. El subapartado 3 de la BCAM 8 del apartado 4 del anexo II queda redactado del siguiente modo:

«3. Prohibición de cortar y podar setos y árboles no cultivados durante la temporada de cría y reproducción de las aves.

No se podrán realizar operaciones de corta y poda de los setos y árboles no cultivados durante la época de cría y reproducción de las aves, salvo autorización expresa de la autoridad medioambiental. Se tomará como referencia el periodo comprendido entre los meses de marzo a agosto, pudiendo ser modificado de forma justificada por las comunidades autónomas.

Asimismo, se prohíbe la recolección mecánica nocturna en los cultivos permanentes que presenten plantaciones intensivas en seto de porte alto, denso follaje y en los que se produzca la anidación o pernoctación de aves, con objeto de proteger a las aves durante la época de cría y reproducción, en las fechas que establezcan las comunidades autónomas.»

Disposición final novena. Modificación del Real Decreto 1054/2022, de 27 de diciembre, por el que se establece y regula el Sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y de la producción agraria, así como el Registro autonómico de explotaciones agrícolas y el Cuaderno digital de explotación agrícola.

El Real Decreto 1054/2022, de 27 de diciembre, por el que se establece y regula el Sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y de la producción agraria, así como el Registro autonómico de explotaciones agrícolas y el Cuaderno digital de explotación agrícola, queda redactado como sigue:

Uno. Se suprime el apartado 4 del artículo 3.

Dos. Se suprime el apartado k) de la disposición adicional tercera.

Disposición final décima. Modificación del Real Decreto 676/2016, de 16 de diciembre, por el que se regula el sistema de identificación y registro de los animales de la especie equina.

El apartado 2 del artículo 10 del Real Decreto 676/2016, de 16 de diciembre, por el que se regula el sistema de identificación y registro de los animales de la especie equina, queda redactado como sigue:

«2. Las autoridades competentes notificarán al Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente las poblaciones y las áreas en cuestión que se encuentren en esta situación, antes de aplicar esta excepción, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de Patrimonio Natural y Biodiversidad.»

Disposición final undécima. Título competencial.

Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13.ª de la Constitución Española, que reserva al Estado la competencia en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.

Disposición final duodécima. Facultad de modificación.

Se faculta a la persona titular del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para introducir en el anexo las modificaciones o actualizaciones de carácter técnico que resulten necesarias para su aplicación.

Disposición final decimotercera. Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 28 de febrero de 2023.

FELIPE R.

El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación,

LUIS PLANAS PUCHADES

ANEXO. Calificación de los incumplimientos de los requisitos de subvencionabilidad distintos de la superficie o del número de animales, así como de compromisos u otras obligaciones de las intervenciones del Feader

Calificación Definición Exclusión
Excluyente (E) Aquel incumplimiento que no respeta los criterios / requisitos de subvencionabilidad establecidos en la concesión y, en su caso, el mantenimiento de la ayuda. Siempre y cuando proceda en intervenciones plurianuales se solicitará el reintegro de importes de años anteriores. En caso de compensación con pagos futuros, si estos importes no pueden recuperarse íntegramente en los dos años naturales siguientes a aquel en que se haya descubierto el incumplimiento, se cancelará el saldo pendiente. En casos de incumplimiento grave, falsedad, creación de condiciones artificiales y negligencia, la persona beneficiaria quedará excluida de la misma medida o línea de ayuda solicitada durante el año natural en el que se haya detectado el incumplimiento y durante el año natural siguiente.
Calificación Definición [1]
--- --- ---
Básico (B) Aquel cuyo incumplimiento conlleva consecuencias relevantes para los objetivos perseguidos y estas repercusiones duran más de un año o es difícil poner fin a éstas con medios aceptables. 1
Básico (B) Aquel cuyo incumplimiento conlleva consecuencias relevantes para los objetivos perseguidos y estas repercusiones duran más de un año o es difícil poner fin a éstas con medios aceptables. 2 o mas
Principal (P) Aquel cuyo incumplimiento conlleva consecuencias importantes para los objetivos perseguidos y estas repercusiones duran menos de un año o es posible poner fin a éstas con medios aceptables. 1
Principal (P) Aquel cuyo incumplimiento conlleva consecuencias importantes para los objetivos perseguidos y estas repercusiones duran menos de un año o es posible poner fin a éstas con medios aceptables. 1
Principal (P) Aquel cuyo incumplimiento conlleva consecuencias importantes para los objetivos perseguidos y estas repercusiones duran menos de un año o es posible poner fin a éstas con medios aceptables. 2 o mas
Secundario (S) Aquel cuyo incumplimiento tiene baja relevancia en el objetivo de la línea de ayuda solicitada. 1
Secundario (S) Aquel cuyo incumplimiento tiene baja relevancia en el objetivo de la línea de ayuda solicitada. 1
Secundario (S) Aquel cuyo incumplimiento tiene baja relevancia en el objetivo de la línea de ayuda solicitada. 2 o mas
Terciario (T) Aquel cuyo incumplimiento tiene escasa relevancia en el objetivo de la línea de ayuda (solicita). 1
Terciario (T) Aquel cuyo incumplimiento tiene escasa relevancia en el objetivo de la línea de ayuda (solicita). 1
Terciario (T) Aquel cuyo incumplimiento tiene escasa relevancia en el objetivo de la línea de ayuda (solicita). 2 o mas
[1] Número de años de incumplimiento del mismo compromiso u otra obligación [2] Número de incumplimientos de compromisos u otras obligaciones. [3] En caso de múltiples incumplimientos detectados, para calcular la penalización final se aplicará el porcentaje más desfavorable de los previstos en la tabla. Dichos porcentajes no se sumarán. [1] Número de años de incumplimiento del mismo compromiso u otra obligación [2] Número de incumplimientos de compromisos u otras obligaciones. [3] En caso de múltiples incumplimientos detectados, para calcular la penalización final se aplicará el porcentaje más desfavorable de los previstos en la tabla. Dichos porcentajes no se sumarán. [1] Número de años de incumplimiento del mismo compromiso u otra obligación [2] Número de incumplimientos de compromisos u otras obligaciones. [3] En caso de múltiples incumplimientos detectados, para calcular la penalización final se aplicará el porcentaje más desfavorable de los previstos en la tabla. Dichos porcentajes no se sumarán.

