Real Decreto 251/2024, de 12 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones de las intervenciones de intercambio de conocimientos y actividades de formación e información y servicios de asesoramiento, destinadas al sector agroalimentario y forestal, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común 2023-2027
El asesoramiento individualizado se basará en las demandas del asesorado y en un diagnóstico que valore la situación y que dará lugar a un plan de mejora digital, recomendaciones o consejos de actuación por parte del personal de asesoría. Deberán cubrir alguno de los aspectos señalados en el artículo 15.4 del Reglamento (UE) 2021/2115, de 2 de diciembre de 2021, y plantearse con un enfoque integrado, orientado y coordinando la medida a través de instituciones o entidades que permitan garantizar un servicio técnico de calidad. Este asesoramiento puede también acometer un proceso de innovación global en explotaciones que hayan comenzado a usar herramientas digitales sin que estén alineadas entre sí y con sus procesos de trabajo.
La entidad o agrupación beneficiaria deberá elaborar un Plan de asesoramiento, que debe responder a la demanda del asesorado.
Las personas usuarias finales del servicio de asesoramiento formalizarán su relación mediante la suscripción de un condicionado, recogiendo las obligaciones de ambas partes y, en todo caso, aquellos aspectos que vengan determinados por las presentes bases reguladoras y restante normativa aplicable a las presentes subvenciones. Asimismo, una vez finalizado el asesoramiento, quienes sean usuarios finales acreditarán la realización del asesoramiento mediante la suscripción de un documento con indicación de la fecha de prestación del servicio y la descripción del servicio prestado.
Proporcionar asesoramiento de carácter presencial para el asesoramiento integral, si bien puede existir asesoramiento complementario vía telemática.
Proporcionar asesoramiento de carácter semipresencial para el asesoramiento especializado.
Cada servicio de asesoramiento será prestado por la persona responsable del asesoramiento, que será quien firme el informe final de asesoramiento que deberá elaborar cuando finalice la prestación del servicio.
Disponer de una aplicación informática para el control de las personas usuarias y sus explotaciones.
Disponer de un sistema para valorar la calidad del servicio, incluyendo la evaluación por parte del receptor del asesoramiento, así como las reclamaciones formuladas por los/las usuarios/as con sus correspondientes contestaciones.
Contar con un programa de formación continua, que permita la actualización del personal dedicado a las tareas de asesoramiento.
Realizar una evaluación interna de cada actividad analizando el grado de satisfacción de la entidad asesorada, garantizando la confidencialidad y la representatividad.
Obligaciones respecto del Programa temático IV para la creación de servicios de asesoramiento:
Los servicios de asesoramiento en digitalización deberán cumplir las condiciones del artículo 15 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) n.º 1305/2013 y (UE) n.º 1307/2013.
No se podrá tener ya creado un servicio de asesoramiento en digitalización que haya sido financiado con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader).
Artículo 21. Justificación de los gastos y solicitud de pago.
Las solicitudes de pago se dirigirán a la Presidencia del FEGA y se cumplimentarán según el modelo establecido en la convocatoria correspondiente. Conforme a lo dispuesto en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se establece como obligatoria la presentación electrónica de la solicitud y de la documentación correspondiente, disponible en la sede electrónica asociada del FEGA, cuya dirección es https://www.sede.fega.gob.es.
El FEGA O.A. publicará en su Web una guía dirigida al beneficiario para orientarle en la correcta presentación de la solicitud de pago.
El plazo de presentación de cada solicitud de pago y de la documentación relacionada se establecerá en la convocatoria correspondiente. El incumplimiento de este plazo por razones imputables al beneficiario conllevará una penalización del 1 % de la ayuda por día hábil de retraso en la presentación de la solicitud de pago o de la documentación relacionada.
La justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en el acto de concesión se realizará mediante los procedimientos establecidos en el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
El plazo de justificación por parte de la entidad beneficiaria del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención y de la aplicación de los fondos percibidos será el indicado en la correspondiente convocatoria, que no podrá ser inferior a quince días desde la fecha límite para la ejecución de actividades según la resolución de concesión y las sucesivas de modificación que pudieran existir. Si se hubiera autorizado una prórroga del periodo de ejecución, el plazo comenzará a partir de la fecha de finalización de la ampliación del periodo de ejecución.
El órgano concedente de la subvención podrá otorgar una ampliación del plazo establecido para la presentación de la justificación cuando existan causas justificadas.
Transcurrido el plazo establecido sin haberse presentado la documentación justificativa ante el órgano competente, éste requerirá a la entidad beneficiaria para que en el plazo improrrogable de quince días hábiles sea presentada, con apercibimiento de que la falta de presentación dará lugar a la exigencia del reintegro y demás responsabilidades establecidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
La justificación se formalizará junto con la solicitud de pago de acuerdo con el modelo definido en la convocatoria y acompañadas de la documentación que se especifique en la convocatoria.
En el caso de actividades plurianuales, la documentación justificativa se presentará en el plazo indicado en la convocatoria en cada anualidad o periodo, salvo que la convocatoria determine que se realice una única justificación a la finalización de las actividades o si se incluyen justificaciones intermedias.
En el caso en que se opte por realizar una única justificación a la finalización de las actividades, las convocatorias podrán prever la solicitud de informes técnicos y económicos de avance intermedio que seguirán el modelo establecido en la convocatoria.
Las agrupaciones o entidades beneficiarias deberán presentar los informes de justificación técnica y económica en los términos que se detallan a continuación.
La justificación técnica consistirá en la presentación de una Memoria Técnica por cada programa temático recogiendo el detalle de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos, justificando el cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención.
La justificación económica se realizará a través de una Memoria Económica justificativa del coste de las actividades realizadas mediante cuenta justificativa con aportación de informe de auditor, de acuerdo con el artículo 74 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y documentación acreditativa de los gastos realizados. El informe del auditor se ajustará a lo dispuesto en la Orden EHA/1434/2007, de 17 de mayo, por la que se aprueba la norma de actuación de los auditores de cuentas en la realización de los trabajos de revisión de cuentas justificativas de subvenciones, en el ámbito del sector público estatal, previstos en el artículo 74 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. El auditor, que deberá estar registrado en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, verificará la adecuación de la cuenta justificativa de la entidad beneficiaria, comprobando la suficiencia y veracidad de los documentos y la elegibilidad de los gastos y pagos, así como los procedimientos de contratación (incluida la pública), moderación de costes, la posible existencia de doble financiación y realizando una evaluación de indicadores de fraude. Además, en su caso, deberá hacer uso de bases de datos y sistemas adecuados y disponibles de información. Todo ello, de acuerdo con lo establecido en la resolución de concesión y, en su caso, con los requerimientos adicionales realizados durante la ejecución de las actividades. Además, el auditor de cuentas deberá comunicar cualquier fraude o sospecha de fraude a la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria y a la Subdirección General de Regulación de Mercados del FEGA O.A.
Las entidades beneficiarias deberán custodiar todas las facturas y demás documentos que acrediten los gastos y pagos objeto de la subvención en que hayan incurrido, y quedarán a disposición del órgano concedente, que podrá requerirlas para su comprobación en cualquier momento.
Las actuaciones para las que se solicite el pago deberán estar ejecutadas, justificadas y abonadas dentro del periodo subvencionable establecido para la ejecución de las actuaciones para ser subvencionables, salvo la excepción relativa al informe de auditoría y a la justificación de los costes indirectos. Además, los conceptos de gasto deberán detallarse individualmente siguiendo el modelo que se establezca en la convocatoria.
Sólo podrán considerarse financiables aquellos conceptos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad a financiar y resulten estrictamente necesarios, con base en la descripción de las actuaciones aportada.
Artículo 22. Pagos.
El pago de la ayuda lo efectuará el FEGA O.A., mediante transferencia bancaria a la cuenta única que el representante de la agrupación beneficiaria haya indicado en la solicitud.
Para calcular la ayuda a pagar, se comprobará la justificación de gastos aportada por la entidad o agrupación beneficiaria. En su caso, se identificarán y se segregarán los gastos no elegibles. Se realizará -si procediese- una suma de gastos elegibles por miembro de la agrupación y del total de la agrupación. La subvención se calculará aplicando la tasa de financiación de las ayudas que corresponda según la resolución de concesión a la suma de gastos elegibles, calculada tanto para cada miembro de la agrupación como para la agrupación. La subvención que, de acuerdo con este cálculo, corresponda a un miembro no podrá superar la subvención que dicho miembro tenía consignada en la resolución de concesión de la ayuda.
