Historial de reformas

Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha

31 versiones · 2002-11-29
2025-12-29
Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre de 2002, por el que se a
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Cambios del 2010-12-20

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e) Supletoriamente por las restantes normas del Derecho público y, en su defecto, por las del Derecho privado.
###### Artículo 4. Sector Público Regional.
A los efectos de la presente Ley, integran el sector público regional:
a) Los Órganos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha regulados en el Estatuto de Autonomía y los vinculados o dependientes de éstos.
b) La Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, sus organismos autónomos, entidades y empresas públicas.
###### Artículo 4. Sector público regional.
1. A los efectos de la presente Ley, integran el sector público regional:
a) Los órganos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha regulados en el Estatuto de Autonomía y los vinculados o dependientes de éstos.
b) La Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, sus organismos autónomos y entidades públicas dependientes.
c) Las empresas y fundaciones públicas regionales.
2. A los efectos previstos en el apartado anterior, se considerarán empresas públicas regionales las sociedades mercantiles en cuyo capital social la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha tenga una participación directa o indirecta superior al cincuenta por ciento. Para la determinación de este porcentaje se tendrán en cuenta las participaciones de todas las entidades integrantes del sector público regional a las que se refiere este artículo.
3. Las fundaciones públicas regionales son aquellas en las que concurra algunas de las siguientes circunstancias:
a) Que se constituyan con una aportación mayoritaria, directa o indirecta, de la Administración de Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, sus organismos autónomos o demás entidades integrantes del sector público regional.
b) Que su patrimonio fundacional, con un carácter de permanencia, esté formado en más de un cincuenta por ciento por bienes o derechos aportados o cedidos por la Administración de Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, sus organismos autónomos o demás entidades integrantes del sector público regional.
> <small>Se modifica por la disposición final 1 de la Ley 13/2010, de 9 de diciembre. [Ref. BOE-A-2011-2709](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2011-2709).</small>
###### Artículo 5. Convenios, acuerdos de cooperación y transferencias.
2008-12-31
Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre de 2002, por el que se a
2007-12-31
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2006-12-30
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