ANEXO I. Calificación de los incumplimientos de los requisitos de subvencionabilidad distintos de la superficie o del número de animales, así como de compromisos u otras obligaciones de las intervenciones del Feader

Calificación Definición Exclusión
Excluyente (E) Aquel incumplimiento que no respeta los criterios / requisitos de subvencionabilidad establecidos en la concesión y, en su caso, el mantenimiento de la ayuda. Siempre y cuando proceda en intervenciones plurianuales se solicitará el reintegro de importes de años anteriores. En caso de compensación con pagos futuros, si estos importes no pueden recuperarse íntegramente en los dos años naturales siguientes a aquél en que se haya descubierto el incumplimiento, se cancelará el saldo pendiente. En casos de incumplimiento grave, la persona beneficiaria quedará excluida de la misma intervención o línea de ayuda solicitada durante el año natural o en la convocatoria de ayuda en el que se haya detectado el incumplimiento y durante el año natural o convocatoria de ayuda siguiente. Asimismo, en casos de falsedad y negligencia, la persona beneficiaria quedará excluida de la misma ayuda o intervención durante el año natural o en la convocatoria de ayuda en el que se haya detectado la irregularidad, y durante los dos años naturales o convocatorias de ayudas siguientes.
Calificación Definición [1]
--- --- ---
Básico (B) Aquel cuyo incumplimiento conlleva consecuencias relevantes para los objetivos perseguidos y estas repercusiones duran más de un año o es difícil poner fin a éstas con medios aceptables. 1
Básico (B) Aquel cuyo incumplimiento conlleva consecuencias relevantes para los objetivos perseguidos y estas repercusiones duran más de un año o es difícil poner fin a éstas con medios aceptables. 2 ó mas
Principal (P) Aquel cuyo incumplimiento conlleva consecuencias importantes para los objetivos perseguidos y estas repercusiones duran menos de un año o es posible poner fin a éstas con medios aceptables. 1
Principal (P) Aquel cuyo incumplimiento conlleva consecuencias importantes para los objetivos perseguidos y estas repercusiones duran menos de un año o es posible poner fin a éstas con medios aceptables. 1
Principal (P) Aquel cuyo incumplimiento conlleva consecuencias importantes para los objetivos perseguidos y estas repercusiones duran menos de un año o es posible poner fin a éstas con medios aceptables. 2 ó mas
Secundario (S) Aquel cuyo incumplimiento tiene baja relevancia en el objetivo de la línea de ayuda solicitada. 1
Secundario (S) Aquel cuyo incumplimiento tiene baja relevancia en el objetivo de la línea de ayuda solicitada. 1
Secundario (S) Aquel cuyo incumplimiento tiene baja relevancia en el objetivo de la línea de ayuda solicitada. 2 ó mas
Terciario (T) Aquel cuyo incumplimiento tiene escasa relevancia en el objetivo de la línea de ayuda (solicita). 1
Terciario (T) Aquel cuyo incumplimiento tiene escasa relevancia en el objetivo de la línea de ayuda (solicita). 1
Terciario (T) Aquel cuyo incumplimiento tiene escasa relevancia en el objetivo de la línea de ayuda (solicita). 2 ó mas
[1] Número de años de incumplimiento del mismo compromiso u otra obligación. [2] Número de incumplimientos de compromisos u otras obligaciones. [3] En caso de múltiples incumplimientos detectados, para calcular la penalización final se aplicará el porcentaje más desfavorable de los previstos en la tabla. Dichos porcentajes no se sumarán. [1] Número de años de incumplimiento del mismo compromiso u otra obligación. [2] Número de incumplimientos de compromisos u otras obligaciones. [3] En caso de múltiples incumplimientos detectados, para calcular la penalización final se aplicará el porcentaje más desfavorable de los previstos en la tabla. Dichos porcentajes no se sumarán. [1] Número de años de incumplimiento del mismo compromiso u otra obligación. [2] Número de incumplimientos de compromisos u otras obligaciones. [3] En caso de múltiples incumplimientos detectados, para calcular la penalización final se aplicará el porcentaje más desfavorable de los previstos en la tabla. Dichos porcentajes no se sumarán.

Se modifica por el art. 8.5 del Real Decreto 916/2025, de 14 de octubre. Ref. BOE-A-2025-20583

Se numera y se modifica la primera tabla por el art. 8.11 del Real Decreto 92/2024, de 23 de enero. Ref. BOE-A-2024-1308

Su anterior denominación era anexo.