A los efectos previstos en el artículo 34.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, la valoración del cumplimiento por el beneficiario de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y de que no es deudor por resolución de procedencia de reintegro, así como su forma de acreditación, se efectuará en los mismos términos previstos en los párrafos a) y d) del artículo 13.10.
El pago de la subvención, conforme al artículo 6, se realizará al representante de la agrupación beneficiaria, que distribuirá la subvención entre sus miembros de acuerdo con el grado de participación de cada uno en la misma, según lo dispuesto en la resolución de pago de la ayuda, en el plazo de 15 días hábiles desde la recepción de dicha resolución de pago. El representante presentará en la sede electrónica asociada del FEGA O.A., los justificantes de dicho reparto.
No podrá realizarse el pago de la subvención a los miembros de la agrupación beneficiaria que no se hallen al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, según el artículo 34 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Tampoco procede el pago de la subvención a quienes sean deudores por procedencia de reintegro.
Artículo 23. Comprobación y control.
La entidad beneficiaria estará sometida a las actuaciones de comprobación a efectuar por el FEGA O.A., el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y cualquier otro órgano de control legitimado por el origen de los fondos o personas o entidades en quién deleguen. Así, además de por el órgano concedente, la entidad o agrupación beneficiaria estará sometida al control por la Intervención General de la Administración del Estado y por el Tribunal de Cuentas y, en su caso, por la Comisión Europea, por la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude, y por el Tribunal de Cuentas Europeo, en virtud de lo establecido en la normativa de la Unión Europea aplicable.
Las entidades o agrupaciones beneficiarias deberán disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos en los términos exigidos por la legislación aplicable a la entidad beneficiaria, así como de las facturas y demás justificantes de gasto de valor probatorio equivalente y los correspondientes justificantes de pago. Este conjunto de documentos constituye el soporte justificativo de la subvención concedida y garantiza su adecuado reflejo en la contabilidad de la entidad beneficiaria.
La comprobación formal para la liquidación de la subvención se realizará sobre las cuentas justificativas presentadas. Las facturas y justificantes de pago o documentos de valor probatorio análogo que sustenten dichos informes serán objeto de comprobación en el plazo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, o en la normativa específica europea aplicable. Se verificará el cumplimiento de las actividades objeto de la subvención y que ésta se ha aplicado a la concreta finalidad para la que fue concedida. Esta comprobación deberá basarse en la revisión y valoración de la documentación justificativa técnica y económica, en particular, de las cuentas justificativas presentadas. A tales efectos, podrán realizarse las acciones de comprobación que se estimen convenientes para verificar el cumplimiento de las condiciones técnicas y económicas exigidas a la entidad beneficiaria.
De conformidad con el artículo 60 del Reglamento (UE) n.º 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de2021, se realizarán controles sistemáticos, que se centrarán, entre otros, en los ámbitos en que el riesgo de error sea más elevado.
Así mismo, de conformidad con dicho precepto se garantizará un nivel de control necesario para una gestión eficaz de los riesgos para los intereses financieros de la Unión, para lo que se extraerá una muestra de control que incluya, en su caso, una parte aleatoria y una parte basada en el riesgo.
En la medida de lo posible, esos controles se efectuarán antes de que se abone el pago final de una operación.
La realización de los controles sobre el terreno estará enmarcada dentro de un Plan de Control y quedarán recogidos en un informe.
Tras la correspondiente comprobación técnico-económica, el órgano concedente de la subvención, por sí mismo o a través del órgano o unidad que designe, emitirá una certificación acreditativa del cumplimiento de los fines que justificaron la concesión de la subvención. Dicha certificación determinará la procedencia del pago de la subvención o, en su caso, el reintegro, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Con el fin de evaluar el grado de cumplimiento de los objetivos establecidos, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación podrá realizar, conforme a lo dispuesto en este real decreto, un análisis ex post del efecto de las actuaciones financiadas a través de la recopilación de la información aportada por las entidades beneficiarias y la agregada de cada convocatoria.
A tales efectos, a la finalización de las actividades, las entidades beneficiarias deberán cumplimentar junto con la documentación justificativa, un cuestionario sobre los resultados obtenidos y los cambios derivados de su ejecución. Este procedimiento de recopilación de información a través de cuestionario podrá repetirse otra vez transcurridos dos años tras la finalización de las actividades. La información recopilada se tratará de un modo agregado con el fin de construir los principales indicadores de resultados de cada convocatoria y elaborar un análisis estadístico detallado acerca de los efectos alcanzados por esta. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación podrá realizar dicho análisis directamente o a través de personas u organismos externos.
La verificación de la moderación de los costes de aquellos gastos que se determine en la convocatoria, cuando la modalidad de la ayuda sea reembolso de los costes subvencionables efectuados efectivamente por quien sea beneficiario, se realizará de acuerdo con las disposiciones establecidas en el Real Decreto 1047/2022, de 28 de diciembre.
Para costes de hasta 5.000 euros, la moderación de los costes podrá verificarse a través de un proyecto de presupuesto acordado ex ante por la autoridad de gestión del PEPAC.
Artículo 24. Reintegro.
No se tramitarán reintegros ni pagos complementarios por importes inferiores a 250 euros procedentes de fondos Feader, con la salvedad de que la normativa de la Unión Europea establezca otra cuantía/ tal, y como se establece en la disposición adicional segunda del Real Decreto 147/2023, de 28 de febrero, por el que se establecen las normas para la aplicación de penalizaciones en las intervenciones contempladas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común.
El reintegro de la subvención se regulará de acuerdo con lo dispuesto en el título II de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Artículo 25. Devolución a iniciativa del perceptor.
La entidad beneficiaria podrá efectuar la devolución voluntaria de los importes recibidos sin previo requerimiento de la Administración, al que se añadirán los intereses de demora correspondientes, conforme a lo establecido en el artículo 90 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. La devolución se realizará de acuerdo con el procedimiento de recaudación de los ingresos no tributarios regulados por la Orden PRE/1064/2016, de 29 de junio, por la que se desarrolla parcialmente el Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, en lo relativo al procedimiento de recaudación de recursos no tributarios ni aduaneros de titularidad de la Administración General del Estado a través de entidades colaboradoras.
Artículo 26. Infracciones y Sanciones.
Será de aplicación a estas ayudas el régimen de sanciones correspondientes de conformidad con la Ley 30/2022, de 23 de diciembre, por la que se regulan el sistema de gestión de la Política Agrícola Común y otras materias conexas y la normativa de desarrollo correspondiente.
Así mismo será de aplicación lo dispuesto en el Real Decreto 147/2023, de 28 de febrero, por el que se establecen las normas para la aplicación de penalizaciones en las intervenciones contempladas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y se modifican varios reales decretos por los que se regulan distintos aspectos relacionados con la aplicación en España de la Política Agrícola Común para el período 2023-2027.
Artículo 27. Publicidad.
Será de aplicación lo previsto en los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en materia de publicidad y transparencia. El extracto de la convocatoria será publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de acuerdo con el artículo 17.3.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Asimismo, las entidades beneficiarias deberán dar publicidad de las subvenciones y subvenciones percibidas en los términos y condiciones establecidos en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
Por otra parte, se atenderá lo dispuesto en las normas establecidas en materia de información y publicidad, detalladas en el anexo III, del Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1475 de la Comisión, de 6 de septiembre de 2022, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a la evaluación de los planes estratégicos de la PAC y al suministro de información para el seguimiento y la evaluación.
Artículo 28. Graduación de incumplimientos.
El incumplimiento total o parcial de los requisitos y obligaciones establecidos en estas bases, en las resoluciones de convocatoria, en la normativa europea, en su caso, y demás normas aplicables, así como de las condiciones que se establezcan en las correspondientes resoluciones de concesión, dará lugar a la pérdida del derecho al cobro de la subvención y a la obligación de reintegrar ésta.
Los criterios de graduación de incumplimientos serán los siguientes:
El incumplimiento total y manifiesto de los objetivos para los que se concedió la subvención, determinado a través de los mecanismos de seguimiento, control y comprobación, será causa de reintegro total de la subvención, y en su caso de la pérdida del derecho al cobro de las cantidades pendientes de percibir.
El incumplimiento de los objetivos parciales o actividades concretas determinado a través de los mecanismos de seguimiento, control y comprobación, conllevará la devolución de aquella parte de la subvención destinada a las mismas y, en su caso, la pérdida del derecho al cobro de las cantidades pendientes de percibir.
En el caso de que se prevea exigir la autorización de modificaciones del presupuesto financiable, la no solicitud o denegación de esta supondrá la devolución de las cantidades desviadas.
