Historial de reformas
Ley 5/1990, de 15 de junio, de Elecciones al Parlamento Vasco
6 versiones
· 2012-02-29
2016-01-07
Ley 5/1990, de 15 de junio, de Elecciones al Parlamento Vasco — arts. 4
2005-03-02
Ley 5/1990, de 15 de junio, de Elecciones al Parlamento Vasco — art. 50
2003-04-10
Ley 5/1990, de 15 de junio, de Elecciones al Parlamento Vasco — arts. 9
2000-11-07
Ley 5/1990, de 15 de junio, de Elecciones al Parlamento Vasco — art. 11
Cambios del 2000-11-07
@@ -288,10 +288,12 @@
###### Artículo 11.
1. Para poder acceder al reparto de escaños será requisito que la candidatura haya obtenido, al menos, el 5 por 100 del total de votos válidos emitidos en la respectiva circunscripción.
1. Para poder acceder al reparto de escaños será requisito que la candidatura haya obtenido, al menos, el 3 por ciento del total de votos válidos emitidos en la respectiva circunscripción.
2. Se considerarán como votos válidos emitidos los votos obtenidos por las candidaturas y los votos en blanco.
> <small>Se modifica el apartado 1 por el art. único de la Ley 6/2000, de 4 de octubre. [Ref. BOE-A-2011-19448](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2011-19448).</small>
###### Artículo 12.
1. La atribución de escaños a cada partido o candidatura en la circunscripción electoral respectiva se hará de conformidad con las siguientes reglas:
1998-07-09
Ley 5/1990, de 15 de junio, de Elecciones al Parlamento Vasco — arts. 4
1990-07-06
Ley 5/1990, de 15 de junio, de Elecciones al Parlamento Vasco — vers
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