ANEXO II. Calificación de los incumplimientos de los requisitos de subvencionabilidad de los Ecorregímenes distintos de la superficie establecidos en el artículo 29.41.

1 Las penalizaciones por los incumplimientos de requisitos exigidos por los ecorregímenes ligados a la superficie, serán gestionados de conformidad con los artículos 18 y 29.1

Grupo de ecorregímenes Tipo de superficie Práctica Requisitos de subvencionabilidad Calificación Definición 2 3 Tipo de penalización
Grupo de ecorregímenes Tipo de superficie Práctica Requisitos de subvencionabilidad Incumplimientos de requisitos No ligados a Superficie: Compromisos relevantes para el Ecorrégimen Incumplimientos de requisitos No ligados a Superficie: Compromisos relevantes para el Ecorrégimen Incumplimientos de requisitos No ligados a Superficie: Compromisos relevantes para el Ecorrégimen Incumplimientos de requisitos No ligados a Superficie: Compromisos relevantes para el Ecorrégimen Incumplimientos de requisitos No ligados a Superficie: Compromisos relevantes para el Ecorrégimen
PASTOREO EXTENSIVO, SIEGA Y BIODIVERSIDAD. PASTOS HÚMEDOS Y PASTOS MEDITERRÁNEOS. P1. Pastoreo extensivo. Explotaciones en REGA a fin de plazo de modificación SU como explotaciones de ganado bovino, ovino, caprino, equino o porcino con el tipo «Producción y Reproducción» o tipo «Pasto». Excluyente. Incumplimiento que no respeta los criterios de subvencionabilidad establecidos en la concesión o mantenimiento de la ayuda.
PASTOREO EXTENSIVO, SIEGA Y BIODIVERSIDAD. PASTOS HÚMEDOS Y PASTOS MEDITERRÁNEOS. P1. Pastoreo extensivo. Información a la Administración de la modificación de las fechas de inicio y fin de pastoreo indicadas en la solicitud única. Principal. Disponiendo de CUE, no existe ninguna anotación de la modificación en el mismo, o bien no se ha notificado la modificación a la Administración. 1 1 20 % de la ayuda
PASTOREO EXTENSIVO, SIEGA Y BIODIVERSIDAD. PASTOS HÚMEDOS Y PASTOS MEDITERRÁNEOS. P1. Pastoreo extensivo. Información a la Administración de la modificación de las fechas de inicio y fin de pastoreo indicadas en la solicitud única. Principal. Disponiendo de CUE, no existe ninguna anotación de la modificación en el mismo, o bien no se ha notificado la modificación a la Administración. 2 o más 1 o más 30 % de la ayuda
PASTOREO EXTENSIVO, SIEGA Y BIODIVERSIDAD. PASTOS HÚMEDOS Y PASTOS MEDITERRÁNEOS. P1. Pastoreo extensivo. Información a la Administración de la modificación de las fechas de inicio y fin de pastoreo indicadas en la solicitud única. Secundario. Anotaciones o Notificaciones erróneas o realizadas fuera de plazo de las modificaciones. 1 1 5 % de la ayuda
PASTOREO EXTENSIVO, SIEGA Y BIODIVERSIDAD. PASTOS HÚMEDOS Y PASTOS MEDITERRÁNEOS. P1. Pastoreo extensivo. Información a la Administración de la modificación de las fechas de inicio y fin de pastoreo indicadas en la solicitud única. Secundario. Anotaciones o Notificaciones erróneas o realizadas fuera de plazo de las modificaciones. 1 2 o más 10 % de la ayuda
PASTOREO EXTENSIVO, SIEGA Y BIODIVERSIDAD. PASTOS HÚMEDOS Y PASTOS MEDITERRÁNEOS. P1. Pastoreo extensivo. Información a la Administración de la modificación de las fechas de inicio y fin de pastoreo indicadas en la solicitud única. Secundario. Anotaciones o Notificaciones erróneas o realizadas fuera de plazo de las modificaciones. 2 o más 1 o más 15 % de la ayuda
PASTOREO EXTENSIVO, SIEGA Y BIODIVERSIDAD. PASTOS HÚMEDOS Y PASTOS MEDITERRÁNEOS. P1. Pastoreo extensivo. Cumplimiento de las disposiciones relativas al registro en SITRAN de los movimientos de los animales entre las explotaciones ganaderas del beneficiario, o con explotaciones de pastos comunales, en los casos y plazos previstos por la normativa sectorial. Principal. No realiza ninguna notificación a la Administración de movimientos de animales, a pesar de haberse producido. 1 20 % de la ayuda
PASTOREO EXTENSIVO, SIEGA Y BIODIVERSIDAD. PASTOS HÚMEDOS Y PASTOS MEDITERRÁNEOS. P1. Pastoreo extensivo. Cumplimiento de las disposiciones relativas al registro en SITRAN de los movimientos de los animales entre las explotaciones ganaderas del beneficiario, o con explotaciones de pastos comunales, en los casos y plazos previstos por la normativa sectorial. Secundario. Ausencia de notificación de movimiento afectando a más de tres animales. 1 1 5 % de la ayuda