La falta de presentación de la documentación justificativa conllevará la devolución de las cantidades percibidas y no justificadas y, en su caso, la pérdida del derecho al cobro de las cantidades pendientes de percibir.
La no aportación de las tres ofertas conforme a lo establecido en el artículo 8.8 significará la reducción de la subvención en un importe al equivalente al no justificado por este motivo y sin perjuicio de lo previsto por la normativa europea en aquellos casos que resulte de aplicación.
El incumplimiento de la obligación de dar publicidad a la subvención concedida, en los términos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en este real decreto, será causa del reintegro parcial de hasta el 2 % del importe asociado a dicho incumplimiento.
No obstante, de conformidad con el artículo 31.3 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y sin perjuicio de lo dispuesto por la normativa europea y de las sanciones que en su caso puedan imponerse, si fuera aún posible su cumplimiento en los términos establecidos, o pudieran realizarse acciones correctoras de la falta de publicidad, el órgano concedente requerirá a la entidad beneficiaria para que adopte las medidas de difusión pertinentes en un plazo no superior a quince días, con expresa advertencia de las consecuencias que de dicho incumplimiento pudieran derivarse por aplicación del artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Artículo 29. Confidencialidad y protección de datos de carácter personal.
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y en particular la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria y el FEGA O.A. mantienen un compromiso de cumplimiento de la legislación vigente en materia de tratamiento de datos personales y seguridad de la información con el objeto de garantizar que la recogida y tratamiento de los datos facilitados se realiza conforme al Reglamento (UE) 679/2016 General de Protección de Datos y de la normativa nacional vigente en la materia. Por este motivo, se ofrece a continuación información sobre la política de protección de datos aplicada al tratamiento pagos de ayudas y control de deudores:
Responsable del tratamiento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Unidades gestoras del procedimiento:
Datos de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, delegado de protección de datos: bzn-sgid@mapa.es.
Datos del FEGA O.A.: Subdirección General de Regulación de Mercados sg.regulacionmercados@fega.es.
Delegado de protección de datos: Inspección General de Servicios: bzn-DPD@mapa.es.
Finalidad del tratamiento: los datos personales incorporados serán utilizados exclusivamente para la gestión de la subvenciones y se conservarán mientras la legislación aplicable obligue a su conservación (Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y al Real Decreto 1708/2011, de 18 de noviembre, por el que se establece el Sistema Español de Archivos y se regula el Sistema de Archivos de la Administración General del Estado y de sus Organismos Públicos y su régimen de acceso).
La presentación de la solicitud conlleva que queda informado de que sus datos, disponibles en las bases de datos externas, serán tratados con el fin de detectar indicadores de riesgo.
Legitimación del tratamiento: el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento y está justificado por los siguientes apartados:
1.º Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, sobre la financiación, la gestión y el seguimiento de la política agrícola común y por el que se deroga el Reglamento (UE) 1306/2013.
2.º Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
3.º Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Destinatarios de los datos: no están previstas cesiones de datos ni transferencias internacionales de datos salvo las previstas legalmente.
Conforme a lo previsto en el RGPD podrá solicitar al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través de su sede electrónica asociada, el acceso, rectificación y supresión de sus datos personales, la limitación y oposición al tratamiento de sus datos y a no ser objeto de decisiones automatizadas. Asimismo, si considera vulnerados sus derechos, puede presentar una reclamación de tutela ante la Agencia Española de Protección de Datos (https://sedeagpd.gob.es/).
Artículo 30. Mecanismos para reducir el riesgo de fraude, corrupción y conflicto de intereses.
El personal perteneciente a la Administración General del Estado u otra entidad de carácter público participante en el proceso de selección de los beneficiarios, o en los procesos de verificación del cumplimiento de las condiciones de admisibilidad y en la Comisión de Valoración relativas a las presentes ayudas deberá manifestar de forma expresa la ausencia de conflictos de intereses. Para ello deberán firmar una declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI) de forma previa a la realización de dichas tareas. Así mismo deberán firmar una DACI aquellos otros agentes que, en su caso, asistan a dicho personal en alguna de estas funciones.
En el caso de que se detectase un posible conflicto de intereses, el afectado deberá poner en conocimiento de un responsable jerárquico superior, quien determinará las correspondientes actuaciones a realizar, en su caso. con objeto de promover una rotación del personal afectado, apartándolo de su actuación.
De esta actuación se deberá elaborar un breve informe con los antecedentes y resolución de esta situación, al objeto de que exista un registro del tratamiento del conflicto de interés.
Para realizar un correcto análisis de la gestión de estas ayudas se deberá realizar una evaluación del riesgo dejando evidencia del mismo, en busca de las partes del proceso más susceptibles de sufrir fraude, y controlarlas especialmente. Así mismo, se deberá crear un registro de indicadores de alerta de sospecha de fraude, las denominadas «banderas rojas», para ser incluidos en las respectivas listas de controles, administrativos y sobre el terreno, con las explicaciones y aclaraciones que fueran necesarias al respecto.
Se establecerán los mecanismos adecuados para evitar la creación de condiciones artificiales por parte de los beneficiarios. Incluyéndose dentro de las denominadas «banderas rojas» del apartado anterior.
Cualquier persona que tenga conocimiento de hechos que pudieran ser constitutivos de fraude o irregularidad en relación con otros proyectos u operaciones financiados total o parcialmente con cargo a fondos procedentes de la Unión Europea en el marco de las subvenciones reguladas en este real decreto, podrá poner dichos hechos en conocimiento del Servicio Nacional de Coordinación Antifraude de la Intervención General de la Administración del Estado, por medios electrónicos a través del canal habilitado al efecto por dicho Servicio en la dirección web https://www.igae.pap.hacienda.gob.es/sitios/igae/es-ES/snca/Paginas/inicio.aspx, y en los términos establecidos en la Comunicación 1/2017, de 3 de abril, del citado Servicio.
Todo el personal implicado en las ayudas que aquí se regulan perteneciente al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y sus organismos autónomos, actuará conforme al Código ético y de Integridad Pública del Departamento. Además, al personal implicado en la gestión, control y pago de las ayudas les serán de aplicación las instrucciones generales que la presidencia del FEGA O.A. apruebe, dentro del Plan de actuaciones para la prevención, detección y lucha contra el fraude.
Artículo 31. Ayudas de Estado.
Las ayudas contempladas en este real decreto que se proyecten sobre operadores dedicados a la producción agrícola de los productos recogidos en el anexo I del TFUE no tendrán la consideración de ayudas de Estado conforme a lo establecido en el artículo 145 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021.
Las ayudas que tengan la consideración de ayudas de Estado por proyectarse sobre operadores dedicados a la producción agrícola de productos no recogidos en el anexo I del TFUE, sobre operadores del sector forestal o sobre PYMES que actúen en el medio rural sin ser agroalimentarias ni forestales cumplirán con los requisitos que establece el Reglamento (UE) 2022/2472 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, cumpliendo sus artículos 47 y 48 para las empresas forestales y el artículo 56 para las pymes, por lo que quedan exentas de la obligación de notificación previa prevista en el artículo 108, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, o bien cumplirán con lo establecido por las Directrices de la Unión Europea aplicables a las ayudas estatales en los sectores agrícola y forestal y en las zonas rurales de 2023 a 2027, (2022/C 485/01), en función de la naturaleza cada propuesta de actividades, especialmente teniendo en cuenta los apartados [(499) para el sector forestal y] (635) para las PYMES en zonas rurales dedicadas a otras actividades.
Disposición adicional única. Aprobación por la Comisión Europea.
La concesión y pago de las ayudas que se sujeten a las Directrices de la Unión Europea aplicables a las ayudas estatales en los sectores agrícola y forestal y en las zonas rurales de 2023 a 2027 (2022/C 485/01) ha obtenido una decisión definitiva de conformidad emitida por la Comisión Europea, tras su notificación, mediante Decisión de 4 de octubre de 2023 C(2023) 6619 final.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Sin perjuicio de su aplicación a las convocatorias en curso, queda derogado el Real Decreto 113/2022, de 8 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de acciones de transferencia de conocimientos e información y adquisición de competencias en digitalización, y para el asesoramiento, gestión y sustitución, destinadas al sector agroalimentario, en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020, y se aprueba su convocatoria para los ejercicios 2022 y 2023.
Disposición final primera. Título competencial.
El presente real decreto se dicta al amparo del artículo 149.1.13.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado competencia en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.
Disposición final segunda. Desarrollo y modificación de los criterios de selección, costes simplificados y otros aspectos.
Se autoriza al titular del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a modificar los criterios de valoración señalados en el anexo I, previo el proceso consultivo que proceda, mediante orden ministerial.