PASTOREO EXTENSIVO, SIEGA Y BIODIVERSIDAD. PASTOS HÚMEDOS Y PASTOS MEDITERRÁNEOS. P1. Pastoreo extensivo. Cumplimiento de las disposiciones relativas al registro en SITRAN de los movimientos de los animales entre las explotaciones ganaderas del beneficiario, o con explotaciones de pastos comunales, en los casos y plazos previstos por la normativa sectorial. Secundario. Ausencia de notificación de movimiento afectando a más de tres animales. 1 2 o más 10 % de la ayuda
PASTOREO EXTENSIVO, SIEGA Y BIODIVERSIDAD. PASTOS HÚMEDOS Y PASTOS MEDITERRÁNEOS. P1. Pastoreo extensivo. Cumplimiento de las disposiciones relativas al registro en SITRAN de los movimientos de los animales entre las explotaciones ganaderas del beneficiario, o con explotaciones de pastos comunales, en los casos y plazos previstos por la normativa sectorial. Secundario. Ausencia de notificación de movimiento afectando a más de tres animales. 2 o más 1 o más 15 % de la ayuda
PASTOREO EXTENSIVO, SIEGA Y BIODIVERSIDAD. PASTOS HÚMEDOS Y PASTOS MEDITERRÁNEOS. P1. Pastoreo extensivo. Cumplimiento de las disposiciones relativas al registro en SITRAN de los movimientos de los animales entre las explotaciones ganaderas del beneficiario, o con explotaciones de pastos comunales, en los casos y plazos previstos por la normativa sectorial. Terciario. Anotaciones o Notificaciones erróneas o realizadas fuera de los plazos previstos en la normativa sectorial. 1 1 1 % de la ayuda
PASTOREO EXTENSIVO, SIEGA Y BIODIVERSIDAD. PASTOS HÚMEDOS Y PASTOS MEDITERRÁNEOS. P1. Pastoreo extensivo. Cumplimiento de las disposiciones relativas al registro en SITRAN de los movimientos de los animales entre las explotaciones ganaderas del beneficiario, o con explotaciones de pastos comunales, en los casos y plazos previstos por la normativa sectorial. Terciario. Anotaciones o Notificaciones erróneas o realizadas fuera de los plazos previstos en la normativa sectorial. 1 2 o más 1 % de la ayuda
PASTOREO EXTENSIVO, SIEGA Y BIODIVERSIDAD. PASTOS HÚMEDOS Y PASTOS MEDITERRÁNEOS. P1. Pastoreo extensivo. Cumplimiento de las disposiciones relativas al registro en SITRAN de los movimientos de los animales entre las explotaciones ganaderas del beneficiario, o con explotaciones de pastos comunales, en los casos y plazos previstos por la normativa sectorial. Terciario. Anotaciones o Notificaciones erróneas o realizadas fuera de los plazos previstos en la normativa sectorial. 2 o más 1 o más 2 % de la ayuda
PASTOREO EXTENSIVO, SIEGA Y BIODIVERSIDAD. PASTOS HÚMEDOS Y PASTOS MEDITERRÁNEOS. P2A. Establecimiento de islas de biodiversidad. Explotaciones en REGA a fin de plazo de modificación SU como explotaciones de ganado bovino, ovino, caprino, equino tipo «producción y reproducción» y clasificación zootécnica correcta. Excluyente. Incumplimiento que no respeta los criterios de subvencionabilidad establecidos en la concesión o mantenimiento de la ayuda.
PASTOREO EXTENSIVO, SIEGA Y BIODIVERSIDAD. PASTOS HÚMEDOS Y PASTOS MEDITERRÁNEOS. P2A. Establecimiento de islas de biodiversidad. La fecha y las actividades realizadas deberán registrarse en el en el cuaderno de explotación agrícola a más tardar 1 mes tras realizarlas. Principal. No dispone de cuaderno, o no existe ninguna anotación en el mismo. 1 20 % de la ayuda
PASTOREO EXTENSIVO, SIEGA Y BIODIVERSIDAD. PASTOS HÚMEDOS Y PASTOS MEDITERRÁNEOS. P2A. Establecimiento de islas de biodiversidad. La fecha y las actividades realizadas deberán registrarse en el en el cuaderno de explotación agrícola a más tardar 1 mes tras realizarlas. Principal. No dispone de cuaderno, o no existe ninguna anotación en el mismo. 2 o más 30 % de la ayuda
PASTOREO EXTENSIVO, SIEGA Y BIODIVERSIDAD. PASTOS HÚMEDOS Y PASTOS MEDITERRÁNEOS. P2A. Establecimiento de islas de biodiversidad. La fecha y las actividades realizadas deberán registrarse en el en el cuaderno de explotación agrícola a más tardar 1 mes tras realizarlas. Secundario. Anotaciones erróneas o realizadas fuera de plazo. 1 1 5 % de la ayuda
PASTOREO EXTENSIVO, SIEGA Y BIODIVERSIDAD. PASTOS HÚMEDOS Y PASTOS MEDITERRÁNEOS. P2A. Establecimiento de islas de biodiversidad. La fecha y las actividades realizadas deberán registrarse en el en el cuaderno de explotación agrícola a más tardar 1 mes tras realizarlas. Secundario. Anotaciones erróneas o realizadas fuera de plazo. 1 2 o más 10 % de la ayuda
PASTOREO EXTENSIVO, SIEGA Y BIODIVERSIDAD. PASTOS HÚMEDOS Y PASTOS MEDITERRÁNEOS. P2A. Establecimiento de islas de biodiversidad. La fecha y las actividades realizadas deberán registrarse en el en el cuaderno de explotación agrícola a más tardar 1 mes tras realizarlas. Secundario. Anotaciones erróneas o realizadas fuera de plazo. 2 o más 1 o más 15 % de la ayuda
PASTOREO EXTENSIVO, SIEGA Y BIODIVERSIDAD. PASTOS HÚMEDOS Y PASTOS MEDITERRÁNEOS. P2B. Siega sostenible. Explotaciones en REGA a fin de plazo de modificación SU como explotaciones de ganado bovino, ovino, caprino, equino tipo «producción y reproducción» y clasificación zootécnica correcta. Excluyente. Incumplimiento que no respeta los criterios de subvencionabilidad establecidos en la concesión o mantenimiento de la ayuda.
PASTOREO EXTENSIVO, SIEGA Y BIODIVERSIDAD. PASTOS HÚMEDOS Y PASTOS MEDITERRÁNEOS. P2B. Siega sostenible. Anotaciones en el cuaderno de explotación agrícola de las labores de siega realizadas a más tardar 1 mes de realizarse. Principal. No dispone de cuaderno, o no existe ninguna anotación en el mismo. 1 20 % de la ayuda
PASTOREO EXTENSIVO, SIEGA Y BIODIVERSIDAD. PASTOS HÚMEDOS Y PASTOS MEDITERRÁNEOS. P2B. Siega sostenible. Anotaciones en el cuaderno de explotación agrícola de las labores de siega realizadas a más tardar 1 mes de realizarse. Principal. No dispone de cuaderno, o no existe ninguna anotación en el mismo. 2 o más 30 % de la ayuda
PASTOREO EXTENSIVO, SIEGA Y BIODIVERSIDAD. PASTOS HÚMEDOS Y PASTOS MEDITERRÁNEOS. P2B. Siega sostenible. Anotaciones en el cuaderno de explotación agrícola de las labores de siega realizadas a más tardar 1 mes de realizarse. Secundario. Anotaciones erróneas o realizadas fuera de plazo. 1 1 5 % de la ayuda
PASTOREO EXTENSIVO, SIEGA Y BIODIVERSIDAD. PASTOS HÚMEDOS Y PASTOS MEDITERRÁNEOS. P2B. Siega sostenible. Anotaciones en el cuaderno de explotación agrícola de las labores de siega realizadas a más tardar 1 mes de realizarse. Secundario. Anotaciones erróneas o realizadas fuera de plazo. 1 2 o más 10 % de la ayuda
PASTOREO EXTENSIVO, SIEGA Y BIODIVERSIDAD. PASTOS HÚMEDOS Y PASTOS MEDITERRÁNEOS. P2B. Siega sostenible. Anotaciones en el cuaderno de explotación agrícola de las labores de siega realizadas a más tardar 1 mes de realizarse. Secundario. Anotaciones erróneas o realizadas fuera de plazo. 2 o más 1 o más 15 % de la ayuda
ROTACIÓN CON ESPECIES MEJORANTES Y SIEMBRA DIRECTA. TIERRAS DE CULTIVO DE REGADÍO P3. Rotación de cultivos con especies mejorantes. Plan de abonado. Principal. No dispone de Plan de Abonado. 1 1 20 % de la ayuda
ROTACIÓN CON ESPECIES MEJORANTES Y SIEMBRA DIRECTA. TIERRAS DE CULTIVO DE REGADÍO P3. Rotación de cultivos con especies mejorantes. Plan de abonado. Principal. No dispone de Plan de Abonado. 2 o más 1 30 % de la ayuda
ROTACIÓN CON ESPECIES MEJORANTES Y SIEMBRA DIRECTA. TIERRAS DE CULTIVO DE REGADÍO P3. Rotación de cultivos con especies mejorantes. Plan de abonado. Secundario. Plan de Abonado Incompleto. 1 1 5 % de la ayuda
ROTACIÓN CON ESPECIES MEJORANTES Y SIEMBRA DIRECTA. TIERRAS DE CULTIVO DE REGADÍO P3. Rotación de cultivos con especies mejorantes. Plan de abonado. Secundario. Plan de Abonado Incompleto. 1 2 o más 10 % de la ayuda
ROTACIÓN CON ESPECIES MEJORANTES Y SIEMBRA DIRECTA. TIERRAS DE CULTIVO DE REGADÍO P3. Rotación de cultivos con especies mejorantes. Plan de abonado. Secundario. Plan de Abonado Incompleto. 2 o más 1 o más 15 % de la ayuda
ROTACIÓN CON ESPECIES MEJORANTES Y SIEMBRA DIRECTA. TIERRAS DE CULTIVO DE REGADÍO P3. Rotación de cultivos con especies mejorantes. Anotaciones en el cuaderno de explotación agrícola de las operaciones de aporte de nutrientes y materia orgánica al suelo agrario y de agua de riego. Principal. No dispone de cuaderno, o no existe ninguna anotación en el mismo. 1 20 % de la ayuda
ROTACIÓN CON ESPECIES MEJORANTES Y SIEMBRA DIRECTA. TIERRAS DE CULTIVO DE REGADÍO P3. Rotación de cultivos con especies mejorantes. Anotaciones en el cuaderno de explotación agrícola de las operaciones de aporte de nutrientes y materia orgánica al suelo agrario y de agua de riego. Principal. No dispone de cuaderno, o no existe ninguna anotación en el mismo. 2 o más 30 % de la ayuda