Disposición final tercera. Normativa aplicable.
En todo lo no previsto en este real decreto será de aplicación el Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021; el Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, así como la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en caso de que en la ejecución de las subvenciones se celebren contratos que deban someterse a esta ley.
Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»
Dado en Madrid, el 12 de marzo de 2024.
FELIPE R.
El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación,
LUIS PLANAS PUCHADES
ANEXO I. Criterios de valoración
I.A EVENTOS DIGITALIZACIÓN.
II.A EVENTOS NO DIGITALIZACIÓN.
I.B ACTIVIDADES DEMOSTRATIVAS DIGITALIZACIÓN.
II.B ACTIVIDADES DEMOSTRATIVAS NO DIGITALIZACIÓN.
| Criterios y descripción | Puntuación máxima | Aspectos a valorar | Puntuación máxima aspectos |
|---|---|---|---|
| A1. Experiencia y enfoque. Experiencia en digitalización o en el ámbito sectorial correspondiente, y en temas transversales. Enfoque de la entidad o agrupación solicitante. | 10 | Incidencia y relevancia de las actividades desarrolladas en el ámbito de la sostenibilidad (ambiental, social y económica), digitalización, en el ámbito sectorial y en su consideración del género. | 7 |
| A1. Experiencia y enfoque. Experiencia en digitalización o en el ámbito sectorial correspondiente, y en temas transversales. Enfoque de la entidad o agrupación solicitante. | 10 | Visión y objetivos de la entidad o agrupación solicitante en relación con la solicitud de ayuda. | 3 |
| A2. Capacidad y estructura propia. Adecuación de medios materiales y recursos humanos a disposición del programa. | 10 | Proporcionalidad y multidisciplinariedad de los recursos humanos disponibles, desagregados por sexo, para ejecutar la propuesta de actividades. | 3 |
| A2. Capacidad y estructura propia. Adecuación de medios materiales y recursos humanos a disposición del programa. | 10 | Adecuación curricular del personal docente a la oferta demostrativa/divulgativa incluida en la propuesta de actividades. | 3 |
| A2. Capacidad y estructura propia. Adecuación de medios materiales y recursos humanos a disposición del programa. | 10 | Presencia y proporcionalidad de mujeres y hombres en el equipo que ejecute la propuesta de actividades. | 1 |
| A2. Capacidad y estructura propia. Adecuación de medios materiales y recursos humanos a disposición del programa. | 10 | Adecuación de las instalaciones y/o medios disponibles para la realización de las actividades propuestas. | 3 |
| B1. Idoneidad de la propuesta. Necesidad de la propuesta demostrativa/divulgativa. Adecuación de los objetivos y resultados previstos conforme a las necesidades del sector agroalimentario y forestal. Se tendrá en cuenta de manera transversal la componente medioambiental de las propuestas recibidas. | 6 | Relevancia y pertinencia de las necesidades detectadas (demostrativas/divulgativas) y adecuación de los objetivos y resultados previstos a las mismas en la propuesta de actividades. | 4 |
| B1. Idoneidad de la propuesta. Necesidad de la propuesta demostrativa/divulgativa. Adecuación de los objetivos y resultados previstos conforme a las necesidades del sector agroalimentario y forestal. Se tendrá en cuenta de manera transversal la componente medioambiental de las propuestas recibidas. | 6 | Adecuación de los objetivos y resultados conforme a las necesidades del sector agroalimentario y forestal. | 2 |
| B2. Descripción y planificación de las actividades. Evaluación de actividades y cronograma propuestos. Adecuación de la oferta de actividades a las potenciales destinatarias y destinatarios (especial consideración de la inclusión del enfoque de género, la atracción y retención de jóvenes y la cobertura a profesionales en zonas remotas, de alta montaña e incluidas en figuras de protección de espacios y especies.). Consideración de las explotaciones de titularidad compartida. Asimismo, se valorará el plan de promoción y captación de alumnado y el plan para el seguimiento y evaluación del programa. Se tendrá en cuenta de manera transversal la componente medioambiental de las propuestas recibidas. | 45 | Claridad expositiva en la descripción y caracterización de la actividad. | 6 |
| B2. Descripción y planificación de las actividades. Evaluación de actividades y cronograma propuestos. Adecuación de la oferta de actividades a las potenciales destinatarias y destinatarios (especial consideración de la inclusión del enfoque de género, la atracción y retención de jóvenes y la cobertura a profesionales en zonas remotas, de alta montaña e incluidas en figuras de protección de espacios y especies.). Consideración de las explotaciones de titularidad compartida. Asimismo, se valorará el plan de promoción y captación de alumnado y el plan para el seguimiento y evaluación del programa. Se tendrá en cuenta de manera transversal la componente medioambiental de las propuestas recibidas. | 45 | Congruencia de la propuesta: da respuesta a las necesidades y objetivos reflejados en B1. | 7 |
| B2. Descripción y planificación de las actividades. Evaluación de actividades y cronograma propuestos. Adecuación de la oferta de actividades a las potenciales destinatarias y destinatarios (especial consideración de la inclusión del enfoque de género, la atracción y retención de jóvenes y la cobertura a profesionales en zonas remotas, de alta montaña e incluidas en figuras de protección de espacios y especies.). Consideración de las explotaciones de titularidad compartida. Asimismo, se valorará el plan de promoción y captación de alumnado y el plan para el seguimiento y evaluación del programa. Se tendrá en cuenta de manera transversal la componente medioambiental de las propuestas recibidas. | 45 | Relevancia de la demostración/divulgación en el ámbito geográfico y sectorial en la que se aplicaría la misma. | 7 |
| B2. Descripción y planificación de las actividades. Evaluación de actividades y cronograma propuestos. Adecuación de la oferta de actividades a las potenciales destinatarias y destinatarios (especial consideración de la inclusión del enfoque de género, la atracción y retención de jóvenes y la cobertura a profesionales en zonas remotas, de alta montaña e incluidas en figuras de protección de espacios y especies.). Consideración de las explotaciones de titularidad compartida. Asimismo, se valorará el plan de promoción y captación de alumnado y el plan para el seguimiento y evaluación del programa. Se tendrá en cuenta de manera transversal la componente medioambiental de las propuestas recibidas. | 45 | Adecuación de la oferta a las posibles destinatarias y destinatarios. Público objetivo. | 2 |
| B2. Descripción y planificación de las actividades. Evaluación de actividades y cronograma propuestos. Adecuación de la oferta de actividades a las potenciales destinatarias y destinatarios (especial consideración de la inclusión del enfoque de género, la atracción y retención de jóvenes y la cobertura a profesionales en zonas remotas, de alta montaña e incluidas en figuras de protección de espacios y especies.). Consideración de las explotaciones de titularidad compartida. Asimismo, se valorará el plan de promoción y captación de alumnado y el plan para el seguimiento y evaluación del programa. Se tendrá en cuenta de manera transversal la componente medioambiental de las propuestas recibidas. | 45 | Inclusión de perspectiva de AKIS. | 1 |
| B2. Descripción y planificación de las actividades. Evaluación de actividades y cronograma propuestos. Adecuación de la oferta de actividades a las potenciales destinatarias y destinatarios (especial consideración de la inclusión del enfoque de género, la atracción y retención de jóvenes y la cobertura a profesionales en zonas remotas, de alta montaña e incluidas en figuras de protección de espacios y especies.). Consideración de las explotaciones de titularidad compartida. Asimismo, se valorará el plan de promoción y captación de alumnado y el plan para el seguimiento y evaluación del programa. Se tendrá en cuenta de manera transversal la componente medioambiental de las propuestas recibidas. | 45 | Inclusión de medidas para la retención y atracción de jóvenes. Emprendimiento. | 1 |