ROTACIÓN CON ESPECIES MEJORANTES Y SIEMBRA DIRECTA. TIERRAS DE CULTIVO DE REGADÍO P3. Rotación de cultivos con especies mejorantes. Anotaciones en el cuaderno de explotación agrícola de las operaciones de aporte de nutrientes y materia orgánica al suelo agrario y de agua de riego. Secundario. Anotaciones erróneas o realizadas fuera de plazo. 1 1 5 % de la ayuda
ROTACIÓN CON ESPECIES MEJORANTES Y SIEMBRA DIRECTA. TIERRAS DE CULTIVO DE REGADÍO P3. Rotación de cultivos con especies mejorantes. Anotaciones en el cuaderno de explotación agrícola de las operaciones de aporte de nutrientes y materia orgánica al suelo agrario y de agua de riego. Secundario. Anotaciones erróneas o realizadas fuera de plazo. 1 2 o más 10 % de la ayuda
ROTACIÓN CON ESPECIES MEJORANTES Y SIEMBRA DIRECTA. TIERRAS DE CULTIVO DE REGADÍO P3. Rotación de cultivos con especies mejorantes. Anotaciones en el cuaderno de explotación agrícola de las operaciones de aporte de nutrientes y materia orgánica al suelo agrario y de agua de riego. Secundario. Anotaciones erróneas o realizadas fuera de plazo. 2 o más 1 o más 15 % de la ayuda
ROTACIÓN CON ESPECIES MEJORANTES Y SIEMBRA DIRECTA. TIERRAS DE CULTIVO DE REGADÍO P4. Agricultura de conservación: siembra directa. Plan de abonado. Principal. No dispone de Plan de Abonado. 1 1 20 % de la ayuda
ROTACIÓN CON ESPECIES MEJORANTES Y SIEMBRA DIRECTA. TIERRAS DE CULTIVO DE REGADÍO P4. Agricultura de conservación: siembra directa. Plan de abonado. Principal. No dispone de Plan de Abonado. 2 o más 1 30 % de la ayuda
ROTACIÓN CON ESPECIES MEJORANTES Y SIEMBRA DIRECTA. TIERRAS DE CULTIVO DE REGADÍO P4. Agricultura de conservación: siembra directa. Plan de abonado. Secundario. Plan de Abonado Incompleto. 1 1 5 % de la ayuda
ROTACIÓN CON ESPECIES MEJORANTES Y SIEMBRA DIRECTA. TIERRAS DE CULTIVO DE REGADÍO P4. Agricultura de conservación: siembra directa. Plan de abonado. Secundario. Plan de Abonado Incompleto. 1 2 o más 10 % de la ayuda
ROTACIÓN CON ESPECIES MEJORANTES Y SIEMBRA DIRECTA. TIERRAS DE CULTIVO DE REGADÍO P4. Agricultura de conservación: siembra directa. Plan de abonado. Secundario. Plan de Abonado Incompleto. 2 o más 1 o más 15 % de la ayuda
ROTACIÓN CON ESPECIES MEJORANTES Y SIEMBRA DIRECTA. TIERRAS DE CULTIVO DE REGADÍO P4. Agricultura de conservación: siembra directa. Anotaciones en el cuaderno de explotación agrícola de las operaciones de aporte de nutrientes y materia orgánica al suelo agrario y de agua de riego. Principal. No dispone de cuaderno, o no existe ninguna anotación en el mismo. 1 20 % de la ayuda
ROTACIÓN CON ESPECIES MEJORANTES Y SIEMBRA DIRECTA. TIERRAS DE CULTIVO DE REGADÍO P4. Agricultura de conservación: siembra directa. Anotaciones en el cuaderno de explotación agrícola de las operaciones de aporte de nutrientes y materia orgánica al suelo agrario y de agua de riego. Principal. No dispone de cuaderno, o no existe ninguna anotación en el mismo. 2 o más 30 % de la ayuda
ROTACIÓN CON ESPECIES MEJORANTES Y SIEMBRA DIRECTA. TIERRAS DE CULTIVO DE REGADÍO P4. Agricultura de conservación: siembra directa. Anotaciones en el cuaderno de explotación agrícola de las operaciones de aporte de nutrientes y materia orgánica al suelo agrario y de agua de riego. Secundario. Anotaciones erróneas o realizadas fuera de plazo. 1 1 5 % de la ayuda
ROTACIÓN CON ESPECIES MEJORANTES Y SIEMBRA DIRECTA. TIERRAS DE CULTIVO DE REGADÍO P4. Agricultura de conservación: siembra directa. Anotaciones en el cuaderno de explotación agrícola de las operaciones de aporte de nutrientes y materia orgánica al suelo agrario y de agua de riego. Secundario. Anotaciones erróneas o realizadas fuera de plazo. 1 2 o más 10 % de la ayuda
ROTACIÓN CON ESPECIES MEJORANTES Y SIEMBRA DIRECTA. TIERRAS DE CULTIVO DE REGADÍO P4. Agricultura de conservación: siembra directa. Anotaciones en el cuaderno de explotación agrícola de las operaciones de aporte de nutrientes y materia orgánica al suelo agrario y de agua de riego. Secundario. Anotaciones erróneas o realizadas fuera de plazo. 2 o más 1 o más 15 % de la ayuda