| B2. Descripción y planificación de las actividades. Evaluación de actividades y cronograma propuestos. Adecuación de la oferta de actividades a las potenciales destinatarias y destinatarios (especial consideración de la inclusión del enfoque de género, la atracción y retención de jóvenes y la cobertura a profesionales en zonas remotas, de alta montaña e incluidas en figuras de protección de espacios y especies.). Consideración de las explotaciones de titularidad compartida. Asimismo, se valorará el plan de promoción y captación de alumnado y el plan para el seguimiento y evaluación del programa. Se tendrá en cuenta de manera transversal la componente medioambiental de las propuestas recibidas. | 45 | Atención a profesionales en zonas remotas, de alta montaña e incluidas en figuras de protección de espacios y especies. Favoreciendo su inscripción en las actividades. | 1 |
| B2. Descripción y planificación de las actividades. Evaluación de actividades y cronograma propuestos. Adecuación de la oferta de actividades a las potenciales destinatarias y destinatarios (especial consideración de la inclusión del enfoque de género, la atracción y retención de jóvenes y la cobertura a profesionales en zonas remotas, de alta montaña e incluidas en figuras de protección de espacios y especies.). Consideración de las explotaciones de titularidad compartida. Asimismo, se valorará el plan de promoción y captación de alumnado y el plan para el seguimiento y evaluación del programa. Se tendrá en cuenta de manera transversal la componente medioambiental de las propuestas recibidas. | 45 | Coherencia del cronograma de las actuaciones demostrativas/divulgativas con los objetivos previstos. | 10 |
| B2. Descripción y planificación de las actividades. Evaluación de actividades y cronograma propuestos. Adecuación de la oferta de actividades a las potenciales destinatarias y destinatarios (especial consideración de la inclusión del enfoque de género, la atracción y retención de jóvenes y la cobertura a profesionales en zonas remotas, de alta montaña e incluidas en figuras de protección de espacios y especies.). Consideración de las explotaciones de titularidad compartida. Asimismo, se valorará el plan de promoción y captación de alumnado y el plan para el seguimiento y evaluación del programa. Se tendrá en cuenta de manera transversal la componente medioambiental de las propuestas recibidas. | 45 | Calidad e idoneidad del plan de divulgación de la acción demostrativa/divulgativa. | 5 |
| B2. Descripción y planificación de las actividades. Evaluación de actividades y cronograma propuestos. Adecuación de la oferta de actividades a las potenciales destinatarias y destinatarios (especial consideración de la inclusión del enfoque de género, la atracción y retención de jóvenes y la cobertura a profesionales en zonas remotas, de alta montaña e incluidas en figuras de protección de espacios y especies.). Consideración de las explotaciones de titularidad compartida. Asimismo, se valorará el plan de promoción y captación de alumnado y el plan para el seguimiento y evaluación del programa. Se tendrá en cuenta de manera transversal la componente medioambiental de las propuestas recibidas. | 45 | Calidad e idoneidad de la actividad. Se valora la calidad media de todas las actividades propuestas. | 5 |
| B3. Empleo de TIC (I.A y I.B). ó. enfoque sectorial y relación con los objetivos específicos del PEPAC (II.A y II.B). Adecuación del uso de TICs a la oferta demostrativa/divulgativa para actividades de digitalización. ó. Adecuación de las necesidades del sector con los objetivos específicos del PEPAC para actividades fuera del ámbito de la digitalización. | 10 | Coherencia de la descripción del empleo de TIC con el programa demostrativo/divulgativo. ó. Coherencia del enfoque sectorial y los objetivos específicos del PEPAC. (1/3 de la nota recogerá la componente medioambiental de las propuestas). | 10 |
| B4. Impacto previsto. Impulso al desarrollo empresarial, los nuevos modelos de negocio a través de la propuesta y fortalecimiento del ecosistema de innovación. Presencia de la innovación interactiva. Alcance geográfico. | 4 | Apoyo al desarrollo empresarial, nuevos modelos de negocio potenciados, fortalecimiento del ecosistema de innovación. Presencia de la innovación interactiva. | 2 |
| B4. Impacto previsto. Impulso al desarrollo empresarial, los nuevos modelos de negocio a través de la propuesta y fortalecimiento del ecosistema de innovación. Presencia de la innovación interactiva. Alcance geográfico. | 4 | Alcance territorial de las acciones demostrativas/divulgativas. | 2 |
| B5. Presupuesto. Coherencia y adecuación del presupuesto. Se valorará también la claridad expositiva y la claridad en el desglose de gastos. | 15 | Coherencia y adecuación del presupuesto con las actividades propuestas. | 10 |
| B5. Presupuesto. Coherencia y adecuación del presupuesto. Se valorará también la claridad expositiva y la claridad en el desglose de gastos. | 15 | Claridad expositiva. | 3 |
| B5. Presupuesto. Coherencia y adecuación del presupuesto. Se valorará también la claridad expositiva y la claridad en el desglose de gastos. | 15 | Claridad en el desglose de gastos. | 2 |
I.C.1 FORMACIÓN PROFESIONALES DIGITALIZACIÓN.
I.C.2 FORMACIÓN ASESORES DIGITALIZACIÓN.
| Criterios y descripción | Puntuación máxima | Aspectos a valorar | Puntuación máxima aspectos |
|---|---|---|---|
| A1. Experiencia y enfoque. Experiencia en digitalización y temas transversales. Enfoque de la entidad o agrupación solicitante. | 10 | Incidencia y relevancia de las actividades desarrolladas en el ámbito de la sostenibilidad (ambiental, social y económica), digitalización y en su consideración del género. | 7 |
| A1. Experiencia y enfoque. Experiencia en digitalización y temas transversales. Enfoque de la entidad o agrupación solicitante. | 10 | Visión y objetivos de la entidad o agrupación solicitante en relación con la solicitud de ayuda. | 3 |
| A2. Capacidad y estructura propia. Adecuación de medios materiales y recursos humanos a disposición del programa formativo. | 10 | Proporcionalidad y multidisciplinariedad de los recursos humanos disponibles, desagregados por sexo, para ejecutar la propuesta de actividades. | 3 |
| A2. Capacidad y estructura propia. Adecuación de medios materiales y recursos humanos a disposición del programa formativo. | 10 | Adecuación curricular del personal docente a la oferta formativa incluida en la propuesta de actividades. | 3 |
| A2. Capacidad y estructura propia. Adecuación de medios materiales y recursos humanos a disposición del programa formativo. | 10 | Presencia y proporcionalidad de mujeres y hombres en el equipo que ejecute la propuesta de actividades. | 1 |
| A2. Capacidad y estructura propia. Adecuación de medios materiales y recursos humanos a disposición del programa formativo. | 10 | Adecuación de las instalaciones y medios disponibles para la realización de las actividades propuestas. | 3 |
| B1. Idoneidad de la propuesta. Necesidad de la propuesta formativa. Adecuación de los objetivos y resultados previstos conforme a las necesidades del sector agroalimentario y forestal. Se tendrá en cuenta de manera transversal la componente medioambiental de las propuestas recibidas. | 6 | Relevancia y pertinencia de las necesidades formativas y adecuación de los objetivos y resultados previstos a las mismas en la propuesta de actividades. | 4 |
| B1. Idoneidad de la propuesta. Necesidad de la propuesta formativa. Adecuación de los objetivos y resultados previstos conforme a las necesidades del sector agroalimentario y forestal. Se tendrá en cuenta de manera transversal la componente medioambiental de las propuestas recibidas. | 6 | Adecuación de los objetivos y resultados previstos conforme a las necesidades del sector agroalimentario y forestal. | 2 |
| B2. Planificación y descripción de las actividades. Evaluación de actividades y cronograma propuestos. Adecuación de la oferta formativa a las potenciales destinatarias y destinatarios (especial consideración de la inclusión del enfoque de género, de AKIS, la atracción y retención de jóvenes y la cobertura a profesionales en zonas remotas, de alta montaña e incluidas en figuras de protección de espacios y especies.). Consideración de las explotaciones de titularidad compartida. Asimismo, se valorará el plan de promoción y captación de alumnos. Se tendrá en cuenta de manera transversal la componente medioambiental de las propuestas recibidas. | 45 | Claridad expositiva en la descripción y caracterización de la actividad. | 6 |