CUBIERTAS VEGETALES Y CUBIERTAS INERTES. CULTIVOS LEÑOSOS. P6. Cubiertas vegetales espontáneas o sembradas. Anotaciones cuaderno de explotación: fecha de establecimiento de la cubierta vegetal, tipo de mantenimiento en 1 mes. Anotación de a anchura de la cubierta y la anchura libre de la proyección de copa. Principal. No dispone de cuaderno, o no existe ninguna anotación en el mismo. 1 20 % de la ayuda
CUBIERTAS VEGETALES Y CUBIERTAS INERTES. CULTIVOS LEÑOSOS. P6. Cubiertas vegetales espontáneas o sembradas. Anotaciones cuaderno de explotación: fecha de establecimiento de la cubierta vegetal, tipo de mantenimiento en 1 mes. Anotación de a anchura de la cubierta y la anchura libre de la proyección de copa. Principal. No dispone de cuaderno, o no existe ninguna anotación en el mismo. 2 o más 30 % de la ayuda
CUBIERTAS VEGETALES Y CUBIERTAS INERTES. CULTIVOS LEÑOSOS. P6. Cubiertas vegetales espontáneas o sembradas. Anotaciones cuaderno de explotación: fecha de establecimiento de la cubierta vegetal, tipo de mantenimiento en 1 mes. Anotación de a anchura de la cubierta y la anchura libre de la proyección de copa. Secundario. Anotaciones erróneas o realizadas fuera de plazo. 1 1 5 % de la ayuda
CUBIERTAS VEGETALES Y CUBIERTAS INERTES. CULTIVOS LEÑOSOS. P6. Cubiertas vegetales espontáneas o sembradas. Anotaciones cuaderno de explotación: fecha de establecimiento de la cubierta vegetal, tipo de mantenimiento en 1 mes. Anotación de a anchura de la cubierta y la anchura libre de la proyección de copa. Secundario. Anotaciones erróneas o realizadas fuera de plazo. 1 2 o más 10 % de la ayuda
CUBIERTAS VEGETALES Y CUBIERTAS INERTES. CULTIVOS LEÑOSOS. P6. Cubiertas vegetales espontáneas o sembradas. Anotaciones cuaderno de explotación: fecha de establecimiento de la cubierta vegetal, tipo de mantenimiento en 1 mes. Anotación de a anchura de la cubierta y la anchura libre de la proyección de copa. Secundario. Anotaciones erróneas o realizadas fuera de plazo. 2 o más 1 o más 15 % de la ayuda
CUBIERTAS VEGETALES Y CUBIERTAS INERTES. CULTIVOS LEÑOSOS. P7. Cubiertas inertes de restos de poda. Anotaciones en el cuaderno de explotación: fecha establecimiento cubierta (antes de 15 de abril), anchura cubierta y proyección copa en un mes. Principal. No dispone de cuaderno, o no existe ninguna anotación en el mismo. 1 20 % de la ayuda
CUBIERTAS VEGETALES Y CUBIERTAS INERTES. CULTIVOS LEÑOSOS. P7. Cubiertas inertes de restos de poda. Anotaciones en el cuaderno de explotación: fecha establecimiento cubierta (antes de 15 de abril), anchura cubierta y proyección copa en un mes. Principal. No dispone de cuaderno, o no existe ninguna anotación en el mismo. 2 o más 30 % de la ayuda
CUBIERTAS VEGETALES Y CUBIERTAS INERTES. CULTIVOS LEÑOSOS. P7. Cubiertas inertes de restos de poda. Anotaciones en el cuaderno de explotación: fecha establecimiento cubierta (antes de 15 de abril), anchura cubierta y proyección copa en un mes. Secundario. Anotaciones erróneas o realizadas fuera de plazo. 1 1 5 % de la ayuda
CUBIERTAS VEGETALES Y CUBIERTAS INERTES. CULTIVOS LEÑOSOS. P7. Cubiertas inertes de restos de poda. Anotaciones en el cuaderno de explotación: fecha establecimiento cubierta (antes de 15 de abril), anchura cubierta y proyección copa en un mes. Secundario. Anotaciones erróneas o realizadas fuera de plazo. 1 2 o más 10 % de la ayuda
CUBIERTAS VEGETALES Y CUBIERTAS INERTES. CULTIVOS LEÑOSOS. P7. Cubiertas inertes de restos de poda. Anotaciones en el cuaderno de explotación: fecha establecimiento cubierta (antes de 15 de abril), anchura cubierta y proyección copa en un mes. Secundario. Anotaciones erróneas o realizadas fuera de plazo. 2 o más 1 o más 15 % de la ayuda
ESPACIOS DE BIODIVERSIDAD. TIERRAS DE CULTIVO DE REGADÍO: CULTIVOS BAJO AGUA. P5. Opciones específicas de cultivos bajo agua. Anotación en el cuaderno de explotación las fechas de nivelación, siembra en seco, inundación y secas y construcción de caballones, en 1 mes. Principal. No dispone de cuaderno, o no existe ninguna anotación en el mismo. 1 20 % de la ayuda
ESPACIOS DE BIODIVERSIDAD. TIERRAS DE CULTIVO DE REGADÍO: CULTIVOS BAJO AGUA. P5. Opciones específicas de cultivos bajo agua. Anotación en el cuaderno de explotación las fechas de nivelación, siembra en seco, inundación y secas y construcción de caballones, en 1 mes. Principal. No dispone de cuaderno, o no existe ninguna anotación en el mismo. 2 o más 30 % de la ayuda
ESPACIOS DE BIODIVERSIDAD. TIERRAS DE CULTIVO DE REGADÍO: CULTIVOS BAJO AGUA. P5. Opciones específicas de cultivos bajo agua. Anotación en el cuaderno de explotación las fechas de nivelación, siembra en seco, inundación y secas y construcción de caballones, en 1 mes. Secundario. Anotaciones erróneas o realizadas fuera de plazo. 1 1 5 % de la ayuda
ESPACIOS DE BIODIVERSIDAD. TIERRAS DE CULTIVO DE REGADÍO: CULTIVOS BAJO AGUA. P5. Opciones específicas de cultivos bajo agua. Anotación en el cuaderno de explotación las fechas de nivelación, siembra en seco, inundación y secas y construcción de caballones, en 1 mes. Secundario. Anotaciones erróneas o realizadas fuera de plazo. 1 2 o más 10 % de la ayuda
ESPACIOS DE BIODIVERSIDAD. TIERRAS DE CULTIVO DE REGADÍO: CULTIVOS BAJO AGUA. P5. Opciones específicas de cultivos bajo agua. Anotación en el cuaderno de explotación las fechas de nivelación, siembra en seco, inundación y secas y construcción de caballones, en 1 mes. Secundario. Anotaciones erróneas o realizadas fuera de plazo. 2 o más 1 o más 15 % de la ayuda
ESPACIOS DE BIODIVERSIDAD. TIERRAS DE CULTIVO DE REGADÍO: CULTIVOS BAJO AGUA. P5. Opciones específicas de cultivos bajo agua. Plan de abonado. Principal. No dispone de plan de abonado. 1 1 20 % de la ayuda
ESPACIOS DE BIODIVERSIDAD. TIERRAS DE CULTIVO DE REGADÍO: CULTIVOS BAJO AGUA. P5. Opciones específicas de cultivos bajo agua. Plan de abonado. Principal. No dispone de plan de abonado. 2 o más 1 30 % de la ayuda
ESPACIOS DE BIODIVERSIDAD. TIERRAS DE CULTIVO DE REGADÍO: CULTIVOS BAJO AGUA. P5. Opciones específicas de cultivos bajo agua. Plan de abonado. Secundario. Plan de Abonado Incompleto. 1 1 5 % de la ayuda
ESPACIOS DE BIODIVERSIDAD. TIERRAS DE CULTIVO DE REGADÍO: CULTIVOS BAJO AGUA. P5. Opciones específicas de cultivos bajo agua. Plan de abonado. Secundario. Plan de Abonado Incompleto. 1 2 o más 10 % de la ayuda
ESPACIOS DE BIODIVERSIDAD. TIERRAS DE CULTIVO DE REGADÍO: CULTIVOS BAJO AGUA. P5. Opciones específicas de cultivos bajo agua. Plan de abonado. Secundario. Plan de Abonado Incompleto. 2 o más 1 o más 15 % de la ayuda
ESPACIOS DE BIODIVERSIDAD. TIERRAS DE CULTIVO DE REGADÍO: CULTIVOS BAJO AGUA. P5. Opciones específicas de cultivos bajo agua. Anotaciones en el cuaderno de explotación agrícola de las operaciones de aporte de nutrientes y materia orgánica al suelo agrario y de agua de riego. Principal. No dispone de cuaderno, o no existe ninguna anotación en el mismo. 1 20 % de la ayuda
ESPACIOS DE BIODIVERSIDAD. TIERRAS DE CULTIVO DE REGADÍO: CULTIVOS BAJO AGUA. P5. Opciones específicas de cultivos bajo agua. Anotaciones en el cuaderno de explotación agrícola de las operaciones de aporte de nutrientes y materia orgánica al suelo agrario y de agua de riego. Principal. No dispone de cuaderno, o no existe ninguna anotación en el mismo. 2 o más 30 % de la ayuda
ESPACIOS DE BIODIVERSIDAD. TIERRAS DE CULTIVO DE REGADÍO: CULTIVOS BAJO AGUA. P5. Opciones específicas de cultivos bajo agua. Anotaciones en el cuaderno de explotación agrícola de las operaciones de aporte de nutrientes y materia orgánica al suelo agrario y de agua de riego. Secundario. Anotaciones erróneas o realizadas fuera de plazo. 1 1 5 % de la ayuda
ESPACIOS DE BIODIVERSIDAD. TIERRAS DE CULTIVO DE REGADÍO: CULTIVOS BAJO AGUA. P5. Opciones específicas de cultivos bajo agua. Anotaciones en el cuaderno de explotación agrícola de las operaciones de aporte de nutrientes y materia orgánica al suelo agrario y de agua de riego. Secundario. Anotaciones erróneas o realizadas fuera de plazo. 1 2 o más 10 % de la ayuda
ESPACIOS DE BIODIVERSIDAD. TIERRAS DE CULTIVO DE REGADÍO: CULTIVOS BAJO AGUA. P5. Opciones específicas de cultivos bajo agua. Anotaciones en el cuaderno de explotación agrícola de las operaciones de aporte de nutrientes y materia orgánica al suelo agrario y de agua de riego. Secundario. Anotaciones erróneas o realizadas fuera de plazo. 2 o más 1 o más 15 % de la ayuda

Se modifica por el art. 8.6 del Real Decreto 916/2025, de 14 de octubre. Ref. BOE-A-2025-20583

Se modifica por el art. 5.7 del Real Decreto 1028/2024, de 8 de octubre. Ref. BOE-A-2024-20404

Se añade por el art. 8.12 del Real Decreto 92/2024, de 23 de enero. Ref. BOE-A-2024-1308

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