| B2. Planificación y descripción de las actividades. Evaluación de actividades y cronograma propuestos. Adecuación de la oferta formativa a las potenciales destinatarias y destinatarios (especial consideración de la inclusión del enfoque de género, de AKIS, la atracción y retención de jóvenes y la cobertura a profesionales en zonas remotas, de alta montaña e incluidas en figuras de protección de espacios y especies.). Consideración de las explotaciones de titularidad compartida. Asimismo, se valorará el plan de promoción y captación de alumnos. Se tendrá en cuenta de manera transversal la componente medioambiental de las propuestas recibidas. | 45 | Congruencia de la propuesta: da respuesta a las necesidades y objetivos reflejados en B1. | 7 |
| B2. Planificación y descripción de las actividades. Evaluación de actividades y cronograma propuestos. Adecuación de la oferta formativa a las potenciales destinatarias y destinatarios (especial consideración de la inclusión del enfoque de género, de AKIS, la atracción y retención de jóvenes y la cobertura a profesionales en zonas remotas, de alta montaña e incluidas en figuras de protección de espacios y especies.). Consideración de las explotaciones de titularidad compartida. Asimismo, se valorará el plan de promoción y captación de alumnos. Se tendrá en cuenta de manera transversal la componente medioambiental de las propuestas recibidas. | 45 | Relevancia de la formación en el ámbito geográfico y sectorial en la que se aplicaría la formación. | 7 |
| B2. Planificación y descripción de las actividades. Evaluación de actividades y cronograma propuestos. Adecuación de la oferta formativa a las potenciales destinatarias y destinatarios (especial consideración de la inclusión del enfoque de género, de AKIS, la atracción y retención de jóvenes y la cobertura a profesionales en zonas remotas, de alta montaña e incluidas en figuras de protección de espacios y especies.). Consideración de las explotaciones de titularidad compartida. Asimismo, se valorará el plan de promoción y captación de alumnos. Se tendrá en cuenta de manera transversal la componente medioambiental de las propuestas recibidas. | 45 | Adecuación de la oferta a las posibles destinatarias y destinatarios. | 2 |
| B2. Planificación y descripción de las actividades. Evaluación de actividades y cronograma propuestos. Adecuación de la oferta formativa a las potenciales destinatarias y destinatarios (especial consideración de la inclusión del enfoque de género, de AKIS, la atracción y retención de jóvenes y la cobertura a profesionales en zonas remotas, de alta montaña e incluidas en figuras de protección de espacios y especies.). Consideración de las explotaciones de titularidad compartida. Asimismo, se valorará el plan de promoción y captación de alumnos. Se tendrá en cuenta de manera transversal la componente medioambiental de las propuestas recibidas. | 45 | Inclusión de perspectiva de AKIS. | 1 |
| B2. Planificación y descripción de las actividades. Evaluación de actividades y cronograma propuestos. Adecuación de la oferta formativa a las potenciales destinatarias y destinatarios (especial consideración de la inclusión del enfoque de género, de AKIS, la atracción y retención de jóvenes y la cobertura a profesionales en zonas remotas, de alta montaña e incluidas en figuras de protección de espacios y especies.). Consideración de las explotaciones de titularidad compartida. Asimismo, se valorará el plan de promoción y captación de alumnos. Se tendrá en cuenta de manera transversal la componente medioambiental de las propuestas recibidas. | 45 | Inclusión de medidas para la retención y atracción de jóvenes. Emprendimiento. | 1 |
| B2. Planificación y descripción de las actividades. Evaluación de actividades y cronograma propuestos. Adecuación de la oferta formativa a las potenciales destinatarias y destinatarios (especial consideración de la inclusión del enfoque de género, de AKIS, la atracción y retención de jóvenes y la cobertura a profesionales en zonas remotas, de alta montaña e incluidas en figuras de protección de espacios y especies.). Consideración de las explotaciones de titularidad compartida. Asimismo, se valorará el plan de promoción y captación de alumnos. Se tendrá en cuenta de manera transversal la componente medioambiental de las propuestas recibidas. | 45 | Atención a profesionales en zonas remotas, de alta montaña e incluidas en figuras de protección de espacios y especies. Favorecer su inscripción en las actividades. | 1 |
| B2. Planificación y descripción de las actividades. Evaluación de actividades y cronograma propuestos. Adecuación de la oferta formativa a las potenciales destinatarias y destinatarios (especial consideración de la inclusión del enfoque de género, de AKIS, la atracción y retención de jóvenes y la cobertura a profesionales en zonas remotas, de alta montaña e incluidas en figuras de protección de espacios y especies.). Consideración de las explotaciones de titularidad compartida. Asimismo, se valorará el plan de promoción y captación de alumnos. Se tendrá en cuenta de manera transversal la componente medioambiental de las propuestas recibidas. | 45 | Coherencia del cronograma de los cursos con los objetivos previstos. | 10 |
| B2. Planificación y descripción de las actividades. Evaluación de actividades y cronograma propuestos. Adecuación de la oferta formativa a las potenciales destinatarias y destinatarios (especial consideración de la inclusión del enfoque de género, de AKIS, la atracción y retención de jóvenes y la cobertura a profesionales en zonas remotas, de alta montaña e incluidas en figuras de protección de espacios y especies.). Consideración de las explotaciones de titularidad compartida. Asimismo, se valorará el plan de promoción y captación de alumnos. Se tendrá en cuenta de manera transversal la componente medioambiental de las propuestas recibidas. | 45 | Calidad e idoneidad del plan de divulgación de los cursos. | 5 |
| B2. Planificación y descripción de las actividades. Evaluación de actividades y cronograma propuestos. Adecuación de la oferta formativa a las potenciales destinatarias y destinatarios (especial consideración de la inclusión del enfoque de género, de AKIS, la atracción y retención de jóvenes y la cobertura a profesionales en zonas remotas, de alta montaña e incluidas en figuras de protección de espacios y especies.). Consideración de las explotaciones de titularidad compartida. Asimismo, se valorará el plan de promoción y captación de alumnos. Se tendrá en cuenta de manera transversal la componente medioambiental de las propuestas recibidas. | 45 | Calidad e idoneidad del curso. Se valora la calidad media de todos los cursos, ósea el curso unitario. | 5 |
| B3. Empleo de TIC. Adecuación del uso de TICs a la oferta formativa. | 10 | Coherencia de la descripción del empleo de TIC con el programa formativo. | 10 |
| B4. Impacto previsto. Impulso al desarrollo empresarial, los nuevos modelos de negocio a través de la propuesta y fortalecimiento de ecosistema de innovación. Presencia de la innovación interactiva. Alcance geográfico. | 4 | Apoyo al desarrollo empresarial, nuevos modelos de negocio potenciados, fortalecimiento del ecosistema de innovación. Presencia de la innovación interactiva. | 2 |
| B4. Impacto previsto. Impulso al desarrollo empresarial, los nuevos modelos de negocio a través de la propuesta y fortalecimiento de ecosistema de innovación. Presencia de la innovación interactiva. Alcance geográfico. | 4 | Alcance territorial de las acciones formativas. | 2 |
| B5. Presupuesto. Coherencia y adecuación del presupuesto. Se valorará también la claridad expositiva y la claridad en el desglose de gastos. | 15 | Coherencia y adecuación del presupuesto con las actividades propuestas. | 10 |
| B5. Presupuesto. Coherencia y adecuación del presupuesto. Se valorará también la claridad expositiva y la claridad en el desglose de gastos. | 15 | Claridad expositiva. | 3 |
| B5. Presupuesto. Coherencia y adecuación del presupuesto. Se valorará también la claridad expositiva y la claridad en el desglose de gastos. | 15 | Claridad en el desglose de gastos. | 2 |
III. PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ASESORAMIENTO DE DIGITALIZACIÓN.
| Criterios y descripción | Puntuación máxima | Aspectos a valorar | Puntuación máxima aspectos |
|---|---|---|---|
| A1. Experiencia y enfoque. Experiencia en digitalización y temas transversales. Enfoque de la entidad solicitante. | 10 | Incidencia y relevancia de las actividades desarrolladas en el ámbito de la sostenibilidad (ambiental, social y económica), digitalización y en su consideración del género. | 7 |
| A1. Experiencia y enfoque. Experiencia en digitalización y temas transversales. Enfoque de la entidad solicitante. | 10 | Visión y objetivos de la entidad solicitante en relación con la solicitud de ayuda. | 3 |
| A2. Capacidad y estructura propia. Adecuación de medios materiales y recursos humanos a disposición del programa. | 20 | Proporcionalidad y multidisciplinariedad de los recursos humanos disponibles, desagregados por sexo, para ejecutar los asesoramientos. | 6 |
| A2. Capacidad y estructura propia. Adecuación de medios materiales y recursos humanos a disposición del programa. | 20 | Adecuación curricular del personal asesor al servicio de asesoramiento digital incluido en la Propuesta de Asesoramientos. | 6 |
| A2. Capacidad y estructura propia. Adecuación de medios materiales y recursos humanos a disposición del programa. | 20 | Presencia y proporcionalidad de mujeres y hombres en el equipo que ejecute la Propuesta de asesoramientos. | 2 |
| A2. Capacidad y estructura propia. Adecuación de medios materiales y recursos humanos a disposición del programa. | 20 | Adecuación de las instalaciones y medios disponibles para la prestación del servicio de asesoramiento. | 6 |
| B1. Idoneidad de la propuesta. Necesidad del asesoramiento. Adecuación de los objetivos y resultados previstos a las necesidades del sector agroalimentario y forestal. Se tendrá en cuenta de manera transversal la componente medioambiental de las propuestas recibidas. | 5 | Relevancia y pertinencia de las necesidades de asesoría identificadas y adecuación de los objetivos y resultados previstos a las mismas. Tipología de asesoramientos. Variedad, descripción y utilidad práctica. | 5 |
| B2. Planificación y descripción de las actividades. Descripción de la cartera de servicios de asesoramiento. Adecuación de la oferta de asesoramiento a las posibles destinatarias y destinatarios del mismo (con especial consideración de la inclusión del enfoque de género, de AKIS, la atracción y retención de jóvenes y la cobertura a profesionales en zonas remotas, de alta montaña, e incluidas en figuras de protección de espacios y especies). Consideración de las explotaciones de titularidad compartida. Asimismo, se valorará el plan de promoción y captación de demandantes de asesoramiento y el asesoramiento individualizado. Se tendrá en cuenta de manera transversal la componente medioambiental de las propuestas recibidas. | 35 | Claridad expositiva en la descripción y caracterización del asesoramiento. | 6 |
| B2. Planificación y descripción de las actividades. Descripción de la cartera de servicios de asesoramiento. Adecuación de la oferta de asesoramiento a las posibles destinatarias y destinatarios del mismo (con especial consideración de la inclusión del enfoque de género, de AKIS, la atracción y retención de jóvenes y la cobertura a profesionales en zonas remotas, de alta montaña, e incluidas en figuras de protección de espacios y especies). Consideración de las explotaciones de titularidad compartida. Asimismo, se valorará el plan de promoción y captación de demandantes de asesoramiento y el asesoramiento individualizado. Se tendrá en cuenta de manera transversal la componente medioambiental de las propuestas recibidas. | 35 | Congruencia de la propuesta: da respuesta a las necesidades y objetivos reflejados en B1. | 7 |
| B2. Planificación y descripción de las actividades. Descripción de la cartera de servicios de asesoramiento. Adecuación de la oferta de asesoramiento a las posibles destinatarias y destinatarios del mismo (con especial consideración de la inclusión del enfoque de género, de AKIS, la atracción y retención de jóvenes y la cobertura a profesionales en zonas remotas, de alta montaña, e incluidas en figuras de protección de espacios y especies). Consideración de las explotaciones de titularidad compartida. Asimismo, se valorará el plan de promoción y captación de demandantes de asesoramiento y el asesoramiento individualizado. Se tendrá en cuenta de manera transversal la componente medioambiental de las propuestas recibidas. | 35 | Relevancia del asesoramiento en el ámbito geográfico y sectorial en el que se aplicaría el asesoramiento. | 7 |
| B2. Planificación y descripción de las actividades. Descripción de la cartera de servicios de asesoramiento. Adecuación de la oferta de asesoramiento a las posibles destinatarias y destinatarios del mismo (con especial consideración de la inclusión del enfoque de género, de AKIS, la atracción y retención de jóvenes y la cobertura a profesionales en zonas remotas, de alta montaña, e incluidas en figuras de protección de espacios y especies). Consideración de las explotaciones de titularidad compartida. Asimismo, se valorará el plan de promoción y captación de demandantes de asesoramiento y el asesoramiento individualizado. Se tendrá en cuenta de manera transversal la componente medioambiental de las propuestas recibidas. | 35 | Destinatarios y destinatarias: Adecuación de la oferta a las posibles destinatarias y destinatarios del asesoramiento máx. 2 puntos. Inclusión de perspectiva de AKIS máx. 1,0 puntos. Inclusión de medidas para la retención y atracción de jóvenes máx. 1,0 puntos. Atención a profesionales en zonas remotas, de alta montaña e incluidas en figuras de protección de espacios y especies. máx. 1,0 puntos. | 5 |
| B2. Planificación y descripción de las actividades. Descripción de la cartera de servicios de asesoramiento. Adecuación de la oferta de asesoramiento a las posibles destinatarias y destinatarios del mismo (con especial consideración de la inclusión del enfoque de género, de AKIS, la atracción y retención de jóvenes y la cobertura a profesionales en zonas remotas, de alta montaña, e incluidas en figuras de protección de espacios y especies). Consideración de las explotaciones de titularidad compartida. Asimismo, se valorará el plan de promoción y captación de demandantes de asesoramiento y el asesoramiento individualizado. Se tendrá en cuenta de manera transversal la componente medioambiental de las propuestas recibidas. | 35 | Calidad e idoneidad del plan de divulgación del asesoramiento. | 5 |
| B2. Planificación y descripción de las actividades. Descripción de la cartera de servicios de asesoramiento. Adecuación de la oferta de asesoramiento a las posibles destinatarias y destinatarios del mismo (con especial consideración de la inclusión del enfoque de género, de AKIS, la atracción y retención de jóvenes y la cobertura a profesionales en zonas remotas, de alta montaña, e incluidas en figuras de protección de espacios y especies). Consideración de las explotaciones de titularidad compartida. Asimismo, se valorará el plan de promoción y captación de demandantes de asesoramiento y el asesoramiento individualizado. Se tendrá en cuenta de manera transversal la componente medioambiental de las propuestas recibidas. | 35 | Calidad e idoneidad del asesoramiento individualizado. Calidad de las visitas. Se valorará la calidad del asesoramiento medio, ósea el asesoramiento unitario. | 5 |
| B3. Empleo de TIC. Adecuación del uso de TICs a la oferta de asesoramiento. | 10 | Coherencia de la descripción del empleo de TIC con la propuesta de asesoramiento. | 8 |
| B3. Empleo de TIC. Adecuación del uso de TICs a la oferta de asesoramiento. | 10 | Interoperabilidad con otras plataformas o redes de asesoramiento. | 2 |
| B4. Impacto previsto. Inclusión de la conectividad en la asesoría. Inclusión del fomento del uso de datos en la asesoría (interoperabilidad, datos abiertos, etc.). Impulso al desarrollo empresarial, los nuevos modelos de negocio a través de la digitalización y fortalecimiento de ecosistema de innovación. Presencia de innovación interactiva. Alcance geográfico. | 5 | Inclusión de la resolución de problemas de conectividad en la asesoría. | 1 |
| B4. Impacto previsto. Inclusión de la conectividad en la asesoría. Inclusión del fomento del uso de datos en la asesoría (interoperabilidad, datos abiertos, etc.). Impulso al desarrollo empresarial, los nuevos modelos de negocio a través de la digitalización y fortalecimiento de ecosistema de innovación. Presencia de innovación interactiva. Alcance geográfico. | 5 | Big Data, | 1 |
| B4. Impacto previsto. Inclusión de la conectividad en la asesoría. Inclusión del fomento del uso de datos en la asesoría (interoperabilidad, datos abiertos, etc.). Impulso al desarrollo empresarial, los nuevos modelos de negocio a través de la digitalización y fortalecimiento de ecosistema de innovación. Presencia de innovación interactiva. Alcance geográfico. | 5 | Impulso al desarrollo empresarial, los nuevos modelos de negocio a través de la digitalización y fortalecimiento de ecosistema de innovación. Presencia de innovación interactiva. | 1 |
| B4. Impacto previsto. Inclusión de la conectividad en la asesoría. Inclusión del fomento del uso de datos en la asesoría (interoperabilidad, datos abiertos, etc.). Impulso al desarrollo empresarial, los nuevos modelos de negocio a través de la digitalización y fortalecimiento de ecosistema de innovación. Presencia de innovación interactiva. Alcance geográfico. | 5 | Alcance territorial de los servicios de asesoramiento prestados, se valorará positivamente las visitas presenciales. | 2 |
| B5. Presupuesto. Coherencia y adecuación del presupuesto. Se valorará también la claridad expositiva y la claridad en el desglose de gastos. | 15 | Coherencia y adecuación del presupuesto con las actividades propuestas. | 9 |
| B5. Presupuesto. Coherencia y adecuación del presupuesto. Se valorará también la claridad expositiva y la claridad en el desglose de gastos. | 15 | Claridad expositiva. | 3 |
| B5. Presupuesto. Coherencia y adecuación del presupuesto. Se valorará también la claridad expositiva y la claridad en el desglose de gastos. | 15 | Claridad en el desglose de gastos. | 3 |
IV. CREACIÓN DE SERVICIOS DE ASESORAMIENTO DE DIGITALIZACIÓN.
| Subcriterio y descripción | Puntuación máxima | Aspectos a valorar | Puntuación máxima aspectos |
|---|---|---|---|
| A1. Experiencia y enfoque. Experiencia en servicios de asesoramiento en diferentes ámbitos de la digitalización. Enfoque de la entidad solicitante. | 7 | Experiencia en prestación de asesoramiento en digitalización. | 5 |
| A1. Experiencia y enfoque. Experiencia en servicios de asesoramiento en diferentes ámbitos de la digitalización. Enfoque de la entidad solicitante. | 7 | Visión y objetivos de la entidad o agrupación solicitante en relación con la solicitud de ayuda. | 2 |
| A2. Capacidad y estructura propia. Descripción de medios y recursos humanos, materiales (con especial mención a medios TIC) actuales a disposición del programa. Recursos económicos (establecidos como el ratio de patrimonio neto/activo no corriente). Alcance geográfico actual. | 13 | Recursos humanos: 0-3 puntos. Proporcionalidad y multidisciplinariedad de los RRHH existentes, desagregados por sexo. 0-3 puntos. Perfil curricular del personal existente. 0-1 puntos. Presencia de mujeres y hombres en el equipo. | 7 |
| A2. Capacidad y estructura propia. Descripción de medios y recursos humanos, materiales (con especial mención a medios TIC) actuales a disposición del programa. Recursos económicos (establecidos como el ratio de patrimonio neto/activo no corriente). Alcance geográfico actual. | 13 | Adecuación de las instalaciones y medios disponibles. | 3 |
| A2. Capacidad y estructura propia. Descripción de medios y recursos humanos, materiales (con especial mención a medios TIC) actuales a disposición del programa. Recursos económicos (establecidos como el ratio de patrimonio neto/activo no corriente). Alcance geográfico actual. | 13 | Recursos económicos (establecidos como el ratio de patrimonio neto/activo no corriente): 1,0 puntos ≥0,5 y <0,7 2 puntos ≥ 0,7 | 2 |
| A2. Capacidad y estructura propia. Descripción de medios y recursos humanos, materiales (con especial mención a medios TIC) actuales a disposición del programa. Recursos económicos (establecidos como el ratio de patrimonio neto/activo no corriente). Alcance geográfico actual. | 13 | Dimensión geográfica del asesoramiento de las entidades prestadoras del servicio. | 1 |
| B1. Idoneidad de la propuesta. Necesidad del establecimiento de asesoramiento en digitalización. Adecuación de los objetivos y resultados previstos a las necesidades del sector agroalimentario y forestal. Se tendrá en cuenta de manera transversal la componente medioambiental de las propuestas recibidas. | 4 | Relevancia y pertinencia de las necesidades, de establecimiento del servicio de asesoramiento en digitalización, identificadas y adecuación de los objetivos y resultados previstos a las mismas. | 4 |
| B2. Planificación y descripción de las actividades. Desglose del plan de establecimiento. Considerando especialmente de la previsión de adquisición de medios y tecnología, la previsión de contratación y formación de personal, el establecimiento de hitos, cronograma y las acciones correctoras ante el desvío de los mismos. Asimismo, se valorará el plan de promoción y captación de personas asesoradas (enfoque de género, de AKIS, de jóvenes y de atracción de profesionales en zonas remotas, de alta montaña e incluidas en figuras de protección de espacios y especies.) y el plan de asesoramientos y la calidad de los servicios de asesoramiento a prestar. Se tendrá en cuenta de manera transversal la componente medioambiental de las propuestas recibidas. | 45 | Descripción y caracterización del plan de establecimiento: 0-10 puntos adecuación de la adquisición de medios y tecnología previstos. 0-10 puntos adecuación de la previsión de contratación y formación de personal previstos. 0-10 puntos adecuación del cronograma a los hitos y las acciones correctoras previstas ante el desvío de los mismos. | 30 |
| B2. Planificación y descripción de las actividades. Desglose del plan de establecimiento. Considerando especialmente de la previsión de adquisición de medios y tecnología, la previsión de contratación y formación de personal, el establecimiento de hitos, cronograma y las acciones correctoras ante el desvío de los mismos. Asimismo, se valorará el plan de promoción y captación de personas asesoradas (enfoque de género, de AKIS, de jóvenes y de atracción de profesionales en zonas remotas, de alta montaña e incluidas en figuras de protección de espacios y especies.) y el plan de asesoramientos y la calidad de los servicios de asesoramiento a prestar. Se tendrá en cuenta de manera transversal la componente medioambiental de las propuestas recibidas. | 45 | Perfil de las destinatarias y destinatarios. 0-2 puntos adecuación de la oferta a las posibles destinatarias y destinatarios. 1,0 puntos inclusión de perspectiva de AKIS. 1,0 puntos inclusión de medidas para la retención y atracción de jóvenes. 1,0 puntos atención a profesionales en zonas remotas, de alta montaña e incluidas en figuras de protección de espacios y especies. | 5 |
| B2. Planificación y descripción de las actividades. Desglose del plan de establecimiento. Considerando especialmente de la previsión de adquisición de medios y tecnología, la previsión de contratación y formación de personal, el establecimiento de hitos, cronograma y las acciones correctoras ante el desvío de los mismos. Asimismo, se valorará el plan de promoción y captación de personas asesoradas (enfoque de género, de AKIS, de jóvenes y de atracción de profesionales en zonas remotas, de alta montaña e incluidas en figuras de protección de espacios y especies.) y el plan de asesoramientos y la calidad de los servicios de asesoramiento a prestar. Se tendrá en cuenta de manera transversal la componente medioambiental de las propuestas recibidas. | 45 | Calidad e idoneidad del plan de promoción y captación de personas asesoradas. | 5 |
| B2. Planificación y descripción de las actividades. Desglose del plan de establecimiento. Considerando especialmente de la previsión de adquisición de medios y tecnología, la previsión de contratación y formación de personal, el establecimiento de hitos, cronograma y las acciones correctoras ante el desvío de los mismos. Asimismo, se valorará el plan de promoción y captación de personas asesoradas (enfoque de género, de AKIS, de jóvenes y de atracción de profesionales en zonas remotas, de alta montaña e incluidas en figuras de protección de espacios y especies.) y el plan de asesoramientos y la calidad de los servicios de asesoramiento a prestar. Se tendrá en cuenta de manera transversal la componente medioambiental de las propuestas recibidas. | 45 | Calidad e idoneidad del plan de asesoramientos. Calidad de los servicios de asesoramiento a prestar. | 5 |
| B3. Empleo de TIC. Adecuación del uso de TICs al establecimiento e implantación del asesoramiento en digitalización. | 10 | Coherencia de la descripción del empleo de TIC con el plan de establecimiento previsto. | 7 |
| B3. Empleo de TIC. Adecuación del uso de TICs al establecimiento e implantación del asesoramiento en digitalización. | 10 | Interoperabilidad con otras plataformas o redes de asesoramiento | 3 |
| B4. Impacto previsto. Sobre los usuarios finales (n.º de asesoramientos potenciales/persona asesora/año). Impulso al desarrollo empresarial, los nuevos modelos de negocio a través de la digitalización y fortalecimiento del ecosistema de innovación. Alcance geográfico previsto del establecimiento del servicio de asesoramiento en digitalización. | 6 | Cuantificación y cualificación de los servicios de asesoramiento potenciales/persona asesora/año. | 2 |
| B4. Impacto previsto. Sobre los usuarios finales (n.º de asesoramientos potenciales/persona asesora/año). Impulso al desarrollo empresarial, los nuevos modelos de negocio a través de la digitalización y fortalecimiento del ecosistema de innovación. Alcance geográfico previsto del establecimiento del servicio de asesoramiento en digitalización. | 6 | Apoyo al desarrollo empresarial y nuevos modelos de negocio potenciados, fortalecimiento del ecosistema de innovación. Innovación interactiva. | 2 |
| B4. Impacto previsto. Sobre los usuarios finales (n.º de asesoramientos potenciales/persona asesora/año). Impulso al desarrollo empresarial, los nuevos modelos de negocio a través de la digitalización y fortalecimiento del ecosistema de innovación. Alcance geográfico previsto del establecimiento del servicio de asesoramiento en digitalización. | 6 | Alcance territorial en el que se establecerá el servicio de asesoramiento en digitalización. | 2 |
| B5. Presupuesto. Coherencia y adecuación del presupuesto. Se valorará también la claridad expositiva y la claridad en el desglose de gastos. | 15 | Coherencia y adecuación del presupuesto con las actividades propuestas. | 11 |
| B5. Presupuesto. Coherencia y adecuación del presupuesto. Se valorará también la claridad expositiva y la claridad en el desglose de gastos. | 15 | Claridad expositiva. | 2 |
| B5. Presupuesto. Coherencia y adecuación del presupuesto. Se valorará también la claridad expositiva y la claridad en el desglose de gastos. | 15 | Claridad en el desglose de gastos. | 2 |
ANEXO II. Modelo de cuadro de solicitud de ofertas
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